Avisos Judiciales 25 11 13

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Cusco, lunes 25 de noviembre de 2013 Usuarios

03VZ.13.19.25.XI.13 B/. 25116

EDICTO JUDICIAL

EDICTO JUDICIAL

PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO En el expediente 01998-2013-0-1001-JR-CI-02 seguido por BETTY FLORES VELASQUEZ y RAUL FLORES VELASQUEZ, por derecho propio, y en representación de sus hermanos JAVIER ANTONIO FLORES VELASQUEZ y ELSA FLORES VELASQUEZ contra la SUCESION DE LOS QUE EN VIDA FUERON BONIFACIO VELASQUEZ QUISPE y ALEJANDRINA REYES DE VELASQUEZ, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO a efecto de que se les declare propietarios del lote N° 58 del Fundo Yuracpunco o Ucchullo, ubicado en el Barrio de la Recoleta-Parroquia de San BIas del distrito, provincia y departamento de Cusco; tramitado ante el Segundo Juzgado Civil del Cusco que Despacha el Señor Magistrado Eliot Alcibíades Zamalloa Cornejo, bajo la actuación del Especialista Legal Ronald Elorrieta Salazar, se ha dispuesto notificar a la SUCESION DE LOS QUE EN VIDA FUERON BONIFACIO VELASQUEZ QUISPE y ALEJANDRINA REYES DE VELASQUEZ, para que se apersonen en el proceso y asuman la defensa y los intereses que les asiste. Ronald Elorrieta Salazar.-Especialista legal. Cusco, 05 de noviembre del 2013 3VECES. 13,19 Y 25 B/V. 30607

Ante el Primer Juzgado Mixto de Sicuani, a cargo de la señorita Juez titular doctora Liliam Selene Monasterio Alarcón y, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Sofía Ríos Quiroz, se viene tramitando el Proceso Abreviado N° 00161-2011-0-1007-JM-CI-01, la solicitud presentada por Maria Mercado Aragón de Villanueva, sobre Deslinde, se ha dispuesto la publicación de Edictos, siendo el contenido de la resolución NÚMERO DIECINUEVE y VEINTICUATRO de fecha diez de enero y cuatro de noviembre del año dos mil ,trece, en forma sumillada el siguiente SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE LA DEMANDA interpuesta por MARIA MERCADO ARAGON DE VILLANUEVA contra MARIA CURO CHOQUE VDA. DE ZEVALLOS y en contra de la SUCESION INTESTADA del que en vida fue don ALIPIO ZEVALLOS MAMANI, representado por sus Herederos Legales: MARIA CHOQUE VDA. DE ZEVALLOS, NOE ALIPIO ZEVALLOS CURO, NELLY NANCY ZEVALLOS CURO sobre DESLINDE total con Rectificación y determinación de área Amojonamiento y Colocación de Hitos de Colindancia con Acumulación objetiva y subjetiva de pretensiones de carácter originarias. En la VIA PROCEDIMENTAL del PROCESO ABREVIADO. Conforme a lo establecido en el Artículo cuatrocientos noventa y uno inciso cinco del Código Procesal Civil CONCÉDASE TRASLADO a los demandados para que conteste la demanda dentro del PLAZO DE DIEZ DÍAS bajo apercibimiento de ser declarados rebeldes. Por ofrecidos los medios probatorios señalados reservándose su actuación para su oportunidad procesal. Agréguese a sus antecedentes los anexos adjuntos. OTROSI DIGO y MAS DIGO: Notifíquese a los demandados en los domicilios reales que indica la demandante por la Oficina de la Central de Notificaciones de esta Sede Judicial. PRIMER MAS DIGO: Téngase por delegada la representación a favor del Abogado Iván Villanueva Mercado, con las facultades contenidas en el artículo 74º del Código Procesal Civil. OTROSI DIGO: Notifíquese mediante edictos el extracto del auto admisorio de la demanda a la sucesión del que en vida fue Alipio Zevallos Mamani, en el diario Oficial el peruano y el de mayor circulación de la ciudad por tres veces, con intervalo de tres días, bajo apercibimiento de designarse Curador Procesal, así como para conocimiento de los interesados conforme establece el articulo 506º de CPC.Sicuani, 07 de noviembre del 2013 03VZ.13.19.25.XI.13 B/. 25118

