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ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. De conformidad a los Estatutos Sociales se llama a Asamblea General Ordinaria a los Accionistas de G4 CAL SOCIEDAD ANÓNIMA , a realizarse el día lunes 22 de diciembre de 2025 a las 08:00 hs, en la Calle Panambí, Fracción Borre de la Ciudad de Santa Rita, orden del día: 1-Designación de un presidente y secretario de la asamblea. 2-Lectura y consideración de la memoria del directorio, balance gral., cuadro de resultado e informe del síndico del ejercicio cerrado al 31 de diciembre de 2024. 3-Elección de miembros del directorio, síndicos y sus remuneraciones. 4-Destino de las utilidades del Ejercicio 2.024. 5-Designación de un Accionista para suscribir el Acta de Asamblea, juntamente con el presidente y secretario. Observación: Se recuerda a los Señores Accionistas que para participar de la Asamblea deberán presentar sus Acciones correspondientes. El Directorio. 97838- 12 al 16/12
ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA. De conformidad al art.23 de los Estatutos Sociales, llámase a Asamblea General Extraordinaria a los Señores Accionistas de REVIERA S.A. con Ruc N° 80051807- 1, a realizarse el día, lunes 29 de diciembre de 2025, a las 07:00 horas, en el local social, situado en Avda. Adrián Jara Entre Regimiento Piribebuy, Ciudad del Este, Alto Paraná, Paraguay, orden del día: 1. Designación de presidente y un secretario de Asamblea. 2. Modificación Parcial del Estatuto.3. Designación de dos Accionistas para suscribir el Acta de Asamblea junto con el secretario. Observación: Se recuerda a los Señores Accionistas sobre el Art. 20 de los Estatutos Sociales y el Art. 1.084 del Código Civil. El Directorio. 97839- 12 al 16/12
ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. De conformidad al Art.23 de los Estatutos Sociales, llámase a Asamblea General Ordinaria a los Señores Accionistas de REVIERA S.A. con Ruc N° 80051807-1, a rea-
lizarse el día, lunes 29 de diciembre del año 2025, a las 16:00 horas, en el local social, situado en Avda. Adrián Jara Entre Regimiento Piribebuy, Ciudad del Este, Alto Paraná, Paraguay, orden del día: 1-Designación de un presidente y secretario de asamblea. 2-Emisión de Acciones. 3-Designación de un Accionista para suscribir el Acta junto con el presidente y el secretario. Observación: Se recuerda a los Señores Accionistas sobre el ART. 20 de los Estatutos Sociales y el Art. 1.084 del Código Civil. El Directorio. 97840- 12 al 16/12
CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA FIRMA AMX PARAGUAY SOCIEDAD ANÓNIMA (“AMX PARAGUAY”). De conformidad a lo establecido en los Estatutos Sociales, el Directorio de la firma AMX PARAGUAY SOCIEDAD ANÓNIMA (“AMX Paraguay”) convoca a los señores accionistas de la sociedad a la Asamblea General Ordinaria de Accionistas, a celebrarse el día 22 de diciembre de 2025, a las 18:00 horas en primera convocatoria, y a las 19:00 horas en segunda convocatoria, en la sede social de la empresa, sito en Avenida Mariscal López No. 1730 de la Ciudad de Asunción, con el objeto de considerar el siguiente ORDEN DEL DIA: 1) Designación de un Presidente y Secretario de Asamblea. 2) Emisión de acciones. 3) Designación de accionistas para que suscriban el acta de asamblea. Se recuerda a los señores accionistas las disposiciones legales relativas al depósito deacciones. EL DIRECTORIO. 97875/16/12/2025
CONVOCATORIA DE ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA. y ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE CONFORMIDAD AL ARTÍCULO 1.079 DEL CÓDIGO CIVIL Y A LOS ESTATUTOS SOCIALES, EL DIRECTORIO DE ¨ HAPPY JEANS S.A.¨ CON RUC Nº 80100291-5, CONVOCA A LOS SEÑORES ACCIONISTAS A LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS Y UNA ASAMBLEA
GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS, A REALIZARCE EN EL LOCAL SOCIAL, SITO EN EL KM 8 AV. MONSEÑOR RODRIGUEZ DE CIUDAD DEL ESTE, DPTO. ALTO PARANA, REPUBLICA DEL PARAGUAY, EL DIA 23 DICIEMBRE DE 2025 A LAS 9:00 Y A LAS 11.30 HORAS, A LOS EFECTOS DE TRATAR EL SIGUIENTE: ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS 1-DESIGNACIÓN DE PRESIDENTE Y SECRETARIO DE ASAMBLEA. 2-DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN ANTICIPADA DE LA SOCIEDAD 3-NOMBRAMIENTO DEL LIQUIDADOR Y FIJACIÓN DE SU RETRIBUCIÓN. FIJACIÓN DE PAUTAS. – 4-ASUNTOS VARIOS 5-DESIGNACIÓN DE UN ACCIONISTA PARA SUSCRIBIR EL ACTA DE ASAMBLEA, JUNTO AL PRESIDENTE Y EL SECRETARIO ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS 1) DESIGNACIÓN DE PRESIDENTE Y SECRETARIO DE ASAMBLEA. 2) CONSIDERACIÓN DE LA MEMORIA DEL DIRECTORIO, INFORME DEL SÍNDICO, BALANCE GENERAL, TRATAMIENTO Y DISTRIBUCIÓN DE UTILIDADES CORRESPONDIENTE A EJERCICIOS 2018, 2019, 2020, 2021, 2022, 2023, 2024, 2025. 3) ELECCIÓN DE DIRECTORES Y SÍNDICOS. DESIGNACIÓN DE UN REPRESENTANTE LEGAL ANTE LA DNIT. FIJAR SUS RESPECTIVAS REMUNERACIONES. 4) ASUNTOS VARIOS 5) DESIGNACIÓN DE UN ACCIONISTA PARA SUSCRIBIR EL ACTA DE ASAMBLEA, JUNTO AL PRESIDENTE Y EL SECRETARIO. EN CASO DE FALTA DE QUÓRUM EN LA PRIMERA CONVOCATORIA, LA SEGUNDA CONVOCATORIA SE REALIZARÁ AUTOMÁTICAMENTE UNA HORA DESPUÉS. SE RECUERDA A LOS SEÑORES ACCIONISTAS LA OBLIGACIÓN ESTATUTARIA Y LEGAL SOBRE EL DEPÓSITO EN LA SOCIEDAD DE LAS ACCIONES, O UN CERTIFICADO BANCARIO O DE OTRA INSTITUCIÓN ANÁLAGO DE DEPÓSITO LIBRADO PARA EL EFECTO, CON TRES DIAS HÁBILES DE ANTICIPACIÓN A LA FECHA DE CELEBRACIÓN
DE LA ASAMBLEA, COMO REQUISITO PARA PARTICIPAR EN LA MISMA. EL DIRECTORI 0 97850/ 16/ 12/2025
CONVOCATORIA A ASAMBLEA ORDINARIA DE ACCIONISTASUENO BANK SOCIEDAD ANÓNIMA. R.U.C. 80026157-7 Convoca a Asamblea Ordinaria de Accionistas para el día 22 de diciembre de 2025, a las 11:00hs y a las 12:00hs en primera y segunda convocatoria respectivamente en la sede social ubicada en Avenida Santa Teresa Nº 3.088 c/ Concejal Vargas, de la ciudad de Asunción, Paraguay, para tratar el siguiente: ORDEN DEL DIA 1- Designación de Presidente y Secretario de asamblea; 2- Desafectación de reservas facultativas y distribución de utilidades; y 3- Designación de accionistas para firmar el acta de asamblea de conformidad con el Art. 1.096 del Código Civil. Se recuerda a los accionistas que, para asistir a la Asamblea Ordinaria de Accionistas, deben depositar en la casa matriz de UENO BANK S.A., con anticipación de por lo menos tres días hábiles al fijado para la realización de las asambleas, las acciones, certificados de acciones o los documentos justificativos que se hallan depositados en un banco del país o del extranjero o ante un escribano público. En el caso de acciones escriturales, la institución encargada de las anotaciones en cuenta deberá emitir a los titulares de las mismas el certificado de depósito que acreditará la cantidad de acciones de las cuales son titulares, a efectos de su participación en la Asamblea. UENO BANK S.A. les entregará los comprobantes necesarios de recibo, que servirán para la admisión a las asambleas. EL DIRECTORIO. 97873/16/12/2025
ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. Convocase a los señores accionistas de la firma LUCKY IMPORT EXPORT SOCIEDAD ANONIMA a la Asamblea General Ordinaria que se llevará a cabo en su local social sito en Calle Trifon Benítez c/ Enfermeras del Chaco Bo. Obrero de Ciudad del Este,
el día lunes 29 de diciembre de 2025 a las 09:00 horas como primera convocatoria. Si la Asamblea no pudiera llevarse a cabo a la hora indicada por ausencia de accionistas que representan la mayoría de las acciones con derecho a voto, la Asamblea se realizará una hora después, es decir a las 10:00 horas con cualquier número de accionistas presentes (de conformidad a los arts. 33 y 34 de los Estatutos Sociales) para considerar el siguiente orden del día: 1-Designación de un presidente y secretaria de Asamblea. 2-Considerar la distribución o el destino de las Reservas Facultativas de periodos anteriores 3-Designación de dos accionistas para suscribir el Acta de Asamblea. Nota: se recuerda a los señores accionistas que para participar de la Asamblea según los Estatutos Sociales deberán depositar sus acciones en la Empresa con tres días de antelación a la fecha fijada. EL Directorio. 97876- 12 al 16/12
DUMA S.A. CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA.
De conformidad a los Estatutos Sociales, DUMA S.A. convoca a Asamblea General Ordinaria de accionistas para el día 30 de diciembre del 2025, a las 10:00 AM, primera convocatoria y 11:00 AM segunda convocatoria, en la sede social de la sociedad, sita en la calle PTE. FRANCO ESQ/ COLÓN para considerar el siguiente ORDEN DEL DÍA: 1- Designación de un Presidente y Secretario de la Asamblea 2-Lectura, consideración y aprobación de la Memoria del Directorio, Informe del Síndico, Balance General; Cuadro Demostrativo de Ganancias y Pérdidas correspondientes al ejercicio cerrado al 31 de diciembre de 2024. 3-Consideración de los Resultados del Ejercicio 2024 y su distribución 4- Elección de los miembros del Directorio y Síndico. 5- Designación de las personas que firmarán el Acta de Asamblea. EL DIRECTORIO97904 /19/12/2025
CONVOCATORIA. El directorio de la sociedad comercial que gira en esta plaza bajo la denominación de SG Transportes S.A.
con RUC 80061169-1 con Domicilio en la Casa de las Calles Santa Rosa Nº 143 c/ 15 de Agosto de la ciudad de Ñemby Departamento Central República del Paraguay, de conformidad a los estatutos sociales y a las leyes vigentes llama a Asamblea General ordinaria de accionistas para el día lunes 05 de enero del año 2026 a las 19:00 Hs. para considerar el siguiente orden del día correspondiente al ejercicio fiscal cerrado al 31 de diciembre del 2024 Orden del Día: 1. Elección de presidente y secretario de asamblea 2. Lectura y consideración del Balance General, cuadro de pérdidas y ganancias, Memoria anual de Directorio e informe del síndico correspondiente al ejercicio fiscal cerrado al 31 de diciembre del 2024. 3. Elección de directores y síndico. 4. Fijación de remuneración de directores y síndico. 5. Asuntos varios. Se recuerda a los accionistas lo dispuesto en los estatutos sociales y en Art.1079 del código civil vigente97909 /17/12/2025
CONVOCATORIA PARA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. De conformidad con lo establecido en el Estatuto Social de YGUAZÚ CEMENTOS
S.A., el Directorio convoca a los señores accionistas a Asamblea General Ordinaria, a celebrarse el día lunes 12 de diciembre 2025, en el domicilio social sito en Av. Artigas N° 1921, Piso 2, Edificio Automotor, Asunción, a las 10:00 horas en primera convocatoria y, en caso de no reunirse el quórum legal, a las 11:00 horas en segunda convocatoria, para considerar el siguiente ORDEN DEL DÍA: 1) Constitución de la Asamblea, designación del Presidente y de un accionista que oficiará de Secretario, ambos con obligación de suscribir el acta respectiva. 2) Consideración y aprobación de la distribución de utilidades acumuladas de ejercicios anteriores, provenientes de reservas facultativas. 3) Designación de accionistas para suscribir el acta de la Asamblea. EL DIRECTORIO”. 97936 17/12/2025
ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA.
MOLINS S.A. convoca a Asamblea General Extraordinaria a llevarse a cabo el día 27 de Diciembre del
año 2.025, a las 09:00 horas, sito en la Av. Teodoro S. Mongelos de la Ciudad de Hernandarias, orden del día: 1-Designación del Presidente y Secretario de la Asamblea 2-Aumento de Capital 3-Modificación Parcial del Estatuto 4-Nombramiento de un Accionista para suscribir el Acta, conjuntamente con el Presidente y Secretario de la Asamblea. 97974- 14 al 18/12
ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. MOLINS S.A. convoca a Asamblea
General Ordinaria a llevarse a cabo el día 27 de Diciembre del año 2.025, a las 14:00 horas, sito en la Av. Teodoro S. Mongelos de la Ciudad de Hernandarias orden del día: 1-Designación del Presidente y Secretario de la Asamblea 2-Emisión e Integración de Acciones. 3-Nombramiento de un Accionista para suscribir el Acta, conjuntamente con el Presidente y Secretario de la Asamblea. 97975- 14 al 18/12
WINTOK SOCIEDAD ANÓNIMA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA CONVOCATORIA El Directorio de WINTOK Sociedad Anónima RUC 80159810 - 9 convoca a sus Accionistas a la Asamblea General Ordinaria a llevarse a cabo el día miércoles 31 de diciembre del 2025 a las 09: 00 hrs. en el local social, para tratar lo siguiente: ORDEN DEL DIA 1. Elección del Presidente y Secretario de Asamblea. 2. Elección y remuneración de Directores Titulares. 3. Elección y remuneración de Síndicos Titular y Suplente. 4. Designación de accionistas para suscribir el Acta de Asamblea. Nota: Se recuerda a los señores Accionistas que, para la participación de la Asamblea según los Estatutos Sociales, deberán depositar sus acciones en la Empresa con tres días de anticipación a la fecha fijada. EL DIRECTORIO98000/20/12/2025
CONVOCATORIA. El directorio de la sociedad comercial que gira en esta plaza bajo la denominación de BALADI TRANSPORTES S.A. con RUC 80136306-3 con Domicilio en la Casa de las Calles Juan Pablo II N° 9002 esquina 3 de febrero de la ciudad de Ñemby Depar-
tamento Central República del Paraguay, de conformidad a los estatutos sociales y a las leyes vigentes llama a Asamblea General ordinaria de accionistas para el día lunes 05 de enero del año 2026 a las 19:00 Hs. para considerar el siguiente orden del día correspondiente al primer ejercicio fiscal cerrado al 31 de diciembre del 2024 Orden del Día: 1. Elección de presidente y secretario de asamblea 2.Lectura y consideración del Balance General, cuadro de pérdidas y ganancias, Memoria anual de Directorio e informe del síndico correspondiente al ejercicio fiscal cerrado al 31 de diciembre del 2024. 3. Elección de directores y síndico. 4. Fijación de remuneración de directores y síndico. 5. Asuntos varios. Se recuerda a los accionistas lo dispuesto en los estatutos sociales y en Art.1079 del código civil vigente98003 /20/12/2025
ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS “ 64 BITS S.A.” Convocase a los accionistas de “64 BITS S.A.” a la Asamblea General Ordinaria de Accionistas, a realizarse en fecha 30 de Diciembre de 2025, a las 12:00 horas en primera convocatoria y a las 12:30 horas la segunda convocatoria en su domicilio social; sito en la calle Avenida Gervasio Artigas N° 2025, Edificio Automotor Center, 3er. Piso de la ciudad de Asunción, para tratar el siguiente Orden del Día: 1) Designación de un Presidente y Secretario de Asamblea. 2) Consideración de las renuncias presentadas por el Presidente del Directorio, Sr. Esteban Cacavelos de Amoriza, y por el Vicepresidente del Directorio, Sr. Bruno Padovan. 3) Designación de Presidente y Vicepresidente y nuevos miembros del Directorio para cubrir las vacancias. 4) Asuntos Varios Societarios. 5) Designación de los accionistas para suscribir el Acta de la Asamblea. Se recuerda a los Señores Accionistas, lo establecido en los Estatutos Sociales, para tener derecho de asistencia a la Asamblea. Asunción, 15 de Diciembre de 2025- 98004 /20/12/2025
ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS “AIRAM
S.A.” Convocase a los accionistas de “AIRAM S.A.” a la Asamblea Extraordinaria de Accionistas, a realizarse en fecha 30 de Diciembre de 2025, a las 8:00 horas en primera convocatoria y a las 8:30 horas la segunda convocatoria en su domicilio social; sito en la calle Avenida Gervasio Artigas N° 2025, Edificio Automotor Center, 3er. Piso; de la ciudad de Asunción, para tratar el siguiente Orden del Día: 1) Designación de un presidente y secretario de la Asamblea. 2) Modificación del Estatuto Social. 3) Designación de los accionistas para suscribir el Acta de la Asamblea. Se recuerda a los Señores Accionistas, lo establecido en los Estatutos Sociales, para tener derecho de asistencia a la Asamblea. Asunción, 12 de Diciembre de 2025- 98005 20/12/2025
ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS “AIRAM S.A.” Convocase a los accionistas de “AIRAM S.A.” a la Asamblea Ordinaria de Accionistas, a realizarse en fecha 30 de Diciembre de 2025, a las 10:00 horas en primera convocatoria y a las 10:30 horas la segunda convocatoria en su domicilio social; sito en la calle Avenida Gervasio Artigas N° 2025, Edificio Automotor Center, 3er. Piso de la ciudad de Asunción, para tratar el siguiente Orden del Día: 1) Designación de un Presidente y Secretario de Asamblea. 2) Elección de miembros del Directorio. 3) Emisión e Integración de Acciones. 4) Asuntos Varios Societarios. 5) Designación de los accionistas para suscribir el Acta de la Asamblea. Se recuerda a los Señores Accionistas, lo establecido en los Estatutos Sociales, para tener derecho de asistencia a la Asamblea. Asunción, 12 de Diciembre de 2025-98006/ 20/12/2025
ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. Conforme a los Estatutos Sociales, se convoca a los señores accionistas de PALMA ALTA S.A. a Asamblea General Ordinaria de Accionistas, para el día 27 de diciembre de 2025 a las 09:00 hs., en el local social sito en la Carretera, Urbanización Ramiro 8m. km. 13,5 lado Monday Ruta PY 02, de Minga Guazú, para tratar los siguientes pun-
tos del orden del día:
1-Establecer la Asamblea.
