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por domésticas
Congreso aprueba ley permite variar el orden de los apellidos
Presidente de la Junta Central Electoral aplaude la nueva normativa Orgánica de los Actos del Estado Civil ; también un juez del TSE
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Y. Rosario / C. Cabrera
SANTO DOMINGO. El Senado de la República aprobó a unanimidad y en única lectura, el Proyecto de Ley Orgánica de los Actos del Estado Civil, con la cual los padres podrán establecer el orden de los apellidos de los niños.
Este proyecto regresó a la Cámara Alta procedente de la Cámara de Diputados donde fue aprobado con modificaciones. Los senadores acogieron las modificaciones que hicieron sus colegas legisladores y todos votaron a favor de la nueva ley.
Se recuerda que la pieza había sido aprobada en el Senado el pasado 25 de julio, un día antes de vencer la pasada legislatura y este miércoles fue aprobada en la Cámara de Diputados con varias modificaciones, por lo que acogiendo lo que establecen los reglamentos internos del Congreso regresó a la primera cámara que lo recibió.
La iniciativa pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación u observación.
La pieza legislativa, presentada por el senador de Pedernales, Dionis Sánchez (Fuerza del Pueblo), cuenta con más de 30 novedades que rigen las actuaciones y efectos del Sistema Nacional de Registro del Estado Civil desde el nacimiento hasta el momento del fallecimiento de un ciudadano.
Después de los 18 años y en primera cédula
Con las nuevas modificaciones aprobadas en la Cámara de Diputados se permitirá que quienes tengan mayoría de edad, mayores de 18 años, puedan solicitar el cambio del orden de sus apellidos.
Se trata de una propuesta presentada por el diputado de Opción Democrática, José Horacio Rodríguez, contenida en el párrafo III, del artículo 83 que reza: “El
El senado aprobó la ley a unanimidad.
Las reacciones
4El presidente de la Junta Central Electoral, Román Jáquez Liranzo, de inmediado aplaudió la aprobación de la nueva ley, a través de un mensaje en Twitter. “Con regocijo saludamos que el Congreso @DiputadosRD @SenadoRD aprobara el proyecto, iniciativa @SenadorDionisSn, que otorga a RD de una nueva Ley Registro Civil acorde a los nuevos tiempos. Es la “Ley País” #RegistroCivilLeyPaís porque #IdentidadEsSoberania Enhorabuena”. En tanto que el juez del Tribunal Superior Eléctoral, Pedro P. Yermenos Forastieri escribió: “Esta Ley recoge el consenso arribado entre la JCE y el TSE sobre sus respectivas competencias en materia de rectificaciones y correcciones de actas del estado civil. Eso es un logro trascendente y una muestra de positiva convivencia entre Órganos electorales. Celebremos!”. inscrito, al cumplir mayoría de edad podrá, por una sola vez al momento de solicitar la cédula de identidad y electoral, disponer el cambio del orden de sus apellidos con el fin de fijar su identidad personal”. Esa modificación en la Cámara Baja contó con 74 votos a favor y 37 en contra.
La Junta Central Electoral es el custodio de la identidad de las personas y la máxima autoridad de la cual dependen el Registro del Estado Civil y la Cédula de Identidad y Electoral, según el artículo 8 de la iniciativa.
Esta ley reforma la vigente que data de 1944 y busca modernizar los registros civiles.
Otras modificaciones
También, el pasado miércoles la Cámara Baja aprobó otras modificaciones presentadas por los diputados Juan Dionicio Rodríguez Restituyo, Frente Amplio; Lourdes Aybar, de la Fuerza del Pueblo y Eugenio Cedeño y Alexis Jiménez, del Partido Revolucionario Moderno (PRM). Otras propuestas presentadas fueron rechazadas.
La propuesta presentada por Rodríguez Restituyo fue la que modificó el artículo 141 sobre la readquisición de la nacionalidad dominicana a fin de que rece “que no se beneficiarán de lo dispuesto en este artículo las personas que habiendo adquirido la nacionalidad dominicana por otra causa y hubiera renunciado a esta”.
La pieza legislativa, que ahora pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación, señala.
Al Constitucional resolución sobre trabajo doméstico
Grupo de abogados elevó recurso ante el TC el mes pasado
Argénida Romero
SANTO DOMINGO. Días antes de que entrarán en vigencia las resoluciones que regulan el trabajo doméstico en la República Dominicana, fue presentado ante el Tribunal Constitucional un recurso que cuestiona a una de ellas, la 55108, que establece el plan piloto para incluir a los trabajadores domésticos al Sistema Nacional de Seguridad Social.
El recurso pidiendo la nulidad de esta resolución, presentado por los abogados Luis Manuel Vilchez Bournigal, Jorge Luis Vilchez Bournigal y Laura Serrata, el pasado 9 de diciembre, discute la inclusión del empleador del hogar “en el régimen contributivo subsidiado, bajo un esquema de aporte con cargo al empleador, al trabajador y al Estado”, cuando la Ley de Seguridad Social 87-01 establece para este régimen solo al empleado y al Estado, con lo que afirman se viola la jerarquía legal que establece la Constitución.
“No podía el Consejo Nacional de la Seguridad Social modificar una ley especial a través de esta resolución o normativa de carácter inferior a la ley 87-01, estableciendo además en su Art. 3 un aporte a cargo del empleador del trabajador doméstico de RD$571.50, pues pone una obligación que resulta ser inexistente en la ley 87-01 en perjuicio de quien utilice los servicios de un trabajador doméstico”, explica el abogado Luis Manuel Vílchez Bournigal al ser entrevistado por Diario Libre.
Agrega que esta resolución, emitida el pasado 25 de agosto de 2022 por el Consejo Nacional de Seguridad Social, dispone “prestaciones que no existen en la ley 87-01 para los beneficiarios de los regímenes subsidiados y contributivos subsidiados”.
Trabajo doméstico en TC.
Confunde
“La resolución confunde las labores propias del hogar o residencia particular que no involucran lucro con las labores que generalmente constituyen un negocio o explotación, razones por las cuales la resolución viola el principio de razonabilidad y legalidad consagrado en los artículos 69 y 74 de la Constitución”.

