Descuento examenes laboratorio labimed centro medicina nuclear

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UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN SIMON

U M S S

REGLAMENTO ESPECÍFICO PARA EL DESCUENTO EN EXAMENES DE LABORATORIO DEL “SERVICIO DE DIAGNÓSTICO LABORATORIAL Y ANÁLISIS BIOMÉDICO (SEDILAB* LABIMED)” Y DEL “CENTRO DE MEDICINA NUCLEAR Y RADIO INMUNOENSAYO (CMN)”, DEPENDIENTES DE LA FACULTAD DE MEDICINA – UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN SIMÓN

* LABIMED – Laboratorio Inmunológico de Medicina (Unidad dependiente de SEDILAB)

Junio, 2008 COCHABAMBA * BOLIVIA


UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN SIMÓN RECTORADO R.R.N°246/08 25dejuniode2008

VISTOS La nota OyM 051/08 remitida por el Departamento de Organización y Métodos, mediante la cual el Jefe de la unidad solicita aprobación del “Reglamento Específico para el descuento en exámenes de laboratorio del Servicio de diagnóstico laboratorial y análisis biomédico (SEDILAB*LABIMED) y del Centro de Medicina Nuclear y Radio lnmunoensayo (CMN), de la Facultad de Medicina”.

CONSIDERANDO: Que, el Departamento de Organización y Métodos en cumplimiento a la recomendación N° 3 del Informe Al.12/07 de la Unidad Auditoría Interna, ha elaborado el “Reglamento Específico para el descuento en exámenes de laboratorio del Servicio de diagnóstico laboratorial y análisis biomédico (SEDILAB*LABIMED) y del Centro de Medicina Nuclear y Radio lnmunoensayo (CMN)” de la Facultad de Medicina. Que, el reglamento de referencia es un conjunto de normas y procedimientos que regulan las actividades desarrolladas para la prestación de servicios de laboratorio a la comunidad, como parte del proceso educativo y

de

extensión. Que, por estos aspectos, corresponde aprobar

el contenido del citado reglamento, que fue consensuado con las unidades pertinentes. POR TANTO, SE

ARTICULO

RESUELVE:

PRIMERO.-

Aprobar

el

“Reglamento Específico para el descuento en exámenes de laboratorio del Servicio de diagnóstico laboratorial y análisis biomédico (SEDILAB*LABIMED) y del Centro de Medicina Nuclear y Radio lnmunoensayo (CMN), dependientes de la


Facultad de Medicina”, elaborado por el Departamento de Organización y Métodos, para su vigencia a partir del segundo semestre de la presente gestión. El documento forma

parte

indivisible

de

la

presente

disposición.

ARTICULO SEGUNDO.- El Departamento de Organización y Métodos queda encargado de socializar el Reglamento señalado, entre las unidades que lo requieran.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

C.C.

VR DAF ConI. TyCP QyM Fisc.Ingresos Fac. Medicina Arch. —

-

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Dpto. Organización y Métodos – UMSS

INDICE CAPITULO I ASPECTOS GENERALES

INDICE Artículo 1.

Definición

1

Artículo 2.

Objetivos

2

Artículo 3.

Ámbito de Aplicación

2

Artículo 4.

Marco Jurídico

2

Artículo 5.

Revisión y Específico

Actualización

del

Reglamento 3

CAPITULO II DE LAS ACTIVIDADES A DESARROLLAR Artículo 6.

Beneficiarios

3

Artículo 7.

Caracterización de los Grupos

4

Artículo 8.

Boleta de descuento

4

Artículo 9.