2-Lectura y consideración de la memoria del directorio, balance general, estado de resultados y el informe del síndico, correspondiente al ejercicio cerrado al 31 de diciembre de los periodos 2022, 2023 y 2024 respectivamente.
3-Destino de las Utilidades. 4-Elección de miembros del directorio y designación de síndico, titular y suplente. 5-Retribución de directores y síndicos.
6-Designación de dos accionistas para suscribir el Acta de Asamblea. Se recuerda a los Señores Accionistas lo dispuesto en los Artículos 1.084, 1.085 del Código Civil y de los Estatutos Sociales. No habiendo otro punto que tratar se da por finalizado el acto, siendo las 15:10 hs. del mismo día y mes. El Directorio. 97980- 16 al 20/12
VENTURE SA RUC
80022723 - 9 . En la Ciudad de Asunción a los 12 días del mes de diciembre del dos mil veinticinco siendo las 15 hs se reúne el Directorio de Venture SA, la Señora Renate Dickel Behr, el Señor Euldado Ramirez y el Síndico el Señor Luis Franco se reúnen para tratar el único Orden del Día: Llamado de Asamblea Ordinaria de Accionistas Toma la palabra la Sra. Renate Dickel Behr, y pone a consideración el llamado a la Asamblea General Ordinaria de Accionistas el día 5 de enero de 2026 a las 9:00 hs, para tratar el siguiente orden del día: 1. Designación de Presidente y Secretario de Asamblea. 2. Emisión de acciones. 3. Designación de dos accionistas que suscriban el acta de asamblea conjuntamente con el presidente y el secretario de la asamblea.La propuesta es analizada por los Directores y aprueban por unanimidad la propuesta de la Sra. Renate Dickel Behr. No habiendo otro tema a tratar se levanta la sesión siendo las 15.30 hs.- 98024 /20/12/2025
SG3 SHIPPING GROUP
SA 80022113 -3 . En la Ciudad de Asunción a los 12 días del mes de diciembre del dos mil veinticinco siendo las 16 hs se reúne el Directorio de SG3 SHIPPING GROUP SA, la Señora Renate Dickel Behr, el Señor Euldado Ramirez y el Síndico el Señora Silvia
Lafuente se reúnen para tratar el único Orden del Día: Llamado de Asamblea Ordinaria de Accionistas Toma la palabra la Sra. Renate Dickel Behr, y pone a consideración el llamado a la Asamblea General Ordinaria de Accionistas el día 5 de enero de 2026 a las 11:00 hs, para tratar el siguiente orden del día: 1. Designación de Presidente y Secretario de Asamblea. 2. Emisión de acciones. 3. Designación de dos accionistas que suscriban el acta de asamblea conjuntamente con el presidente y el secretario de la asamblea. La propuesta es analizada por los Directores y aprueban por unanimidad la propuesta de la Sra. Renate Dickel Behr. No habiendo otro tema a tratar se levanta la sesión siendo las 16.30 hs.- 98025 98025 /20/12/2025
ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA. El Directorio de LAS SAGAS REAL ESTATE DEVELOPMENT S.A., en uso de sus atribuciones convoca a los accionistas de la firma a la Asamblea General Extraordinaria, a realizarse el día 29 de diciembre del 2025, a las 09:00 hora primera convocatoria y 10:00 hora segunda convocatoria. En el local de la sociedad ubicado entre Calle Lima y República de Chile a 4 cuadras de la Ruta internacional nro 2, para tratar el siguiente orden del día: 1-designación de un presidente y secretario de asamblea. 2-Modificación de Estatutos / Art. 1080 Ccp. Aumento o Disminución de Capital. 3-Elección de dos accionistas o sus representantes para firmar el Acta de Asamblea. Nota: De conformidad al estatuto social, se recuerda a los Señores Accionistas que, para participar válidamente de la Asamblea General Extraordinaria, deberán depositar sus acciones en la caja de la Sociedad o una constancia de un Banco que la misma están depositadas en dicha institución, con un día de anticipación al de la realización de la Asamblea. El Directorio. 98059- 16 al 20/12
CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD. Por Escritura N°.50 de fecha 20/11/2025, pasada ante el Esc. Pub. Herminio Sosa Gavilán,
fue constituida la Sociedad denominada LEXCOM
CONSULTING S.A., Domicilio: Ciudad del Este, Departamento del Alto Paraná, Paraguay. Duración: 100 años. Objeto Principal: Prestación de servicios en general, Consultorio jurídica y notarial, asesoramiento contable, etc. Director Presidente: Sr. Bruno Manuel Sosa Gómez. Capital Social: Gs.100.000.000, Integrado el 100% del Capital Social. Inscripto en el Reg. P. Jurídicas y Comercio, Matrícula Jurídica N°.47362, serie "Comercial", bajo el N° 1, Folio 1, de fecha 03/12/2025. 97969- 14 al 16/12
CONSTITUCIÓN. Por Esc. Púb. N° 931 de fecha 05/11/2025, autorizada por el Notario Luis E. Peroni G. e inscripta en la Dirección Gral. De los Registros Públicos en fecha 27/11/2025. Reg. De Personas Jurídicas y Comercio, Matricula Nº 2.342, bajo el N° 01, folio 01, Serie “SUACE”, se constituyó la firma “PALM BEACH PY. S.R.L”. -Duración: 50 años. - Representantes: Yliana Carolina Yepez de Gill y Rafael Gill Ramirez. –Gerente Titular: Rafael Gill Ramirez. -Capital: Gs.10.000.000. -Objeto: Dedicarse a las representaciones, distribuciones, comisiones y asesoramientos en administracion de negocios y empresas, comercialización de toda clase de productos, realización de proyectos arquitectónicos y construcciones, etc. y demás actividades de licito comercio.
97987/ 16/ 12/2025
CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD. Por Escritura Pública Nº 77 de fecha 26/09/ 2025, autorizada por el Not. PÚBLICO
OMAR S. Vázquez Samudio, se constituye la firma denominada: PHARMA VISION SOCIEDAD
ANÓNIMA Administración: Presidente: Vladimir Riveros Diarte. VICEPRESIDENTE: MIRTA Elizabeth Diarte Vecca, Objeto: Actividades de distribución de productos medicinales,Consultora en General. CAPITAL SOCIAL:
100.000.000. GS. INSCRIPTO EN LA D. G. R. P. EN LA Sección de Registro Personas Jurídicas y Comercio, Matrícula Jurídica N° 47 380. SERIEComercial, en fecha:
26 / 11 / 202597977/17/12/2025
CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD. Por Escritura Pública Nº 78 de fecha 26/09/ 2025, autorizada por el Not. PÚBLICO
OMAR S. Vázquez Samudio, se constituye la firma denominada: VISION IMPERIAL SOCIEDAD
ANÓNIMA Administración: Presidente: Vladimir Riveros Diarte. VICEPRESIDENTE: MIRTAElizabeth Diarte Vecca, Objeto: Actividades de distribución de productos medicinales, Consultora en General.
CAPITAL SOCIAL:
100.000.000. GS. INSCRIPTO EN LA D. G. R. P. EN LA Sección de Registro Personas Jurídicas y Comercio, Matrícula Jurídica N° 47 328. SERIEComercial, en fecha: 21 / 11 / 202597978/17/12/2025
CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD.Por Escritura N°.49 de fecha 12/11/2025, pasada ante el Esc. Pub. Herminio Sosa Gavilán, fue constituida la Sociedad denominada FERTILAND PARAGUAY S.A., Domicilio: Minga Guazú, Alto Paraná, República del Paraguay. Duración: 100 años. Objeto: Impor., export., comercialización de insumos agrícolas y agroquímicos en general. Director Presidente: Sr. Helio Francisco Pinto. Capital Social: Gs.1.400.000.000, Integrado el 10% del Capital Social. Inscripto en el Reg. P. Jurídicas y Comercio, Matrícula Jurídica N°.47408, serie "Comercial", bajo el Nº.1. Folio 01-14, de fecha 09/12/2025. 98039- 16 al 18/12
CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD. Por escritura n°403 de fecha 30/11/2023 ante la Esc. Monica Beatriz Rousillon Fernández fue constituida la sociedad VIDARENA S.A . domicilio: en la casa n°4926 de la calle Quesada, edificio Atlas 6º piso, Asuncion, Duración 99 años. Objeto principal: Actividades Inmobiliarias realizadas con bienes propios o arrendados. Socios: Cesar Ramiro Yambay Pereyra, Ricardo Javier Ugarriza Tosco, Jorge Ramiro Yambay Lohman y Jairo Yambay Lohman. Capital Social Gs.1.000.000.000 Inscripta en la Direccion Gral. De los Registros Publicos Seccion Personas Juridicas y Comercio. Matricula Juri-
dica n°42887 Serie Comercial, Entrada nº13493859, Inscripto bajo el N°1, Folio 1/17 Fecha 28/12/2023
98063/18/12/2025
CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD. SUSTENTA PARAGUAY SOCIEDAD ANÓNIMA: Por E.P. Nro. 235 de fecha 29/10/2025, formalizada ante la N.P. María Jackeline Bolla, con reg. nro. 951, se constituyó la firma SUSTENTA PARAGUAY SOCIEDAD ANÓNIMA La misma estableció domicilio en Asunción, Paraguay y cuenta con una duración de 99 años. Su objeto social principal es: dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, tanto en el país como en el extranjero, a todo acto lícito de comercio, además, su capital emitido es de Gs. 50.000.000. De esta E.P. se tomó razón en la D.G.R.P., Secc. Personas Jurídicas y Comercio bajo el nro. 1, folio 1, Serie Comercial, de fecha 07/11/2025. 98062/ 18/ 12/2025
DISOLUCIÓN CONYU -
GAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno, Abg. Gabriela Maricel Meaurio Samudio, de la Sexta Circunscripción Judicial - Alto Paraná cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos MARIA LAURA LOPEZ BRITOS y OSCAR RENE IRRAZABAL SCHLENDER , para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. Ciudad del Este, 1 de diciembre de 2025. Abg. Claudia Fabiola Jara Gallardo, Actuaria Judicial. Se hace saber al
destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. 97311- 2 al 16/12
DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA ACTUARIA DE LA SECRETARIA N° 03 DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DEL SEGUNDO TURNO DE CAACUPÉ, Abg. ADRIANA M. FERNANDEZ ECHEVERRIA cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos Sres. BLAS EMIGDIO ROLON RECALDE Y PAULA MARIANELA VILLASANTI, para que, en el término de "30" treinta días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente.- CAACUPE, 4 de Junio de 2025. 97364/16/12/2025
DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Segundo Turno de Presidente Franco e interina del Sexto Turno, Abg. Cynthia Rossana Pineda Morel, de la Sexta Circunscripción Judicial, Alto Paraná cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos ELVA ROSALI AVALOS BARBOZA y LUIS ALBERTO SOSTOA CHAPARRO, en los autos caratulados: “ELVA ROSALI AVALOS BARBOZA C/ LUIS ALBERTO SOSTOA CHAPARRO s/ Disolución
de la Comunidad Conyugal” Exp. N° 161. AÑO 2024, para que, en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. Abg. Sixto Raúl Melgarejo, Actuario Judicial. Ciudad del Este, 4 de julio de 2025. 97428- 3 al 17/12
DISOLUCIÓN CONYUGAL. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL COMERCIAL YLABORAL DEL PRIMER TURNO E INTERINO DEL JUZGADO DE IGUAL CLASEY JURISDICCION DEL SEGUNDO TURNO DE LA CIUDAD DE CAACUPE DR.GERMAN SANTIAGO BERNAL, cita y emplaza por 15 días a los que tienen interés enreclamar derechos contra la disolución conyugal formada por los Sres. YENIA MARIA ELIZABETH SANTACRUZ
LOPEZ Y JORGE ANTONIO DUARTE CANDIA para que, en el término de “30” Treinta días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones en el juicio caratulado “YENIA MARIAELIZABETH SANTACRUZ
LOPEZ Y JORGE ANTONIO DUARTE CANDIAS/ DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL. ”. Exp.Nro. 407/2025.-CAACUPE, 26 de Noviembre de 2025. Se hace saber al destinatario de este – EDICTOque el mismo cuenta con elCódigo QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberáutilizar el lector del Código QR, siendo ya en
consecuencia, innecesaria laautenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 y1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. -Por ante mí la Secretaria Autorizante ADRIANA FERNANDEZ en uso de lasatribuciones conferidas en la Ley Nº 4992/2013. 97437/17/ 12/2025
DISOLUCIÓN CONYUGAL. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE LA CIUDAD DE SAN IGNACIO GUAZÚ CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE MISIONES, REPÚBLICA DEL PARAGUAY, ABG. ALBERTO RENE MELGAREJO GUIRLAND, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos FERNANDO AGUSTIN MERELES VILLALBA C/ MARIA ZULMA SARABIA CORONEL S/ DISOLUCIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 la Ley N° 1/92. El juicio radica en la secretaría N° 2 a mi cargo Abg. ANTONIO LOURENZO PEDROZO, Actuario Judicial. SAN IGNACIO GUAZÚ, 28 de Agosto de 2025 Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado con-
forme Acordada 1366/2019.- 97478 /18/12/2025
DISOLUCIÓN CONYUAL. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DEL PRIMER TURNO DE SAN ESTANISLAO, Abog. LILIO FRANCO BOBADILLA RODRIGUEZ, en los autos caratulado: "ELVIO PASTOR INSFRAN ALFONSO Y AGUSTINA RAMIREZ ARMOA S/ DISOLUCIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL,".
