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“Es muy temprano para hablar de calificación. Vamos a evaluar todas las pruebas para ver si nos dicen si es (homicidio) agravado”

Rosalba Ramos

Fiscal del Distrito Nacional

EL ESPÍA

Debe revisarse

Una cosa es que el ministro de Economía, Planificación y Desarrollo, Pavel Isa Contreras, opine sobre lo que él considera es racismo o una cultura antihaitiana en la República Dominicana, y otra es que asuma el tema como si se tratara de un plan de Gobierno, sin que esto signifique coartar la libertad de expresión. Sus opositores dirán que es campaña. Debe revisarse, sobre todo, cuando individuos que fueron sacados del Gobierno haitiano porque boicoteaban la relación entre ambos países, le aplauden hasta con los pies.

Un nuevo Código Penal contemplaría condenas de hasta 60 años de prisión

 Abogan por lograr consenso bicameral para aprobarlo  Creen deben fortalecerse políticas públicas y educación

Yamalie Rosario

Redactora Senior

SD. El proyecto de ley de Código Penal, sobre el cual existiría consenso en la Cámara de Diputados para ser aprobado en el mes de septiembre próximo, contempla establecer el cúmulo de penas, por lo que el autor de varios delitos podría ser condenado hasta a 60 años de prisión.

Ante la reciente ola de crímenes, asesinatos, homicidios y feminicidios, hechos que han causado consternación, y al carecer el país de una normativa moderna, varios congresistas abogaron por que se logre el consenso entre el Senado y la Cámara de Diputados, para dotar al país de la reforma a esa ley, vigente desde hace 138 años. En la versión más reciente del proyecto de ley de Código Penal vigente en la Cámara de Diputados, se establece el cúmulo de penas, el cual está contemplado en los artículos 51,52 y tiva tipifica el feminicidio agravado con 40 años de prisión mayor y multa de mil salarios mínimos del sector público.

Entre las infracciones de lesa humanidad, que serían condenadas de 30 a 40 años de prisión mayor, figuran el asesinato, la tortura, el exterminio, la violencia sexual, la prostitución forzada y la esclavitud sexual.

Aumentar penas, ¿la solución?

Para el vicevocero del bloque de diputados del PRM, Amado Díaz, constituye un error pensar que reformar el Código Penal contribuya a disminuir la ola de violencia y delincuencia. Precisó que, aunque aprobar esa pieza podría ayudar, lo que realmente contribuirá a disminuir la problemática existente será el crear un clima de paz, fomentar los valores en las familias y destinar mas recursos a las políticas públicas existentes. Coincidió con el vicepresidente ejecutivo de la Fundación Institucionalidad de Justicia (Finjus), Servio Tulio Castaños Guzmán, en el sentido de que deben unificarse esfuerzos y programas públicos para enfrentar todas las formas de violencia que amenazan al país. 334. La pieza, sometida por 14 diputados el pasado 12 de julio, fue remitida a la Comisión Permanente de Justicia el 14 de julio y ya cuenta con un informe favorable, con modificaciones, del pasado 21 de julio. Se trata de un proyecto similar al que se había consensuado y aprobado en la Cámara Baja con anterioridad.

Según lo que explicó a DL Alexis Isaac Jiménez, presidente de esa comisión en la Cámara Baja, el actual Código Penal establece penas de hasta solo 15 años de prisión por homicidios cuádruples.

El nuevo Código Penal consensuado entre los diputados contempla en el artículo 52 que el limite de pena aplicable en concurso de infracciones no podrá ser superior a 60 años de prisión mayor. También, tipifica el homicidio, que sería condenado con 10 a 20 años de prisión mayor y el homicidio agravado, que sería sancionado con penas de 30 a 40 años de prisión mayor.

Asimismo, plantea que el feminicidio se sancione con 30 a 40 años de prisión mayor y multa de 50 mil salarios mínimos del sector público. Las mismas penas se podrían imponer cuando se atente contra la vida de un hombre. Además, la inicia-

FUENTE EXTERNA.

Los recientes casos de violencia han consternado.

Consenso bicameral

Tras el incremento de los hechos de violencia y criminalidad, varios congresistas consideraron que es necesario lograr el consenso bicameral para lograr reformar el Código Penal.

