Edictos y clasificados - 14 de octubre de 2018

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CLASIFICADOS- EDICTOS NOTARIA UNICA DEL CÍRCULO

PBX: 3491174 - EXT:101

DEPARTAMENTO DEL MAGDALENA. REPUBLlCA DE COLOMBIA EDICTO El Suscrito Notario Único Principal PLAZA: A todas las personas que se dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente notarial de Liquidación Sucesoral del(a) causante(s) CASIMIRA BO-

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del año Dos Mil dieciocho (2.018). EJECUTIVO JORGE ENRIQUE MARTINEZ VERGARA VS ALQUILER DE EQUIPOS Y FUMIGACION V2 S.A.S hoy INGENIERIA Y SERVICIOS INTEGRALES V2 S.A.S RAD.2018-00172 EDICTO EMPLAZATORIO EL SUSCRITO SECRETARIO DE JUZGADO QUINTO CIVIL DEL CIRCUITO ORAL DE BAR-

fallecida en el Municipio de Santa de Enero del año mil novecientos treinta y nueve (1.939). Aceptado mediante acta N° 010 de fecha Ocho (08) del mes de Octubre del año dos mil dieciocho (2.018). Se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de amplía -

EMPLAZA: A todos los acreedores que tengan créditos con título de ejecución contra la sociedad ALQUILER DE EQUIPOS Y FUMIGACION V2 S.A.S hoy INGENIERIA Y SERVICIOS INTEGRALES V2 hacerlo valer mediante acumulos cinco (05) días siguientes a la

en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 por el termino de diez (10) días.(08) días del mes de Octubre del dos mil dieciocho (2.018). Hora: 8:00 A.M.El Notario Público JULIO MARTIN LARIOS DE LA HOZ

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EL SECRETARIO DEL JUZGADO DOCE CIVIL MUNICIPAL DE BARRANQUILLA CITA Y EMPLAZA A los demandados ANA CRISTINA RlPPE DE GOMEZ y JESUS EMILIO FERNANDEZ RAy 7.425.446 Para que dentro del término de o por medio de apoderado judicial a mandamiento de pago de fecha Abril en su contra dentro del presente proceso ejecutivo instaurado por COOPERATIVA MULTIACTIVA J.N. ASOCIADO. Por intermedio de apoderado judicial y estar derecho en forma legal. Publíquese por una sola vez durante el día domingo en alguno de estos una radio difusora de amplia circude las 6 AM Y las 11 PM. Se le advierte al emplazado que si transcurridos quince (15) días a partir de la publicación del emplazamiento

de auto admisorio de la acumulación de la demanda de fecha Septiembre TIVO de iniciado por JORGE EN-

nombrara CURADOR AD LITEM con quien se continuara el proceso hasta su culminación. Para los efectos del Art. 108 Y 293 del C.G.P se entregará el presente edicto al interesado para su respectiva publicación en alguno de los medios de comunicación antes anotados.

No. 2018-00172. Para los efectos de los artículos 463 y 464 del Código General del

EL SECRETARIO CARLOS REY MCAUSLAND

463 del C.G.P. inciso 2. Para que se

por el término de veinte (20) días y se ordena su publicación un día domingo en un periódico de amplia circulación nacional como “LA LIBERTAD” Y El HERALDO. ALFREDO PEÑA NARVAEZ SECRETARIO EMPLAZAMIENTO LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIAS MULTlPLES DE SOLEDAD- ATLANTICO HACE SABER A: PERSONAS INDETERMINADAS QUE SE CREAN CON DERECHOS SOBRE EL BIEN INMUEBLE UBICADO EN LA CARRERA 33 A No. 58-40 M 1 INMOBILIARIA 040-224206 Que dentro del término de quince (15) días hábiles siguientes a la de recibir notificación personal del auto Admite de fecha 12 de

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Refuerzos

JUZGADO QUINTO CIVIL DEL CIRCUITO ORAL BARRANQUILLA.

Domingo 14 de Octubre de 2018

proceso Verbal (Prescripción de la acción hipotecaria) seguido en este Juzgado por EMPERATRIZ MARIA ARAUJO ORTEGA C.C. 22.463.236 mediante apoderado Dr. ANSELMO QUEZADA CON2018-00504. Se le advierte a los emplazados que de no concurrir al Juzgado vencido el término del emplazamiento y ala inclusión en el Registro Nacional

continuará el proceso hasta su culminación. Para los efectos indicados

copias auténticas del mismo al interesado para que sea publicado por una sola vez en el Diario El Heraldo o La Libertad en día domingo por una sola vez. JANNY GUILLOTH POLO Secretaria JUZGADO ONCE LABORAL DEL CIRCUITO BARRANQUILLA - ATLANTlCD. defecto se tendrá Corno nueva apoderada judicial a la abogada GLORIA FLOREZ FLOREZ con quien se continuará la representación de esta demandada. do Once Laboral del Circuito de Barranquilla. RESUELVE: 1.- EMPLÁCESE al representante legal de la demandada SUMINISTROS ASESORIAS Y COMdel auto admisorio de la presente demanda ordinaria laboral de primera instancia que en se ha instaurado en su contra por el demandante ALBERTO JOSE ROYET BELEÑO. 2.- Efectuada la publicación del artículo 108 del CGP la parte interesada remitirá una comunicación al Registro Nacional de Personas Emplazadas para lo pertinente. 3.- Surtido el emplazamiento y de conformidad con lo establecido NOMBRESE como CURADOR THA DEL CARMEN MARTINEZ 54 No. 68 - 215 Tel. 3451208 Cel 3012166017. NOTIFÍQUESELES tal designación NOTIFIQUESE Y CUMPLASE El Juez ROSELLY EDITH PATERNOSTRO HERRERA Juzgado Treinta Y Uno Civil Municipal de Barranquilla RAD 08 00141 890 03 2016 01255 00 EDICTO EMPLAZATORIO LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO TREINTA YUNO CIVIL MUNICIPAL DE BARRANPRESENTE CITA Y EMPLAZA A los demandados DISTRIMED DE LA COSTA CARIBE S.A.S Y MARIA DEL CARMEN CUEpersonal del auto mandamiento de pago de fecha trece (13) de Junio de la demanda Proceso Ejecutivo SERRANO GOMEAZ LTDA contra DISTRIMED DE LA COSTA CARIBE Y MARIA DEL CARMEN CUEVAS PULGAR. Deberá concurrir al proceso a más tardar dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha en que mandamiento de pago. Se le advierte a todos los emplazados que si dentro del término señalado no comparecen se les desse tramitara y proseguirá el proceso hasta su terminación. Para los efectos del artículo 108 del Código General del Proceso se entrega el presente EDICTO al interesado para que lo publique en día domingo en los periódicos el HERALDO o LA LIBERTAD de la ciudad de Barranquilla o El Tiempo mitirá una comunicación al registro nacional de personas emplazadas. de 2018. LORAINE REYES GUERRERO Secretaria

JUZGADO SEGUNDO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE CIRCUITO JUDICIAL DE SOLEDAD RADICACION No. 08758-4189002-2018-00828-00 EMPLAZA: A todas las PERSONAS INDEderecho para intervenir en el Proceso de SUCESION INTESTADA en donde figura como causante EUCLIDES BERNAL HERNANDEZ y cuyos herederos reconocidos son IRLENA BUSTILLO DE

BUSTILLO y EUCLIDES BERNAL BUSTILLO. El presente EDICTO permanecerá retaría del Juzgado por el término de diez (10) días y para los efectos del artículo 490 del Código General del un medio escrito el domingo: podrá hacerse cualquier día entre las seis (06) de la mañana y las once (11) de la noche. Hágase la publicación en el Diario por una emisora de la localidad cualdas de las 06:00 a.m. y las 11:00 p.m. El emplazamiento se entenderá surtido 15 días después de su inclusión en el Registro Nacional de Personas emplazadas y la correspondiente inscripción en el Registro Nacional de Apertura de Procesos de Sucesión. MORENO SECRETARIA EMPLAZAMIENTO LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIAS MULTIPLES DE SOLEDAD- ATLANTICO HACE SABER A: PROVISION S.A.S NIT.802.008045-7 Que dentro del término de quince (15) días hábiles siguientes a la de recibir notificación personal del auto Admite de fecha 09 de PERTENENCIA(VERBAL)seguido en este Juzgado por ISAURA apoderado Dr. CARLOS PERIÑAN 08758-41-89-001-2017-00618-00. Se le advierte a los emplazados que de no concurrir al Juzgado vencido el término del emplazamiento y a la inclusión en el Registro Nacional de ará el proceso hasta su culminación. Para los efectos indicados en el Artí-

del mismo al interesado para que sea publicado por una sola vez en el Diario El Heraldo o La Libertad en día domingo por una sola vez . JANNY GUILLOTH POLO Secretaria JUZGADO NOVENO CIVIL DEL CIRCUITO ORAL DE BARRANQUILLA EJECUTIVO No. 010-2017 LISTADO Por orden de la secretaria del juzgado noveno civil del circuito oral de

ROSA MALDONADO Y MARTHA nas determinadas e indeterminadas del causante GUSTAVO ADOLFO DANIEL OROZCO Y MARTHA ELENA OROZCO y personas determinadas e indeterminadas de la causante AURA MERCEDES MALDOse le hace llamamiento a todos los que se crean con derechos a intervenir en el proceso verbal de venta de la cosa en común del bien inmueble ubicado en este despacho bajo radicado 0102017 que tiene como demandante con lo establecido en el artículo 108 del código general del proceso. Este listado se publicará en domingo y se entenderá surtido el emplazamiento transcurrido quince (15) días después de la publicación del listado publicación que se realizará por la parte interesada. Atentamente. LEANA ACENDRA UTRIA C.C. No. 32.797.293 de Barranquilla T.P.T. No. 148.150 del C.S.J. EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO Y PRINCIPAL DEL CIRCULO DE A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles a la publicación dentro del trámite Notarial tendiente a liquidar la herencia de ALBERTO

EDICTO LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO SEXTO CIVIL MUNICIPAL DE ORALIDAD DE BARRANQUILLA EMPLAZA A los herederos indeterminados de los señores RAUL ALFREDO TRIANA MALAGON y ANTONIO BLAS ZAMBRANO ZACCARO y a todas las personas que se crean con derechos sobre el siguiente inmueble: una casa marcada en su puerta de entrada con la calle 113 No. 34-48 Barrio La Pradera Jurisdicción del Distrito de Barranmedidas y linderos: Norte 26.40 mts colinda con el predio 005; Sur 25.70 mts. Colinda con el predio 004; Este 6.27 mts. Colinda con el predio 0016; Oeste 6.27 mts. Colinda con la calle 113. Se iden01-11-0165-0005-000 y folio de matrícula No. 040-212430. proceso de pertenencia promovido por la señora MONICA PASTRANA con C.C. No. 22.446.907 contra herederos indeterminados de los señores ALFREDO TRIANA MALAGON y ANTONIO BLAS ZAMBRANO ZACCARO y PERSONAS INDETERMINANo. 2017-01227 en este despacho judicial ubicado la calle 40 No. que la parte actora pretende que se declare que adquirió el dominio por el modo de la prescripción extraordinaria. presente edicto a la parte interesada para su publicación en día domingo ALDO o LA LIBERTAD. CARMEN MARIA ROMERO RACEDO SECRETARIA INFORME SECRETARIAL. Soledad. 07 de septiembre de 2.018 por OPORTUNITY INTERNATIONAL COLOMBIA S.A. contra ALBEIRO JIMENEZ GARCIA. con Código Único de Radicación 08758-41-89-002-2017-01082-00. Informándole que la parte actora solicito el Emplazamiento de demandada. Sírvase proveer. La Secretaria MORENO JUZGADO SEGUNDO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE SOLEDAD soledad. septiembre 26 de 2.018 Teniendo en cuanta que el apoderado de la parte actora intentó la notificación del demandado ALBEIRO JIMENEZ GARCIA en la dirección aportada en la demanda

domicilio el municipio de Soledad. Aceptado el presente trámite mediante acta No. 89 de fecha once el cual se ordena la publicación del siguiente edicto en el periódico y una en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo. 30. del Decreto 902 de 1.988 y ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaria por el término de diez (10) días hábiles. Para constancia se firma y se fija el presente edicto hoy doce (12) de Octubre del año dos mil Dieciocho (2.018) siendo las 8:00 A.M. SANDRO CESAR VERGARA HERNANDEZ NOTARIO SEGUNDO PRINCIPAL