Expte. N° 162, Año 2025. Secretaría 2, cita y emplaza por quince veces a quienes tengan interés en reclamar derechos contra la comunidad conyugal formada por los esposos ELVIO
PASTOR INSFRAN
ALFONSO con Cédula de Identidad Nº 4.610.037 Y AGUSTINA ARMOA RAMIREZ, con Cédula de Identidad N° 4.877.268, para que en el término de TREINTA DÍAS contados desde la última publicación del presente edicto, comparezcan ante éste Juzgado a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92, de Reforma Parcial del Código Civil. El juicio radica en la Secretaría N° 2 a mi cargo. Abog. RUTH NOEMI OCAMPOS H. Actuaria Judicial. SAN ESTANISLAO, 2 de Diciembre de 2025.- 97476 /18/12/2025
DISOLUCIÓN CONYUGAL. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE AMAMBAY, Abg. JUAN MARCELINO GONZALEZ, emplaza por quince (15) veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos CELSO RAMÓN ARCE ANTUNEZ y CRISTINA ALVAREZ BENITEZ, para que en el perentorio término de treinta (30) días contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92.El juicio radica en la Secretaría a cargo de la Actuaria Judicial, Abg. CAROLINA FRANCO
VÁZQUEZ.- PEDRO JUAN CABALLERO, 4 de Noviembre de 202597496/ 18/12/2025
DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno, Abg. Gabriela Maricel Meaurio Samudio, de la Sexta Circunscripción Judicial - Alto Paraná cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos AMADO BENITEZ BOGADO y SANDRA ELIANA SERNA CANO, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. Ciudad del Este, 4 de diciembre de 2025 Abg. Claudia Fabiola Jara Gallardo, Actuaria Judicial. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. 97516- 5 al 19/12 1-
DISOLUCION CONYUGAL. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE PEDRO JUAN CABALLERO, Departamento del Amambay, DR. JUAN MARCELINO GONZALEZ G., emplaza por quince (15) veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos CARMEN SILVIA LOPEZ VERA y LEONOR GALEANO CANTERO, para que en el perentorio término de treinta (30) días contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92.- El juicio radica en la Secretaría a cargo de la Actuaria Judicial, Abg. ANNY GREGORIA ACOSTA G.- PEDRO JUAN CABALLERO, 28 de Julio de 2025 - 97547 19/12/2025
DISOLUCION CONYUGAL. EL JUEZ DE PRI -
MERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL TERCER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL AMAMBAY, ABG. BERNARDO MONGELOS ARCE, cita y emplaza por el plazo de 15 veces a los que tengan interés en reclamar créditos o derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos Michely Fabiana Servían Roble y Cristian Adilson Minella Britez para que en el término de 30 días, comparezcan a deducir acciones, bajo apercibimiento de no poder hacerlo en adelante, sino contra los bienes propios del deudor, de conformidad al artículo 614 inc. c) del Código Procesal Civil, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley 1/92 modificado del Código Civil. El juicio radica en la Secretaría N° 05, a cargo del Actuario Judicial Abg. Pedro B. Benítez Noguera.- PEDRO JUAN CABALLERO, 2 de Diciembre de 2025.19/12/2025 97548/ 19/12/2025
DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Y LABORAL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REPUBLICA, SEDE MARIA AUXILIADORA, Abg. R. EVELIN CABRERA PAREDES, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos VIDAL ORTIZ e YLSA ELIZABETH ESQUIVEL DE ORTIZ, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría N° 02 a mi cargo Abg. MIRIAN ORTIZ YURTZ, Actuaria Judicial. MARIA AUXILIADORA, 29 de Mayo de 2025. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. 97553/19/12/2025
DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno, Abg. LIZ NATHALIA LOBO RUIZ DIAZ, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos JORGE ESPINOLA MEDINA Y NILZA CAMARGO DE ESPINOLA para que, en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 55 DE LA LEY 1/92. EL JUICIO CARATULADO JORGE ESPINOLA MEDINA Y NILZA CAMARGO DE ESPINOLA S/ DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL AÑO 2025Nº207, RADICA EN LA SECRETARIA N°1 DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL 1° TURNO, DE LA CIUDAD DE DR. J. EULOGIO ESTIGARRIBIA. ABG. SILVIO PAUL CANO RAGGINI. ACTUARIO JUDICIAL –SECRETARÍA N.º 1. DOCTOR J. EULOGIO ESTIGARRIBIA, 28 DE NOVIEMBRE DE 2025. 97567/19/12/2025
DISOLUCIÓN CONYUGAL. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Vigésimo Segundo Turno e Interino del Décimo Octavo Turno de la Capital, MARTIN DIEGO ACOSTA CONDE, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la comunidad conyugal formada por los esposos SILVANA ANTONIA MARTINEZ NUÑEZ y EDGAR MANUEL PERALTA GALEANO para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley N° 1/92 y el Art. 614 inc. c) del C.P.C.- El juicio radica en la Secretaría N° 36 a mi cargo.- Abog. Julio D. Cabral Almada (Actuario Judicial). - Asunción. 02 de diciembre de 2025.97577/19/12/2025
DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil del Primer Turno de la Circunscripción Judicial de Caa-
guazú con asiento en la ciudad de Coronel Oviedo, Dra. LILIAN ROSMARY GONZALEZ DE DUARTE, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos SERGIO DAMIAN ORTELLADO GARCIA y NIDIA BEATRIZ SEGOVIA OSORIO, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/91 de la Reforma Parcial del Código Civil Paraguayo. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. CORONEL OVIEDO, 3 de Diciembre de 2025. Dra. ADELA BENITEZ RAMOS - Actuaria Judicial.-Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.97608/19/12/2025
DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Segundo Turno de la Circunscripción Judicial de Concepción, Abogada CELSA ESTELA SANGUINEZ DE GALIANO, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la comunidad conyugal conformada por los esposos “GLADYS GRACIELA FERNANDEZ DE MELGAREJO y EMILIANO MELGAREJO MARTINEZ” para que en el perentorio término de treinta días contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaria N° 3, a cargo de la Actuaria Judicial Abg. Leticia López Gill. Se hace saber al destinatario de este documento que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en
consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 de la Corte Suprema de Justicia.CONCEPCION, 3 de Diciembre de 2025. 97721/24/12/2025
DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL CUARTO TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE VILLARRICA, Abog Vanessa Miño Fernández en los autos caratulados: "HENRIK KONSTANTIN GASSER MULLER C/ LIMPIA CONCEPCION BENITEZ GARAY S/ DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL", que por providencia de fecha 05 de noviembre de 2.025, ha dispuesto la notificación a la parte demanda Sra. LIMPIA CONCEPCION BENITEZ GARAY de la iniciación del presente juicio disponiendo su publicación por el término de quince veces, bajo apercibimiento de designarle al Defensor de Ausentes de esta Circunscripción, conforme al Art. 141 del C.P.C.-VILLARRICA 6 de Noviembre de 2025. Firmado digitalmente por: María Claudia Demattei Duarte(Actuaria). 97747/24/12/2025
DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil del Segundo Turno Abg. LAURA BEATRIZ ROJAS CAÑETE, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos ISMAEL NOGUERA PEREIRA y BLANCA ESTELA ARMOA , para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente, modificado por la Ley 1/92 Art. 55. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. CORONEL OVIEDO, 9 de Diciembre de 2025. Abg. JUAN ALCIDES ONIEVA. Actuario Judicial.-Secretaria N° 3. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del
Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.97795/25/12/2025
DISOLUCIÓN CONYU -
GAL. LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Y LABORAL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REPUBLICA CON SEDE EN MARIA AUXILIADORA, Abg. R. EVELIN CABRERA PAREDES, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos Claudia Viviana Ferreira Servían y Cristhian Benítez Fariña, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría N° 2 a mi cargo Abg. Mirian Ortiz Yurtz, Actuaria Judicial. MARIA AUXILIADORA, 25 de Noviembre de 2025. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.97811/25/12/2025
DISOLUCIÓN CONYUGAL. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE AMAMBAY, Abg. JUAN MARCELINO GONZALEZ, emplaza por quince (15) veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos JOSÉ TADEU DE MENDONCA y LOURDES ROMERO DE MENDONCA y, para que en el perentorio término de treinta (30) días contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92.- El juicio radica en la Secretaría a cargo de la Actuaria Judicial, Abg. CAROLINA
FRANCO VÁZQUEZ.PEDRO JUAN CABALLERO, 28 de Noviembre de 2025- 97879 /26/12/2025
DISOLUCION CONYUGAL. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIUDAD DE CAACUPÉ Dr. GERMAN SANTIAGO BERNAL, cita y emplaza por 15 veces a los que tienen interés en reclamar derechos contra la disolución conyugal formada por los esposos "MARIA ELENA LEGUIZAMON DUARTE Y JUAN CARLOS ESCOBAR QUIÑONEZ” en el juicio caratulado: “MARIA ELENA LEGUIZAMON DUARTE CONTRA JUAN CARLOS ESCOBAR QUIÑONEZ, S/ DISOLUCIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL”. Exp. N° 316/2.025. Sec.N°01. CAACUPE, 31 de Octubre de 2025 Se hace saber al destinatario de este – EDICTO - que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. Por ante mí la Secretaria Autorizante TERESA PARQUET DE GAUTO en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 4992/2013.- 97895 /27/12/2025
DISOLUCIÓN CONYUGAL. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DE SAN JUAN NEPOMUCENO, CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE CAAZAPÁ, ABG. CARLOS ALBERTO ROJAS C., en los autos caratulados: "ANA DE JESUS MERELES RIVAS C/ DIEGO ARMANDO RODRIGUEZ ESPINOLA S/DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA COMUNIDAD DE GANANCIALES", cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la comunidad conyugal conformada por los esposos: ANA DE JESUS MERELES RIVAS Y DIEGO ARMANDO RODRIGUEZ ESPINOLA , para que en perentorio término de treinta días contados desde la publicación del presente
edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil. El Juicio radica en la Secretaría N° 1, a cargo de la Abog. LEONIDA ESTER PEREIRA.-SAN JUAN NEPOMUCENO, 10 de Diciembre de 2025..- 97916 /27/12/2025
DISOLUCIÓN CONYU -
GAL. El Juez Penal de Garantías de Carapeguá e Interino del Juzgado de Primera instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Primer Turno de Paraguarí, Abg. Hilario Francisco Bustos Martínez, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar a derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos
OLGA MABEL BORDON DE DUARTE y NARCISO DUARTE RUIZ DIAZ para que en término de 30 días contados desde la publicación del presente Edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de los dispuestos en el Art.55 de la Ley 1/92 modificado del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la Secretaria a mi cargo. PARAGUARI, 18 de Noviembre de 2025. Abg. Denise Raquel Galeano Actuaria Judicial.97920 /27/12/2025
DISOLUCIÓN Y LIQUI -
DACIÓN DE LIFE SCIENTIFIC SOUTH AMERICA
SOCIEDAD ANONIMA. Por Escritura Pública N° 46 de fecha 9 de setiembre del año 2024, pasada por ante el Escribano Público Fernando Manuel Céspedes Biggi, fue disuelta y liquidada la sociedad denominada LIFE SCIENTIFIC SOUTH AMERICA
SOCIEDAD ANONIMA. La Escritura de Disolución se halla Inscripta en la Dirección General de los Registros Públicos, Sección Personas Jurídicas y Comercio, bajo el N° 3, folio 25, serie Comercial, de fecha 08 de julio de 2025, con matrícula jurídica N° 24001. Jaime Schossler RUC: 44093438-97943/16/12/2025
DISOLUCIÓN DE SOCIEDAD. BORN STAR PARAGUAY S.A. RUC: 80102714-4 Por escritura pública N° 109, de fecha 04 de noviembre del 2025, ante la escribana Rosa Elena Di Martino Ortiz, se
realizó la Disolución de sociedad de la firma “BORN STAR PARAGUAY S.A.”. Inscripta en el Registro Público en la Sección de Personas Jurídicas y Comercio, bajo el N° 2, Serie COMERCIAL, Folio 21, Sección Comercio, en fecha 11/11/2025, DRFS N° 118.349 en fecha 06/11/2025, con el objeto de Disolver la Sociedad. 97996 /18/12/2005
EDICTO. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL CUARTO TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE VILLARRICA, Abog Vanessa Miño Fernández, en los autos caratulados; "HENRIK KONSTANTIN GASSER MULLER C/ LIMPIA CONCEPCION BENITEZ GARAY S/ DIVORCIO VINCULAR", que por providencia de fecha 05 de noviembre de 2.025, ha dispuesto la notificación a la parte demanda Sra. LIMPIA CONCEPCION BENITEZ GARAY de la iniciación del presente juicio disponiendo su publicación por el termino de quince veces, bajo apercibimiento de designarle al Defensor de Ausentes de esta Circunscripción, conforme al Art. 141 del C.P.C.VILLARRICA, 6 de Noviembre de 2025. Firmado digitalmente por: María Claudia Demattei Duarte(Actuaria). 97746/24/12/2025
EDICTO. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DEL SEGUNDO TURNO, SECRETARIA N° III DE LA CIUDAD DE CAAGUAZÚ Abg. LAURA MERCEDES GONZALEZ CRISTALDO, en los autos caratulados: OLAF MAROHN C/ ELIAS AQUINO S/ OBLIGACIÓN DE HACER ESCRITURA PÚBLICA N° 134 AÑO 2024., cita y emplaza al señor ELIAS AQUINO con C.I Nº 731.625,para que se presente a tomar intervención en el plazo perentorio de veinte días, a computarse desde el día siguiente de la última publicación, bajo apercibimiento de designarle como representante al Defensor de Ausentes con quien se entenderán las actuaciones del proceso de conformidad a lo dispuesto en el Art. 141 del C.P.C. El presente Juicio radica en la
secretaria a mi cargo de la Abg. GLORIA VILLALBA –Actuaria Judicial.- CAAGUAZU, 29 de Octubre de 2025. Firmado digitalmente por GLORIA MABEL VILLALBA AREVALOS (ACTUARIA). 97790/25/12/2025
EDICTO. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DEL SEGUNDO TURNO DE SAN ESTANISLAO, Abogado HUGO EMILIO FARIÑA SILVERO, cita y emplaza por (15) veces al Señor JUAN PEDRO ROMERO, a fin de que en el plazo de 30 dias, se presente ante éste Juzgado; a estar en el juico: "ANTONIO OSCAR SERAFINI LEON C/ JUAN PEDRO ROMERO S/USUCAPIÓN", Expediente N° 110, Año: 2025, bajo apercibimiento de designarsele como representante a la Defensora de Ausentes. El juicio radica en la secretaria N° 3 a mi cargo de la Abg. CYNTHIA MERELES, Actuaria Judicial. SAN ESTANISLAO, 10 de Diciembre de 2025. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.97807/25/12/2025
EDICTO DE ESCISIÓN. A los fines dispuestos en los art. 1193 del Código Civil y arts. 113, 115, 118 y
pertinentes de la Ley 1034/83 “Del Comerciante”, se hace saber por cinco veces alternadas durante diez días la decisión tomada por la firma VIT SOCIEDAD ANÓNIMA, con sede social en la ciudad de Asunción, en Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de fechas 9 de octubre de 2025, donde se resolvió la escisión de la firma VIT SOCIEDAD ANÓNIMA, resultando en una disminución de capital para la misma y en la constitución de una sociedad independiente que girará bajo la denominación DIGITALMENTE SOCIEDAD ANÓNIMA. El Compromiso Previo de Escisión de la firma VIT SOCIEDAD ANÓNIMA fue suscripto en fecha 10 de septiembre de 2025 y aprobado por unanimidad en las Asamblea General Extraordinarias de Accionistas de fecha 9 de octubre de 2025, juntamente con los estados contables y balance de escisión de la sociedad, documentos que están a disposición de los que acrediten interés legítimo, en la sede social por el plazo legal establecido en el art. 113 y art. 118 de la Ley 1034/83 "Del Comerciante" para que los mismos puedan formular oposiciones. La escritura pública de la escisión será autorizada por un notario público una vez transcurrido el plazo legal. 97820/19/12/2025