EDICTO JUDICIAL NULIDAD DE ACTO JURIDICO En el expediente 00664-2010-0-1001-JR-CI-02 seguido por GERONIMO QUISPE ATAPAUCAR contra MAX AURELIO GUILLEN SALAS sobre NULIDAD DE ACTO JURIDICO, tramitado ante el Segundo Juzgado Civil del Cusca que Despacha el Señor Magistrado Eliot Alcibíades Zamalloa Cornejo, bajo la actuación del Especialista Legal Ronald Elorrieta Salazar se ha dispuesto notificar a LA SUCESION DE QUIEN EN VIDA FUE VICTOR GUILLEN RICALDE y FRANCISCA ROJAS OJEDA DE GUILLEN para que se apersonen en el proceso y asuman la defensa y los intereses que les asiste. Lo que se cumple con notificar. Ronald Elorrieta Salazar.-Especialista legal. Cusca, 05 de noviembre del 2013 3v-13-19-25-xi-13 b/v 30615

AVISO DE RECTIFICACION DE AREA Y LINDEROS CONFORME AL ART. 21 DE LA LEY 27157, ARTS. 36, 38 Y 40 DE SU REGLAMENTO, ART. 5, INC. C, DE LA LEY N° 27333 Y ART. 506 DEL CPC, COMUNICO QUE DOÑA ANA ALVIZURI MENDOZA, SOLICITA AL DESPACHO NOTARIAL A MI CARGO EL TRAMITE DE RECTIFICACION DE PERIMETRO Y LINDEROS DEL LOTE A-8 DEL PREDIO DENOMINADO MUYUPATA (RESIDENCIAL NIÑO DE PRAGA), DISTRITO SAN SEBASTIAN, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO CUSCO, INMUEBLE QUE TIENE UN AREA INSCRITA DE 201.60 M2, EL INMUEBLE ACTUALMENTE CUENTA CON: AREA: 177.09 M2.- PERIMETRO: 56.04 ML, CUYOS LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS SON LOS SIGUIENTES: POR EL FRENTE: COLINDA CON EL PASAJE SIN EN LINEA RECTA CON 12.39 ML.- POR EL LADO DERECHO: COLINDA CON EL LOTE A-9 DE DON JOSE GALLEGOS GARCIA, EN LINEA RECTA CON 18.17 ML.- POR EL LADO IZQUIERDO: COLINDA CON LA CALLE PROLONGACION BOLIVAR, EN LÍNEA RECTA CON 17.95 ML.- POR EL FONDO: COLINDA CON LA PROPIEDAD DE DOÑA JESUS SONIA QUISPE RAMOS, EN LÍNEA QUEBRADA DE DOS TRAMOS DE 1.49 ML + 6.04 ML, HACIENDO UN TOTAL DE 7.53 ML; HABIÉNDO SIDO ADMITIDA A TRAMITE LA SOLICITUD Y ESTAR ARREGLADA A DERECHO; CUMPLO CON REALIZAR LAS PUBLICACIONES DE LEY CON LA FINALIDAD DE QUE SE APERSONEN QUIENES LO CONSIDEREN NECESARIO. SE PUBLICA LA PRESENTE PARA LOS FINES DE LEY.

PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA. De conformidad con la Ley N° 27333, concordante con el Art. 504º Y siguientes del C.P.C ante mí, G. Abad Olaguibel Olivera, Abogado, Notario de la Provincia de Urubamba, con oficina en el Jr. Palacio N° 515, del distrito y provincia de Urubamba, departamento del Cusco, se presentaron JORGE ANGEL VENERO NORIEGA y MIRIAN MARITSA BEJAR UGARTE, solicitando Prescripción Adquisitiva de Dominio del predio urbano ubicado en la Urbanización La Cantuta N° 5, del distrito y provincia de Urubamba, departamento de Cusco, el mismo que cuenta con un área de 948.00 m2. (NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS); Y sus linderos y medidas perimétricas son las siguientes: por el Frente, colinda con el Jr. Jacaranda, en línea recta con 20.00 m.; por la Derecha entrando, colinda con la propiedad de Fernando Zelada Cazorla, en línea recta, con 47.00 m.; por la Izquierda entrando; colinda con propiedad de Santiago Mora Ramos, en línea recta, con 48.00 m.; y por el Fondo, colinda con la propiedad de Juvenal Lechuga Olivera y Marta Lechuga Olivera de Tapia, en línea recta, con 20.00 m. Haciendo un perímetro total de 135.00 m.. Lo que se comunica para los fines de ley Urubamba, 15 de Noviembre de 2,013. 03VZ.19.25.29.XI.13 B/. 25148


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