Juzgado Diecisiete Civil Municipal de Barranquilla Radicación: 2018-00236-00 INFORME SECRETARIAL Señora Juez: Sírvase proveer A su despacho el proceso EJECUTIVO impetrado por COOPERATIVA MULTIACTIVA JN ASOCIADOS Contra ZORAYA DEL SOCORRO MARSILIA Informándole que se encuentra pendiente de ordenar el emplazamiento al demandado . SALUD LLINAS MERCADO SECRETARIA JUZGADO DIECISIETE CIVIL MUNICIPAL. Barranquilla. Agosto catorce (14) de dos mil dieciocho (2018) Teniendo que las comunicaciones a la parte demandada fueron devueltas por no residir en la dirección aportada y que la parte demandante desconoce otra dirección donde ordenará el emplazamiento de los arts. 110 y 293 del C.C.DELP. RESUELVE PRIMERO: Emplazar a ZORAYDA DEL SOCORRO MARSIGLIA DE auto mandamiento de pago de la demanda de fecha 4 Mayo de 2018 SEGUNDO: Inclúyase el nombre del sujeto a emplazar (ZORAYDA DEL SOCORRO MARSIGLIA DE PINEDA ): las partes del proceso (Demandante :(COOPERATIVA MULTIACTIVA J.N ASOCIADOS) Demandados; (ZORAYDA DEL SOCORRO MARSIGLIA DE PINEDA); la naturaleza del mismo (EJECUTIVO) el juzgado que lo requiere (17 Civil Municipal) en un listado que se publicara en un medio escrito de amplia circulación nacional: La Libertad o El Heraldo. Su publicación deberá realizarse en día domingo. El emplazamiento se entenderá surtido transcurrido quince (15) días después de la publicación del listado. Si el emplazado no comparece se le designará CuraTERCERO.- Ingrésese el emplazamiento ordenado al Registro Nacional de procesos y personas emplazadas. NOTIFIQUESE y CUMPLASE LA JUEZA YURIS ALEXA PADILLA MARTINEZ EDICTO EMPLAZATORIO EL CENTRO DE SERVICIOS JUDICIALES DEL SISTEMA PENAL ACUSATORIO DE LOS JUZGADOS PENALES DE BARy EMPLAZA a los señor(es) PEDRO EMIRO ESCOBAR BARRETO ZULETA FERNANDEZ identi-

cual no se pudo realizar ya que correos REDEX. la persona a notidesconoce la dirección donde pueda por lo anterior. el Juzgado dispone: con lo preceptuado por los artículos 293 y 108 del Código General del Proceso. para tal efecto por Secretaría se expedirá el Edicto respectivo el cual deberá ser publicado en un periódico de amplia circulación (El Heraldo. El Tiempo. la Libertad) en día domingo o transmitido en una radiodifusora local entre las 6 A.M. Y 11 P.M. Una vez efectuada la publicación el trámite correspondiente en el Registro Nacional de Personas Emplazadas tal como lo señala el inciso 59 del artículo 108 del Código General del Proceso. Notifíquese y Cúmplase PATRICIA MILENA RODRIGUEZ PULIDO Jueza EDICTO EMPLAZATORIO CECILIA MARIA MERCADO NOGUERA - NOTARIA QUINTA (5ª) DEL CíRCULO DE BARRANQUlLLA. A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en proceso notarial de liquidación de sucesión de la causante LUCIA DEL

enero del año 2018 y quien en vida de ciudadanía No. 22.355.694 para que se hagan presentes en término de los diez (10) días ina partir de la fecha de publicación del presente edicto en un periódico de circulación nacional yen una emisora local. Admitida como fue la petición de iniciación del trámite notarial Acta No. 044-2018 de fecha 09 de octubre de 2018 y reconocidos a: CARLOS JULIO PEÑARANDA DEL CARMEN PEÑARANDA DE

rederos y a la Doctora MARTHA LUCIA CASAROSA PEÑARANtadora de la tarjeta profesional No. a los interesados en este proceso a) Publicar el original del presente Edicto en la Cartelera de la Notaria por el término de diez (10) días;

-

JHON DEIVIS LLANOS ROSALES LANDAZABAL MOLlNA idenN° 8.675.493 y DORIAN ROJAS el día VEINTICUATRO (24) DE OCTUBRE DE 2018 a las 08:00 DEL EDIFICIO TELECOM DE LA CIUDAD DE BARRANQUILLA CALLE 38 CON CARRERA 44 por la FISCALIA 50 PATRIMONIO ubicada en la CRA 45 N° 33- 10 de cia RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO - SUSPENSION DEL PODER DISPOSITIO - SUSPENSION y CANCELACION DE REGISTRO OBTENIDOS FRAUDULENTAMENTE ante un Juez Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Barranquilla (AtPROCESAL - OBTENCION DE dentro del proceso radicado bajo el N° 08-001-60-01257 -2016-01867 -00. Promovido por ANA MERintermedio de apoderado judicial. periódico de amplia circulación y por parte del suscrito Coordinador del Centro de Servicios Judiciales de los Juzgados Penales de Control de Garantía de Barranquilla por el término establecido en el artículo 127 en concordancia con el artículo 27 y su remisión expresa al artículo 108 del Código General del Proceso y se publicará en un medio radial y de prensa de cobertura local. DELlO IVÁN NIETO OMAÑA JUEZ COORDINADOR - CENTRO DE SERVICIOS REF No 2017/00210 Juzgado Doce Civil del Circuito de Barranquilla Piso 8 POR MEDIO DEL PRESENTE EMPLAZA A. SOCIEDAD GLOBAL BRO800.016.743.-6 para que comparezca misorio de fecha Noviembre quince dictado dentro del proceso: PROCESO: VERBAL (RESOLUCION DE CONTRATO) DEMANDANTE: Sociedad FRANCISCO CAVALLI & CIA DEMANDADO: GLOBAL BROKERS ASOCIADOS S.A REFERENCIA No 2017 00377-00 Informándole que transcurrido quince (15) días después de la publi-

edicto emplazatorio en un periódico de amplia circulación y en una emiexigencias atrás indicadas. NOTARIO QUINTO (5ª) DEL CÍRCULO DE BARRANQUILLA octubre de 2018. de ... de 2018. EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO Y PRINCIPAL DEL CIRCULO DE A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles a la publicación del siguiente edicto en tarial tendiente a liquidar la herencia de OSVALDO CONRADO DE LA

De conformidad con el Art. 293 del C. G. del P. El emplazamiento se realizará mediante la inclusión del nombre de los su naturaleza y el Juzgado que los requiere en un listado que se publicará por una (1) sola vez en el periódico EL HERALDO o LA LIBERTAD el cual debe surtirse el día DOMINGO. EDICTO EMPLAZATORIO JAIME HORTA DIAZ NOTARIO ONCE DE BARRANQUILLA EMPLAZA: A todas las personas que se consid-

falleció el día 13 de Octubre del año 2.012 en el Distrito de Barran-

de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en el trámite de liquidación de la sucesión intestada de PETRONA -

domicilio el municipio de Soledad. Aceptado el presente trámite mediante acta No. 88 de fecha once

diecisiete (17) de septiembre de mil novecientos noventa y siete

el cual se ordena la publicación del siguiente edicto en el periódico y una radiodifusora local por una sola

su último lugar domicilio y asiento principal de sus negocios. La solicitud del trámite de liqui-

en el artículo. 3o. del Decreto 902 de 1.988 y ordenándose además

admitida mediante acta No. 024 de fecha 6 de octubre de 2.018. Se Ordena la publicación de este

Notaria por el término de diez (10) días hábiles.

circulación nacional y en un radio-

quien falleció el día 13 de Octubre del año 2.014 en el Distrito de Bar-

5B

el presente edicto hoy doce (12) de Octubre del año dos mil Dieciocho (2.018) siendo las 8:00 A.M. SANDRO CESAR VERGARA HERNANDEZ NOTARIO SEGUNDO PRINCIPAL

lo dispuesto por el Artículo 1o. del Decreto 902 de 1.988. JAIME HORTA DIAZ NOTARIO ONCE DE BARRANQUILLA


Persona Emplazada

Juzgado

Demandante

SANDRA PATRICIA SALCEDO RODRIGUEZ, IDENTIFICADA CON CEDULA DE CIUDADANIA Nº 43.821.148

JUZGADO 17 DIECISIETE CIVIL MUNICIPAL DE BARRANQUILLA

ABOGADOS ESPECIALIZADOS EN COBRANZAS S.A.AECSA.

Demandado

LEDA RIQUETT DE JUZGADO SEGUN- COOPERATIVA MULGARCIA CC. 22.433.714 DO DE PEQUEÑAS TIACIVA COOCREDICAUSAS Y COMPE- YA NIT: 802.015.198-4 TENCIAS MÚLTIPLE DE BARRANQUILLA - SECTOR SIMÓN BOLIVAR-

Clase de Proceso

Número de Proceso 943-2017

LEDA RIQUETT DE GARCIA CC. 22.433.714 EMILSE FIGUEROA MARIN CC. 22.499.260

80014189002-2016-00688-00

AUTO QUE LIBRA EJECUTIVO MANDAMIENTO DE PAGO DE FECHA 16 DE AGOSTO DE 2016

NOTIFICAR AUTO DE EJECUTIVO SINGU- 08-001-40-03-001-201700013-00 MANDAMIENTO DE LAR PAGO DE FECHA 17 DE ABRIL DE 2017 80014189002-2016-00015-00

COOPERATIVA MUL- ALVARO DAVID CA- AUTO QUE LIBRA EJECUTIVO TIACTIVA JULCAR RRANZA BELTRAN MANDAMIENTO DE COOMULTIJULCAR CC. 1.129.574.215 PAGO DE MAYO 13 NIT 901.031.602-5 DE 2016

AUGUSTO LOMBANA A U T O D E M A N - EJECUTIVO SINGU- 2017-00413 OROZCO DAMIENTO D EPAGO LAR MÍNIMA CUANDE FECHA JUNIO 21 TÍA DE 2017 Y AGOSTO 17 DE 2017

AUGUSTO LOMBANA JUZGADO DIECISEIS SERFINANZA OROZCO (16) MUNICIPAL DE BARRANQUILLA

DAMARIS ROCA SUAR EZ Y TIBERIO ARNACHE CUADRO C.C. 32.792.357 - 12.400.454

Objeto

SANDRA PATRICIA FECHA DE MAND EJECUTIVO MIXTO SALCEDO RODRI- PAGO: 11 DE DICIEMGUEZ, IDENTIFICA- BRE DE 2017 DA CON CEDULA DE CIUDADANIA Nº 43.821.148

G E E L D E R Y E R U T JUZGADO PRIMERO JAINER JOSE MANCO G E E L D E R Y E R U T FIGUEROA CARROLL CIVIL MUNICPAL DE OSPINO CON C.C. Nº FIGUEROA CARROLL CON C.C. Nº 32.876.040 BARRANQUILLA 1.140.814.187 CON C.C. Nº 32.876.040 Y OTROS ALVARO DAVID CAR- JUZGADO SEGUNRANZA BELTRAN CC. DO DE PEQUEÑAS 1.129.574.215 CAUSAS Y COMPETENCIAS MÚLTIPLE DE BARRANQUILLA - SECTOR SIMON BOLIVAR.

JUZGADO DECIMO BANCOLOMBIA S.A. DAMARIS ROCA SUACIVIL MUNICIPAL 890.903.938-8 REZ C.C. 32.792.357 Y DE BARRANQUILLA TIBERIO ARNACHE - ATLANTICO CUADRO C.C. 12.400.454

MANDAMIENTO DE EJECUTIVO SINGU- 2017-121 PAGO 29/03/2017 LAR REFORMA DE DEMANDA: 13/07/2017

ISMAEL SAAVEDRA JUZGADO OCTAVO AGENCIA NACIONAL CEMENTOS ARGOS S PROVIDENCIA QUE EXPROPIACION RODRIGUEZ CIVIL DEL CIRCUITO DE INFRAESTRUC- A Y ISMAEL SAAVE- SE NOTIFICA: AUTO DE ORALIDAD DE TURA DRA RODRIGUEZ ADMISORIO DE FEBARRANQUILLA CHA 30 DE MAYO DE 2018

08001-31--53-008-201800045-00

JAMES ANDRES TO- JUZGADO OCTAVO BANCO CORPABAN- JAMES ANDRES TO- PROVIDENCIA: 31 DE EJECUTIVO BAR MURILLO CIVIL MUNICPAL DE CA BAR MURILLO ENERO DE 2017 BARRANQUILLA

2016-00321

RASMY MUHAMED JUZGADO OCTAVO MAHMUD C I V I L M U N I C PA L ORAL DE BARRANQUILLA

INMOBILIARIA SALOMON SALES Y CIA S.A. HOY SALES INMOBILIARIA S.A.

JULIO HENAO VENG O C H E A , E LV I R A BUSTAMENTE SANJUAN Y RASMY MUHAMED MAHMUD SOCORRO ISABEL FERNANDEZ DE SALAS

P R O V I D E N C I A VERBAL DE RESTI- 01010-2017 QUE SE NOTIFICA: TUCIÓN DE INMUENOVIEMBRE 30 DE BLE 2017 Y 09 DE AGOSTO DE 2018

E LV I R A B U S TA - JUZGADO OCTAVO MENTE SANJUAN C I V I L M U N I C PA L ORAL DE BARRANQUILLA

INMOBILIARIA SALOMON SALES Y CIA S.A. HOY SALES INMOBILIARIA S.A.

JULIO HENAO VENG O C H E A , E LV I R A BUSTAMENTE SANJUAN Y RASMY MUHAMED MAHMUD SOCORRO ISABEL FERNANDEZ DE SALAS

P R O V I D E N C I A VERBAL DE RESTI- 01010-2017 QUE SE NOTIFICA: TUCIÓN DE INMUENOVIEMBRE 30 DE BLE 2017 Y 09 DE AGOSTO DE 2018

JULIO HENAO VEN- JUZGADO OCTAVO GOCHEA C I V I L M U N I C PA L ORAL DE BARRANQUILLA

INMOBILIARIA SALOMON SALES Y CIA S.A. HOY SALES INMOBILIARIA S.A.