Porcentajes de Descuento

5

Artículo 10. Aplicación del Descuento

5

I


CAPITULO III DE LAS COMPETENCIAS Artículo 11. Competencias de los Jefes de Laboratorio del SEDILAB (LABIMED) y del CMN 6

CAPITULO IV DE LAS INSTANCIAS DE GESTIÓN DE LOS LABORATORIOS DEL SEDILAB (LABIMED) y DEL CMN Artículo 12. Instancia de Definición de Políticas de Descuento de los Laboratorios del SEDILAB (LABIMED) y del CMN 6 Artículo 13. Instancia de Dirección

7

CAPITULO V OTRAS DISPOSICIONES Artículo 14. Prohibiciones

7

Artículo 15. Sanciones

7

ANEXO 8 **********

II


Dpto. Organización y Métodos - UMSS

REGLAMENTO ESPECÍFICO PARA EL DESCUENTO EN EXAMENES DE LABORATORIO DEL “SERVICIO DE DIAGNOSTICO LABORATORIAL Y ANALISIS BIOMEDICO (SEDILAB*LABIMED)” Y DEL “CENTRO DE MEDICINA NUCLEAR Y RADIO INMUNOENSAYO (CMN)”, DEPENDIENTES DE LA FACULTAD DE MEDICINA UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN SIMON

*

LABIMED – Laboratorio Inmunológico de Medicina -Unidad dependiente de SEDILAB.

CAPÍTULO I

ASPECTOS GENERALES

Artículo 1.- Definición.El presente REGLAMENTO ESPECÍFICO PARA EL DESCUENTO EN EXAMENES DE LABORATORIO DEL “SERVICIO DE DIAGNOSTICO LABORATORIAL Y ANALISIS BIOMEDICO (SEDILAB* LABIMED)” y del “CENTRO DE MEDICINA NUCLEAR Y RADIO INMUNOENSAYO (CMN)”, DEPENDIENTES DE LA FACULTAD DE MEDICINA DE LA UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN SIMÓN – UMSS, es un conjunto ordenado de normas, criterios, metodologías y procedimientos que regulan las actividades desarrolladas para la prestación de servicios de laboratorio a la comunidad, como parte del proceso educativo y de la extensión.

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Dpto. Organización y Métodos - UMSS

Artículo 2.- Objetivos.Los objetivos del presente Reglamento son: - Regular descuentos en los laboratorios del SEDILAB (LABIMED) y del CMN. - Normar diferentes categorías de rebaja de precios de acuerdo a los requerimientos en la oferta de servicios. - Establecer requisitos en la rebaja de precios en exámenes de Laboratorios en situaciones especiales. - Definir las instancias de decisión para la administración, funciones y responsabilidades del registro y control de los descuentos. Artículo 3.- Ámbito de Aplicación.El presente Reglamento Específico constituye el marco normativo básico que contiene un conjunto de disposiciones de aplicación y cumplimiento obligatorio en los Laboratorios del SEDILAB (LABIMED) y del CMN dependientes de la Facultad de Medicina. Artículo 4.- Marco Jurídico.Comprende el marco jurídico del presente Reglamento: - Resoluciones de Consejo Facultativo Medicina: • R.C.F. Nº 66/08 del 29 de abril de 2008(*). • R.C.F. Nº 11/08 del 8 de febrero de 2008(*). • R.C.F. Nº 91/07 del 31 de julio de 2007(*). (*) Ver ANEXO

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Dpto. Organización y Métodos – UMSS

• R.C.F. Nº 117/07 del 27 de septiembre de 2007(*). - Circular de Fiscalización de Ingresos Nº 1/20007(*). - Circular de Fiscalización de Ingresos Nº 1/2006(*). Artículo 5.- Revisión y Actualización del Reglamento Específico.El Departamento de Organización y Métodos en coordinación con los Laboratorios del SEDILAB (LABIMED) y del CMN dependientes de la Facultad de Medicina; son las Unidades responsables de elaborar, actualizar, modificar y difundir el presente Reglamento Específico dentro el marco de las normas y reglamentos vigentes.

CAPÍTULO II

DE LAS ACTIVIDADES A DESARROLLAR Artículo 6.- Beneficiarios.Podrán acceder a los descuentos de los Laboratorios las personas comprendidas dentro de uno de los siguientes grupos: Indigentes demostrados Estudiantes Regulares Docentes y Administrativos de la Universidad Mayor de San Simón. Familiares en primer grado de los Docentes y Administrativos de la Universidad Mayor de San Simón. (*) Ver ANEXO a. b. c. d.