Así lo expresaron Omar Fernández, vocero del bloque de diputados de la

y

Recientes casos de criminalidad

● 16 de agosto Matan a tres hombres en Los Alcarrizos.

Tenían rencillas por invasiones de terrenos. ● 19 de agosto Matan al comunicador Manuel Ducan en negocio de comida rápida. Ayer, la fiscal del Distrito Nacional, Rosalba Ramos, dijo que más adelante se determinará si es “homicidio agravado”. ● 20 de agosto Crimen cuádruple en Los Coquitos,

Los Alcarrizos consterna a la sociedad. ● 23 de agosto Menor mata a un joven de 23 años de varias estocadas en El Seibo.

Fuerza del Pueblo (FP) y Juan Julio Campos e Yván Lorenzo, voceros de los bloques de legisladores del PLD en la Cámara de Diputados y en el Senado, respectivamente.

Fernández aseguró que existe la voluntad política, aunque indicó que es necesario que se logre “un consenso claro” entre ambas cámaras para que poder aprobar el nuevo Código Penal.

“Tenemos un Código Penal del siglo XIX para combatir la delincuencia del siglo XXI y evidentemente eso no puede continuar así”, expresó.

En tanto que, Juan Julio Campos, vocero del bloque de diputados del PLD, dijo que es una pena que la República Dominicana este vigente un Código Penal, que data de 1884 y precisó que se hace necesario lograr reformarlo en la actual legislatura.

Al respecto, su colega de partido, Yván Lorenzo, vocero del bloque de senadores del PLD, favoreció porque se vuelva a crear una comisión bicameral para buscar el consenso.

Precisó que “los últimos acontecimientos que se han producido ameritan que tengamos un nuevo Código Penal en la República Dominicana”. 

Investigan exministro de Hacienda por sobornos, estafa y lavado de activos

Procuradora debe decidir si se da acceso a Donald Guerrero a documentos de investigación; abogado dice no procede la reserva de la carpeta fiscal

SANTO DOMINGO. La Procuraduría Especializada en Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), con apoyo de la Dirección General de Persecución de la Procuraduría, investiga al exministro de Hacienda Donald Guerrero por los “tipos penales preliminares” de asociación de malhechores, falsificación, estafa contra el Estado, sobornos, coalición de funcionarios y lavado de activos.

Esto se desprende del recurso de reconsideración que hizo la directora de Persecución, Yeni Berenice Reynoso, a una instrucción de la procuradora general de la República, Miriam Germán Brito.

Conforme a la solicitud de reconsideración notificada a los abogados de Donald Guerrero, la Pepca mantiene una investigación al exfuncionario, distinta a su posible vínculo con el ya conocido caso Antipulpo, que tiene como principal imputado a Alexis Medina Sánchez, hermano del expresidente de la República, Danilo Medina Sánchez. Desde febrero del año pasado, se informó que la procuradora Germán Brito dirigía la investigación por corrupción que involucraba al exministro de Hacienda y al exadministrador general del Banco de Reservas Simón Lizardo Mézquita. El exfuncionario fue citado en varias ocasiones para ser interrogado en la Procuraduría.

En marzo de este año, la magistrada Germán Brito dio instrucción particular a la procuradora adjunta Berenice Reynoso para que diera acceso “al señor Donald Guerrero a la carpeta fiscal de investigación cursada en su contra”, apoyada en el artículo 9 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, número 133-11.

La instrucción fue respondida por Berenice Reynoso, apoyada en el mismo artículo de la citada legislación, con el pedido a su superiora de que reconsidere la solicitud puesto que “abrir de manera total la carpeta fiscal, en esta etapa del proceso, pone en riesgo la investigación”.

“…que tenga a bien modificar la instrucción particular en referencia, a los fines de que solo estemos en la obligación de dar acceso al investigado Donald Guerrero a aquellas diligencias de investigación que lo tocan y que son de carácter público, como las que se evidencia en la acusación del caso conocido como Operación Antipulpo, ya que esas actuaciones no ponen en riesgo esa línea de investigación, contrario al proceso actual, no así de la investigación que continúa en proceso”, dice el documento de fecha 25 de abril de 2022.