JULIO HENAO VENG O C H E A , E LV I R A BUSTAMENTE SANJUAN Y RASMY MUHAMED MAHMUD SOCORRO ISABEL FERNANDEZ DE SALAS

P R O V I D E N C I A VERBAL DE RESTI- 01010-2017 QUE SE NOTIFICA: TUCIÓN DE INMUENOVIEMBRE 30 DE BLE 2017 Y 09 DE AGOSTO DE 2018

SOCIEDAD RIP CURL JUZGADO CUARTO ALIANZA FIDUCIA- SOCIEDAD RIP CURL COLOMBIA LTDA CIVIL MUNICIPAL RIA S.A. COLOMBIA LTDA ORAL DE BARRANQUILLA E D U I N E N R I Q U E JUZGADO 5º CIVIL BANCOLOMBIA S.A. AMARANTO BOR- M U N I C I P A L D E NACHERA BARRANQUILLA

EJECUTIVO

E D U I N E N R I Q U E FECHA DE PROVI- EJECUTIVO AMARANTO BOR- DENCIA: 19 DE ENNACHERA ERO DE 2018

0800140530042017-00599-00

2017-1192

PERSONAS INDETER- JUZGADO VEINTIO- WILFRIDO GONZA- NATIVIDAD CASTRO AUTO ADMISORIO SOCIEDAD INTES- 2018-00777-00 MINADAS CHO CIVIL MUNICI- LEZ CASTRO MARTINEZ DE LA DEMANDA TADA PAL DE BARRAN14/09/2018 QUILLA BRAULIO ANTONIO TESILLO ARIZA Y MARIA AMAYA DE TESILLO

JUZGADO VEINTE BANCO CAJA SOCIAL CIVIL MUNICIPAL DE ORALIDAD DE BARRANQUILLA

BRAULIO ANTONIO TESILLO ARIZA Y MARIA AMAYA DE TESILLO

BETTY PABA BAU- JUZGADO VEINTI- COOPERATIVA COO- FERNANDO OJEDA TISTA, IDENTIFICADA UNO (21) MUNICIPAL CREDIEXPRESS N.I.T. ARIZA Y BETTY PABA CON C.C. #32.704.359 DE BARRANQUILLA # 900.198.142--2 BAUTISTA, IDENTIFICADO CON C.C. # 32.704.359 Y 3.727.016 RESPECTIVAMENTE LILIANA NIEBLES FUENTES CC. 1.082.400.363 Y MIGUEL GREGORIO MERIÑO ZAMBRANO CC. 1.704.632

JUZGADO TERCERO COOPERATIVA COODE PEQUEÑAS CAU- M U LT I R E Y E S E N SAS Y COMPETEN- LIQUIDACION C I A S M U LT I P L E S SOLEDAD - ATLANTICO

YADIRA DEL CAR- JUZGADO DECIMO CREDIPROGRESO MEN RODIGUEZ GO- CIVIL MUNICIPAL MEZ ORAL DE BARRANQUILLA

PROVIDENCIA: MAN- EJECUTIVO DAMIENTO DE PAGO DE FECHA 28 DE FEBRERO DE 2018

2018-00105

PROVIDENCIA QUE PROCESO EJECUTIVO 08001-4053-021-2018-00152SE NOTIFICA: AUTO DE MINIMA CUANTIA 00 DE MANDAMIENTO DE PAGO DE FECHA 15 DE MARZO DE 2018

L I L I A N Y N I E - MANDAMIENTO DE EJECUTIVO B L E S F U E N T E S PAGO: 10-ABR-18 CC. 1.082.400.363 Y MIGUEL

2018-00125-00

YADIRA DEL CAR- MANDAMIENTO DE EJECUTIVO M E N R O D R I G U E Z PAGO: 15/01/2018 GOMEZ

2017-1139

G R I S E L D A F E N E JUZGADO SEGUNDO COOPERATIVA J.N GRISELDA FENE SO- PROVIDENCIA QUE EJECUTIVO S O L A N O C . C . N º . DE PEQUEÑAS CAU- ASOCIADOS LANO SE NOTIFICA: AUTO 22.292.951 SAS Y COMPETENQUE LIBRA MANCIA MULTIPLE DE DAMIENTO DE PAGO SOLEDAD DE FECHA 05 DE JULIO DE 2018

08758-4189-002-2018-0039200

EDITH MARÍA PIÑA JUZGADO TERCERO COOPERATIVA GMAA EDITH MARÍA PIÑA PROVIDENCIA QUE EJECUTIVO SINGU- 8758-4189-003-2018-0044-00 L E M U S C . C . N º DE PEQUEÑAS CAULEMUS SE NOTIFICA: MAN- LAR 32.736.605 SAS Y COMPETENDAMIENTO DE PAGO CIAS MULTIPLES DE DE FECHA 20 DE SOLEDAD ABRIL DE 2018 LOGISTICA MARITIMA INTERNACIONAL S.A.S Y CARLOS ALBERTO MAURY CABARCAS

JUZGADO CUARTO BANCO COOMEVA CIVIL MUNICIPAL DE S.A. BANCOOMEVA ORALIDAD DE SOLEDAD - ATLANTICO

ISOLINA FARIDES JU- JUZGADO CATORCE BANCOLOMBIA S.A. LIO SOLANO CIVIL MUNICIPAL DE J A Q U E L I N E E T E R BARRANQUILLA TORRES GUTIERREZ

Juzgado Veinte Civil Municipal de Oralidad de Barranquilla, Atlántico. LISTA DE EMPLAZAMIENTO EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO VEINTE CIVIL MUNICIPAL DE ORALIDADDEBARRANQUILLA POR MEDIO DEL PRESENTE EMPLAZA A los HEREDEROS INDETERMINADOS de la señora CONCEPCION EDUVINA ACOSTA Vda. DE MARTINEZ, para que comparezca por si o por medio de Apoderado Judicial a recibir notificación del auto admisorio de la demanda proferido por éste Despacho Judicial con fecha Septiembre Tres (03) de 2018. Dentro del proceso Ejecutivo instaurado por FINTRA S.A., Nit. 802.022.0161, representado por su Gerente Dr. JOSE LUIS GOMEZ OLARTE, a través de Apoderado Judicial, el cual cursa en este Juzgado. El emplazamiento se entenderá surtido transcurrido quince (15) días después de la publicación de esta lista en el registro nacional de personas emplazadas, de conformidad con el inciso 6 del artículo 108 del C.G.del P. En cumplimiento del artículo 293 del Código General del Proceso, el presente listado, se publicará por una vez en diario de amplia circulación Nacional como la LIBERTAD, EL TIEMPO O EL HERALDO, el día Domingo, o una emisora de radio nacional o local. Se expide el presente listado, en la ciudad de Barranquilla a los Dos (02) días del mes de Octubre de Dos Mil Dieciocho (2018) FABIAN PAYARES PAYARES SECRETARIO

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO JUZGADO ONCE CIVIL MUNICIPAL DE BARRANQUILLA CITA Y EMPLAZA Al ejecutado Sr. RODOLFO TORRES BETANCOURT, para que dentro de los quince (15) días siguientes a la publicación del presente listado de emplazamiento comparezca al JUZGADO ONCE CIVIL MUNICIPAL DE BARRANQUILLA, Edificio Nacional Centro Cívico, Piso 6°, a de Admisión de la demanda de fecha 22 de Agosto de 2017, proferido dentro del proceso Ejecutivo instaurado por la COOPERATIVA PA R A C A PA C I T A C I O N MICROEMPRESARlALES, por medio de Apoderado judicial Dra. OLGA ESTHER ACOSTA CARBONELL, contra RODOLFO TORRES BETANCOURT, LESBIA CARDENAS MEDINA y RUBEN M O S Q U E R A M A RT I N E Z , Radicado Bajo No.080014053011-2017-00484-00. Se le advierte que si no comparece dentro del término legal, la medio de Curador Ad-Litem con quien se seguirá el proceso hasta su terminación. Lo anterior en cumplimiento a lo ordenado en los Art. 293 del C. G. del P. y conforme viene ordenado en auto del 16 de Agosto de 2018. en lugar visible de la secretaria del juzgado. Barranquilla, _ de Agosto de 2018. El Secretario F R E D D Y S Y. M O R E N O POLANCO

LA LIBERTAD

EDICTOS

6B Barranquilla, Domingo 14 de Octubre de 2018

LOGISTICA MARI- PROVIDENCIA QUE EJECUTIVO SINGU- 00357-2017 TIMA INTERNACIO- SE NOTIFICA: 30 DE LAR NAL S.A.S Y CARLOS NOVIEMBRE DE 2017 ALBERTO MAURY CABARCAS ISOLINA FARIDES JULIO SOLANO JAQUELINE ETER TORRES GUTIERREZ

AUTO QUE LIBRA EJECUTIVO MANDAMIENTO DE PAGO DE FECHA JULIO 4 - 2017 Y AUTO DEL AGOSTO 8 DEL 217 CORRIGIE PROVIDENCIA

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO JUZGADO ONCE C I V I L M U N I C I PA L D E BARRANQUILLA CITA Y EMPLAZA Al ejecutado Sr. WILLIAM UTRIA MENDOZA, para que dentro de los quince (15) días siguientes a la publicación del presente listado de emplazamiento comparezca al JUZGADO ONCE CIVIL MUNICIPAL DE BARRANQUILLA, Edificio Nacional Centro Cívico, Piso 6°, a recibir notificación personal del auto que libró mandamiento ejecutivo de fecha 16 de Marzo de 2018, proferido dentro del proceso EJECUTIVO instaurado por el Sr. LUIS HOOVER REYES GARCIA, por medio de Apoderado Judicial, contra ARTURO SUAREZ DE ALBA, AROLDO ANTONIO VILLAR GARCIA y WILLIAM UTRIA MENDOZA, Radicado Bajo No.080014053011-2017-00069-00. Se le advierte que si no comparece dentro del término legal, la medio de Curador Ad-Litem con quien se seguirá el proceso hasta su terminación. Lo anterior en cumplimiento a lo ordenado en los Art. 293 del C. G. del P. y conforme viene ordenado en auto del 18 de Septiembre de 2018. en lugar visible de la secretaria del juzgado. Barranquilla, _ de Septiembre de 2018. El Secretario, F R E D D Y S Y. M O R E N O POLANCO

Juzgado Veinte Civil Municipal de Oralidad de Barranquilla, Atlántico. RAD. 08-001-40-03-020-201601525-00 Informe Secretarial Señora Juez: A su despacho el presente proceso. informándole que la parte actora solicita, a través de apoderado Judicial, se emplace al(os) demandado(s) Para lo de su cargo, Barranquilla, septiembre 27 de 2018 JUZGADO VEINTE CIVIL M U N I C I PA L B a r r a n q u i l l a . Veintisiete (27) de Septiembre de Dos Mil Dieciocho (2018) De conformidad con lo previsto en el artículo 293 del C G del P. , emplácese a la parte demandada señor(a) OLGA ESTER PAYARES CARDONA, identificado con su cédula de ciudadanía No 22.745.033 para que comparezca por sí o por medro de apoderado a recibir de pago de la demanda. así mismo a estar en derecho en el presente proceso Ejecutivo, instaurada por la entidad BANCO AGRARIO DE COLOMBIA S.A. Representada Legalmente por el señor(a) GLORIA MARCELA FERRAN MUÑOZ quien actúa a través de apoderado judicial, la cual cursa en este Despacho Judicial. El emplazamiento debe hacerse en un medio escrito de amplia circulación nacional ya sea La Libertad, El Heraldo o El Tiempo, en su edición del día domingo. Entréguese el Listado y hágase las publicaciones del caso, en el medio que el Juzgado ordenó. Efectuada la publicación, ordénese por secretaria la correspondiente inclusión del demandado(a) OLGA ESTER PAYARES CARDONA, en el registro nacional ele personas emplazadas. NOTlFÍQUESE y CÚMPLASE LA JUEZ. MYRIAM MELISSA PASTRANA CALLE

2017-00429

RAD: 0800140530292 EDICTO EMPLAZATORIO 01700259-00 El SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO VEINTINUEVE CIVIL MUNICIPAL DE BARRANQUILLA- ATLANTICO. CITA Y EMPLAZA Al demandado COMERCIALlZADORA DE ALIMENTOS CARNICOS CODALCA S.A.S con NIT: 900.582.939-1 representada legalmente por NELSON ENRIQUE LEON MENDOZA, dentro del proceso ejecutivo, promovido por BANCO DE OCCIDENTE, contra COMERCIALlZADORA DE ALIMENTOS CARNICOS CODALCA S.A.S S con NIT: 900.582.939-1 representada legalmente por NELSON ENRIQUE LEON MENDOZA, que cursa en el Juzgado Veintinueve Civil Municipal De Barranquilla, para que comparezcan dentro de los términos legales (15 días), yen caso de no comparecer el despacho procederá a nombrar Curador Ad-Litem. El emplazamiento se hará a través de un listado el cual deberá realizar en el periódico LA LIBERTAD o El HERALDO en un día domingo, el interesado allegará al proceso copia informal de la página respectiva en donde se hubiere publicado el listado, para ello es necesario le dé cumplimientos a los parámetros establecidos en el inciso 5 del artículo 108 C.G.P. Se expide el presente edicto el día treinta y uno (31) del mes de mayo del año dos mil dieciocho (2018). MARCELO ANDRES LEYES MORA Secretario