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Dpto. Organización y Métodos - UMSS

Artículo 7.- Caracterización de los Grupos.a. Se consideran indigentes a toda persona que no posee fuente de trabajo y no tiene forma de manutención personal, o aquellos que por incapacidad física fuesen dependientes. De igual manera, son considerados indigentes a los niños de los Albergues o Centros de Rehabilitación, para quienes se presta servicios en función de Convenios Institucionales a petición de los mismos y otros no especificados. b. Se consideran Estudiantes regulares aquellos que cumpliesen las normas de la Legislación Universitaria, que es el de estar legalmente inscritos y no haber hecho abandono de gestión (presentan recibo de inscripción y certificado emitido por Dirección Académica). c. Los Docentes y Administrativos de la Universidad Mayor de San Simón que no poseen el Seguro Universitario. d. Familiares en primer grado de los Docentes y Administrativos de la Universidad Mayor de San Simón que no poseen el Seguro Universitario. Artículo 8.- Boleta de Descuento.Deberá ser confeccionada una boleta de descuento en la que se contemple los ítems pertinentes a: Identificación, El dependiente de la Facultad que es familiar (en casos de familiares será identificado también), Las pruebas solicitadas, El nombre del médico solicitante, El monto de descuento, La justificación y La firma de Autorización.

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Dpto. Organización y Métodos - UMSS

Artículo 9.- Porcentajes de Descuento.I. II. III.

De 0 a 20% de descuento, De 20 a 40% de descuento, De 40 a 100% de descuento.

Artículo 10.- Aplicación del Descuento.Será aplicado el descuento a: I.

II.

De 0 a 20% de descuento, a Familiares en primer grado de los Docentes y Administrativos de la Universidad Mayor de San Simón que no poseen el Seguro Universitario. La “boleta de descuento” deberá ser refrendada por la firma de los Jefes de Laboratorio del SEDILAB (LABIMED), o del CMN. De 20 a 40% de descuento, a estudiantes regulares (en la R.C.F. Nº 11/08

Art. 10 del Reglamento de Descuentos, se menciona “serán beneficiados con el descuento de acuerdo a Reglamento los hijos (as) de todos los estudiantes de la Facultad de Medicina”, esto debido a que no gozan de un Seguro), a Docentes y Administrativos de la Universidad Mayor de San

III.

Simón que no poseen el Seguro Universitario. Estos beneficiarios deberán cumplir las formalidades exigidas y firmas correspondientes. De 40 a 100% de descuento, a indigentes demostrados que tengan un informe de la Visitadora Social de las Instituciones Estatales. La “boleta de descuento” necesariamente deberá ser refrendada por la firma de los Jefes de Laboratorio del SEDILAB (LABIMED), o del CMN y del Señor Decano de la Facultad de Medicina

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Dpto. Organización y Métodos - UMSS

CAPÍTULO III

DE LAS COMPETENCIAS Artículo 11.- Competencias de los Jefes de Laboratorio del SEDILAB (LABIMED) y del CMN.- Separar funciones de carácter incompatible (ejemplo: quien autoriza no ejecuta). - Prever controles. - Prever la posibilidad de abuso de responsabilidad (ejemplo: transgredir controles).

CAPÍTULO IV

DE LAS INSTANCIAS DE GESTIÓN DE LOS LABORATORIOS DEL SEDILAB (LABIMED) Y DEL CMN Artículo 12.-Instancia de Definición de Políticas de Descuento de los Laboratorios del SEDILAB (LABIMED) y del CMN. Los Jefes de los Laboratorios del SEDILAB (LABIMED), del CMN en coordinación con el Decano de la Facultad de Medicina, refrendan el porcentaje de descuento del presente Reglamento, el que se pondrá en consideración y aprobación del Honorable Consejo Facultativo.

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Dpto. Organización y Métodos - UMSS

Artículo 13.- Instancia de Dirección.Son responsables de los descuentos, manejo, control, seguimiento, registro documentado y verificación de los servicios de Laboratorio, cada uno de los Jefes de los Laboratorios del SEDILAB (LABIMED) y del CMN.