EDICTO. LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDI-
97911
6 JUDICIAL .
CIAL DE LA REPÚBLICA, CON SEDE EN MARÍA
AUXILIADORA, ABOG. R. EVELIN CABRERA PAREDES, SECRETARÍA N°2, CARGO DE LA ABOG. MIRIAN ORTIZ YURTZ, cita y emplaza por quince veces al Sr. PABLO BARTH a fin de que se presente en los autos caratulados: “SIGFRIDO KÜHNER PARZ C/ PABLO BARTH S/ USUCAPIÓN”, AÑO 2025, Nº226, ello bajo apercibimiento de que, si así no lo hiciere dentro del plazo respectivo que comenzará a computarse a partir del día siguiente a la última publicación, se le designará como representante al Defensor de Ausentes. A continuación, se transcribe el proveído de fecha 08 de octubre de 2025. “De conformidad a lo dispuesto en el Art. 141 del C.P.C., ordenase la publicación de los edictos por quince veces en los diarios ULTIMA HORA y LA NACIÓN de la capital por todo el término de Ley, a los efectos de citar y emplazar al demandado PABLO BARTH para que se presente ante este Juzgado a objeto de contestar la demanda, bajo apercibimiento de que, en caso de no presentarse, se le designará un Defensor de Ausentes”. Firmado: Abog. R. Evelin Cabrera Paredes (JUEZA). MARÍA AUXILIADORA, 10 de Diciembre de 2025.- Se hace saber al destinatario de este EDICTO que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. 97844/26/12/2025
EDICTO. LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL NOVENO TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA CAPITAL, ABG. MAFALDA MARÍA CAMERON LUQUE, ha dispuesto se cite por edictos a la parte demandada, NATALIA CARINA CARDOZO ARANDA, por quince veces, que se publicarán en los diarios “ABC COLOR” y “LA NACIÓN”, para que comparezcan por sí o por apoderado a estar en el presente juicio caratulado “DESARROLLADORA URBANA S.A. C/
NATALIA CARINA CARDOZO ARANDA S/ ACCIÓN PREPARATORIA DE JUICIO EJECUTIVO”, bajo apercibimiento de que si así no lo hiciere dentro del término establecido, se continuará los trámites en rebeldía y se tendrá por constituido su domicilio en los estrados de la secretaría del Juzgado en atención a lo dispuesto en el Art. 48 del C.P.C. El juicio radica en la Secretaría N° 18 a mi cargo. ABG. YAMILE A. MAGGI (ACTUARIA JUDICIAL) ASUNCION, 3 de Diciembre de 2025.Se hace saber al destinatario de este EDICTO que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia.-97851/26/ 12/2025
EDICTO. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DE SANTA ROSA DEL AGUARAY ABG. NELSON ANTOLIN MERCADO P., y ante mi Actuaria Abg. Cinthia Maricel Acevedo Mendez, en los autos caratulados: "BLANCA LILIANA PEREZ ARECO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EXP. N° 291 AÑO: 2025., ha dictado el A.I. N° 373 de fecha 11 de diciembre de 2025, que en su parte resolutiva dice: "ADMITIR, la convocatoria de acreedores de la Sra. BLANCA LILIANA PEREZ ARECO con C.I. N° 4.836.582, dejando establecido que la convocatoria NO ES comerciante.RATIFICAR, como Agente Sindico para entender en la presente convocatoria, al Agente Sindico de la Región propuesta por la Sindicatura General de Quiebras, Abg. MARCIAL OTILIO PAREDES BASUALDO, que fuera designado por proveído de fecha 12 de marzo del año en curso.- ORDENAR, la publicación de edictos en el diario "LA NACION" de la Capital, por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el Art. 19 de la Ley de Quiebras.- CITAR, a los acreedores de la convocatoria para que en el plazo de 30 (treinta) días, a computarse desde la última
publicación, presenten en la secretaria del Juzgado los títulos justificativos de sus créditos o a falta de ello la manifestación firmada por expresión exacta del crédito, su origen o causa y el privilegio que pretendieren tener.COMUNICAR, la admisión de la presente convocatoria a la Sindicatura General de Quiebras y a los Registros Públicos - Sección Quiebras. -DAR intervención al Ministerio Público en lo Civil y Comercial. -ORDENAR, la suspensión de las acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocatoria, por título a causas anteriores a la presente resolución, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, en los términos y alcances del Art. 26 de la Ley de Quiebras. LIBRAR los oficios pertinentes. ANOTAR, registrar y remitir copia a la Excma. Corte Suprema de Justicia". Publicar por el plazo de Ley. El juicio radica en la secretaria a mi cargo. SANTA ROSA DEL AGUARAY, 11 de Diciembre de 2025. Firmado digitalmente por CINTHIA MARICEL ACEVEDO MENDEZ (ACTUARIO/A). 97862/16/12/2025
CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyju. En el expediente caratulado: “ALDO ANDRES ESPINOLA MELGAREJO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 555, de fecha 10 de Diciembre de 2025, cuanto sigue: 1.-TENER por presentada a la peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado 2.- ADMITIR la convocatoria de acreedores de ALDO ANDRES ESPINOLA MELGAREJO con C.I. N° 3.778.342.3.-DETERMINAR que el convocatario no es comerciante.- 4.- DESIGNAR como agente sindico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto librase oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5.- DAR intervención al Ministerio
Publico.- 6.-ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN”, de la capital por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7.- FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. 8.- COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio. - 9.- ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de ALDO ANDRES ESPINOLA MELGAREJO Con C.I. N° 3.778.342.- y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia. 10. NOTIFICAR por cedula en soporte papel- LIBRESE OFICIOS.-. -12 REGISTRAR. y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5 “conservación de documentos electrónicos”, del protocolo de Tramitación Electrónica, aprobada por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto del 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia. -: ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). -97939/17/12/2025
CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA N.º 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyju. En el expediente caratulado: “EMILCE MARIELA COLMAN COLMAN S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 558, de fecha 10 de Diciembre de 2025, cuanto sigue: 1.-TENER por presentada a la peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado 2.- ADMITIR la convocatoria de acreedores de EMILCE MARIELA COLMAN COLMAN con C.I. N° 4.418.927.-3.-DETERMINAR que la convocataria no es comerciante.-
4.-DESIGNAR como agente sindico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto librase oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5.-DAR intervención al Ministerio Publico.6.-ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN”, de la capital por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7.- FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. 8.- COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9.- ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de EMILCE MARIELA COLMAN COLMAN con C.I. N° 4.418.927 y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.-10-NOTIFICAR por cedula en soporte papel11.- LIBRESE OFICIOS 12.-REGISTRAR. y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5 “conservación de documentos electrónicos”, del protocolo de Tramitación Electrónica, aprobada por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto del 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia. -: ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). --97944/17/12/2025
CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA N.º 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyju. En el expediente caratulado: “GREGORIA DAVALOS DE DOMINGUEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 282, de fecha 11 de Diciembre de 2025, cuanto sigue: 1.-TENER por reconocida la personería de la
accionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado 2.- ADMITIR la convocatoria de acreedores de GREGORIA DAVALOS DE DOMINGUEZ con C.I. N° 795.639.-3.-DETERMINAR que la convocataria no es comerciante.4.-DESIGNAR como agente sindico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto librase oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5.-DAR intervención al Ministerio Publico.6.-ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN”, de la capital por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7.- FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. 8.- COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9.- ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de GREGORIA DAVALOS DE DOMINGUEZ con C.I. N° 795.639 y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.-10-NOTIFICAR por cedula en soporte papel11.-REGISTRAR. y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5 “conservación de documentos electrónicos”, del protocolo de Tramitación Electrónica, aprobada por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto del 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia. -: ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). ---97948/17/12/2025
CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyju. En el expe-
diente caratulado: “LAURA ELIZABETH GRANELLI QUINTANAS/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 280, de fecha 11 de Diciembre de 2025, cuanto sigue: 1.-TENER por reconocida la personería de la accionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado 2.- ADMITIR la convocatoria de acreedores de LAURA ELIZABETH GRANELLI QUINTANA con C.I. N° 3.211.407.-3.-DETERMINAR que la convocataria no es comerciante.4.-DESIGNAR como agente sindico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto librase oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5.-DAR intervención al Ministerio Publico.6.-ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN”, de la capital por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7.- FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. 8.- COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9.- ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de LAURA ELIZABETH GRANELLI QUINTANA con C.I. N° 3.211.407y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.-10-NOTIFICAR por cedula en soporte papel11.-REGISTRAR. y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5 “conservación de documentos electrónicos”, del protocolo de Tramitación Electrónica, aprobada por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto del 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia. -: ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). -97953/17/12/2025
CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyju. En el expediente caratulado: “LAURA PATRICIA PEREIRA FERREIRA S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 560, de fecha 11 de Diciembre de 2025, cuanto sigue: 1.-TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado 2.ADMITIR la convocatoria de acreedores de LAURA PATRICIA PEREIRA FERREIRA con C.I. N° 2.165.868.-3.-DETERMINAR que la convocataria no es comerciante.4.-DESIGNAR como agente sindico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto librase oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5.-DAR intervención al Ministerio Publico.6.-ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN”, de la capital por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7.- FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. 8.- COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9.- ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de LAURA PATRICIA PEREIRA FERREIRA C.I. N° 2.165.868 y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.10.- LIBRESE OFICIOS. -11.-NOTIFICAR POR CEDULA EN SOPORTE PAPEL12.-REGISTRAR. y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5 “conservación de documentos electrónicos”, del protocolo de Tramitación Elec-
trónica, aprobada por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto del 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia. -: ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). -97940/17/12/2025
CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 2, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyju. En el expediente caratulado: “ANUNCIA PEREIRA ALVAREZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 575, de fecha 12 de Diciembre de 2025, cuanto sigue: 1.-TENER por presentado a la peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado 2.- ADMITIR la convocatoria de acreedores de ANUNCIA PEREIRA ALVAREZ con C.I. N° 1.168.995.-3.-DETERMINAR que la convocataria no es comerciante.4.-DESIGNAR como agente sindico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto librase oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5.-DAR intervención al Ministerio Publico.6.-ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN”, de la capital por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7.- FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. 8.- COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9.- ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de ANUNCIA PEREIRA ALVAREZ Con C.I. N° 1.168.995 y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia. -10.-NOTIFICAR por cedula en soporte papel- 11.-REGISTRAR. y conservar en el gestor documental del
Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5 “conservación de documentos electrónicos”, del protocolo de Tramitación Electrónica, aprobada por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto del 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia. -: ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). --97945/17/12/2025
CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyju. En el expediente caratulado: “LIMPIA CONCEPCION FERNANDEZ DE BAEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 564, de fecha 11 de Diciembre de 2025, cuanto sigue: 1.-TENER por presentada a la peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado 2.- ADMITIR la convocatoria de acreedores de LIMPIA CONCEPCION FERNANDEZ DE BAEZ con C.I. N° 3.726.244.-DETERMINAR que la convocataria no es comerciante.4.-DESIGNAR como agente sindico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto librase oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5.-DAR intervención al Ministerio Publico.6.-ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN”, de la capital por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7.- FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. 8.- COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9.- ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de LIMPIA CONCEPCION FERNANDEZ DE BAEZ Con C.I. N° 3.726.244 y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que
MARTES 16 DE DICIEMBRE
han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia. -10.-NOTIFICAR por cedula en soporte papel11.-LIBRESE OFICIOS. –12.-REGISTRAR. y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5 “conservación de documentos electrónicos”, del protocolo de Tramitación Electrónica, aprobada por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto del 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia. -: ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). -97949/17/12/2025
CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyju. En el expediente caratulado: “LUZ MAGALI GONZALEZ INSFRAN S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 563, de fecha 11 de Diciembre de 2025, cuanto sigue: 1.-TENER por presentado a la peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado 2.- ADMITIR la convocatoria de acreedores de LUZ MAGALI GONZALEZ INSFRAN con C.I. N° 5.704.682.-3.-DETERMINAR que la convocataria no es comerciante.4.-DESIGNAR como agente sindico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto librase oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5.-DAR intervención al Ministerio Publico.6.-ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN”, de la capital por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7.- FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. 8.- COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9.- ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de LUZ MAGALI GONZALEZ INSFRAN
Con C.I. N° 5.704.682 y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia. 10.- LIBRESE OFICIOS. -11.-NOTIFICAR POR CEDULA EN SOPORTE PAPEL-12 REGISTRAR. y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5 “conservación de documentos electrónicos”, del protocolo de Tramitación Electrónica, aprobada por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto del 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia. -: ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). -97954/17/12/2025
CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyju. En el expediente caratulado: “SUSANA VEGA PRIETO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 557, de fecha 10 de Diciembre de 2025, cuanto sigue: 1.-TENER por presentad a la peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado 2.ADMITIR la convocatoria de acreedores de SUSANA VEGA PRIETO con C.I. N° 3.339.933.-3.-DETERMINAR que la convocataria no es comerciante.4.-DESIGNAR como agente sindico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto librase oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5.-DAR intervención al Ministerio Publico.6.-ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN”, de la capital por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7.- FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. 8.- COMUNICAR la admi-
8 JUDICIAL .
sión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9.- ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de SUSANA VEGA PRIETO Con C.I. N° 3.339.933 y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia. 10.- LIBRESE OFICIOS.-11.-NOTIFICAR POR CEDULA EN SOPORTE PAPEL-12 REGISTRAR. y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5 “conservación de documentos electrónicos”, del protocolo de Tramitación Electrónica, aprobada por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto del 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia. -: ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). -97941/17/12/2025
CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyju. En el expediente caratulado: “FERMINA PENAYO MENDEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 557, de fecha 10 de Diciembre de 2025, cuanto sigue: 1.-TENER por presentad a la peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado 2.- ADMITIR la convocatoria de acreedores de FERMINA PENAYO MENDEZ con C.I. N°1.061.349.-3.-DETERMINAR que la convocataria no es comerciante.4.-DESIGNAR como agente sindico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto librase oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5.-DAR intervención al Ministerio Publico.6.-ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN”, de la capital por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quie-
bras.- 7.- FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. 8.- COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9.- ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de FERMINA PENAYO MENDEZ Con C.I. N° 1.061.349 y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia. 10.-NOTIFICAR por cedula en soporte papel- 11.-LIBRESE OFICIOS. -12 REGISTRAR. y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5 “conservación de documentos electrónicos”, del protocolo de Tramitación Electrónica, aprobada por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto del 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia. -:
ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA).
-97946/17/12/2025
CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyju. En el expediente caratulado: “ FREDDY MANUEL QUIÑONEZ BARRIOS S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 554, de fecha 10 de Diciembre de 2025, cuanto sigue: 1.-TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado 2.ADMITIR la convocatoria de acreedores de FREDDY MANUEL QUIÑONEZ BARRIOS con C.I. N° 4.738.215 .- 3.-DETERMINAR que el convocatario no es comerciante.4.-DESIGNAR como agente sindico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto librase oficio comisivo al
Juzgado de Paz de San Roque.- 5.-DAR intervención al Ministerio Publico.6.-ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN”, de la capital por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7.- FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. 8.- COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9.- ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de FREDDY MANUEL QUIÑONEZ BARRIOS Con C.I. N° 4.738.215.- y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia. 10.-NOTIFICAR por cedula en soporte papel11.-LIBRESE OFICIOS. -12 REGISTRAR. y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5 “conservación de documentos electrónicos”, del protocolo de Tramitación Electrónica, aprobada por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto del 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia. -: ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). -97951/17/12/2025
CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyju. En el expediente caratulado: “TOMAS ELADIO ROMERO GONZALEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 552, de fecha 10 de Diciembre de 2025, cuanto sigue: 1.-TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado 2.ADMITIR la convocatoria de acreedores de TOMAS ELADIO ROMERO GONZALEZ con C.I. N° 5.544.310.- 3.-DETERMI -
NAR que el convocatario no es comerciante.4.-DESIGNAR como agente sindico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto librase oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5.-DAR intervención al Ministerio Publico.6.-ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN”, de la capital por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7.- FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. 8.- COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio. - 9.- ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de TOMAS ELADIO ROMERO GONZALEZ
Con C.I. N° 5.544.310.- y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia. 10.-NOTIFICAR por cedula en soporte papel- LIBRESE OFICIOS.-12 REGISTRAR. y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5 “conservación de documentos electrónicos”, del protocolo de Tramitación Electrónica, aprobada por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto del 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia. -: ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA).