AVISO DE REMATE EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO TERCERO CIVIL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA HACE SABER Proceso No. 0217-13 J.5 C.Ct Que dentro del proceso DIVISORIO instaurado por ESILDA MARIA GUTIERREZDEREALES,ESILDA YAHIRLE REALES GUTIERREZ, MARLEVIS REALES GUTIERREZ, ROSIRIS REALES GUTIERREZ, DAGOBERTO REALES GUTIERREZ, DANIEL ISAAC REALES GUTIERREZ y DAVID ANTONIO REALES GUTIERREZ por intermedio de apoderado judicial contra HENRY REALES GUTIERREZ, se ha señalado audiencia del día -19- de Noviembre de 2018 a las 8:00 a.m., remate del bien inmueble ubicado en la carrera 26B2 distinguido en su puerta de entrada con el No. 72B-90 de la ciudad de Barranquilla. Matricula Inmobiliaria No.040100345.El bien inmueble anteriormente descrito fue avaluado por la suma de CIENTO SESENTA Y UN M I L L O N E S D O S C I E N TO S OCHENTA MIL PESOS MIL $161.280.000. Será postura admisible la que cubra el 100% del avalúo dado al inmueble por tratarse de la primera licitación y todo postor para ser admitido como tal deberá consignar previamente el 40% del avalúo. El aviso se publicará por una vez con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate en un periódico de amplia circulación de la ciudad tales como: Diario El Espectador; Diario El Tiempo; Diario La Libertad y Periódico El Heraldo o en su defecto en una radiodifusora, ambos de ésta localidad, el día Domingo, entre las horas comprendidas entre las 7:00 a.m y las 10:00 p.m. el día Domingo. La página del diario en donde aparezca la publicación o la constancia auténtica del administrador de la emisora sobre su transmisión se agregarán al expediente antes de darse inicio a la subasta con la copia o constancia y de libertad y tradición del inmueble actualizado. Barranquilla, 11 de Octubre de 2018 El Secretario JAIR VARGAS ALVAREZ Juzgado Diecisiete Civil Municipal cié Barranquilla Radicación: 2017-00536-00 INFORME SECRETARIAL Señora Juez: Sírvase proveer A su despacho el proceso EJECUTIVO impetrado por BANCO DE BOGOTA CONTRA SANDRA MILENA PRADO OROZCO Informándole que se encuentra pendiente de ordenar el emplazamiento al demandado ya está secretaria erró al colocar el apellido Pardo al demandado cuando lo correcto es Prado. Barranquilla, Mayo 22 del 2018 JUZGADO DIECISIETE CIVIL MUNICIPAL. Barranquilla. Mayo Veintidós (22) de dos mil dieciocho (2018) Corregir el auto de fecha febrero 20 de 2018 así: Teniendo que las comunicaciones a la parte demandada fueron devueltas por no residir en la dirección aportada y que la parte demandante desconoce otra dirección donde pueda ser el emplazamiento de aquella, a la luz de lo dispuesto en los arts. 110 y 293 del C.C.DEL P. RESUELVE PRIMERO: Emplazar a SANDRA mandamiento de pago de la demanda de fecha 28 de JUNIO de 2017. SEGUNDO: Inclúyase el nombre del sujeto a emplazar (SANDRA MILENA PRADO OROZCO): las partes del proceso (Demandante : ( B A N C O D E B O G O TA ) Demandados; (SANDRA MILENA PRADO OROZCO); la naturaleza del mismo (EJECUTIVO) el juzgado que lo requiere (17 Civil Municipal) en un listado que se publicara en un medio escrito de amplia circulación nacional: La Libertad o El Heraldo. Su publicación deberá realizarse en día domingo. El emplazamiento se entenderá surtido transcurrido quince (15) días después de la publicación del listado. Si el emplazado no comparece se le designará Curador Ad litem, con quien se surtirá la TERCERO.- Ingrésese el emplazamiento ordenado al Registro Nacional de procesos y personas emplazadas. NOTIFIQUESE y CUMPLASE LA JUEZA Y U R I S A L E X A PA D I L L A MARTINEZ N O TA R I A Q U I N TA D E BARRANQUILLA EDICTO EMPLAZATORIO CECILIA MARIA MERCADO N O G U E R A - N O TA R I A QUINTA (5ª) DEL CÍRCULO DE BARRANQUILLA. A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en proceso notarial de liquidación de sucesión de la causante GLADYS ELVIRA DIAZ DE DAZA, quien falleció en ésta ciudad, lugar de su último domicilio, el día 15 de abril del año 2018 y quien en vida ciudadanía No. 22.316.349 para que ésta Notaría en el término de los diez (10) días inmediatamente siguientes, contados a partir de la fecha de publicación del presente edicto en un periódico de circulación nacional y en una emisora local. Admitida como fue la petición de iniciación del trámite notarial correspondiente, por medio del Acta No. 045-2018 de fecha 12 de octubre de 2018 y reconocidos a: AMIRO MARIA DAZA VERGARA, en calidad de cónyuge supérstite, AMIRO MIGUEL DAZA DIAZ, CARMIÑA MARIA DAZA DIAZ Y EVA PATRICIA DAZA DIAZ, en calidad de herederos y a la Doctora LETICIA MERCEDES GUIJARRO DAZA, mujer mayor de edad portadora de la tarjeta profesional No. 48.150, como heredera y apoderada; a los interesados en este proceso mortuorio, se ORDENA: a) Publicar el original del presente Edicto en la Cartelera de la Notaria por el término de diez (10) días; b) A costa de los interesados, hacer publicar, por una sola vez, copia del edicto emplazatorio en un periódico de amplia circulación y en una emisora de la localidad, que reúnan las exigencias atrás indicadas. NOTARIO QUINTO (5ª) DEL CÍRCULO DE BARRANQUILLA Octubre de 2018 de ......de 2018

L I M I T A D OS AVISO Yo, María Eusebia Martínez Cespedes, C.C. Nº 22.844.765 en aras de realizar el trámite legal correspondiente en calidad de Poseedora del Local Nº 040 del Mercado Público LA MAGOLA de Barranquilla, teniendo en cuenta que ACTUALMENTE en la base de datos del sistema que manejan los Titulares de adjudicación del Mercado de este local Registra a nombre de Pedro Jordán Murillo C.C. 834.591. Cito a todas las personas que se crean con algún tipo de derecho frente reclamar estos derechos de conformidad con lo establecido en las normas que regulan la materia, deberán acreditar el derecho aportando las pruebas. EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO DIECINUEVE CIVIL MUNICIPAL DE BARRANQUILLA EMPLAZA A los señores VELEZ SANCHEZ BENJAMIN EDUARDO, VELEZ SANCHEZ GABRIEL, VELEZ SANCHEZ FEDERICO, VELEZ SANCHEZ LUIS ALBERTO Y VELEZ DE SALAZAR M A R G A R I TA , p a r a q u e comparezcan a éste Juzgado ubicado en el Centro Cívico de la Calle 40 No. 44-80 de ésta ciudad, por sí mismo o por intermedio de apoderado admisión de 04/10/2018, dictado en el PROCESO DE PERTENENCIA promovido por MINERVA ESTAN RODRIGUEZ, quien actúa por conducto de apoderado judicial Dr. LUIS ARMANDO CANTILLO MEZA Y personas indeterminadas, con Radicación No. 0800140030192018-00267-00, sobre el predio de menor extensión ubicado en la Calle 52 # 34-35, cuyas medidas y linderos son:, UNA CASA MARCADA CON EL N. 34-35, JUNTO CON EL SOLAR QUE ESTA SITUADA EN ESTA CIUDAD, EN LA ACERA OCCIDENTAL DE LA CALLE 52, ENTRE CARRERAS 35 Y 34, QUE MIDE Y LINDA: NORTE Y SUR: MIDE 30.00 MTS, ESTE Y OESTE: 10.00 MTS, Y LINDA: NORTE: TERRENOS QUE SON O FUERON DE LA CIA DE MUTUALIDAD, SUR: TERRENOS DE LA MISMA CIA. ESTE: CALLE DICHA, OESTE: PREDIO QUE ES O FUE DE con matricula inmobiliaria No 040-127354., lo anterior según De conformidad a lo dispuesto en el Art. 108 del CGP., hágasele la publicación de éste emplazamiento en un listado que contendrá: nombre del sujeto emplazado, las partes, clase de proceso y el juzgado que lo requiere; por una sola vez el día domingo en un medio de comunicación escrito de amplia circulación como el diario EL HERALDO, LA LIBERTAD, EL TIEMPO, LA REPUBLICA O EL ESPECTADOR, o en cualquier otro medio masivo de comunicación, en este caso la publicación podrá hacerse cualquier día entre las seis (6:00am.) de la mañana y las once (11:00p.m) de la noche. La página respectiva del periódico en que aparezca la publicación, o la constancia sobre su emisión o transmisión suscrita por el administrador o funcionario de la emisora, el interesado deberá aportarlo al proceso y solicitar la inclusión de los datos del presente emplazamiento en el Registro Nacional de Personas Emplazadas, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 108 del CGP y el Art. 4 del Acuerdo PSAA14-10118 del Consejo Superior de la Judicatura.El emplazamiento se entenderá surtido quince (15) días después de publicada la información en dicho registro. BRYAN DE JESUS MENDOZA ROCHA SECRETARIO LASUSCRlTASECRETARIADEL JUZGADO SEGUNDO CIVIL MUNICIPAL ORAL DE BARRANQUILLA EMPLAZA APERSONAS INDETRMINADAS que se crean con derecho sobre el predio de menor extensión ubicado en la Calle 52 # 34-35, cuyas medidas y linderos son:, UNA CASA MARCADA CON EL N. 34-35, JUNTO CON EL SOLAR QUE ESTA SITUADO EN ESTA CIUDAD, EN LA ACERA OCCIDENTAL DE LA CALLE 52, ENTRE CARRERAS 35 Y 34, QUE MIDE Y LINDA: NORTE Y SUR: MIDE 30.00 MTS, ESTE y OESTE: 10.00 MIS. Y LINDA: NORTE: TERRENOS QUE SON O FUERON DE LA CIA. DE MUTUALIDAD, SUR: TERRENOS DE LA MISMA CIA. ESTE: CALLE DICHA, OESTE: PREDIO QUE ES O FUE DE con matricula inmobiliaria No 040-127354., lo anterior según Inmueble que es objeto del PROCESO DE PERTENENCIA promovido por MINERVA ESTAN RODRIGUEZ, quien actúa por conducto de apoderada judicial Dr. LUIS ARMANDO CANTILLO MEZA y personas indeterminadas, con Radicación No. 0800140030192018-00267-00 dentro del cual se ha dictado auto admisorio en fecha 04 de Octubre de 2018 De conformidad a lo dispuesto en el Art. 108 del CGP., hágasele la publicación de éste emplazamiento por una sola vez el día domingo en un medio de comunicación escrito de amplia circulación como el diario EL HERALDO, LA LIBERTAD, EL TIEMPO, LA REPUBLICA O EL ESPECTADOR, o en cualquier otro medio masivo de comunicación, en este caso la publicación podrá hacerse cualquier día entre las seis (6:00am.) de la mañana y las once (11:00p.m) de la noche. La página respectiva del periódico en que aparezca la publicación, o la constancia sobre su emisión o transmisión suscrita por el administrador o funcionario de la emisora, el interesado deberá aportarlo al proceso y solicitar la inclusión de los datos del presente emplazamiento en el Registro Nacional de Personas Emplazadas, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 108 del CGP y el Art. 4 del Acuerdo PSAA14-10118 del Consejo Superior de la Judicatura.El emplazamiento se entenderá surtido quince (15) días después de publicada la información en dicho registro. BRYAN DE JESUS MENDOZA ROCHA SECRETARIO