CAPÍTULO V

OTRAS DISPOSICIONES Artículo 14.- Prohibiciones.Por ningún motivo pueden autorizar estas rebajas, funcionarios que no estén nombrados expresamente en el presente Reglamento. Artículo 15.- Sanciones.De acuerdo a disposiciones Universitarias y normas vigentes: Ley 1178, Reglamento de la Responsabilidad por la Función Pública modificado por el D.S. 26237.

**********

Cochabamba, junio de 2008

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Dpto. Organización y Métodos - UMSS

ANEXO

8


UNIVERSIDAD

MAYOR DE SAN SIMON FACULTAD DE MEDICINA Cochabamba, 29 de abril de 2008 R.C.F.Nº 66/08

VISTOS Y CONSIDERANDOS

La nota OyM-017/08 del lng. Guido Gómez Ugarte, Jefe del Departamento de Organización y Métodos por medio de la cual observa las modificaciones solicitadas por el Lic. Saúl Guzmán Quiroga, ex Director del SEDILAB de la Facultad de Medicina para el Reglamento Especifico de descuento de exámenes de Laboratorio SEDILAB (LABIMED) y del Centro de Medicina Nuclear.

Que, el Jefe de Organización y Métodos hace su observación con relación a los puntos 3, 4, 5 de la noto cite SEDILAB 005/08, manifestando que el descuento no puede ser solamente para docentes y administrativos de la Facultad do Medicina, debido a que esta Unidad Académica es parte integral de la Universidad Mayor de San Simón.

Que. en cumplimiento a la disposición del H. Consejo Facultativo, por nota FACMED 102/08 de fecha 28 de marzo de 2008, so

consultó Q las Direcciones del SEDILAB y del Centro de Medicina Nuclear que si se realizaba un descuento para exámenes de Laboratorios a docentes, administrativos y estudiantes de toda la Universidad, en el mismo porcentaje que se autorizó para el personal académico, administrativos y alumnos de la Facultad de Medicino no hubiera alguna incidencia económica.

Que, se tienen informes favorables de los Directores de SEDILA y del Centro de Medicina Nuclear para extender este descuento a docentes, estudiantes y administrativos de toda la Universidad Mayor de San Simón, según acreditan notas SEDILAB 034/08 y CMN-49/08 respectivamente.

correspondiente análisis.

Que, se pone a consideración del H. Consejo Facultativo para su

POR TANTO EL H. CONSEJO FACULTATIVO RESUELVE ARTICULO UNICO.- Aprobar que los descuentos de estudios de Laboratorios de SEDILAB y Centro de Medicina Nuclear sean también paro docentes, estudiantes y administrativos de todas las unidades de la Universidad Mayor de San Simón, de acuerdo a la propuesta efectuada por el Departamento de Organización y Métodos.

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UNIVERSIDAD

MAYOR

DE SAN SIMON

FACULTAD DE MEDICINA Cochabamba, 8 de febrero de 2008 R.C.F. N° 11/08 VISTOS Y CONSIDERANDOS: Que, según el informe AI-12/07 referida a la Auditoria Especial "Manejo Económico de Ingresos y Gastos de los Laboratorios

Inmunológico de Medicina (LABIMED) y Medicina Nuclear dependiente de la Facultad da Medicina de la Universidad Mayor de San Simón, gestiones 2005 y 2006”, recomienda la elaboración de un Reglamento Interno de Descuentos, que norme las diferentes categorías y establezca los requisitos, paro los casos de rebajas en la prestación de servicios en los laboratorios.

Que, la Facultad de Medicina a través de sus laboratorios cumple función social en la prestación de sus servicios. Que, tradicionalmente los descuentos estaban regidos por Resoluciones del H. Consejo Facultativo, máxima instancia de gobierno facultativo. Que, a fin de cumplir con la recomendación de Auditoria Interna, se confeccionó el Reglamento de Descuentos en coordinación con el Departamento de Organización y. Métodos de la Universidad Mayor de San Simón, el mismo que envió un borrador para revisión. Que, este documento fue revisado y analizado por el Director del SEDILAB de quien dependen los Laboratorios de LABIMED, el Director del Centro de Medicina Nuclear y la Administradora de dichas Unidades. Que, se hace necesario contar con un instrumento legal que permita regular y uniformar los manejos de las rebajas, para los efectos de administración en los laboratorios de SEDILAB (LABIMED) y del Centro de Medicina Nuclear. POR TANTO EL H. CONSEJO FACULTATIVO RESUELVE