--97955/17/12/2025
CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyju. En el expediente caratulado: “MIGUEL ANGEL LOPEZ RAMIREZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 556, de fecha 10 de Diciembre de 2025, cuanto sigue: 1.-TENER por presentada a
la peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado 2.- ADMITIR la convocatoria de acreedores de MIGUEL ANGEL LOPEZ RAMIREZ con C.I. N° 6.115.880.3.-DETERMINAR que el convocatario no es comerciante.- 4.- DESIGNAR como agente sindico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto librase oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5.- DAR intervención al Ministerio Publico.- 6.-ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN”, de la capital por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7.- FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. 8.- COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio. - 9.- ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de MIGUEL ANGEL LOPEZ RAMIREZ Con C.I. N° 6.115.880.- y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia. 10. NOTIFICAR por cedula en soporte papel- LIBRESE OFICIOS.-. -12 REGISTRAR. y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5 “conservación de documentos electrónicos”, del protocolo de Tramitación Electrónica, aprobada por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto del 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia. -: ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). --97942/17/12/2025
CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO
SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyju. En el expe-
diente caratulado: “DIEGO MIGUEL TROCHE SANABRIA S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 284, de fecha 11 de Diciembre de 2025, cuanto sigue: 1.-TENER por reconocido la personería de la peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado 2.- ADMITIR la convocatoria de acreedores de DIEGO MIGUEL TROCHE SANABRIA con C.I. N° 4.705.769.3.-DETERMINAR que el convocatario no es comerciante.- 4.- DESIGNAR como agente sindico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto librase oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5.- DAR intervención al Ministerio Publico.- 6.-ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN”, de la capital por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7.- FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. 8.- COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio. - 9.- ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de DIEGO MIGUEL TROCHE SANABRIA Con C.I. N° 4.705.769.- y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia. 10. NOTIFICAR por cedula en soporte papel. -11 REGISTRAR. y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5 “conservación de documentos electrónicos”, del protocolo de Tramitación Electrónica, aprobada por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto del 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia. -: ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). --97947/17/12/2025
CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyju. En el expediente caratulado: “FERNANDO ENRIQUE CARDOZO PAREDES S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 282, de fecha 11 de Diciembre de 2025, cuanto sigue: 1.-TENER por reconocida la personería de la peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado 2.- ADMITIR la convocatoria de acreedores de FERNANDO ENRIQUE CARDOZO PAREDES con C.I. N° 5.030.402.- 3.-DETERMINAR que el convocatario no es comerciante.- 4.DESIGNAR como agente sindico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto librase oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5.- DAR intervención al Ministerio Publico.6.-ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN”, de la capital por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7.- FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. 8.- COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio. - 9.- ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de FERNANDO ENRIQUE CARDOZO PAREDES Con C.I. N° 5.030.402.- y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia. 10. NOTIFICAR por cedula en soporte papel. -11 REGISTRAR. y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5 “conservación de documentos electrónicos”, del proto -
colo de Tramitación Electrónica, aprobada por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto del 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia. -: ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). 97952/17/12/2025
CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyju. En el expediente caratulado: “JOSE ALBERTO SILVA S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 281, de fecha 11 de Diciembre de 2025, cuanto sigue: 1.-TENER por reconocida la personería de la peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado 2.- ADMITIR la convocatoria de acreedores de JOSE ALBERTO SILVA con C.I. N° 4.213.432.- 3.-DETERMINAR que el convocatario no es comerciante.- 4.DESIGNAR como agente sindico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto librase oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5.- DAR intervención al Ministerio Publico.6.-ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN”, de la capital por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7.- FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. 8.- COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio. - 9.- ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de JOSE ALBERTO SILVA Con C.I. N° 4.213.432.- y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia. 10. NOTIFICAR por cedula en soporte papel. -11 REGISTRAR. y conservar en el gestor documental
del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5 “conservación de documentos electrónicos”, del protocolo de Tramitación Electrónica, aprobada por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto del 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia. -: ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). -97956/17/12/2025
CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyju. En el expediente caratulado: “ OSCAR RAFAEL DIAZ RIVEROS S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 568, de fecha 11 de Diciembre de 2025, cuanto sigue: 1.-TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado 2.- ADMITIR la convocatoria de acreedores de OSCAR RAFAEL DIAZ RIVEROS con C.I. N° 4.345.922.3.-DETERMINAR que el convocatario no es comerciante.- 4.- DESIGNAR como agente sindico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto librase oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5.- DAR intervención al Ministerio Publico.- 6.-ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN”, de la capital por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7.- FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. 8.- COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio. - 9.- ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de OSCAR RAFAEL DIAZ RIVEROS Con C.I. N° 4.345.922.- y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Ali-
menticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia. 10. NOTIFICAR POR CEDULA EN SOPORTE PAPEL. -11 LIBRESE OFICIOS. -12 REGISTRAR. y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5 “conservación de documentos electrónicos”, del protocolo de Tramitación Electrónica, aprobada por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto del 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia. -: ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). -97957/17/12/2025
CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyju. En el expediente caratulado: “RENE MARTINEZ CACERES S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N°561, de fecha 11 de Diciembre de 2025, cuanto sigue: 1.-TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado 2.- ADMITIR la convocatoria de acreedores de RENE MARTINEZ CACERES con C.I. N° 3.653.192.- 3.-DETERMINAR que el convocatario no es comerciante.- 4.DESIGNAR como agente sindico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto librase oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5.- DAR intervención al Ministerio Publico.6.-ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN”, de la capital por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7.- FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. 8.- COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio. - 9.- ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de RENE MARTINEZ CACERES Con C.I. N° 3.653.192.- y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de
créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia. 10. NOTIFICAR POR CEDULA EN SOPORTE PAPEL. -11 LIBRESE OFICIOS. -12 REGISTRAR. y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5 “conservación de documentos electrónicos”, del protocolo de Tramitación Electrónica, aprobada por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto del 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia. -: ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). -97959/17/12/2025
CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyju. En el expediente caratulado: “LUIS JAVIER DUARTE JARA S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N°566, de fecha 11 de Diciembre de 2025, cuanto sigue: 1.-TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado 2.- ADMITIR la convocatoria de acreedores de LUIS JAVIER DUARTE JARA con C.I. N° 4.886.512 .- 3.-DETERMINAR que el convocatario no es comerciante.- 4.DESIGNAR como agente sindico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto librase oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5.- DAR intervención al Ministerio Publico.6.-ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN”, de la capital por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7.- FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. 8.- COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio. - 9.- ORDENAR la
suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de LUIS JAVIER DUARTE JARA Con C.I. N° 4.886.512 .- y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia. 10. NOTIFICAR POR CEDULA EN SOPORTE PAPEL. -11 LIBRESE OFICIOS. -12 REGISTRAR. y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5 “conservación de documentos electrónicos”, del protocolo de Tramitación Electrónica, aprobada por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto del 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia. -: ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). -97961/17/12/2025
CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyju. En el expediente caratulado: “CATALINO JOSE GARCIA CAÑETE S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N°567, de fecha 11 de Diciembre de 2025, cuanto sigue: 1.-TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado 2.- ADMITIR la convocatoria de acreedores de CATALINO JOSE GARCIA CAÑETE con C.I. N° 3.602.956.3.-DETERMINAR que el convocatario no es comerciante.- 4.- DESIGNAR como agente sindico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto librase oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5.- DAR intervención al Ministerio Publico.- 6.-ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN”, de la capital por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7.- FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que
los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. 8.- COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio. - 9.- ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de CATALINO JOSE GARCIA CAÑETE Con C.I. N° 3.602.956.- y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia. 10. NOTIFICAR POR CEDULA EN SOPORTE PAPEL. -11 LIBRESE OFICIOS. -12 REGISTRAR. y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5 “conservación de documentos electrónicos”, del protocolo de Tramitación Electrónica, aprobada por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto del 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia. -: ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). -97964/17/12/2025
CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyju. En el expediente caratulado: “SILVANO RAMON MEZA DOMINGUEZS/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N°570, de fecha 11 de Diciembre de 2025, cuanto sigue: 1.-TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado 2.ADMITIR la convocatoria de acreedores de SILVANO RAMON MEZA DOMINGUEZ con C.I. N° 651.958.3.-DETERMINAR que el convocatario no es comerciante.- 4.- DESIGNAR como agente sindico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto librase oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5.- DAR intervención al Ministerio Publico.- 6.-ORDENAR la publicación de edictos en
el diario “LA NACIÓN”, de la capital por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7.- FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. 8.- COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio. - 9.- ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de SILVANO RAMON MEZA DOMINGUEZCon C.I. N° 651.958.y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia. 10. NOTIFICAR POR CEDULA EN SOPORTE PAPEL. -11 LIBRESE OFICIOS. -12 REGISTRAR. y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5 “conservación de documentos electrónicos”, del protocolo de Tramitación Electrónica, aprobada por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto del 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia. -: ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). -97958/17/12/2025
CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyju. En el expediente caratulado: “ANDRES AVELINO MENA CASTILLO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N°572, de fecha 11 de Diciembre de 2025, cuanto sigue: 1.-TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado 2.ADMITIR la convocatoria de acreedores de ANDRES AVELINO MENA CASTILLO con C.I. N° 4.975.039.3.-DETERMINAR que el convocatario no es comerciante.- 4.- DESIGNAR como agente sindico para
intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto librase oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5.- DAR intervención al Ministerio Publico.- 6.-ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN”, de la capital por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7.- FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. 8.- COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio. - 9.- ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de ANDRES AVELINO MENA CASTILLO Con C.I. N° 4.975.039.- y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia. 10. NOTIFICAR POR CEDULA EN SOPORTE PAPEL. -11 LIBRESE OFICIOS. -12 REGISTRAR. y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5 “conservación de documentos electrónicos”, del protocolo de Tramitación Electrónica, aprobada por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto del 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia. -: ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). -97960/17/12/2025
CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyju. En el expediente caratulado: “LIDIO SANDRO MENDEZ LARRAMENDIA S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N°571, de fecha 11 de Diciembre de 2025, cuanto sigue: 1.-TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domici-
lio en el lugar señalado 2.ADMITIR la convocatoria de acreedores de LIDIO SANDRO MENDEZ LARRAMENDIA con C.I. N° 1.740.676..- 3.-DETERMINAR que el convocatario no es comerciante.- 4.DESIGNAR como agente sindico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto librase oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5.- DAR intervención al Ministerio Publico.6.-ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN”, de la capital por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7.- FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. 8.- COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio. - 9.- ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de LIDIO SANDRO MENDEZ LARRAMENDIA Con C.I. N° 1.740.676..- y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia. 10. NOTIFICAR POR CEDULA EN SOPORTE PAPEL. -11 LIBRESE OFICIOS. -12 REGISTRAR. y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5 “conservación de documentos electrónicos”, del protocolo de Tramitación Electrónica, aprobada por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto del 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia. -: ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA).
--97962/17/12/2025
CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyju. En el expediente caratulado:
“MIGUEL ANGEL GOMEZ RODAS S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 279, de fecha 11 de Diciembre de 2025, cuanto sigue: 1.-TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado 2.- ADMITIR la convocatoria de acreedores de MIGUEL ANGEL GOMEZ RODAS con C.I. N° 4.369.873.- 3.-DETERMINAR que el convocatario no es comerciante.- 4.DESIGNAR como agente sindico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto librase oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5.- DAR intervención al Ministerio Publico.6.-ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN”, de la capital por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7.- FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. 8.- COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio. - 9.- ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de de MIGUEL ANGEL GOMEZ RODAS Con C.I. N° 4.369.873.- y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia. 10. NOTIFICAR POR CEDULA EN SOPORTE PAPEL.-11 REGISTRAR. y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5 “conservación de documentos electrónicos”, del protocolo de Tramitación Electrónica, aprobada por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto del 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia. -: ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). --97965/17/12/2025
EDICTO. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del tercer Turno, Abg. Victoriana Cáceres Duarte, de la Sexta Circunscripción Judicial – Alto Paraná, en los autos caratulados FIDENCIO CARDOZO QUINTANA Y MYRIAN ELIZABETH DUARTE DE CARDOZO C/ ROBERTO BIAGIONI S/ USUCAPIÓN, cita y emplaza al señor ROBERTO BIAGIONI., con C. I. N° 841.829, a comparecer en el presente juicio, por si o por apoderado, dentro del plazo de diez (10) días computado desde la última publicación, bajo apercibimiento de que, si así no lo hiciere, se le nombrara como representante al Defensor de pobres y ausentes de Turno. El juicio radica en la secretaria N° 6, a cargo del actuario Marcelo Ivan Benítez Colman. Ciudad del Este, 25 de Noviembre de 2025.- Se hace saber al destinatario de este EDICTO que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. 97968/28/12/2025
CONVOCATORIA DE ACREEDORES. El Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de San Juan Nepomuceno, Circunscripción Judicial de Caazapá, Abg. Carlos Alberto Rojas Cañete, en los autos: “MOISES ZARATE JARA S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” Año: 2025 N°555”, ha dictado el A.I Nº__1313__ de esta misma fecha, en el cual ordena la publicación por cinco veces, haciendo saber la ADMISIÓN de esta convocatoria. Asimismo, CITA a los acreedores de la convocatoria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. Dicha acción ha sido promovida ante la secretaria Nº 2, a cargo de la Actuaria, Abg. Liliana Mereles. SAN JUAN NEPOMUCENO, 12 de Diciembre de 2025.97995/20/12/2025
CONVOCATORIA DE ACREEDORES. El Juez de Primera Instancia en lo
Civil, Comercial y Laboral de San Juan Nepomuceno, Circunscripción Judicial de Caazapá, Abg. Carlos Alberto Rojas Cañete, en los autos: “MARIO HERMENEGILDO ARAUJO FRANCO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDO -
RES” Año: 2025 N°556”, ha dictado el A.I Nº __1314__ de esta misma fecha, en el cual ordena la publicación por cinco veces, haciendo saber la ADMISIÓN de esta convocatoria. Asimismo, CITA a los acreedores de la convocatoria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. Dicha acción ha sido promovida ante la secretaria Nº 2, a cargo de la Actuaria, Abg. Liliana Mereles. SAN JUAN NEPOMUCENO, 12 de Diciembre de 202597988/20/12/2025
CONVOCATORIA DE ACREEDORES. El Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de San Juan Nepomuceno, Circunscripción Judicial de Caazapá, Abg. Carlos Alberto Rojas Cañete, en los autos: “HAROLD DAVID DOLDAN CALVET S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES”
Año: 2025 N°554”, ha dictado el A.I Nº __1312__ de esta misma fecha, en el cual ordena la publicación por cinco veces, haciendo saber la ADMISIÓN de esta convocatoria. Asimismo, CITA a los acreedores de la convocatoria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. Dicha acción ha sido promovida ante la secretaria Nº 2, a cargo de la Actuaria, Abg. Liliana Mereles. SAN JUAN NEPOMUCENO, 12 de Diciembre de 202597989/20/12/2025
CONVOCATORIA DE ACREEDORES. El Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de San Juan Nepomuceno, Circunscripción Judicial de Caazapá, Abg. Carlos Alberto Rojas Cañete, en los autos: “CARLOS GAUTO CANDIA S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” Año: 2025 N°553”, ha dictado el A.I Nº__1311__de esta misma fecha, en el cual ordena la publicación por cinco veces, haciendo saber la ADMISIÓN de esta convocatoria. Asimismo, CITA a los acree-
dores de la convocatoria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. Dicha acción ha sido promovida ante la secretaria Nº 2, a cargo de la Actuaria, Abg. Liliana Mereles. SAN JUAN NEPOMUCENO, 12 de Diciembre de 202597994/20/12/2025
CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CIUDAD DE CAPITÁN BADO, CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE AMAMBAY, ABG. CRISTHIAN ARIEL SÁNCHEZ ZARACHO; en los autos caratulados: “LUIS MARIA RODRIGUEZ ORTIZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” EXP. N° 262 AÑO 2.025, ha dictado el A.I. N° 465 de fecha 11 de diciembre de 2025, por el cual se ordena la publicación por cinco veces, haciendo saber la ADMISION de esta CONVOCATORIA, a los acreedores, dicha acción es promovida por ante el Juzgado Civil, Comercial, Laboral de la Niñez y Adolescencia de la ciudad de Capitán Bado, secretaria N° 01 a cargo del Actuario Judicial Santiago Montanía Ferreira. CAPITAN BADO, 12 de Diciembre de 2025 98007/20/12/2025
CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyju. En el expediente caratulado: “ROBERTO BENITEZ CANO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. Nº 288, de fecha 15 de Diciembre de 2025, cuanto sigue: 1.-TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado 2.- ADMITIR la convocatoria de acreedores de ROBERTO BENITEZ CANO con C.I. N° 5.065.698.- 3.-DETERMINAR que el convocatario no es comerciante.- 4.DESIGNAR como agente sindico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto librase oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5.- DAR interven-
ción al Ministerio Publico.6.-ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN”, de la capital por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7.- FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. 8.- COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio. - 9.- ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de de ROBERTO BENITEZ CANO Con C.I. N° 5.065.698.- y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia. 10. NOTIFICAR POR CEDULA EN SOPORTE PAPEL. -11 REGISTRAR. y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5 “conservación de documentos electrónicos”, del protocolo de Tramitación Electrónica, aprobada por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto del 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia. -: ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). --98038/20/12/2025
CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA N.º 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyju. En el expediente caratulado: “FELICIANO MONTEFRI MARTINEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 289, de fecha 15 de Diciembre de 2025, cuanto sigue: 1.-TENER por reconocida la personería de la peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado 2.- ADMITIR la convocatoria de acreedores de FELICIANO MONTEFRI MARTINEZ con C.I. N° 3.882.775.-3.-DETERMINAR que el convocatario
no es comerciante.4.-DESIGNAR como agente sindico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto librase oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5.-DAR intervención al Ministerio Publico.6.-ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN”, de la capital por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7.- FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. 8.- COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9.- ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de FELICIANO MONTEFRI MARTINEZ con C.I. N° 3.882.775 y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.-10-NOTIFICAR por cedula en soporte papel.11.-REGISTRAR. y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5 “conservación de documentos electrónicos”, del protocolo de Tramitación Electrónica, aprobada por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto del 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia. -: ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). -98042/20/12/2025
CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA N.º 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyju. En el expediente caratulado: “HUGO ALEXIS BENITEZ ALLENDE S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 292, de fecha 15 de Diciembre de 2025, cuanto sigue: 1.-TENER por reconocida la personería de la peticio -
nante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado 2.- ADMITIR la convocatoria de acreedores de HUGO ALEXIS BENITEZ ALLENDE con C.I. N° 7.262.346.-3.-DETERMINAR que el convocatario no es comerciante.4.-DESIGNAR como agente sindico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto librase oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5.-DAR intervención al Ministerio Publico.6.-ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN”, de la capital por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7.- FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. 8.- COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9.- ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de HUGO ALEXIS BENITEZ ALLENDE con C.I. N° 7.262.346 y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.-10-NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11.-REGISTRAR. y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5 “conservación de documentos electrónicos”, del protocolo de Tramitación Electrónica, aprobada por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto del 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia. -: ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). --98044/20/12/2025
CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA N.º 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyju. En el expe-
diente caratulado: “BEATRIZ SUSANA MONTIEL S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 290, de fecha 15 de Diciembre de 2025, cuanto sigue: 1.-TENER por reconocida la personería de la peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado 2.- ADMITIR la convocatoria de acreedores de BEATRIZ SUSANA MONTIEL con C.I. N° 7.061.644.-3.-DETERMINAR que la convocataria no es comerciante.4.-DESIGNAR como agente sindico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto librase oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5.-DAR intervención al Ministerio Publico.6.-ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN”, de la capital por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7.- FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. 8.- COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9.- ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de BEATRIZ SUSANA MONTIEL con C.I. N° 7.061.644 y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.-10-NOTIFICAR por cedula en soporte papel.- 11.-REGISTRAR. y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5 “conservación de documentos electrónicos”, del protocolo de Tramitación Electrónica, aprobada por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto del 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia. -: ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). --98045/20/12/2025
12 JUDICIAL .
CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyju. En el expediente caratulado: “NANCY ALICIA MIGLIO DE ALVAREZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 291, de fecha 15 de Diciembre de 2025, cuanto sigue: 1.-TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado 2.- ADMITIR la convocatoria de acreedores de NANCY ALICIA MIGLIO DE ALVAREZ con C.I. N° 2.370.958.- 3.-DETERMINAR que la convocataria no es comerciante.- 4.DESIGNAR como agente sindico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto librase oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5.- DAR intervención al Ministerio Publico.6.-ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN”, de la capital por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7.- FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. 8.- COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio. - 9.- ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de de NANCY ALICIA MIGLIO DE ALVAREZ Con C.I. N° 2.370.958.- y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia. 10. NOTIFICAR POR CEDULA EN SOPORTE PAPEL. -11 REGISTRAR. y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5 “conservación de documentos electrónicos”, del protocolo de Tramitación Electrónica, aprobada
por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto del 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia. -:
ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA).