JUZGADO QUINTO DE EJECUCION CIVIL MUNICIPAL DE BARRANQUILLA AVISO DE REMATE EL JUZGADO QUINTO DE EJECUCION CIVIL MUNICIPAL DE BARRANQUILLA ha señalado el día 02 de Noviembre de 2018, a las 09:00 AM, con el fin de llevar a cabo audiencia de remate del bien inmueble con matricula inmobiliaria N° 041-121439, ubicado en la Manzana 11, Lote 1, Cra 12 E No 70-84 en SoledadAtlántico, propiedad del demandado MAURICIO GUTIEREZ GOMEZ. Avaluado en la suma de $ 34.591.500 ML, siendo postura admisible la que cubra el 70% de la base del avaluó del bien inmueble. Del proceso EJECUTIVO con radicación 08001-40-03-0132013-00615-00, promovido por MARCO URIBE CARRIAZO contra el demandado MAURICIO GUTIEREZ GOMEZ, seguido en el JUZGADO QUINTO DE EJECUCION CIVIL MUNICIPAL DE BARRANQUILLA. Como secuestre designado de dicho inmueble aparece el (la) señor (a) GEOVANY ANTONI IGLESIAS C.C 72.279.321 expedida en la ciudad de Barranquilla. El porcentaje que debe consignarse para hacer postura, será del 40% del avaluó respectivo. La licitación comenzara a las 09:00 AM, en la cual el Secretario o el encargado de realizarlo anunciará en alta voz la apertura de la licitación, para que los interesados presenten en sobre cerrado sus ofertas para adquirir los bienes subastados. El sobre deberá contener además de la oferta suscrita por el interesado, el depósito previsto en el artículo 451 de C.G.P, cuando fuere necesario. Trascurrida una hora desde el comienzo de la licitación, el juez abrirá los sobres y leerá en alta voz, las ofertas que reúnan los requisitos señalados en el artículo 452 del C.G.P; siendo postura admisible la que cubra el 70% del avaluó que será base de la licitación, previa consignación del porcentaje legal de conformidad con el artículo 451 del C.G.P. Tenga en cuenta que la consignación del cuarenta por ciento (40%) del avaluó, deberán ser consignados en lo sucesivo a la cuenta No. 080012041801 del BANCO AGRARIO cuyo titular es la OFICINA DE EJECUCION C I V I L M U N I C I PA L D E BARRANQUILLA y el código de la dependencia judicial es el No. 08001430300. Para efectos del artículo 450 del C.G.P, se expide el presente AVISO DE REMATE hoy 08 de Octubre de 2018, y copia de el se entregan al interesado para su publicación en un periódico de amplia circulación, EL HERALDO y/o LA LIBERTAD con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate . JUAN DAVID SANDOVAL COELLO Profesional Universitario Grado 12 con Funciones Secretariales Juzgado Dieciocho Civil Municipal Oral de Barranquilla RADICACION: 2017-00609-00 INFORME SECRETARIAL: Señor Juez, a su despacha el proceso EJECUTIVO informándole que el apoderado de la parte demandante ha solicitado emplazamiento del demandado señor ALBERTO MARIO NAVARRO CAMPO, quien manifiesta bajo la gravedad del juramento que desconoce la dirección del domicilio actual del demandado. Sírvase resolver. Barranquilla, agosto 3 de 2918 .JOSE LUIS RODELO CALDERON SECRETARIO JUZGADO DIECIOCHO CIVIL MUNICIPAL ORAL DE BARRANQUILLA agosto tres (3) de Dos Mil Dieciocho (2018). secretarial, Ordénese el emplazamiento del demandado señor ALBERTO MARIO NAVARRO CAMPO, identificado con la CC. No del auto de mandamiento de pago de fecha agosto 2 de 2017, la cual podrá realizarse por emplazamiento en la forma prevista en el artículo 293 del Código General del Proceso. En consecuencia, el emplazamiento se surtirá mediante la relación de los nombres de los sujetos emplazados, indicando las partes del proceso. Demandante LUIS HOOVER REYES GARCIA, identificado con la C.C. No 16.203.271 contra los señores ALBERTO MARIO NAVARRO CAMPO, LUIS EDUARDO BELEÑO MENDOZA Y LUIS CARLOS DE ALBA, RADICACION 201700609, en el JUZGADO DIECIOCHO CIVIL MUNICIPAL ORAL de esta ciudad. En un listado el que se publicará por una sola vez en un medio escrito de amplia circulación nacional en el TIEMPO, EL HERALDO o LA LIBERTAD en un día domingo, o en una radiodifusora Ia cual deberá hacerse cualquier día entre las seis de la mañana y las once de 19 noche. Hacer inclusión en el Registro Nacional de Personas Emplazadas de que trata el articulo 108 del C.G.P. parágrafo 1y 2 (TYBA) El emplazamiento se entenderá surtido quince (15) días después de la publicación del listado, vencido el cual si el emplazado no comparece se designará curador Ad-litem, con NOTIFIQUESE Y CUMPLASE EL JUEZ, MIGUELANGELTRESPALACIOS ARTEAGA

DIARIO LA LIBERTAD CARRERA 53 #55-166


Edictos LA SECRETARIA DEL JUZGADO SEXTO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE BARRANQUILLA LOCALIDAD SUROCCIDENTE. CITA Y EMPLAZA A: GUILLERMO NAVARRO IRIARTE IDENTIFICADO CON C.C. 13.804.770 Para que dentro del término de quince (15) días, comparezca por sí o por medio de apoderado judicial a notificarse personalmente del auto mandamiento de pago de fecha 4 de abril de 2017, dictado en su contra dentro del proceso ejecutivo singular instaurado por SERVICIOS FINANCIEROS - SERFINANZA S.A.. Publíquese por una sola vez durante el día domingo en alguno de estos diarios, EL TIEMPO CARIBE, EL HERALDO, LA LIBERTAD o en una radio difusora de amplia circulación de la ciudad, entre las horas de las 6 a.m. y las 11 p.m. Se le advierte al emplazado que si transcurridos quince (15) días a partir de la publicación del emplazamiento no comparece a notificarse se le nombrará curador ad litem con quien se continuará el proceso hasta su culminación. Para los efectos del arto 293 del C.G.P. se entregará el presente edicto al interesado para su respectiva publicación en alguno de los medios de comunicación antes anotados. Barranquilla, 13 de septiembre de 2018. La secretaria, CLAUDIA PATRICIA GUZMAN ZUÑIGA.

Juzgado Veinte Civil Municipal de Oralidad de Barranquilla, Atlántico RAD.08-001-40-03-020-201700124-00 LISTA DE EMPLAZAMIENTO EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO VEINTE CIVIL MUNICIPAL DE ORALIDAD DE BARRANQUILLA. POR MEDIO DEL PRESENTE, EMPLAZA: AL DEMANDADO: ERIS JOSE GUZMAN VERGARA, identificada con su cédula de ciudadanía No 78.036.950 para que comparezca por si o por medio de Apoderado a recibir notificación del auto de mandamiento de pago de la demanda. proferido por este despacho judicial de fecha 10 de marzo de 2017 corregido mediante providencia de fecha 13 de octubre de 2017. Dentro del proceso Ejeutivo instaurado por la entidad BANCOLOMBIA SA Representada Legalmente por el señor(a) JORGE IVAN OTALVARO TOBON, quien actúa a través de endosatario en procuración al cobro judicial. la cual cursa en este Despacho Judicial. El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación de esta lista en el registro nacional de personas emplazadas, de conformidad con el inciso 6 del artículo 108 del C.G. del P . En cumplimiento del articulo 293 del Código General del Proceso, el presente listado, se publicará por una vez, en diario de amplia circulación nacional como LA LIBERTAD, EL TIEMPO O EL HERALDO, el día Domingo, o una emisora de radio nacional o local. Se expide el presente listado, en la ciudad de Barranquilla a los ___ FABIAN PAYARES PAYARES SECRETARIO Juzgado Catorce Civil Municipal de Barranquilla RAD. 2012(15)00690 INFORME SECRETARIAL SEÑORA JUEZA: Al despacho el proceso EJECUTIVO instaurado LUIS ZÚÑIGA CAMPO contra LUZ MARINA GUERRERO DE ALBA, ANDRÉS GONZÁLEZ TORRES, YADIRA HERNADEZ CANO y BERTHA GÓMEZ CAMARGO. informo a usted que se encuentra pendiente tramitar solicitud de emplazamiento de los señores ANDRÉS GONZALEZ TORRES y YADIRA HERNANDEZ CANO. Para resolver.Barranquilla, Septiembre 7 de 2018 LA SECRETARIA, MARCELlNA FARAK ARRIETA JUZGADO CATORCE CIVIL MUNICIPAL, BARRANQUILLA. SEPTIEMBRE SIETE (7) DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO (2018) Como quiera que en el presente asunto, se cumplen los requisitos establecidos por el 108 Y numeral 4° del Artículo 293 del C.G.P. encontrándose por tanto el negocio para emplazar del auto del auto de mandamiento de pago a ALEJANDRO MUÑOZ VARGAS El juzgado, RESUELVE: 1.-Ordenase el emplazamiento de los demandados ANDRÉS GONZALEZ TORRES y YADIRA HERNANDEZ CANO lo cual se hará a través de la publicación por una sola vez, en un medio escrito o hablado de amplia circulación nacional (Heraldo, La Libertad, El Tiempo ... ) El emplazamiento se surtirá mediante la inclusión en lista, indicando que los emplazados son ANDRÉS GONZALEZ TORRES y YADIRA HERNANDEZ CANO. Actúa como demandante LUIS ZÚÑIGA CAMPO y como demandados LUZ MARINA GUERRERO D EALBA, ANDRÉS GONZÁLEZ TORRES, YADIRA HERNADEZ CANO y BERTHA GÓMEZ CAMARGO se trata un proceso ejecutivo el cual cursa en el JUZGADO CATORCE CIVIL MUNICIPAL DE BARRANQUILLA . Se entenderá surtido el emplazamiento transcurridos quince (15) días después de la publicación del listado, de lo cual se allegará al proceso copia informal de la página respectiva o de la constancia de su emisión o trasmisión suscrita por el autorizado en el medio de comunicación. Una vez realizadas las publicaciones ordenadas procédase a realizar la inclusión en el Registro Nacional de Personas Emplazadas, por parte el Consejo Superior de la Judicatura. NOTIFIQUESE y CUMPLASE, LA JUEZA, CARMEN BEATRIZ BARROS LEMUS EDICTO ANA DOLORES MEZA CABALLERO NOTARIA SEGUNDA DE BARRANQUILLA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los Diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en el trámite de liquidación de la herencia de la causante GLORIA GARCIA BUENDIAZ, quien se identificaba en vida con la cédula de ciudadanía número 22.360.069 expedida en Barranquilla. Admitido el respectivo trámite en esta Notaria por Acta 204 de fecha 12 de octubre del año 2.018, en cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto 902 de 1.988, se ordenó la fijación del presente EDICTO en lugar visible de la Notaria por el término de diez (10) días y su publicación en un Diario y Radio difusora local. El presente EDICTO se fija hoy a los Doce días (12) días del mes de octubre del año Dos Mil Dieciocho (2.018), a las 8. a.m. horas del día AUGUSTO OSORIO BERDUGO NOTARIA SEGUNDA (E) DEL CIRCULO DE BARRANQUILLA RESOLUCION 12332-09/10/2018

EL JUZGADO NOVENO LABO­ RAL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA POR MEDIO DEL PRESENTE EDICTO CITA Y EMPLAZA RDO. 2018-00064 A la Empresa SCORT SECURITY SERVICES LTDA, de conformidad con lo dispuesto en los Arts. 29 del c.P.T. y S.S. Y 108 de la Ley 1564 de 2012, para que comparezca a este Despacho, por sí o por medio de sus apoderado, a notificarse personalmente, del auto de fecha 12 de abril de 2018, por el cual se admitió la demanda promovida por DARLYN FERNEY NIEVES QUIÑONES , a través de apoderado judicial contra ESCORT SECURITY SERVICES LIMITADA y COCA COLA FEMSA. De no comparecer dentro del término legal de quince (15) días hábiles, después de la respectiva publicación en los medios de comunicación, se entenderá surtido el EMPLAZAMIENTO, y se les designará CURADOR AD-LlTEM, con quien se surtirá la correspondiente NOTIFICACIÓN. Para los efectos legales, se publica el presente EDICTO, en el Diario La Libertad, o en su defecto El Heraldo, al tenor de lo establecido en el Art. 108 de la Ley 1564 de 2012. Barranquilla, octubre 1 de 2018, FERNANDO OLIVERA PALLARES Secretario LA SECRETARIA DEL JUZGADO NOVENO DE FAMILIA ORAL DE BARRANQUILLA, EMPLAZA De conformidad con el Código General del Proceso, artículos 108 y 293, al señor GERMÁN ROBLEDO JARAMILLO, para que comparezca a este juzgado, ubicado en el piso 50 del Centro Cívico de Barranquilla, por sí o por medio de apoderado judicial, a recibir notificación personal del auto admisorio proferido dentro de la demanda de CESACIÓN DE LOS EFECTOS CIVILES DE MATRIMONIO RELIGIOSO, radicada con el número 080013110009-2018-00376-00, promovida por la señora DALILA YEPES GARCÍA, a través de apoderada judicial. La publicación se hará en un medio escrito de amplia circulación nacional o local, como el Heraldo o la Libertad en edición dominical. El interesado allegará al proceso copia informal de la página respectiva donde se hubiere publicado el listado. Efectuada la publicación, la parte interesada remitirá una comunicación al Registro Nacional de Personas Emplazadas incluyendo el nombre del sujeto emplazado, su número de identificación, si se conoce, las partes del proceso, su naturaleza y el juzgado que lo requiere. El Registro Nacional de Personas Emplazadas publicará la información remitida y el emplazamiento se entenderá surtido quince (15) días después de publicada la información de dicho registro. Surtido el emplazamiento se procederá a la designación de Curador ad litem, si a ello hubiere lugar. Se expide el presente EDICTO a los Once (11) días del mes de Octubre de Dos Mil Dieciocho (2018). CARMEN MÁRQUEZ VARELO Secretaria REPUBLlCA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICICATURA JUZGADO DIECIOCHO CIVIL MUNICIPAL ORAL DE BARRANQUILLA. BARRANQUILLA 11 DE OCTUBRE DE 2018. RADICACION: 2017-1026 DEMANDANTE PRINCIPAL: COOPERATIVA COOCREDIS. DEMANDANTE ACUMULADO: COOPERATIVA COOCREDIS. DEMANDADO EN COMUN: PEDRO OROZCO ORTEGA. ENDOSATARIO AL COBRO JUDICIAL: LEONARDO ACOSTA MORA. El suscrito juez MIGUEl ANGEL TRESPALACIOS ARTEAGA, mediante providencia de fecha 23-07-2018, la cual fue notificada mediante estado calendado a fecha 24-07-2017, ordena en la parte resolutiva PRIMERO: admítase acumulación de demanda instaurada por LA COOPERATIVA MULTIACTIVA DE SERVICIOS ASOCIADOS “COOCREDIS” a través de endosatario al cobro judicial contra el señor PEDRO OROZCO ORTEGA. SEGUNDO: Librar orden de mandamiento de pago por vía ejecutiva a cargo del señor PEDRO OROZCO ORTEGA, y favor de LA COOPERATIVA MULTIACTIVA DE SERVICIOS ASOCIADOS “COOCREDIS”, por la suma de SEIS MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y UN PESOS ($ 6.442.271.00) más los intereses corrientes y moratorios hasta que se efectúe el pago de la obligación. Suma ésta que deberá cancelar el demandado en el término de cinco días.- La parte demandada dispone de diez (10) días hábiles para proponer excepciones. TERCERO: ORDÉNESE EMPLAZAR a todos los que tengan créditos con títulos de ejecución contra el demandado, para que comparezcan a hacerlos valer mediante acumulación de sus demandas, dentro de los cinco (5) días siguientes a la expiración del término del emplazamiento.- Fíjese el edicto por el término de veinte días y hágase entrega a la parte interesada de copias para su publicación en la radio y en un periódico de amplia circulación local entre las horas de 7 am a 10 amo CUARTO: NOTIFÍQUESE a la parte demandada de conformidad con el numeral 1, del arto 463 de Código General Del Proceso. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE MIGUEl ANGEL TRESPALACIOS ARTEAGA JUEZ