ARTICULO UNICO.- Aprobar el Reglamento Específico para el Descuento en Exámenes de laboratorio del "Servicio de Diagnóstico laboratorial y Análisis Biomédico SEDILAB (LABIMED)" y del "Centro de Medicina Nuclear y Radio Inmunoensayo (CMN)" dependientes de la Facultad do Medicina - UMSS, debiendo insertar en el mismo el siguiente articulo: Serán beneficiados con el descuento de acuerdo D Reglamento a los hijos (as) de todos los estudiantes de la fac ad de Medicina,!

Regístrese, comuníquese y Dr. Franco H. Ibarra Gómez PRESIDENT H.C.F. MEDICINA st

JlIIHIUN _ Irl\(lIlflJ 1\11 JJ a JlIIIIIIJClINA

Formar profesiunales en .alud, de calidad, capad/ado. c en/fíicu e ill/eltralt1lell/e para re.sponder a lcu mce.sldades , de la región, a /rao':' de la mve.stigación. la promodón dd la ~alud, la fomlación cMlÍnua y la in/cmcción ¡ocial. iJlcorporand o en estOJ procesoJ laJ nuevaJ tecnologfQJ, " Av • .Anlceto Arce N' 0371 • Cuallln 3110 • TelHonos: .J231:>Ü8 ·1232206 • Fax: (501~1) 'J2~1l6.<)() J"mnll: modlclnn@umRlI.cdll.ho • C<whnh"lllhn-llollvln


Cochabamba, 27 de septiembre de 2007 R.C.F. N° 117/07 VISTOS Y CONSIDERANDOS:

la nota CMN 153/07 presentada por el Dr. Daniel ViIIagra G., Director del Centro de Medicina Nuclear, por medio de la cual solicita actualización de precios y descuentos de los estudios que se realizan en los laboratorios de investigación del Centro de Medicina Nuclear. Que, se pone a consideración una lista de costos a cobrar a los usuarios para la prestación de servicios en los laboratorios RIA y sector Imagen del Centro de referencia.

Que, el Centro de Medicina Nuclear fue creado para cumplir función social, por lo que se propone una escala de descuento. Que, de acuerdo a las formalidades de ley se emite facturas valoradas y se hace necesario regularizar los listados da precios y descuentos para la atención de pacientes, a fin de no tener observaciones futuras con los sistemas de control Interno y externo.

POR TANTO EL H. CONSEJO FACULTATIVO RESUELVE

.

.

ARTICULO PRIMERO.- Actualizar la lista de precios del Centro de Medicina Nuclear para la prestación de servicios de estudios diagnósticos, según el cuadro que se especifica a continuación: " ESTUDIOS GAMAGRAFIA TIROIDEA CONT Te GAMAGRAFIA OSEA GRAMAGRAFIA OSEA EN TRES FASES VENTILACION PULMUNAR PERFUSION PULMONAR,GAMAGRAFIA GAMAGRAFIA HEPATO BILIAR CISTERNOGRAFIA ISOTOPICA GAMAGRAFIA CEREBRAL GAMAGRAFIA HE PATO ESPLENICA ANGIOGRAFIA NUCLEAR CEREBRAL GRAMAGRAFIA RENAL CON DMSA GRAMAGRAFIA RENAL DTPA GAMAGRAFIA REFLUJO GASTROESOFAGICO GAMAGRAFIA TESTICULAR VACIAMIENTO GASTRICO CAPTACION CON I -131 RASTREO CON I - 131

PRECIOS 230

700 700 250 ' 300 ,300 .550 300 300 450 480 . 400 , 420 180 '00 150 700

Av. Ani¡,:cto Arce N' 0371 • Casilla J 119' Teléfonos: 423 1508 ~ 4232206 • h:u; ()91-4) ·l23 1690' Email: rnc:dicina@uJnu-cdu.bo Coch.lbambJ - DolivL •

"

.


UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN SIMON FACULTAD DE MEDICINA (R.C.F. N° 117/07)

ESTUDIOS GAMAGRAFIA TIRÓIDEA CON I - 131 PERFUSION MIOCARDICA REPOSO – STRESS RASTREO DE CUERPO TOTAL CON MIBI y-tc 99m RASTREO CONT-131 GAMAGRAFIA OSEA C/CIPROFLOXINA (3fases) GAMAGRAFIA OSEA C/CIPROFLOXACINA NORMAL

PRECIOS 250 1600 700 700 1000 800l ________ _

GAMAGRAFIA PARATIROIDEA C/MIBI

600

GAMAGRAFIA HEMORROGIA DIGESTIVA

350

GAMAGRAFIA DE MAMA

350

ARTICULO SEGUNDO.- Aprobar la escala de descuentos del Centro de Medicina Nuclear de acuerdo al siguiente detalle:

DETALLE Personal Docente - Administrativo 1º grado de parentesco): Estudiantes y Docentes No Asegurados

DESCUENTOS 20% 30%.

Personas Indigentes

30% - 100% ___

ARTICULO TERCERO.- Establecer que toda rebaja deberá ser con el consentimiento de Ia Dirección de la Unidad, debiendo ser corroborada con la firma del señor Decano de la Facultad de Medicina los descuentos superiores al 30%. .

Regístrese, comuníquese y archívese.

Dr. Franco H. Ibarra Gómez st

PRESIDENTE H.C.F. MEDICINA

Av. Anicclo Arce N- 0311 • Casilla 3l'19· TclUonos: 4231508 .1232206· Fa~; (591--1) 01231690· EmaiJ: nlc:dicina~umss.cdu.bo : a

Cocllii!.bamba· Bolivia


UNIVERSIDAD

MAYOR

DE

SAN

SIMÓN

FACULTAD DE MEDICINA Cochabamba, 31 de julio de 2007 R.C.F. N° 91/07

VISTOS Y CONSIDERANDOS:

Lo nota DISER 127/07 presentada por el Drs. Saúl Guzmán Q., Director del SEDILAB, por medio de la cual solicita renovación de autorización de descuentos para pruebas de laboratorios. Que,

01

LABIMED

unidad

dependiente

del

SEDILAB ofrece y presta servicios a través de sus laboratorios de Análisis Clínico, Microbiología, Inmunológia y Parasicología a la población en general. Que, estos laboratorios fueron creados con el propósito de cumplir una función social en la prestación de servicios, por lo que se pone a consideración una nueva escala de descuentos.

Que, para efectos legales se hace necesario regularizar estas rebajas para los estudios diagnósticos, a fin de no tener observaciones futuras con los sistemas de control interno y externo. POR TANTO EL H. CONSEJO FACULTATIVO RESUELVE

ARTICULO UNICO.- Aprobar la escala de descuentos presentada por el Director del SEDILAB, que regirá a partir de la fecha con motivo de establecer una rebaja de precios porcentual para los estudios que se realizan en los laboratorios de Análisis Clínico, Microbiología, Inmunología y Parasitología de LABIMED de acuerdo al siguiente detalle: .

DETALLE

JUSTIFICATIVO

Público en General Docentes,

Indigentes demostrables

Administrativos o

1 er. Grado de parentesco

DESCUENTOS

0-100% 40%

familiares Facultad de Medicina Estudiantes Ssfdsfdsfdsff Según referencia de Decano

De la Facultad de Medicina Refrendada con su firma

40%

41-100 %

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" MISION - FACULTAD DEMEDICINA

Formar profesionales en salud, de calidad . capacitados científica e integralmente para responder a las necesidades de la región, a travé$ de la investigación, la promoción da la $alud. la f<imlOción conlinua y la inter.acción ¡ocial, incorporando en eJlO$ proceJO$ laJ nuClJaJ tecnologíCM. "

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Áv. AnIceto Arco N' 0371. • CasIlla 3119 • Tcl(,(onos: -1231508 4232206 • :Fax: (591-4) 4231600 Emall: rncdiclna@umss.etlu.bo . Cochubumba-13011vitl.


UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN SIMÓN FISCALIZACIÓN DE INGRESOS

CIRCULAR N° 1/07 PARA CONOCIMIENTO Y PREVISION DE LAS AUTORIDADES FACULTATIVAS Y/O ADMINISTRATIVAS, IJERSONAL ADMINISTRATIVO HABILITADOS PARA EL MANEJO DE FONDOS

Los precios establecidos por las Unidades Académicas y/o Administrativas, para el cobro de las recaudaciones por concepto de matrículas y otros (venta de bienes, venta de servicios, seminarios, talleres, alquileres y otros) deben contar con el correspondiente respaldo legal: _ Unidades Académicas, mediante Resolución de Consejo facultativo (actualizado cada año) _ Unidades Administrativas, mediante Resolución Rectoral (actualizado cada año)

• Las recaudaciones por concepto de matrículas (regulares, verano, invierno y de

posgrado) y otros (venta de bienes, venta de servicios, seminarios, talleres, alquileres y otros), debe efectuarse únicamente a través de la Caja Facultativa para la emisión del Recibo Oficial de la Universidad y su posterior depósito.

• Los precios establecidos en dólar americano para Su cobro, se efectúa con moneda nacional, al tipo de cambio oficial del día.

• Toda actividad en la que se recaude y maneje fondos, utilizando el nombre de la

Unidad Académica y/o Administrativa por ende de la Universidad, con la participación del Estamento Docente, Estudiantil y el Personal Administrativo, debe cumplir obligatoriamente las políticas y disposiciones establecidas por las Normas Básicas de Control Interno Gubernamental y por los Manuales y Procedimientos emitidos por nuestra Institución.

La documentación de respaldo de las operaciones financieras y administrativas que realicen las unidades Académicas y Administrativas (copia de informes, recibos de caja del tesoro universitario, facturas y otros), deberá ser archivada siguiendo un orden lógico, de fácil acceso y utilización. Asimismo, ser conservada y custodiada adecuadamente por cada Unidad Académica y Administrativa donde se gestione dicha operación, preservándola de cualquier contingencia, por el tiempo mínimo que señalan las disposiciones legales sobre la materia. En consideración a lo expuesto anteriormente, se recomienda dar cumplimiento a las siguientes normas y procedimientos:


• Ámbito de Supervisión Directa " ... que los niveles de mando tengan suficiente y adecuada supervisión sobre los niveles de su dependencia, sea administrativa u operativa, para garantizar la calidad de las operaciones desde su inicio hasta el final". (numeral 132.08 de las Normas de Control Interno, Organización Administrativa) • Documentos de Respaldo "Toda operación, cualquiera sea su naturaleza, que realicen las entidades públicas, deberán contar con la documentación necesaria y suficiente que la respalde y demuestre. Dicha documentación deberá contener la información adecuada para identificar la naturaleza, finalidad y resultados de cada operación y para facilitar su análisis" (numeral 2.12 de las Normas de Control Interno, Organización Administrativa). • Registro, uso de formulario y Depósitos Inmediatos e Intactos de los Ingresos "Todo ingreso en una entidad pública, debe ser registrado en el día, otorgando por cada operación un recibo oficial de la entidad que debe ser un formulario prenumerado de imprenta que contenga la información necesaria para su identificación, clasificación y registro contable dentro las 24 horas de recibido. Igualmente los ingresos del día deben depositarse total e íntegramente en las cuentas bancarias autorizada de la entidad en forma inmediata". (numeral 6.03 de las Normas de Control Interno, Tesorería y Crédito Público). • Rendición de Cuentas "Todos los servidores o ex servidores públicos serán responsables de rendir cuentas por sus actividades y por los resultados obtenidos ... " (numeral 120.0S, Principios Básicos de Con trol Interno). • Manual de Procedimientos para el Manejo y Control de los Recursos captados en las Facultades y Caja Central-UMSS. "Instrumento normativo que regula el proceso de captación de recursos que generan las Facultades y Caja Central de la UMSS" (RR N" 350/05).