--98040/20/12/2025
REMATE JUDICIAL. El día 30 de Diciembre de 2025, a las 15:00 hs., en la Sria. N° 11 del Juzgado de 1ra. Instancia en lo Civil y Comercial del Sexto Turno de la capital, sito en el 3er. Piso, del Palacio de Justicia en las calles Alonso y Testanova (Sajonia). Y por orden de S.S. Dr. Abg. Ulises Agustín Peña Vargas, en el expte. No. 347, del Año 2022, caratulado: “SUDAMERIS BANK
S.A.E.C.A. C/ KANEKO S.A. Y OTROS S/ ACCIÓN
PREPARATORIA DE JUICIO EJECUTIVO”, conforme proveído de fecha 28/11/2025, recaído en autos; Procederé a la venta en Pública subasta de los bienes inmuebles embargados e hipotecados en autos con todo lo en ellos edificado, clavado, plantado y adherido e individualizados en los Registros Públicos como sigue: 1-)
MATRICULA N° 5.076-L13/ RUR. DEL DISTRITO SAN LORENZO, Departamento CENTRAL, anotado bajo el Nº 6 y al folio 26/34 y sgtes. de fecha 22/07/2013 , a nombre de la firma demandada KANEKO S.A., con RUC Nº 80052579-5, identificado con el Padrón Nº 5.589, actualmente con Cta. Cte. Ctral. N° 27-507803, Situado en el lugar denominado ORILLAS DEL CAMPO GRANDE, designado como FRACCION RESTO, cuyas dimensiones y linderos son los sgtes.: Línea 1-I: con rumbo magnético N-16º 17'- W, tiene una distancia de 53,35 m. y linda con la calle Cañada de la Laguna Grande. LINEA I-II: con rumbo magnético S-58º31'W, tiene una distancia de 22,67 m. y linda con la fracción "A" transferida. LINEA II-3: con, con rumbo magnético S-51º45'-E, tiene una distancia de 54,30m. y linda con Derechos de Bernardina Jara Vda. de Ruiz y der. del misma Pedro Pascual Cantero Recalde. LINEA 3-4: con rumbo magnético S-32º42'-W, tiene una distancia de 15,50 m. y linda con derechos del mismo Pedro Pascual Cantero Recalde. LINEA 4-1: con
rumbo magnético S-67º 04’-W., tiene una distancia de 42.00 m. y linda con derechos de Bernardina Jara Vda. de Ruiz. SUPERFICIE: DOS MIL CIENTO CUARENTA Y SIETE METROS CUADRADOS (2.147mts²).- AVALUACIÓN FISCAL Y BASE DE VENTA: Gs. 65.116.363.(GUARANÍES SESENTA Y CINCO MILLONES CIENTO DIEZ Y SEIS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y TRES). Nota: La mencionada matricula reconoce como gravamen una hipoteca a favor de SUDAMERIS BANK S.A.E.C.A., de fecha 02/05/2.016, por un monto de Gs. 1.000.000.000., y como restricción de dominio reconoce los sgtes. Embargos: A petición de: FARMACEUTICA PARAGUAYA
S.A., MEDICAL SUPPLY S.A., ORINCA S.R.L., MEGALABS PY S.A., FIC
S.A. DE FINANZAS, MONICA PATRICIA GIL CORDERO, VISION
BANCO S.A.E.C.A., DIST. DE PRODUCTOS PARA MEDICINA S.R.L., UNION S.R.L., MYRIAN BEATRIZ OJEDA DE BARRETO, LILIANA ELIZABETH AREVALOS LUGO Y OTROS, NULVIA DEL CARMEN GONZALEZ DE BENITEZ, RAJSA S.A., LIBRA PY S.A., RUMILDA VIVEROS
QUINTANA, SUDAMERIS
BANK S.A.E.C.A., CRISTHIAN DAVID PAREDES CACERES, INDUFAR COMERCIAL E INDUSTRIAL S.A., ALEJANDRO ALBERTOSEGOVIA
RODRIGUEZ Y OTROS, MELISSA MARISOL AGUILAR LOVERA, GRACIELAVICTORIA ACOSTA CAZAL, SINECIO SEBASTIAN CENTURION CACERES, BANCO BASA, DIANA DEL ROCIO FLORENCIO, ALODIA MARCELINA ENCISO FFRANCO, VALERIA BEATRIZ JARA BERRA, FIDELINA PAVON DE AGUIRRE, y MINISTERIO DE HACIENDA, respectivamente.- 2-) MATRICULA N° 1.480-L13/RUR. DEL DISTRITO SAN LORENZO, Departamento CENTRAL, anotado bajo el Nº 7 y al folio 23/34 y sgtes. de fecha 26/03/2013 , a nombre de la firma demandada KANEKO S.A., con RUC Nº 80052579-5, identificado con el Padrón Nº 3.841, actualmente con Cta. Cte. Ctral. N° 27-5078-04, Situado en el lugar denominado ORILLAS DEL CAMPO GRANDE, cuyas dimensiones y linderos son
los sgtes.: Su frente al Norte mide treinta y seis metros y linda con camino vecinal de Luque; su fondo al Sur mide treinta y cinco metros cincuenta y nueve centímetros y linda con derechos de Ayala; al Este mide cincuenta y seis metros sesenta centímetros y linda con derechos de Cirilo Romero y al Oeste mide cincuenta metros y linda con derechos de Don Basilicio Mongelos. SUPERFICIE: UN MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS METROS CUADRADOS (1.856mts²).AVALUACIÓN FISCAL Y BASE DE VENTA: Gs. 56.290.624.- (GUARANÍES CINCUENTA Y SEIS MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA MIL SEISCIENTOS VEINTE Y CUATRO). Nota: La mencionada matricula reconoce como gravamen una hipoteca a favor de SUDAMERIS BANK S.A.E.C.A., de fecha 02/05/2.016, por un monto de Gs. 1.000.000.000., y como restricción de dominio reconoce los sgtes. Embargos: A petición de: ANA MARIA ALVARENGA, FARMACEUTICA PYA SA, ORINCA SRL, MEGALABS PY SA, COMERCIAL CDE SA, BNF, FIC SOCIEDAD ANONIMA DE FINANZAS, MONICA PATRICIA GIL CORDERO, MEDICAL SUPPLY SOCIEDAD ANÓNIMA, NIPRO MEDICAL CORPORATION SUCURSAL PARAGUAY, VISION BANCO S.A.E.C.A., DIST. DE PRODUCTOS PARA MEDICINA S.R.L., UNION S.R.L., MYRIAN BEATRIZ OJEDA DE BARRETO, LILIANA ELIZABETH AREVALOS LUGO Y OTROS RAJSA S.A., LIBRA PY S.A., RUMILDA VIVEROS QUINTANA, SUDAMERIS
BANK S.A.E.C.A., CRISTHIAN DAVID PAREDES CACERES, BANCO PARA LA COMERCIALIZACION Y LA PRODUCCION S.A. (BANCOP SA), ALEJANDRO ALBERTO SEGOVIA
RODRIGUEZ Y OTROS, GRACIELA VICTORIA
ACOSTA CAZAL, P.S.I. PY. S.A., SINECIO SEBASTIAN CENTURION CACERES, BANCO BASA, DIANA DEL ROCIO FLORENCIO, FINLATINA SA DE FINANZAS, VALERIA BEATRIZ JARA BERRA, FIDELINA PAVON DE AGUIRRE, MINISTERIO DE HACIENDA, COOPERATIVA YPACARAI LTDA, respectivamente.- y 3-) MATRICULA N° 3.087-L13/ URB. DEL DISTRITO SAN LORENZO, Departamento
CENTRAL, anotado bajo el Nº 8 y al folio 35 y sgtes. de fecha 09/12/2013 , a nombre de la firma demandada KANEKO S.A., con RUC Nº 80052579-5, identificado con la Cta. Cte. Ctral. N° 27-0079-23, designado como lote Nº 23 de la manzana Nº 79, cuyas dimensiones y linderos son los sgtes.: Su frente sobre la RUTA MARISCAL ESTIGARRIBIA, mide diez metros, por igual dimensión en su contrafrente al Sur donde linda con el lote 20; su fondo en ambos costados mide treinta y cinco metros, lindando al Oeste con el lote 22 y al Este con el lote 24. SUPERFICIE: TRESCIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS (350mts²).- AVALUACIÓN FISCAL Y BASE DE VENTA: Gs. 137.980.392.- (GUARANÍES CIENTO TREINTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS). Nota: La mencionada matricula reconoce como gravamen una hipoteca a favor de SUDAMERIS BANK S.A.E.C.A., de fecha 09/09/2016, por un monto de Gs. 2.280.000.000., y como restricción de dominio reconoce los sgtes. Embargos: A petición de: FARMACEUTICA PYA SA, MEDICAL SUPPLY SA, ORINCA SRL, MEGALABS PY SA, MIKAELA BEATRIZ FARIÑA MORINIGO, FIC SOCIEDAD ANONIMA DE FINANZAS, MONICA PATRICIA GIL CORDERO, FINANCIERA UENO S.A.E.C.A., VISION BANCO S.A.E.C.A., DIST. DE PRODUCTOS PARA MEDICINA S.R.L., UNION S.R.L., MYRIAN BEATRIZ OJEDA DE BARRETO, LILIANA ELIZABETH AREVALOS LUGO Y OTROS, NULVIA DEL CARMEN GONZALEZ DE BENITEZ, RAJSA S.A., LIBRA PY S.A., RUMILDA VIVIEROS QUINTANA, SUDAMERIS
BANK S.A.E.C.A., CRISTHIAN DAVID PAREDES CACERES, INDUFAR CISA, ALEJANDRO ALBERTO SEGOVIA RODRIGUEZ Y OTROS. MELISSA MARISOL AGUILAR LOVERA, GRACIELA VICTORIA
ACOSTA CAZAL, P.S.I. PY. S.A., SINECIO SEBASTIAN CENTURION CACERES, BANCO BASA, DIANA DEL ROCIO FLORENCIO, MELISSA MARISOL AGUILAR LOVERA, VALERIA BEATRIZ JARA BERRA, FIDELINA PAVON DE
AGUIRRE, MINISTERIO DE HACIENDA, respectivamente.- El presente aviso es con citación a los mencionados embargantes.- Se abonará en el acto y en efectivo los gastos de publicaciones, la comisión del rematador 2% más I.V.A., acordada N° 1.718/23 (gastos de secretaria), y la seña del 10% de la compra, sobre su adjudicación, podrá ser abonado, vía transferencia bancaria en la cta. Abierta del rematador y/o efectivo.- Informes y datos sobre el título de propiedad, en la Secretaria donde radica el expediente de Lunes a Viernes de 7:00 a 13:00 hs., o con el Rematador designado al Celular N° 0981-525-509. Los citados inmuebles se encuentran aparentemente ocupados, lo cual no consta en autos.- V° B° Abg. Leticia Jazmín Limprich Cibils, Actuaria Judicial. Miguel A. Dávalos M., (Rematador Público), con Matricula N° 27 de la C.S.J.-97845/ 16/ 12/2025
MODIFICACIÓN DE ESTATUTO. Por Escritura Pública N° 163, del 28/10/2025, autorizada por el Escribano Milciades González Schuhbaum, se modificaron las cláusulas primera, quinta y sexta de los estatutos sociales de la Firma MAREA S.R.L. por cesión y rescate de cuotas sociales, quedando como únicos socios el señor Carmelo Ochipintti Dalla Fontana y la firma MAREA CAPITAL E.A.S., con un capital social de Gs. 71.200.000.000.- Inscripto en la D.G.R.P., Personas Jurídicas y Comercio, con Matrícula Jurídica N° 34.561, Serie Comercial, bajo el N° 07, folio 52 y sgtes., el 06/11/2025. 97976- 14 al 16/12
MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS SOCIALES. Por Escritura N° 42 de fecha 14 de octubre del 2025, ante la Escribana y Notaria Pública Lourdes Araujo R., titular del Registro N° 37, se modifica el Estatuto Social de la Empresa VENEZIA CUATRO SOCIEDAD ANONIMA, con RUC 80067805-2, por la DISMINUCIÓN del capital social, el cual pasa a ser de Gs. 15.200.000.000.- (Guaraníes Quince mil doscientos millones); inscripta en los Registro Públicos, sección
Personas Jurídicas y Comercio bajo el Nº 1, folio 1, de fecha 12 de noviembre de 2025, serie Comercial, Matrícula Jurídica N° 47.269.-97938/16/12/2025
MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS. Por Escritura Pública Nº 312, de fecha 14/08/2025, pasada ante el Esc. Pub. José Martin Romero Maggi, se procedió a la Transcripción de Actas de Asambleas General Ordinaria, Extraordinaria y Ordinaria de accionistas y Modificación Parcial del Estatuto Social de la firma denominada SAN JOSE IMPORT EXPORT S.A. RUC Nº 80056321-2. Inscripta en la Dirección General de los Registros Públicos, Sección Personas Jurídicas y Comercio, Matrícula Jurídica Nº 22500, Serie Comercial, inscripta bajo el Nº 3, folio 28, en fecha 24/11/2025. Inscripto de conformidad a la acordada CSJ Nº 1539/21. DTR Nº 4/21. 98010- 16 al 18/12
MODIFICACIÓN DE ESTATUTO. de la firma PERFIPAR S.A., Modificó sus estatutos sociales por Aumento de Capital, Emisión de Acciones y Representación Legal, alcanzando el Capital Social emitido, suscripto e integrado la suma de Gs.15.000.000.000. Individualización de la Escritura de Modificación: E.P. Nº 456 de fecha 01/09/2025, y su complementaria E.P. Nº 661 de fecha 21/11/2025, ambas autorizadas por la N.P. Melisa Rebeca Soto Medina, e inscriptas en la Dirección General de los Registros Públicos, Secc. Personas Jurídicas y Comercio, como Mat. Jurídica Nº 17.649, Serie Comercial, bajo el Nº 3, folio 36; en fecha 22/10/2025. 97979- 16 al 18/12
MODIFICACIÓN. Por Esc. Pub. Nº 2.767 de fecha 04/11/2025, autorizada por el Notario Luis E. Peroni G. e inscripta en la Dirección Gral. De los Registros Públicos, el 25/11/2025. Reg. De Personas Jurídicas y Comercio, Matricula N° 31.248, bajo el N° 03, folio 22, Serie “COMERCIAL”; se ha resuelto la modificación del Art. N° 4 de los Estatutos Sociales de la firma GAIA S.R.L que se refiere al aumento del capital social fijado en la suma de Gs.6.434.000.000.