Sandro César Vergara Hernández Notario EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO Y PRINCIPAL DEL CIRCULO DE SOLEDAD,EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles a la publicación del siguiente edicto en el periódico, dentro del trámite Notarial tendiente a liquidar la herencia de ORLANDO AGUSTIN VALLE CABRERA, identificado con la cédula de ciudadanía No 3.685.536, quien falleció el dia 28 de Junio del año 2.015 en el Distrito de Barranquilla (Atlantico), siendo su último domicilio el municipio de Soledad. Aceptado el presente trámite mediante acta No. 87 de fecha nueve (09) de Octubre del año 2.018, en el cual se ordena la publicación del siguiente edicto en el periódico y una radiodifusora local por una sola vez, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3o. del Decreto 902 de 1.988 y ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaria por el término de diez (10) días hábiles. Para constancia se firma y se fija el presente edicto hoy diez (10) de Octubre del año dos mil Dieciocho (2.018) siendo las 8:00 A.M. SANDRO CESAR VERGARA HERNANDEZ NOTARIO SEGUNDO PRINCIPAL

EDICTO EMPLAZATORIO LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO CATORCE CIVIL MUNICIPAL DE BARRANQUILLA, EMPLAZA: A: LAS PERSONAS INDETERMINADAS que se crean con derecho a intervenir dentro del proceso de pertenencia iniciado por CAMPO ELlAS GAMARRA GARCíA a través de apoderada judicial Dra. EVA MARíA MENDOZA HINOJOSA, contra JAIRO DONADO BARBOZA y PERSONAS INDETERMINADAS. Emplácese PERSONAS INDETERMINADAS, en la forma prevista en el Artículo 293 del C.G.P. Lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el artículo y 108 del C G. P. Para que dentro del término de diez (10) días, comparezca a éste despacho por sí o por medio de apoderado, a recibir notificación personal del auto admisorio de fecha. Julio Dieciséis (16) del año Dos Mil Dieciocho (2018), librado dentro del proceso declarativo de pertenencia Instaurado por CAMPO ELlAS GAMARRA GARCÍA a través de apoderada judicial Dra. EVA MARíA MENDOZA HINOJOSA, contra JAIRO DONADO BARBOZA Y PERSONAS INDETERMINADAS.BAJO EL No 2018-00210, Matrícula inmobiliaria No 040-18756. Para cumplir con lo ordenado en el Artículo 293 del CGP se fija el presente EDICTO en un lugar visible de la Secretaría del Juzgado por el término legal de Quince (15) días, contados a partir de hoy Veinticuatro (24) de Septiembre del año 2018 siendo las 8: a.m. y copia del mismo se entrega a la parte interesada para su publicación. El edicto se fijará por el término de QUINCE días en un lugar visible de la secretaría, y se publicará en un diario de amplia circulación en la localidad, (El Heraldo, La Libertad ... ), en las horas comprendidas entre las seis de la mañana y las Once de la noche. La página del diario en que aparezca la publicación se agregará al expediente. La parte interesada remitirá una comunicación al Registro Nacional de Personas Emplazadas incluyendo el nombre del sujeto emplazado, su número de identificación, si se conoce, las partes del proceso, su naturaleza y el juzgado que lo requiere. LA SECRETARIA: MARCELlNA FARAK ÁRRIETA EDICTO EMPLAZATORIO EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO QUINTO CIVIL DEL CIRCUITO ORAL DE BARRANQUILLA. HACE SABER: Que por auto de fecha 5 de Septiembre de 2018, fue admitida por este despacho la demanda proceso VERBAL (Pertenencia) promovida por RICARDO GIOVANNI PINZON GALLARDO, en nombre propio, portador de la cédula de ciudadanía No. 8.533.423 y T.P.No. 94.801 del C.S.J., contra: DISEÑOS Y CONSTRUCCIONES LTDA. EN LIQUIDAClON NIT.No.890105712. representado legalmente por el señor ENRIQUE MELAMED OVADIA con cédula de ciudadanía No.17.065.812, ALTSHULER DE MELAMED MARSHA C.E.No.34479. JULIANA ISABEL OSPINA DE CERTAIN C.C.No: 22.373.514, y LUZ MERY OLIVARES ORTIZ, cédula de ciudadanía No.55.232.965, Y PERSONAS INDETERMINADAS. de conformidad con el Art. 375 del C. General del Proceso numeral 6, infórmese la existencia de este proceso, a la Superintendencia de Notariado y Registro, al Instituto Colombiano para el Desarrollo Rural (INCODER), A LA Unidad Administrativa Especial de Atención y Reparación Integral de Victimas y al Instituto Geográfico Agustín Codazzi (lGAC), para que, so lo consideran pertinente, hagan las manifestaciones a que hubiere lugar, sobre el inmueble que está ubicados en la Calle 33 No.808 Urbanización Tayrona de esta ciudad, distinguido con la matricula inmobiliaria No.040- 35997. Igualmente se ordena emplazar a las PERSONAS INDETERMINADAS, que se crean con derecho a intervenir en el presente proceso y en especial sobre la prescripción extraordinaria que solicita la parte demandante del inmueble objeto de la Litis, el cual está ubicados en la Calle 33 No.8-08 Urbanización Tayrona de esta ciudad. distinguido con la matricula inmobiliaria No.04035997, cuya descripción cabida y linderos son las siguientes: b) la manzana de terreno marcada con el no: 10, correspondiente dicha manzana a la urbanización Tayrona de esta ciudad situada en la carrera 8 entre las calles 31 y 32, cuyas medidas y linderos son: NORTE: mide 133.00 mts., que linda con predio que es o fue de marco y Eliecer Sredni. SUR: mide 49.50 mts., linda con predios que son o fueron del instituto de crédito territorial- ESTE lote de terreno tiene forma de triángulo y al cual pertenece LA CUOTA PARTE sobre el cual se solicita se declare la Pertenencia. - La CUOTA PARTE del predio de .MAYOR EXTENSION y que el OBJETO de esta demanda mide y linda ast: NORTE: mide 54./0, linda con predio que son o fueron de MARCO Y ELlECER SREDNI, SUR: 52.50 MTS., linda con la Carrera 8 en medio, ESTE: Mide en forma de triángulo, OESTE: 15.00 MTS., linda con la Calle 33 en medio”, en los términos del Art. 108 y 375 numeral 7del C. General del Proceso, esta publicación debe hacerse en un listado por escrito en un periódico de amplia circulación nacional o local como el Heraldo o la Libertad el día domingo. Vencido dichos términos, se les designará Curador Ad-Litem, quien ejercerá el cargo hasta la terminación del proceso. Dado en Barranquilla a los Cordialmente, ALFRADO PEÑA NARVAEZ EL NOTARIO UNICO DEL CÍRCULO DE BARRANQUILLA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite notarial de la Liquidación Sucesoral de la causante SILVIA BALSE VDA DE ARGUELLES (Q.E.P.D), identificado(a)(s) con la(s) Cédula(s) de Ciudadanía Número(s) 22.309.015, quien falleció el día 30 de ABRIL de 2000, en la ciudad de. Barranquilla, el lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios, trámite que ha sido aceptado en esta Notaría mediante Acta Número 099 del 28 de SEPTIEMBRE del año 2018. Se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de amplia circulación Nacional y en una Radiodifusora local, en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 3° del Decreto 902 de 1988 y Decretos 1729 de 1989 y 2651 de 1991, además su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días hábiles. ALVARO DE JESUS ARIZA FONTALVO NOTARIO DOCE DE BARRANQUILLA

Juzgado Dieciocho Civil Municipal Barranquilla INFORME SECRETARIAL: SEÑOR JUEZ: Paso a su despacho el presente proceso ejecutivo No 2017-00944-00 junto con el memorial presentado por el Doctor JOSE ANTONIO MENDOZA PULIDO, mediante el cual solicita emplazamiento. Para lo de su cargo. Barranquilla junio 15 del 2018 EL SECRETARIO JOSE RODELO CALDERON JUZGADO DIECIOCHO CIVIL MUNICIPAL ORAL, Barranquilla junio quince (15) del do mil dieciocho (2018) Conforme viene solicitado en escrito anterior, y por ser procedente emplácese a los demandados AGUSTlN SEGUNDO GARIZABALO BORNACELLI, y MONICA DEL CARMEN TORRES DOMINGUEZ, en la forma y para los fines dispuestos en el artículo 293 del Código General del Proceso. En consecuencia, el emplazamiento se Surtirá mediante la relación de los nombres de los sujetos emplazados, indicando las partes del proceso. Demandante BANCO AGRARIO DE COLOMBIA S.A. contra AGUSTIN SEGUNDO GARIZABALO BORNACELLI y MONICA DEL CARMEN TORRES DOMINGUEZ por medio de apoderado judicial Doctor JESUS ANTONIO MENDOZA PULIDO Naturaleza del proceso ejecutivo de mínima radicado bajo el No 2017-00944-00, en el JUZGADO DIECIOCHO CIVIL MUNICIPAL ORAL de esta ciudad, en un listado que se publicara por una sola vez, en el periódico EL HERALDO, EL TIEMPO O LIBERTAD, el día domingo. Se ordena la inclusión en la lista nacional de emplazados (Sistema de Gestión Documental Siglo XXI Web Tyba-). El emplazamiento se entenderá surtido transcurrido quince (15) días después .de la publicación del listado, vencido el cual, si el emplazado no comparece se designará curador Ad - litem, Con quien se surtirá la notificación. NOTIFIQUESE y CUMPLASE EL JUEZ MIGUEL ANGEL TRESPALACIO ARTEAGA Juzgado Trece Civil Municipal DE Barranquilla PROCESO EJECUTIVO DE LUIS HOOVER REYES GARCIA CONTRA ERLYN FLOREZ BARRAZA y OTROS RADICACION 2017-00309 SECRETARIA Señora Jueza, Doy cuenta a usted del anterior escrito presentado por el apoderado de Ia parte demandante doctor ANAIS ROMERO MEJIA en el cual solicita el emplazamiento de uno de los demandados de conformidad al Art. 293 del C.G. P,- Dignase proveer, Barranquilla, diciembre 5 de 2017 El Secretario RUBEN DARlO DELGADO GALEZO JUZGADO TRECE CIVIL MUNICIPAL. Barranquilla, diciembre cinco (5) del dos mil diecisiete (2017) ASUNTO: emplazamiento PREMISA NORMATIVA Fundamentado en el Artículo 108 y 293 del C.G. P., el PREMISA FACTICA Que el apoderado de la parte demandante presenta memorial donde solicita el emplazamiento del demandado y para lo cual, RESUELVE De conformidad con lo dispuesto en el Art. 293 en concordancia con el 108 del C.G.P., emplácese a los señores MARIA ELENA PEREZ CANOLE Y ERLYN FRANCISCO FLOREZ BARRAZA , a fin, que comparezca a este despacho por si, o por intermedio de apoderado judicial a recibir notificación personal del MANDAMIENTO DE PAGO de fecha MAYO 8 DE 2017 librado dentro de la referencia. Dicho emplazamiento deberá surtirse en el periódico LA LIBERTAD O EL HERALDO , y su publicación deberá realizarse en día domingo. Ingrésese el emplazamiento ordenado al Registro Nacional de procesos y personas emplazadas. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE LA JUEZA ROSA ALICIA BARRERA LUQUE Juzgado Trece Civil Municipal DE Barranquilla PROCESO EJECUTIVO DE LUIS REYES GARCIA CONTRA JOSE SAADE ZABLEH RADICACION 2017-00992 SECRETARIA Señora Jueza, Doy cuenta n usted del anterior escrito presentado por el apoderado de In parte demandante doctor ANAIS ROMERO MEJIA en el cual solicita el emplazamiento de uno de los demandados de conformidad al Art 293 del C.G. P,- Dignase proveer, Barranquilla, marzo 2 de 2018 El Secretario RUBEN DARlO DELGADO GALEZO JUZGADO TRECE CIVIL MUNICIPAL. Barranquilla. Marzo veintidós (22) del dos mil diecisiete (2017) ASUNTO: emplazamiento PREMISA NORMATIVA Fundamentado en el Artículo 108 y 293 del C.G.P., el PREMISA FACTICA Que el apoderado de la parte demandante presenta memorial donde solicita el emplazamiento del demandado y para lo cual, RESUELVE De conformidad con lo dispuesto en el Art. 293 en concordancia con el 108 del C.G.P., emplácese a los señores JOSE ALEJANDRO SAADE ZABLEH Y EMMA MONICA SAADE ZABLEH, a fin, que comparezca a este despacho por si, o por intermedio de apoderado judicial a recibir notificación personal del MANDAMIENTO DE PAGO de fecha OCTUBRE 27 DE 2017 librado dentro de la referencia. Dicho emplazamiento deberá surtirse en el periódico LA LIBERTAD O EL HERALDO, y su publicación deberá realizarse en día domingo. Ingrésese el emplazamiento ordenado al Registro Nacional de procesos y personas emplazadas. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE LA JUEZA ROSA ALICIA BARRERA LUQUE

EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO ONCE CIVIL MUNICIPAL DE BARRANQUILLA EMPLAZA: A todos los que tengan créditos con títulos de ejecución contra ONAPROJECT COLOMBIA S.A.S. identificado con NIT número 900.623.723-5 para que comparezcan a hacerlos valer mediante acumulación de sus demandas dentro del proceso ejecutivo 0800140530112017-00359-00 instaurado por NOPIN COLOMBIA S.A.S. contra ONAPROJECT COLOMBIA S.A.S. dentro de los cinco días siguientes a la expiración del término del emplazamiento efectuado en la forma prevista en el artículo 108 del Código General del Proceso. Barranquilla,septiembre 12 de 2018. El Secretario,
FREDDYS MORENO POLANCO

JUZGADO TERCERO CIVIL MUNICIPAL EN ORALIDAD DE SOLEDAD REF: VERBAL ESPECIAL DE PERTENENCIA= 08-758- 40- 03003-2015-0754-00 EMPLAZAMIENTO EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO TERCERO CIVIL MUNICIPAL EN ORALIDAD DE SOLEDAD (ATLANTICO) HACE SABER A: ISABEL MERCEDES GUERRERO GUERRERO Que debe comparecer a este Juzgado ubicado en la calle 20 Carrera 21 Esquina Edificio Palacio de Justicia Piso 2 Oficina 5, Soledad (Atlántico), personalmente o por medio de Apoderado Judicial con el fin de Notificarse del auto Admisorio de demanda de fecha: 10 de Junio de 2016, en proceso VERBAL ESPECIAL DE DECLARACION DE PERTENENCIA POR PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA de Dominio, promovido por: LEIDYS SARAY MARIN BUITRAGO Contra: ISABEL MERCEDES GUERRERO GUERRERO, y demás Personas Indeterminadas, el cual cursa bajo Radicado Numero 2.016-00754. Se advierte al emplazado (s) que si dentro de los QUINCE (15) DÍAS HABILES siguientes a la publicación del EMPLAZAMIENTO, y la Inclusión en el Registro Nacional de Personas Emplazadas no comparecen a este Juzgado, se le nombrará CURADOR AD LITEM con quien se continuará actuación. Para efectos legales se procederá de conformidad al Art. 108 del C.G.P., y copia del mismo se entrega al interesado para su publicación en periódico de amplia circulación (LA LIBERTAD, LA REPUBLICA o EL HERALDO), Id cual se realizara en día DOMINGO, efectuada dicha publicación la parte interesada aportara copia de la misma y solicitara la inclusión en el Registro Nacional de Personas Emplazadas. Se libra el presente en Soledad, a los Veintidós (22) días del mes de Junio del año Dos Mil Dieciocho (2018) y copia del mismo se le entregará a la parte interesada para su publicación. Atentamente, Secretario Hinarco Medina Gutiérrez Juzgado Primero de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Soledad EMPLAZAMIENTO LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIAS MULTIPLES DE SOLEDAD- ATLANTICO HACE SABER A: EDUARDO ENRIQUE RUIZ ACOSTA. C.C. 8.739.879 Que dentro del término de quince (15) días hábiles siguientes a la publicación de este, deberán comparecer a este Despacho con el fin de recibir notificación personal del auto Libra Mandamiento de pago de fecha 11 de mayo de 2018 dentro del proceso EJECUTIVO SINGULAR seguido en este Juzgado por MICHAEL RODRIGUEZ PIMENTEL, mediante apoderado Dr. ALEXANDER ORTIZ ORELLANO, Radicado bajo el Número 08758-41-89-001-2018-00317. Se le advierte a los emplazados que de no concurrir al Juzgado vencido el término del emplazamiento y a la inclusión en el Registro Nacional de Personas Emplazadas, se le designará Curador Ad - Litem, con quien se surtirá la notificación y se continuará el proceso hasta su culminación. Para los efectos indicados en el Artículo 293 del C.G.P, en concordancia con el artículo 108, 290 y 291 del C.G.P, se entrega copias auténticas del mismo al interesado para que sea publicado por una sola vez en el Diario El Heraldo o La Libertad en día domingo por una sola vez. JANNY GUILLOTH POLO Secretaria EDICTO EMPLAZATORIO El suscrito Notario Primero del Circulo Notarial de Soledad, Atlántico JUAN BERNARDO ALTAMAR SANTODOMINGO, cita a las personas que tengan derecho a concurrir a la Liquidación y Adjudicación de la Sucesión, del causante FREDY NAYIB DURAN VEGA quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía No.7.464.976 expedida en Barranquilla, fallecido el 3 de diciembre de 2015; Cuyos trámites se iniciaron en ésta Notaría con la solicitud y la documentación presentada por la abogada en ejercicio CARLA MELlSSA AMARIS FLORENTINO, mayor vecina de Barranquilla, abogada en ejercicio, identificada con la cédula de ciudadanía No. 1,140.826.661 expedida en Barranquilla y Tarjeta Profesional No. 241.653 del C.S. de la J., en su condición de apoderada especial de las señoras MAGALlS ESTHER RUBIO DE DURAN, quien actúa en calidad de cónyuge supérstite y KARIME AYDE DURAN RUBIO, KAREN ELlZABETH DURAN RUBIO Y KARINA JOSE DURAN RUBIO, hijas y herederas del causante. El presente Edicto se Publicará en un periódico de circulación nacional y se difundirá por una vez en una emisora del ésta localidad y se fijará por (10) diez días en sitio visible de la Notaria Primera de Soledad. Soledad, 05 de octubre de 2018 JUAN BERNARDO ALTAMAR SANTODOMINGO Notario Primero de Soledad LA SECRETARIA DEL JUZGADO NOVENO DE FAMILIA ORAL DE BARRANQUILLA, EMPLAZA De conformidad con el Código General del Proceso, artículos 108 y 293, a la señora NORIS ESTHER CANO ALTAMAR, para que comparezca a este juzgado, ubicado en el piso 50 del Centro Cívico de Barranquilla, por sí o por medio de apoderado judicial, a recibir notificación personal del auto admisorio proferido dentro de la demanda de CESACIÓN DE LOS EFECTOS CIVILES DE MATRIMONIO RELIGIOSO, radicada con el número 080013110009-201800231-00, promovida por el señor RAÚL ALBERTO LUNA DE LA HOZ, a través de apoderado judicial. La publicación se hará en un medio escrito de amplia circulación nacional o local, como El Heraldo o La Libertad en edición dominical. El interesado allegará al proceso copia informal de la página respectiva donde se hubiere publicado el listado. Efectuada la publicación, la parte interesada remitirá una comunicación al Registro Nacional de Personas Emplazadas incluyendo el nombre del sujeto emplazado, su número de identificación, si se conoce, las partes del proceso, su naturaleza y el juzgado que lo requiere. El Registro Nacional de Personas Emplazadas publicará la información remitida y el emplazamiento se entenderá surtido quince (15) días después de publicada la información de dicho registro. Surtido el emplazamiento se procederá a la designación de Curador ad litem, si a ello hubiere lugar. Se expide el presente EDICTO a los trece (13) días del mes de Septiembre de Dos Mil Dieciocho (2018). CARMEN MÁRQUEZ VARELO Secretaria

Barranquilla, Domingo 14 de Octubre de 2018 JUZGADO TERCERO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIAS MUL TIPLES DE SOLEDAD ATLÁNTICO EMPLAZAMIENTO EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO TERCERO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIAS MULTIPLES DE SOLEDAD -ATLANTICO HACE SABER A: TODAS LAS PERSONAS INDETERMINADAS QUE SE CREAN CON DERECHO SOBRE EL PREDIO UBICADO EN LA Carrera 26C No. 58B-10 Barrio Las Trinitarias del Municipio de Soledad. Que se ha iniciado Proceso Verbal Sumario de Pertenencia por Prescripción Adquisitiva extraordinaria de dominio promovido por ADELINE TEJEDA CASTILLO identificada con la cédula de ciudadanía No. 57.445.750 a través de apoderada judicial contra NEYDA LUZ DE LA ROSA RAMIREZ y PERSONAS INDETERMINADAS. Con radicado No. 01032 -2017. El bien a prescribir se trata de un bien inmueble, identificado ubicado en la carrera 26C No. 58B- 10 Barrio Las Trinitarias del Municipio de Soledad. Cuyas medidas y linderos son: NORTE: Mide 6.83 MTS, linda con Lote No.1 de la misma manzana hoy, con patio de la vivienda enmarcada con el numero 26C-19; Por el SUR: 6.98 MTS, linda con la carrera 26C vía peatonal, Por el ESTE: Mide 14.80 MTS, Linda con lote 5 de la misma manzana, hoy con casa enmarcada con el numero 58B-04 y OESTE: Mide 14.80 MTS linda con lote 8 de la misma manzana. El inmueble se encuentra Inscrito con la Matricula Inmobiliaria No. 04174477, de la oficina de Registro de Instrumentos Públicos y Privados de Soledad - Atlántico. Se le advierte a los emplazados que si dentro de los QUINCE (15) DIAS HABILES siguientes a la publicación del EMPLAZAMIENTO, y a la Inclusión en el Registro Nacional de Personas Emplazadas no comparecen a este Juzgado, se le nombrará CURADOR AD-LITEM con quien se continuará el proceso hasta su culminación. Para efectos legales se procederá de conformidad al Art. 108 del C.G.P., copia del mismo se entrega al interesado para su publicación en periódico de amplia circulación (La Libertad o El Heraldo), la cual se realizará en día DOMINGO, efectuada la publicación la parte interesada remitirá una comunicación al Registro Nacional de Personas Emplazadas en la forma indicada en el inciso 5 señalado art. 108 del C.G.P. Se libra el presente en Soledad a los Treinta (30) días del mes de Mayo de Dos Mil Dieciocho (2018) y copia del mismo se le entrega a la parte interesada para su publicación. V I C TO R J AV I E R G AVA L O NORIEGA SECRETARIO JUZGADO TERCERO CIVIL MUNICIPAL EN ORALIDAD DE SOLEDAD REF: VERBAL ESPECIAL DE PERTENENCIA.= 08-758- 40- 03003-2018- 00151-00 EMPLAZAMIENTO EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO TERCERO CIVIL MUNICIPAL EN ORALIDAD DE SOLEDAD (ATLANTICO) HACE SABER A: TODAS LAS PERSONAS QUE SE CREAN CON DERECHO SOBRE EL PREDIO UBICADO EN LA Carrera 10 No. 51- 52 Manzana 129 Lote 17 del Barrio Soledad 2000, Que deben comparecer a esta agencia judicial ubicada en la Calle 20 Carrera 21 Esquina. Edificio Palacio de justicia de Soledad, para notificarse del Auto admisorio de la demanda Calendado : 10 de junio de 2016, en proceso VERBAL ESPECIAL DE DECLARACION DE PERTENENCIA POR PRESCRIPClON EXTRAORDINARIA de Dominio, promovido por: LEIDYS SARAY MARIN BUITRAGO Contra: ISABEL MERCEDES GUERRERO GUERRERO y demás Personas Indeterminadas, el cual cursa bajo Radicado Numero 2016-00754. El bien a prescribir: se trata de un bien inmueble urbano, vivienda ubicada Carrera 10 No. 51- 52 Manzana 129 Lote 17 del Barrio Soledad 2000, en jurisdicción del Municipio de SoledadAtlántico, cuyas medidas y linderos son las siguientes: NORTE: la CARRERA 10, entre las Calles 51 y 52, Mide (6.00Mts), SUR: Mide (06.00 Mts), ESTE: Mide (12.00 Mts), OESTE: Mide (12.00Mts), Inscrito con Matricula inmobiliaria No. 040-205762, y Referencia CatastraI No. 01-04-0000-0282-0024-0-00-00-0000. Se advierte a los emplazado (s) que si dentro de los QUINCE (15) DÍAS HABILES siguientes a la publicación del EMPLAZAMIENTO, y la Inclusión en el Registro Nacional de Personas Emplazadas no comparecen a este Juzgado, se le nombrará CURADOR AD LITEM con quien se continuará actuación. Para efectos legales se procederá de conformidad al Art. 108 del C.G.P., y copia del mismo se entrega al Interesado para su publicación en periódico de amplia circulación (LA LIBERTAD, LA REPUBLICA o el HERALDO), la cual se realizará en día DOMINGO, efectuada dicha publicación la parte interesada remitirá una comunicación al Registro Nacional de Personas Emplazadas en la forma indicada en el inciso 5 del señalado art. 108 C.G.P. Se libra el presente en Soledad. ,1 los Veintidós (22) días del mes de Junio de] año Dos Mil Dieciocho (2018) y copia del mismo se le entregara a la parte interesada para su publicación. Atentamente, Secretario Hinarco Medina Gurtiérrez EDICTO EMPLAZATORIO El suscrito Notario Primero del Circulo Notarial de Soledad, Atlántico JUAN BERNARDO ALTAMAR SANTODOMINGO, cita a las personas que tengan derecho a concurrir a la Liquidación y Adjudicación de la Sucesión, del causante DARlO ALBERTO TORRENTE NAVARRO, quien en vida se identificaba en vida con la cédula de ciudadanía número 7.428.147, fallecido el 10 de junio de 2.018; Cuyos trámites se iniciaron en ésta Notaría con la solicitud y la documentación presentada por el abogado en ejercicio FERNANDO TORRENTE NAVARRO, mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía número 9.073.564, expedida en Cartagena, con Tarjeta Profesional número 18.090 del C.S. de la J., en su condición de apoderado especial de la señora IVONNE ASTRID SCHULTZ DE TORRENTE, quien actúa en calidad de cónyuge supérstite y de IVONNE AMIRA TORRENTE SCHULTZ Y DARlO ALBERTO TORRENTE SCHULTZ, hijos y herederos del causante. El presente Edicto se Publicará en un periódico de circulación nacional y se difundirá por una vez en una emisora del esta localidad y se fijará por (10) diez días en sitio visible de la Notaria Primera de Soledad. Soledad, 05 de octubre de 2018 JUAN BERNARDO ALTAMAR SANTODOMINGO Notario Primero de Soledad