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Meses tiene la investigación en contra de Donald Guerrero, según su abogado Eduardo Núñez.

Procuradora debe decidir

El artículo 9 de la Ley 13311 indica que “las instrucciones particulares deben impartirse por escrito. El funcionario que las recibe podrá impugnarlas, mediante escrito motivado, cuando las considere manifiestamente ilegales, arbitrarias o inconvenientes”.

Luego plantea que la solicitud de reconsideración no exime al funcionario instruido de la obligación de cumplimiento cuando exista peligro en la demora, pero que sí lo exonera de las responsabilidades que se originen de su acatamiento.

“El funcionario emisor podrá ratificarlas, modificarlas o revocarlas según

ARCHIVO Donald Guerrero, exministro de Hacienda.

proceda”, dice el citado artículo. Sin embargo, aunque Germán Brito notificó la instrucción y la solicitud de modificación a los abogados de Donald Guerrero, no se ha informado de si su acto fue ratificado o revocado, como establece el reglamento interno del Ministerio Público.

La reserva

La solicitud de Berenice Reynoso, notificada a los abogados de Guerrero, hace referencia a que, junto a la Pepca, procedieron a la reserva total de la fase de la investigación. Eso, basado en que, según el planteamiento de la directora de la Persecución, durante la investigación se han presentado diversas situaciones, distintas la investigación que se llevó a cabo por el caso Antipulpo.

Por esas situaciones, asegura, Donald Guerrero no ha sido citado ni se le ha impuesto ninguna medida de coerción.

Sin embargo, Eduardo Núñez, abogado del exministro de Hacienda Donald Guerrero, sostiene que no tiene sentido mantener la reserva de la carpeta fiscal de la investigación, puesto que su cliente sí tiene medidas de coerción.

“La reserva de la investigación a más de 18 meses de iniciada ésta, habiéndose practicado medidas de coerción (como la citación, interrogatorio y el impedimento de salida mediante alertas migratorias) carece de sentido jurídico, además de ser ilegal por contravenir las disposiciones del artículo 291 del Código Procesal Penal”.

Considera que impedir el acceso a la carpeta fiscal, equivale a impedir el acceso a las pruebas, lo que a su vez imposibilita el ejercicio del derecho de defensa y transgrede el debido proceso: “esto ha coartado la posibilidad de ejercer la defensa técnica y la defensa material durante más de un año”, sostiene.

El artículo 291 del Código Procesal Penal dicta que “Si contra el imputado no se ha solicitado una medida de coerción ni la realización de un anticipo de prueba, el ministerio público dispone el secreto total o parcial de las actuaciones, siempre que sea indispensable para el éxito de un acto concreto de investigación”.

x

“La citación del imputado a declarar ante el Ministerio Público, constituye una medida de coerción”

Miriam Germán

Procuradora General de la República

Las alegaciones

Para su instrucción, la procuradora toma en consideración que los artículos 95 y 260 del Código Procesal Penal disponen que el imputado tiene derecho a ser informado de las informaciones recabadas durante la investigación desde el momento en el que se solicita la aplicación de una medida de coerción.

También plantea que la citación del imputado para declarar ante el Ministerio Público constituye una medida de coerción, “conforme a lo establecido en el artículo 223 del Código Procesal Penal”.

“El Ministerio Público debe tener la oportunidad procesal de mantener la reserva total o parcial de la investigación, pero esta debe adoptarse en las circunstancias excepcionales que la normativa procesal permite, con las formalidades adecuadas para preservar los derechos de los investigados, y con límites temporales razonables para garantizar la igualdad procesal”, considera la procuradora general.

En respuesta, Berenice Reynoso plantea que, tras varias semanas analizando junto a la Pepca, han contactado diversas situaciones que se han presentado en el transcurso de la investigación “por lo que se ha procedido a la reserva total de la fase de investigación”.

Luego plantea que por “las presentes imputaciones el ciudadano Donald Guerrero no ha sido citado ni se le ha impuesto ninguna medida de coerción”.

También señala que abrir de manera total la carpeta fiscal en la etapa del proceso, pone en riesgo la investigación, además de que la decisión “serviría en una especie de jurisprudencia del Ministerio Público y pondría en riesgo decenas de investigaciones contra el crimen organizado...” 

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