98064/18/12/2025
CIRCULAR. Se hace saber que en los autos caratulado: “LUIS ALBERTO SAMUDIO GIMENEZ S/ MENSURA - AÑO 2025Nº 216 - FOLIO 277” el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Tercer Turno de la ciudad de Caaguazú, por providencia de fecha 27 de noviembre de 2.025. Téngase por iniciado el juicio de MENSURA en los términos del escrito presentado sobre el inmueble individualizado con FINCA N° 3769 con PADRON N° 546 del Distrito de Caaguazú, inscripto en la Dirección General de los Registros Públicos, Quinta Sección, bajo el N° 2 al folio 7 y sgtes., en fecha 21 de agosto de 1.995 de conformidad a todo lo expuesto en el escrito presentado en forma electrónica. En consecuencia, dispóngase que se practique la mensura por el perito propuesto Lic. RAUL DIONICIO ESPINOLA
GODOY, con Registro M.O.P.C. N° 352 quien deberá dar cumplimiento a los trámites establecidos en el Art. 658 del C.P.C. y concordantes y a los requisitos de la Ley N° 6875/22, notificando a los colindantes con la debida antelación y con las formalidades establecidas en el artículo 7 c) de la referida Ley. Agréguese en forma electrónica los documentos presentados, previa autenticación por la Actuaria Judicial. Y ordénese la publicación los edictos en el diario LA NACIÓN de la Capital por el plazo de cinco días y con anticipación de diez días al inicio de las operaciones técnicas, para que los interesados puedan concurrir a presenciarlo por sí o por intermedio de representante. A los efectos de inicio de las operaciones técnicas de mensura señalar fecha para el día lunes 29 de diciembre del año 2025 a las 08:00 horas en la sala de audiencia del Juzgado, conforme lo establece el artículo 11 y el artículo 12 de la Ley N° 6875/22. Como se pide, constitúyase la Actuaria Judicial para que lleve adelante las operaciones de inicio de los trabajos técnicos en el inmueble a mensurar situado en el Distrito de
Caaguazú, para el día 29 del mes de diciembre del año en curso, a las 11 horas hs. Notifíquese por Cedula a las partes colindantes. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. CAAGUAZU, 2 de Diciembre de 2025. Abg. FIDENCIA MARTINEZ RIVEROS, Actuaria Judicial. –98021/20/12/2025
PATENTE DE INVENCIÓN. (19)Dirección Nacional de Propiedad Intelectual, PARAGUAY (11) Nro. Publicación: PY24103378A (43) Asunción, 25 de Agosto de 2025. Orden de Publicación de SOLICITUD de Patente de Invención (12)DATOS DE LA SOLICITUD (21)N° de Solicitud: 24103378 (22) Fecha de Solicitud: 21/11/2024 11:03:56 (71) Solicitante: 1) LES LABORATOIRES SERVIER; y 2) NOVARTIS AG Domicilio Solicitante: 1) 35 Rue De Verdun, 92284 Suresnes Cedex Francia, FR; y 2) Lichtstrasse 35, Basilea (4056), Suiza, CH (72) Inventor: 1)MATTHEW T. BURGER; 2) ZHUOLIANG CHEN; 3)JOSEPH ANTHONY D'ALESSIO; 4) ERIC MCNEILL; 5)KATSUMASA NAKAJIMA; 6) RICHARD VAUGHAN NEWCOMBE; 7)BING YU; 8) QIANG ZHANG; 9)GREGORY JOHN HOLLINGWORTH; 10) JEAN- BAPTISTE GEORGES ARMAND LANGLOIS; 11) MARAGNO, ANA LETICIA; 12)JÉRÓME - BENOIT STARCK; 13) LAURA BRESSON; 14) GAËTANE LE TOUMELINBRAIZAT; 15)IMRE FEJES; 16)ZOLTAN SZLAVIK; y 17) STUART RAY Domicilio Inventor: 1), 2), 4), 5), 6) y 8) C/o Novartis Institutes For Biomedical Research, Inc., 250 Massachusetts Avenue, Cambridge, MA 02139, Estados Unidos de América., US; 3) 10. William Street, Cambridge, MA 02139, Estados Unidos de América, US; 7) 20 Eliot Road, Belmont, MA 02478, Estados Unidos de América, US; 9) y 10) C/o Novartis Pharma AG, Lichtstrasse 32, Basel, Suiza 4056, Suiza, CH; 11), 12), 13) y 14) C/o Institut De Recherches Servier, 22 Route 128, 91190 Gif-surYvette, Francia, FR; 15) y 16) C/o Servier Research Institute of Medicinal Chemistry, Zahony utca 7, Budapest 1031, Hungría, HU; y 17) 10 Groves Way, Cottenham, Reino Unido
CB24 8BH, UK (54)Título: CONJUGADOS DE ANTICUERPO ANTI-CD7-FÁRMACO Y MÉTODOS DE USO DE LOS MISMOS (74) Hugo Teodoro Berkemeyer – 6 (30)Prioridad/ es: US 63/602,27722/11/2023 (51) Int. Cl 8: A 61K 47/68(20170101), A 61P 35/00(2006.01) En cumplimiento al Artículo 1 de la Ley Nº 2593/05 que modifica el Artículo 23 De publicaciones de la Ley Nº 1630/00 de Patentes Invención, se dispone que a partir de la fecha de la presente orden de publicación, esta solicitud de patente se hace pública y se ordena su publicación por el término de la Ley. (57) Resumen: (335/24). Se describen conjugados anticuerpo-fármaco que se unen a dianas oncológicas humanas. Los conjugados anticuerpo-fármaco comprenden un anticuerpo o un fragmento de unión a antígeno del mismo unido covalentemente a al menos un mimético de BH3 a través de un enlazador doble y el fragmento de unión a antígeno del mismo se une al antígeno diana CD7. La descripción se refiere, además, a métodos y composiciones para su uso en el tratamiento de cánceres mediante la administración de los conjugados de anticuerpo-fármaco proporcionados en el presente documento. También se describen conjugados de enlazador-fármaco que comprenden al menos un mimético de BH3 y métodos para prepararlos. Dirección de Patentes. Farm. Berta Segovia. 97830/ 16/ 12/2025
PATENTE DE INVENCIÓN. (19) DIRECCIÓN NACIONAL DE PROPIEDAD INTELECTUAL PARAGUAY (11)Nro. Publicación: PY2432361A (43)Asunción, 23 de Octubre de 2025. Orden de Publicación de SOLICITUD de Patente de Invención (12)DATOS DE LA SOLICITUD (21)Nº de Solicitud: 2432361 (22) Fecha de Solicitud: 23/04/2024 12:34:03 (71) Solicitante: AIRTON ANTÓNIO STDTLOBER
Domicilio Solicitante: Rua General Osório, 1710, lbirubá, RS, Brasil (BR), 98200s000 (72)Inventor:
1)AIR.TON ANTÓNIO STADLOBER; 2)BRUNO FREITAS DALMAGRO; 3) ABNER VESZ; y 4) FERNANDO LOPES NUNES
Domicilio Inventor: 1) Rua General Osório, 1710, Ibirubá, RS, 98200-000, _ Brasil; 2)Av Independencia, 884, Víctor Graeff, RS, 99350-000, Brasil, B; 3)Rua Evansto de Castro, 62, Cruz Alta, RS, 98015-180, Brasil; y 4)Rua Porto Alegre, 23/402, Íbirubá,1RS, 98200-000, Brasil. (54) Título: MAQUINA NIVELADORA DE SUELO (74)
Agente: Lorena.Mersán
Meza -3714 (30)Prioridad/ es: – (51)Int. Cl 8: E 02F 3/76(2006.01) En cumplimiento al Artículo 1 de la Ley Nº 2593/05 que ��0dirica· d Artículo 23 D e publicaciones de la Ley Nº 1630/00 de Patentes de Invención, se dispone que a partir de la fecha de la presente orden de publicación, esta solicitud de patente se hace pública y se ordena su publicación por el término de la Ley. (57)Resumen: (113/24). Se describe una máquina niveladora de suelo que dispone de un chasis provisto de un balancín (40) que, mediante un cilindro (413), hace girar la estructura central (20) donde se sujeta la cuchilla (50). La cuchilla (50) se mueve horizontalmente, desplazándose entre los lados derecho e izquierdo por medio a cilindros (60) accionado¡; simultáneamente en movimientos opuestos de abrir y cerrar. Para direccionar el equipo de nivelación, un cilindro (33) mueve el eje trasero (30) horizontalmente, desplazando la viga trasera (30) y, en consecuencia, la viga delantera (10) unida a la estructura central (20), permitiendo que el equipo de nivelación opere desplazado lateralmente con relación al tractor.97852/ 16/ 12/2025
NACIONAL DE PROPIEDAD INTELECTUAL PARAGUAY (11) Nro. Publicación: PY2501443A (43) Asunción, 20 de Octubre de 2025. 0rden de Publicación de SOLICITUD de Patente de Invención (12) DATOS DE LA SOLICITUD (21) Nº de Solicitud: 2501443 (22) Fecha de Solicitud: 08/01/2025 12:56:41 (71) Solicitante: WESTROCK PACKAGING SYSTEMS, LLC Domicilio Solicitante: 1000 Abernathy Road NE Atlanta, GA 30328, Estados Unidos, US (72) Inventor: 1)ZACHERLE, MATTHEW E.; y 2) PALACIOS HERNANDEZ, JUAN CARLOS Domicilio Inventor: 1) 6011 Otterdale Rd, Moseley, Estados Unidos, US; y 2)711 Spring Heights Ln SE, Smyrna, Estados Unidos, US (54) Título: PORTADOR DE ARTÍCULOS Y PLANTILLA PARA ESTE (74) Agente:Hugo R. Mersan Galli - 5 (30) Prioridad/es: US 63/635,678 -18/04/2024 (51) Int. Cl 8: B 65B 17 /02(2006.01), B 65D 71/ 42(2006.01. En cumplimiento al Artículo 1 de la Ley Nº 2593/05 que modifica el Artículo 23 De publicaciones de la Ley Nº 1630/00 de Patentes de Invención, se dispone que a partir de la fecha de la presente orden de publicación, esta solicitud de patente se hace pública y se ordena su publicación por el término de la Ley. (57) Resumen: (07 /25) Los aspectos de la divulgación se refieren a: envases; portadores de artículos (90, 90A, 90B; 190A, 190B); soportes planos · desplomados (90A, 90B; 190A, 190B); plantillas (10A, 10B; 110A, 110B) para formar portadores de artículos (90, 90A, 90B; 190A, 190B); y combinaciones que incluyen al menos dos portadores de artículos (90, 90A, 90B; 190A, 190B) o al menos dos plantillas (10A, 10B; 110A, 110B). La combinación puede comprender una plantilla (10A; 110A)' y una segunda plantilla (10B; 110B). La segunda plantilla (10B; 110B) está conectada de forma separable a la primera plantilla (10A; 110A). Cada una de las primera y segunda plantilla (10A, 10B; 110A, 110B) comprende una pluralidad de paneles que incluyen: un panel superior (18; 118) y un panel lateral (16, 20; 116, 120) conectado con bisagras al panel superior (18; 118) a lo largo de una línea de pliegue (17, 19; 117, 119). Cada una de las
primeras y segundas plantillas (10A, 10B; 110A, 110B) comprende además al menos dos dispositivos de enganche de artículos, cada uno de los cuales comprende una abertura de recepción de artículos (A2) formada al menos en parte en el panel lateral (16, 20; 116, 120). Cada abertura (A2) está definida en parte por un borde portante (El) para soportar un artículo (B). El borde portante (El) de cada abertura (A2) tiene un punto medio longitudinal (P1, P2, P3, P4) a lo largo de dicho borde portante (El). Las primera y segunda plantillas (10A, 10B; 110A, 110B) están interconectadas de tal manera que las aberturas (A2) de las primera y segunda plantillas (10A, l0B; 110A, 110B) están dispuestas en una fila a lo largo de la respectiva línea de plegado (17, 19; 117, 119). Una distancia (Dl) definida entre los puntos medios (Pl, P2; P3, P4) de aberturas adyacentes (A2) dentro de cada uno de los primero y segundo espacios en blanco (10A, 10B; 110A, 110B) es generalmente igual a una distancia (D2) definida entre el punto medio (P2) de una abertura de extrema (A2) de la primera plantilla (10A; 110A), y el punto medio (P3) de la abertura extrema adyacente (A2) de la segunda plantilla (10B; 110B). Farm. Berta Segovia Directora Interina Dirección de Patentes. 97857/16/12/2025
PATENTE DE INVENCIÓN. (19) DIRECCIÓN NACIONAL DE PROPIEDAD INTELECTUAL PARAGUAY PARAGUAÍ TETÄYGUA AKÄPYROKY MBA ETEE MOAKAHA (11) Nro. Publicación: PY24116359 (43) Asunción, 12 de Diciembre de 2025. Orden de Publicación de SOLICITUD de Patente de Invención (12) DATOS DE LA SOLICITUD (21) N° de Solicitud: 24116359 (22) Fecha de Solicitud: 30/12/2024 15:04:07 (71)
Solicitante: CARLOS MORINIGO Domicilio Solicitante:
Choferes del Chaco 1323, departamento 11 A, Asunción, Paraguay (72) Inventor: CARLOS MORINIGO Domicilio Inventor: Choferes del Chaco 1323, departamento 11 A, Asunción, Paraguay (54) Título: COMPUESTO PARA CONTRACEPCIÓN EN MAMÍFEROS, POR PERFUSIÓN INTRA UTERINA. MÉTODO DE INGRESO A CAVIDAD UTERINA POR MEDIO DE CATÉTERES Y APLICACIÓN DEL PRODUCTO DEL CUERPO Y CUERNOS UTERINOS (74)
Agente: Luis Emilio Pecci Díaz de Bedoya 816 (30) Prioridad/es (51) Int. CI 8: A 61F 6/14(2006.01) En cumplimiento al artículo 1 de la Ley N° 2593/05 que modifica el Artículo 23 De publicaciones de la Ley 1630/00 de Patentes de Invención, se dispone que, a partir de la fecha de la presente orden de publicación, esta solicitud de patente se hace pública y se ordena su publicación por el término de Ley (57) Resumen: (379/24) La técnica es el acceso a la cavidad uterina vía transcervical, con catéteres acorde a especies y tamaño. Una vez se accede a la cavidad de la matriz, se perfunde el compuesto en el cuerpo y y cuernos de la misma. La cantidad varía acorde a las dimensiones anatómicas individuales. Farm. Berta Segovia Directora Interina Dirección de Patentes. –98014/20/12/2025
SUCESIÓN. El Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Tercer Turno de la ciudad de Caaguazú, Abg. FRANCISCO LUIS ASTIGARRAGA FELTES, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de ISAAC MEDARDO DELVALLE BENITEZ . El juicio radica en la secretaría N° 5 a mi cargo. CAAGUAZU, 2 de Diciembre de 2025. Abg. Fidencia Martinez Riveros, Actuaria Judicial. – Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. 97712–/19/12/2025
SUCESIÓN. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL
DEL VIGÉSIMO TURNO DE LA CAPITAL, Abg. JUAN MARTIN PALACIOS FANTILLI, por providencia de fecha 12 de noviembre de 2025, dictada en los autos caratulados: " FLORIO FIGUEREDO CABALLERO S/ SUCESIÓN INTESTADA". AÑO: 2024; N° 372; SECRETARIA N° 40, cita y emplaza por sesenta (60) días a herederos y acreedores de la sucesión del Sr. FLORIO FIGUEREDO CABALLERO. V° B° Abog. VIDALIA NOEMÍ PEREIRA TOLEDO, Actuaria Judicial interina. Asunción, 04 de diciembre de 2025.97734/19/12/2025
SUCESIÓN. El Juez de PAZ DE CURUGUATY del SEGUNDO Turno, Dr. MIGUEL ANGEL RIVEROS STORM, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de "JUAN EDGAR VILLAMAYOR S/ JUICIO SUCESORIO AB-INTESTATO ".AÑO: 2.025, N°: 135, FOLIO: 15". Curuguaty, 10 de noviembre de 2025. Abg. Rocío Rotela Meza, Actuaria Judicial. 97735/19/12/2025
SUCESIÓN. LA JUEZ DE PAZ, EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL, PENAL, NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA DE LA CIUDAD DE VILLA YGATIMI, MAG. ABG. MARIA GLORIA GIMENEZ DE SILVERO, cita y emplaza por 60 días por medio del Diario "LA NACION" a los herederos y acreedores de la sucesión de JOSEFINA GUERRERO DE MEDINA .- Villa Ygatimi, 09 de diciembre de 2025.-Abg. Hernán Javier Rolon Estigarribia, Actuario Judicial. 97736/19/12/2025
SUCESION. El Juez de Paz en lo Civil y Comercial de la Ciudad de Ñemby, Dr. Miguel Ángel Pereira, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de DILUVINA CECILIA RUIZ GRANCE. Ñemby, 09 de diciembre de 2025. Cecilia Celeste Martínez López – Actuaria Judicial. 97739/19/12/2025
SUCESIÓN. LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LAREPUBLICA, CON SEDE EN MARIA AUXILIADORA Abg. R. EVELIN CABRERA PAREDES, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de JUAN DE ROSA BENITEZ. El jui-
cio radica en la secretaría N°1 a mi cargo Abg. Elcira Haydé González Ojeda, Actuaria Judicial.MARIA AUXILIADORA, 4 de Diciembre de 2025.Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. 97741/19/12/2025
SUCESIÓN. LA ACTUARIA JUDICIAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DE SANTA ROSA DEL AGUARAY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE SAN PEDRO, ABOG. CINTHIA ACEVEDO, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la Sucesión de "OSCAR RAMON ROJAS", por providencia de fecha 20 de noviembre del año 2025, el juicio radica en la Secretaria a mi cargo. SANTA ROSA DEL AGUARAY, 25 de Noviembre de 2025. Firmado digitalmente por CINTHIA MARICEL ACEVEDO MENDEZ (ACTUARIO/A). 97742/19/12/2025
SUCESIÓN. LA ACTUARIA JUDICIAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL y LABORAL DE SANTA ROSA DEL AGUARAY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE SAN PEDRO, ABOG. CINTHIA ACEVEDO, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la Sucesión de "RAMON MARIS RODRIGUEZ", por providencia de fecha 25 de noviembre del año 2025, el juicio radica en la Secretaría a mi cargo. SANTA ROSA DEL AGUARAY, 25 de Noviembre de 2025. Firmado digitalmente por CINTHIA MARICEL ACEVEDO MENDEZ (ACTUARIO/A).