JUZGADO CUARTO CIVIL MUNICIPAL DE ORALIDAD.Soledad. Septiembre diecinueve (19) del dos mil dieciocho (2.018).DEMANDANTE: COOPERATIVA “COMSEL”
DEMANDADO: MERYS MILDRETH OSPINO SIERRA PROCESO: EJECUTIVO SINGULAR RADICADO No. 098-2018. INFORME SECRETARlAL.
Al despacho de la señora juez, el proceso relacionado informándole que la parte demandante solicita mediante memorial que el demandado referenciado sea emplazado por los requisitos del artículo 293 del C.G.P. - SÍRVASE PROVEER.STELLA PATRICIA GOENAGA CARO Secretaria JUZGADO CUARTO CIVIL MUNICIPAL DE ORALIDAD.Teniendo en cuenta que el artículo 293, del C.G.P. establece que “Cuando el demandante o el interesado en una notificación personal manifieste que ignora el lugar donde puede ser citado el demandado o quien deba ser notificado personalmente, se procederá al emplazamiento prevista en este Código” En Vista de lo expuesto el Juzgado . RESUELVE:Ordénese el emplazamiento del demandado MERYS MILDRETH OSPINO SIERRA, en un periódico de amplia circulación ( EL TIEMPO, LA LIBERTAD, LA REPUBLlCA O EL HERALDO) dicha publicación deber.i publicarse un día domingo del presente año, para que se notifique el auto de Mandamiento de Pago, fecha Marzo veinte (20) del dos mil dieciocho ( 18) de conformidad a los preceptos del artículo 293 del C.G.P.NOTIFIQUESE Y CUMPLASE LA JUEZ, SANDRA BEATRIZ VILLALBA SANCHEZ RAD. 193 - 2018 Señor Juez: A su Despacho la presente demanda de DIVORCIO instaurada, mediante apoderado judicial, por el señor FRANCISCO MANGONES CABRERA contra MARIA DEL CARMEN CAICEDO DUNAND, la cual fue oportunamente subsanada y se encuentre pendiente su admisión. Sírvase proveer. Barranquilla, 9 de Julio de 2018.
MARTA OCHOA ARENAS SECRETARIA JUZGADO TERCERO DE FAMILIA EN ORALIDAD DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA.NUEVE (09) DE JULIO DE DOS MIL DIECIOCHO (2018). Por venir subsanada oportunamente, y ser este Despacho competente para conocer del presente asunto el Juzgado, RESUELVE: 1.- Admítase la presente demanda de DIVORCIO instaurada, mediante apoderado judicial, por el señor FRANCISCO MANGONES CABRERA contra MARIA DEL CARMEN CAICEDO DUNAND. 2.- Notifíquese personalmente a la demandada y córrasele traslado de la demanda por el término de veinte (20) días de acuerdo con el Art. 369 del C.G.P. 3.- Imprímasele el trámite de un proceso Verbal. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE EL JUEZ GUSTAVO SAADE MARCOS

INFORME SECRETARlAL:
SEÑOR JUEZ: Paso a su despacho el presente proceso ejecutivo No 2017 00367-00, junto con el memorial presentado por la Doctora DIANA VANESSA GUTIERREZ, mediante el cuaI Solicita emplazamiento. Para lo de su cargo. Barranquilla mayo 8 del 2018 EL SECRETARIO JOSE RODELO CALDERON JUZGADO DIECIOCHO CIVIL MUNICIPAL ORAL, Barranquilla mayo ocho (8) del dos mil dieciocho (2018) Confome viene solicitado en escrito anterior, y por ser procedente emplácese a los demandados DSC INGENIEROS CIVILES S.A.S. y JORGE MIGUEL SALAZAR MENDOZA en la forma y para los fines dispuestos en el artículo 293 del Código General del Proceso. En consecuencia, el emplazamiento se surtirá mediante la relación de los nombres de los sujetos emplazados, indicando las partes del proceso. Demandante NOPIN COLOMBIA S.A.S. contra DSC INGENIEROS S.A.S. y JORGE MIGUEL SALAZAR MENDOZA, por medio de apoderado judicial Doctora DIANA VANNESA PEREZ GUTIERREZ Naturaleza del proceso ejecutivo de menor radicado bajo el No 2017- 00367-00, en el JUZGADO DIECIOCHO CIVIL MUNICIPAL ORAL de esta ciudad, en un listado que se publicara por una sola vez, en el periódico EL HERALDO, EL TIEMPO O L-lBERTAD, el día domingo. Se ordena la inclusión en la lista nacional de emplazados (Sistema de Gestión Documental Siglo XXI Web Tyba-) El emplazamiento se entenderá surtido transcurrido quince (15) días después de la publicación del listado, vencido el cual, si el emplazado no comparece se designará curador Ad _ litem, con quien se surtirá la notificación. NOTIFIQUESE y CUMPLASE EL JUEZ MIGUEL ANGEL TRESPALACIO ARTEAGA CODIGO 001 EDICTO LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO NOVENO CIVIL MUNICIPAL DE ORALIDAD DE BARRANQUILLA EMPLAZA A todas los herederos indeterminados del señor JOAQUlN PABLO CUETO PEREZ, para que concurran al proceso EJECUTIVO promovido por CENTRO MEDICO DEL CARIBE identificado con el NIT No 890,104,554-5 contra VILMA ROSA ARRlETA DE CUETO CC 20,332.454, JOAQUIN PABLO CUETO ARRJET A CC 72, J 82,186 Y HEREDEROS INDETERMINADOS del señor JOAQUIN PABLO CUETO PEREZ, que cursa bajo el radicado No, 2013-00523 en este despacho judicial ubicado la calle 40 No. 44-80 Piso 7 Edificio Centro Cívico de Barranquilla. Proceso con el que la parte actora pretende el pago de las cuotas de administración adeudadas por el señor JOAQUIN PABLO CUETO PEREZ al CENTRO MEDICO DEL CARIBE, junto con los respectivos intereses moratorios. Para los fines previstos en el art. 108 del C.G.P. se entrega copia del presente edicto a la parte interesada para su publicación en día domingo por una vez, en el diario EL HERALDO o LA LIBERTAD,BENILDA CRIALES RINCON SECRETARIA

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Juzgado Veintiuno Civil Municipal RADICADO: 2017-00618-00 TIPO DE PROCESO: EJECUTIVO DEMANDANTE: EDIFICIO MIRADOR DEL PARQUE DEMANDADO: INVERSIONES ANICEL K. DAVID Y CIA S. EN LIQUIDACION INFORME SECRETARIAL Señor Juez, a su despacho el proceso de la referencia, informándole que la parte actora allegó memorial en la cual solicita emplazamiento. Sirvase proveer. Barranquilla 03 de octubre de 2018 DEICY VIDES LOPEZ SECRETARIA JUZGADO VEINTIOCHO CIVIL MUNICIPAL. Barranquilla, tres (03) de octubre de Dos Mil Dieciocho (2018) Al revisar el presente proceso se advierte que el apoderado de la parte demandante presentó escrito de fecha 21 de junio de 2018, en el que solicita el emplazamiento de la demandada INVERSIONES ANTICEL K. DAVID Y CIA EN C. EN LIQUIDACION. Este Despacho ordenará el emplazamiento solicitado en atención a que la petición reúne los requisitos dispuestos en los artículos 108 y 293 del Código General del Proceso, y se acredito que se remitió a la sociedad demandada las citaciones a las direcciones que fue informadas al proceso, las cual fue devuelta por la empresa de mensajería REDEZ, informando que la entidad no funciona en esta dirección, y la demandante manifiesta desconocer otro lugar donde puedan ser notificados. Por lo anterior se RESUELVE 1. Emplazar a la demandada INVERSIONES ANTICEL K. DAVID Y CIA S. EN C. EN LIQUIDACIÓN con NIT. No. 890.113.433, para que comparezcan por si o por medio de apoderado judicial a recibir notificación del auto de mandamiento de pago librado en su contra, de fecha 26 de septiembre de 2017, dentro del proceso ejecutivo interpuesto por EDIFICIO MIRADOR DEL PARQUE, el cual cursa en este  Juzgado. 2. Hágase la publicación del caso en un diario de amplia circulación nacional como el Heraldo, La Libertad o el Tiempo en su edición del día domingo y alléguese al expediente junto con la constancia de permanencia den emplazamiento en la página web del respectivo medio de comunicaciones. Una vez realizada las publicaciones ordenadas se procederá a realizar la inclusión en Registro Nacional de Personas Emplazadas. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JORGE LUIS MARTINEZ ACOSTA JUEZ

EDICTO LA SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO SÉPTIMO DE FAMILIA DE BARRANQUILLA HACE SABER: Que dentro del proceso de DECLARACIÓN DE MUERTE PRESUNTIVA, promovido por la señora LINDA PATRICIA LLlNAS NOVOA, mediante apoderado judicial, se ha proferido SENTENCIA, cuyo encabezamiento y parte resolutiva es la siguiente: JUZGADO SÉPTIMO DE FAMILIA EN ORALIDAD, Barranquilla, veintiuno (21) de septiembre de dos mil dieciocho (2018). RESUELVE: 1.Declárese la muerte presunta por desaparecimiento del señor RUBEL ANÍBAL LLINAS RAMOS, por las razones expuestas. 2.Fíjese como día presuntivo de la muerte del desaparecido RUBEL ANÍBAL LLINAS RAMOS el día once (11) de octubre de mil novecientos ochenta y seis (1986). 3.Notifíquese personalmente la presente decisión al Procurador 5° Judicial II de Familia. 4.Ofíciese al Funcionario de Registro Civil, a fin de que extienda el folio de defunción e inscriba la presente decisión en el registro civil de nacimiento del señor RUBEL ANÍBAL LLINAS RAMOS. 5.Ordénese la expedición de copias auténticas de la presente decisión, cuando sea 
solicitado por la parte actora o su apoderado judicial, y a sus costas. 6.Ordénese la publicación del encabezamiento y parte resolutiva de la sentencia, una vez ejecutoriada, en el periódico El Tiempo y La Libertad, y en una radiodifusora local. 7.Fíjese por concepto de honorarios profesionales del curador ad litem la suma de SETECIENTOS OCHENTA Y UN MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS PESOS M/L 
($781.242.00), monto que deberá ser cancelado en los términos expresados. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. Fdo. MARIA ANTONIA ACOSTA BORRERO. El presente AVISO se fija en un lugar visible de la Secretaría del juzgado el día dos (02) de octubre de dos mil dieciocho (2018) y se le entrega copia del mismo al interesado para su publicación, el día domingo, en el periódico EL TIEMPO Y/O LA LIBERTAD. EL SECRETARIO, EVER JIMÉNEZ SAMPAYO PROCESO: EJECUTIVO SINGULAR RADICADO: 00096- 2018 DEMANDANTE: COOPERATIVA COMSEL DEMANDADO: YENIS CAMPO RAMIREZ y OTRO FECHA SEPTIEMBRE 12 DE 2018 INFORME SECRETARIAL:
Al despacho de la señora Juez el presente proceso, en donde se le informa que el apoderado judicial parte demandante, solicita mediante memorial que el demandado sea emplazado por los requisitos del Art. 293 del C.G.P. Sírvase proveer. JUZGADO CUARTO CIVIL MUNICIPAL DE ORALIDAD.- Soledad, septiembre doce (1.2) de dos mil dieciocho (2018).Visto el informe secretarial y teniendo en cuenta que lo solicitado presentada por la parte ejecutante resulta procedente a voces de lo dispuesto en el Numeral 4 del Artículo 291 del CGP y que el demandante afirma que desconoce o ignora el lugar donde puede ser notificado el demandado, se procederá a ordenar el emplazamiento a GUILLERMO ACOSTA JIMENEZ conforme lo dispuesto en el Artículo 293 Ibidem. En mérito de lo expuesto, el Juzgado. RESUELVE: EMPLAZAR al demandado GUILLERMO ACOSTA JIMENEZ en un periódico de amplia circulación (La LIBERTAD, El TIEMPO, la REPÚBLICA o EL HERALDO), dicha publicación deberá publicarse un día domingo del presente año, para que se notifique del auto Mandamiento de pago, fecha marzo veinte (20) de dos mil dieciocho (2018) de conformidad a los preceptos del Art. 293 del C.G.P. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE La Juez, SANDRA BEATRIZ VILLALBA SÁNCHEZ


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