Cochabamba, febrero del 2007

Lic. Henry Saldias Claure JEFE FISCALIZACION INGRESOS UMSS


UNIVERSDAD MAYOR DE SAN SIMÓN FISCALIZACION DE INGRESOS

CIRCULAR N° 1/06

PARA CONOCIMIENTO Y PREVISION DE LAS AUTORIDADES FACULTATIVAS y/o

ADMINISTRATIVAS, PERSONAL ADMINISTRATIVO HABILITADOS PARA EL MANEJO DE FONDOS

Los precios establecidos por las Unidades Académicas y/o Administrativas, para el cobro de las recaudaciones por concepto de matrículas y otros (venta de bienes, venta de servicios. seminarios, talleres, alquileres y otros) deben contar con el correspondiente respaldo legal: • -Unidades Académicas. mediante Resolución de Consejo facultativo (actualizado cada año) • Unidades Administrativas. mediante Resolución Rectoral (actualizado cada año) Las recaudaciones por concepto de matrículas y otros (venta de bienes, venta de servicios. seminarios, talleres, alquileres y otros), debe efectuarse únicamente a través de la Caja Facultativa para la emisión del Recibo Oficial de la Universidad y su posterior depósito. Los precios establecidos en dólar americano, para su cobro, se efectúa en moneda nacional, al tipo de cambio oficial del día. Toda actividad en la que se recaude y maneje fondos utilizando el nombre de la Unidad Académica y/o Administrativa por ende de la Universidad, con la participación del Estamento Docente, Estudiantil y el Personal Administrativo, debe cumplir obligatoriamente las políticas y disposiciones establecidas por las Normas Básicas de .Control Interno Gubernamental y por los Manuales y Procedimientos emitidos por nuestra Institución. La documentación de respaldo de las operaciones financieras y administrativas que realicen las unidades Académicas y Administrativas (copia de informes, recibos del tesoro universitario, facturas y otros), deberá ser archivada siguiendo un orden lógico, de fácil acceso y utilización. Asimismo, ser conservada y custodiada adecuadamente por cada Unidad Académica y Administrativa donde se gestione dicha operación, preservándola de cualquier contingencia, por el tiempo mínimo que señalan las disposiciones legales sobre la materia.


Manual de Procedimientos para el Manejo y Control de los Recursos captados en las Facultades y Caja Central por Venta de matrículas, Venta de Bienes y/o Servicios y Otros, que generan ingresos propios en las Unidades Académico-Administrativas de la Universidad, aprobado mediante Resolución Rectoral N° 350/05. 120.08 - Rendición de Cuentas: "Todos los servidores o ex - servidores públicos serán responsables de rendir cuentas por sus actividades y por los resultados obtenidos ... " de los Principios Básicos de Control Interno. 120.1 Documentación de las Operaciones: "Las transacciones y operaciones administrativas financieras y de gestión sin excepción serán documentadas y archivadas en forma apropiada….” de los Principios Básicos de Control Interno.

132.08 - Ámbito de Supervisión Directa: " ... los niveles jerárquicos de mando supervisen en forma suficiente a los bajo dependencia y garanticen la calidad de sus operaciones, desde su inicio hasta su conclusión", relativo al Sistema de Organización Administrativa. 136.03 - Registro, Uso de Formulario y Depósito Inmediato e Intacto de Ingresos: “Todo Ingreso de una entidad pública deberá ser registrado en el día, otorgando por cada operación un recibo oficial de la entidad que debe ser un formulario prenumerado de imprenta que contenga la información necesaria para su identificación, clasificación y registro contable dentro de las 24 hrs. De recibidos, Igualmente los ingresos del día deben depositarse total e íntegramente en las cuentas bancarias autorizadas de la entidad en forma inmediata”, relativo al Sistema de Tesorería y Crédito Público.

Cochabamba, mayo del 2006

Lic. Henry Saldías Claure

Lic. Martín Moya Albarracín

JEFE FISCALIZACIÓN INGRESOS lJMSS

JEFE DPTO. TESORERIA Y CRÉDIT6O PÚBLICO - UMSS


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