97743/19/12/2025
SUCESIÓN. LA ACTUARIA JUDICIAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DE SANTA ROSA DEL AGUARAY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE SAN PEDRO, ABOG. CINTHIA ACEVEDO, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la Sucesión de "LUIS ALBERTO GIMENEZ NAVARRO", por providencia de fecha 20 de noviembre del año 2025, el juicio
radica en la Secretaría a mi cargo. SANTA ROSA DEL AGUARAY, 25 de Noviembre de 2025. Firmado digitalmente por CINTHIA MARICEL ACEVEDO MENDEZ (ACTUARIO/A).
97744/19/12/2025
SUCESIÓN. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Primer Turno e Interina del Segundo Turno de la Circunscripción Judicial de San Pedro, Abg. Norma Mabel Fleitas, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de FAUSTINO SANABRIA DIAZ. El juicio radica en la Secretaría N° 03 a cargo de la Abg. Mercedes Ramírez, Actuaria Judicial. San Pedro de Ycuamandyyu, 4 de diciembre de 2025. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.97745/19/12/2025
SUCESIÓN. Juez de Paz de Minga Guazú de la VI Circunscripción Judicial del Alto Paraná, Abg. Maribel Concepción Rojas Martínez, cita y emplaza por sesenta (60) días a los herederos y acreedores de la sucesión de NICOLÁS OJEDA y CARMEN DUARTE DE OJEDA. El juicio radica en la Secretaría del Juzgado de Paz a cargo de la Actuaria Abg. Liz Maida Gauto González, Minga Guazú, 9 de diciembre de 2025. 97756- 11 al 20/12
SUCESIÓN .El Juez de Paz en lo Civil y Comercial de Ñemby, Dr. Miguel Angel Pereira cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de TIBURCIO LUIS MANFREDI ORTIZ. Ñemby, 9 de diciembre de 2025. Celicia C. Martínez, Actuaria Judicial. 97796/20/12/2025
SUCESIÓN. LA JUEZA DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL Y DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL SEGUNDO TURNO DE CORONEL OVIEDO, CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE CAAGUAZÚ, ABG. LAURA BEATRIZ ROJAS CAÑETE, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de MANUELA
CUEVAS. CORONEL OVIEDO, 28 de Octubre de 2025. -Ante mí:Abg. Juan A. Onieva.Actuario JudicialSecretaría Nº 3. -Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario Judicial del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.97799/20/12/2025
SUCESIÓN. El Juez de Paz de Gral. R. Aquino ABG. RAMON S. RIOS CRISTALDO, cita y emplaza a herederos y acreedores de la suecsión del SR. CANUTO ACUÑA RAMIREZ Y EPIFANIA BENITEZ DE ACUÑA S/SUCESION ", por el termino de sesenta días, para ejercer sus legítimos derechos si las tuviere, FDO. ABG, ARNOLD RODAS RICARDO, ACTUARIO JUDICIAL. EL Expediente radica en la Secretaria General. E. Aquino, 09 de diciembre de 2025.97804/20/12/2025
SUCESIÓN. EL JUEZ DE PAZ DEL 2º TURNO DE CONCEPCIÓN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE CONCEPCIÓN, a cargo del Abog. MIGUEL A. GONZALEZ SILVA, cita y emplaza por sesenta (60) días a herederos y acreedores de la sucesión de: “PEDRO ZAVALA CACERES y AGUSTINA DUARTE DE ZAVALA”.CONCEPCION., 5 de Diciembre de 2025. Firmado digitalmente por: Lida Raquel Samudio Cuellar(Actuaria) 97815/20/12/2025
SUCESIÓN. El Juzgado de Paz Multifuero de la Circunscripción Judicial del Departamento de Guaira, a cargo del Abg. ELIGIO AMADO FIGUEREDO BOGADO, Juez de Paz Interino de la Ciudad de Natalicio Talavera, en los autos caratulados: "GERARDO FIGUEREDO DUARTE S/ SUCESION", cita y emplaza por 60 días a los herederos y acreedores de la sucesión del causante GERARDO FIGUEREDO DUARTE, con C. I. № 2.400.407, secretaria Única a cargo del Secretario Judicial JUAN REINALDO VERA CASTELLANO. Natalicio Talavera, 24 de Noviembre de 2025. 97818/20/12/2025
SUCESION. La Juez de Paz en lo civil y comercial del
Primer Turno de la Ciudad de Hernandarias, Abg. Ignacia Mabel Escobar, cita y emplaza por el término de 60 días, a Herederos y Acreedores de la Sucesión de MARIA BEATRIZ ESPINOLA SARACHO s/ Sucesión Intestada”. Exp. N°377, Año 2025.”, para que se presenten ante la Secretaria del Juzgado a cargo de la Abg. Dulce María Zorrilla Salinas, si así creyeren a sus derechos. Hernandarias Juzgado de Paz, 6 de noviembre de 2025. 97828- 12 al 21/12
SUCESIÓN. El Juez de primera instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Tercer turno de la Cordillera, Dr. JUSTO RAMOS ARRUA, cita y emplaza por sesenta (60) días a herederos y acreedores del causante DIESMIDE BOGADO Y FRANCISCA RODRIGUEZ DE BOGADO en el juicio caratulado: “DIESMIDE BOGADO Y FRANCISCA RODRIGUEZ DE BOGADO S/ SUCESIÓN”. CAACUPE, 6 de Setiembre de 2024. Ante mí: Abog. NELLY INVERNIZZI PALMEROLA (Actuaria Judicial –Secretaría 05). Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. 97856/21/12/2025
SUCESIÓN. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Vigésimo Cuarto Turno, Dra. MAGALI ZAVALA CITA Y EMPLAZA POR 60 DÍAS A HEREDEROS Y ACREEDORES DE LA SUCESIÓN DE HUGO ALBERTO SOSA OJEDA. EL JUICIO RADICA EN LA SECRETARÍA 48 A CARGO DEL ACTUARIO JUDICIAL CARLOS GALEANO ARANDA. ASUNCIÓN, 10 DE DICIEMBRE DE 2025. 97859/21/12/2025
SUCESIÓN. EL JUEZ DE PAZ EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL, DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA Y PENAL DE LA CIUDAD DE RAUL ARSENIO OVIEDO, DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL CAAGUAZU, ABG. GUIDO BAEZ ALVAREZ, en los autos caratulados: JUICIO: "ELIODORO NUÑEZ S/ SUCESIÓN AB-INTESTATO" AÑO 2025, N° 61,
FOLIO 72, cita y emplaza por sesenta (60) días a herederos y acreedores de la sucesión de ELIODORO NUÑEZ , El Juicio radica en el Juzgado de Paz en lo Civil, Comercial, Laboral, de la Niñez y la Adolescencia y Penal, de la Ciudad de Raúl Arsenio Oviedo, de la Circunscripción Judicial Caaguazú. Secretaria Unica a cargo del Actuario Manuel Giménez. Ante mí: MANUEL GIMENEZ Actuario ludicial. Abg. Guido Baez Alvarez, Juez de Paz. Raúl Arsenio Oviedo, 5 de diciembre de 2025. 97863/21/12/2025
SUCESIÓN. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno, Abg. Gabriela Maricel Meaurio Samudio, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión del señor CARLOS RUBEN FRETES SANCHEZ, Ciudad del Este, 11 de diciembre de 2025. Abg. Celeste Arévalos Rolón (Actuaria Judicial, Secretaría N° 01). Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/201. 97892- 13 al 22/12
SUCESIÓN. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Vigésimo Segundo Turno e Interino del Décimo Octavo Turno de la Capital, Martín Diego Acosta Conde cita y emplaza por 60 días a herederos y acreedores de la sucesión de la Sra. TERESA SEGOVIA. El juicio de referencia radica en la Secretaría N° 36 a mi cargo. Abg. Julio D. Cabral Almada, Actuario Judicial. Asunción, 10 de diciembre de 2025. 97910/22/12/2025
SUCESIÓN. El Juez de Paz en lo Civil y Comercial de Ñemby, Dr. Miguel Angel Pereira cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de MARCIAL COLMAN SAMUDIO. Ñemby, 25 de julio de 2025. Celicia C. Martínez, Actuaria Judicial. 97921/22/12/2025
SUCESION. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno de la Circuscripcion Judicial de Guaira (Villarrica), Abg. Liza Maria Alfonso Vera,
cita y emplaza por 60 (sesenta) días a los herederos y acreedores de la sucesión de VIVIANA MABEL
PARRA GONZALEZ Y RICHARD SAMUEL
LEIVA PARRA. Villarrica, 11 de diciembre de 2025. Cesar Rigoberto Battaglia, Actuario Judicial. 97963/23/12/2025
SUCESION. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Ciudad de Santa Rita 2do. Turno, Sría. Nº 3, Abg. Luis Osmar Meza Arevalos cita y emplaza por sesenta dias a herederos y acreedores de la sucesión de MARINO RAITER S/ SUCESIÓN INTESTADA. EXPTE N° 187/2025. A cargo del Actuario Judicial Abg. Adolfo Patiño. Santa Rita, 12 de diciembre de 2025. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. 97966/23/12/2025
SUCESIÓN INTESTADA. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Vigésimo Cuarto Turno, Dra. Magali Zavala cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de ELSA ESTELA ALE DE SILVEIRA y VIRGILIO ANTONIO SILVEIRA YUBERO. El juicio radica en Secretaría a mi cargo. Edgar Adrian Jara Mendoza, Actuario Judicial. Asunción, 12 de diciembre de 2025. Se hace saber al destinatario de este oficio que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario/a del Juzgado conforme Acordada 1366/2020 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. 97967/23/12/2025
SUCESIÓN. EL JUEZ DE PAZ DE LA CIUDAD DE SAN CRISTÓBAL, DE LA VI CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ALTO PARANÁ, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de VALDIR PELLIN SILVEIRA ; El juicio radica en el Juzgado
de Paz de San Cristóbal a cargo del Juez Abg. Luis Alfredo Samudio, y el Secretario Abg. Jorge Cuenca; San Cristóbal., 11 de diciembre de 2025. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/201. 97971- 14 al 23/12
SUCESIÓN. La Juez de Paz del Juzgado del Segundo Turno de la Ciudad de Hernandarias, Abg. Perla Rosana Garcete, cita y emplaza por el término de 60 días, a Herederos y Acreedores de la Sucesión de ENIO GEHRKE para que se presenten ante la Secretaria del Juzgado a cargo del Abg. Eduardo Trinidad, si así creyeren a sus derechos. Hernandarias., 11 de Diciembre de 2025. 97972- 13 al 23/12
SUCESIÓN. La Juez de Paz de Minga Guazú de la VI Circunscripción Judicial del Alto Paraná, Abg. Maribel Concepción Rojas Martínez, cita y emplaza por sesenta (60) días a los herederos y acreedores de la sucesión de FREDI ISMAEL BRITEZ PANIAGUA. El juicio radica en la Secretaria del Juzgado de Paz a cargo de la Actuaria Abg. Liz Maida Gauto González, Minga Guazú., 9 de diciembre de 2025. 97973- 14 al 23/12
SUCESIÓN. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL TERCER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE AMAMBAY, ABG. BERNARDO MONGELOS ARCE, cita y emplaza por sesenta días a los herederos, acreedores y todos los interesados en la sucesión de JUSTO ELÍAS MEDINA MOREIRA, para que se presenten a reclamar sus derechos. El juicio radica en la secretaría N° 05, a cargo del Actuario Judicial Abg. PEDRO B. BENÍTEZ NOGUERA.- PEDRO JUAN CABALLERO, 23 de Octubre de 2025-97998/ 25/12/2025
SUCESIÓN. LA JUEZ DE PAZ EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL SEGUNDO DE CARAPEGUÁ, DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE PARAGUARÍ, Abg. LIDA
AURORA SANCHEZ PEREIRA, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la Sucesión de la causante MARIA FELICIA FERREIRA DE BRITEZ.- CARAPEGUA., 4 de Diciembre de 2025. Firmado digitalmente por: Tania Lisset Ruíz Díaz Gaona(Actuaria) 98011/25/12/2025
SUCESION. LA JUEZA DE PAZ EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE LA CIUDAD DE ITÁ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL DEPARTAMENTO CENTRAL. ABG. ZULMA LILIANA ACUÑA DUARTE, Cita y emplaza por 60 días a herederos y acreedores de la SUCESIÓN de "MARTA FIGUEREDO GAUTO ", Itá, 9 de diciembre de 2025, Abg. PABLO CESAR OCAMPOS ORTIZ. (ACTUARIO JUDICIAL).-98026/25/12/2025
SUCESIÓN. EL ACTUARIO JUDICIAL DEL JUZGADO DE PAZ, cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo de sesenta días, contados desde la primera publicación del presente edicto, se presenten a reclamar sus derechos en la sucesión del causante ROLANDO CORONEL.-San Estanislao, 18 de julio de 2025.Abog Oscar Cantero Secretario de Juzgado de Paz. 98028/25/12/2025
SUCESION. EL JUEZ PENAL DE GARANTIAS DE LA CIUDAD DE CARAPEGUA E INTERINO DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL COMERCIAL Y LABORAL DEL PRIMER TURNO DE PARAGUARI ABG. HILARIO FRANCISCO BUSTOS MARTINEZ, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la Sucesión de DERLIS PATRICIO CACERES, el Juicio se encuentra en la Secretaría N°2 a cargo de la Actuaria Judicial ABG. MARIA DE LOS ANGELES FERNANDEZ REYES. PARAGUARI, 12 de Diciembre de 2025.98032/25/12/2025
SUCESIÓN. La Jueza de Paz en lo Civil y Comercial del Primer Turno de la Circunscripción Judicial de Caaguazú con asiento en la ciudad de Coronel Oviedo, Abg. CARINA RIOS DE COHENE cita y emplaza por sesenta días a los herederos y acreedores de la sucesión de "JULIO QUITERIO GARCIA FLOR Y OTRA S/ SUSCESION INTESTADA AÑO 2.025 N° 248 FOLIO:
22", a fin de que aquellos que tengan interés legítimo de reclamar en la presente sucesión en el plazo de sesenta (60) días contados desde la primera publicación puedan hacerlo. CORONEL OVIEDO. 15 de Diciembre de 2025. Abg. ANTONIO RUIZ DIAZ, Actuario Judicial. -Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.98034/25/12/2025
SUCESION. La Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral, de la Niñez y Adolescencia de la Ciudad de Katueté, Circunscripción judicial de Canindeyú, abg. Josefina Gunsett Melgarejo, ordena la publicación de los edictos por diez (10) días, en un diario de gran circulación de la capital, citando a quien tenga interés para que se presente dentro del plazo de sesenta (60) días, contados desde la primera publicación, a reclamar sus derechos, en el juicio AMANDIO ZELFELD Y FEDE PASQUALI ZELFELD s/ Sucesión Intestada. Exp. Nº 154 Año 2025.”, que radica en la secretaría Nº02, a cargo del Actuario Judicial Abog. Justo Ariel Rojas Balbuena. Katuete, 15 de diciembre de 2025. 98056- 16 al 25/12 SUCESIÓN. – LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE SAN PEDRO, Abg. NORMA MABEL FLEITAS, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de DANIEL IMLACH. El juicio radica en la Secretaría N° 02 a cargo de la Abg. PATRICIA BENITEZ, Actuaria Judicial. SAN PEDRO DE YCUAMANDYYU, 15 de Diciembre de 2025 Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. 98066 -25/12/2025