Cusco, viernes 25 de julio de 2014 Usuarios
AVISO PRIMER REMATE PÚBLICO En el proceso civil N° 01102-2012-21-1001-JP-CI-03. Seguido por CAJA DE AHORRO Y CREDITO CREDINKA S.A., contra PAULINO MONTALVO FUENTES, sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO. La Señora Juez del Tercer Juzgado de Paz Letrado de Cusco, Dra. JUDIT TACURI CHAVEZ, con la actuación de la Especialista Legal Dra. MATILDE HALANOCA PUMA, ha dispuesto convocar a PRIMER REMATE PÚBLICO del siguiente bien inmueble: DESCRIPCION y CARACTERISTICAS DEL BIEN A REMATAR: De acuerdo al Informe Pericial aprobado en todos sus extremos en fecha 22/05/2014; se indica, que es un Inmueble Urbano, de propiedad del Sr. Paulino Montalvo Fuentes y Sra. Dominga Palomino De Montalvo, como obra en la P.E. N° 02040636, ASIENTO 04, de la Oficina Registral N° X - Sede Cusco, donde se indica que son Propietarios de Derechos y Acciones del 36.5% equivalente a 50.00 m2, del Inmueble Urbano sito en la Manzana “D”, lote n” 09, de la zona del Pueblo Joven Picchu, Sector Sipaspugio, Distrito, Provincia y Departamento del Cusco. Con los siguientes linderos; POR EL FRENTE, con el pasaje peatonal Uriel García, en línea recta de 13.70 ml.; POR LA DERECHA ENTRANDO, con la Av. Ciro Alegría, con una línea recta de10.00 mI.; POR EL IZQUIERDA ENTRANDO, con el lote D-10, con una línea recta de 9.80 mI.; POR EL FONDO, con el lote D-8, con una línea recta de 14.00 mI. Teniendo un perímetro de 47.50 ml., y un área de 137.00 m2, donde 36.50% es propiedad del Sr. Paulino Montalvo Fuentes y Sra. Dominga Palomino De Montalvo, con un equivalente a 50.00 m2. AFECTACIONES DEL INMUEBLE: Titulo a nombre del Sr. Paulino Montalvo Fuentes y Sra. Dominga Palomino De Montalvo, como obra en la P.E. N° 02040636, ASIENTO 04, de la Oficina Registral N° X - Sede Cusco, donde se indica que es Propietario en Derechos y Acciones del 36.50% equivalente a 50 m2, del Inmueble Urbano sito en la Manzana “D”, lote n” 09, de la zona del Pueblo Joven Picchu, Sector Sipaspugio, Distrito, Provincia y Departamento del Cusco; donde se encuentra vigente detallado en el ASIENTO 06: EMBARGO, El titular del 3° Juzgado de Paz Letrado de Cusco, Dra. JUDIT TACURI CHAVEZ, con la actuación de la Especialista Legal Dra. MATILDE HALANOCA PUMA, en el expediente 01102-2012-21- 1001-JP-CI-03, ha ordenado trabar embargo en forma de inscripción sobre los derechos y acciones del inmueble materia de la partida N° 02040636, asiento 04, hasta por la suma de S/. 23,153.36 (VEINTITRES MIL CIENTO CINCUENTA Y TRES CON 36/100 NUEVOS SOLES), como consta en los partes remitidos en fecha 15/06/2012. VALOR DE LA TASACION: La Propiedad ha sido valuada en la suma de USA$ 28,283.12 (VEINTIOCHO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES CON 12/100 DOLARES AMERICANOS), como se detallada en el Informe Pericial aprobado en todos sus extremos en fecha 22/05/2014. PRECIO BASE DEL REMATE: El precio base de la postura para el Primer Remate Público son las dos terceras partes del valor de tasación, siendo el monto de USA$ 18,855.41 (DIECIOCHO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO 41/100 DOLARES AMERICANOS). LUGAR, DIA Y HORA DEL REMATE: La Diligencia se llevará a cabo en el local del Tercer Juzgado de Paz Letrado del Cusco, sito en Urb, La Florida C-14 Pje. Kantus, distrito de Wanchaq, el día MARTES 12 DE AGOSTO DEL 2014, a las ONCE HORAS DEL DIA. NOMBRE DEL FUNCIONARIO QUE EFECTUARA EL REMATE: El remate público será efectuado por el Martillero Público Ingeniero Carlos Hugo Alatrista Saloma. Cel. 984909086. DE LOS POSTORES: Sólo se admitirá como pos-
tor a quien antes del Remate presente en efectivo o deposito a nombre del juzgado en cheque de gerencia del Banco de la Nación; una cantidad no menor de 10% (diez por ciento) del valor de la tasación del bien, según sea su interés. No está obligado a este depósito el ejecutante o el tercero legitimado. Asimismo se deberá adjuntar el arancel judicial original por derecho de participación en remate público. Los Honorarios del Martillero Publico más los impuestos de ley serán cancelados por cuenta del Adjudicatario. Ing. Carlos Hugo Alatrista Saloma CUSCO, 09 DE JULIO DEL 2014. MARTILLERO PÚBLICO REGISTRÓ SUNARP NRO. 300 6V-22-23-24-25-30-31 B/V 33469
EDICTO JUDICIAL NOTIFICACIÓN A LOS HEREDEROS LEGALES DE TOMAS ROJO QUISPE: Ante el Tercer Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, despachado por el Juez John Alek Alfaro Tupayachi, se tramita el Proceso Civil Nro. 01323-2013-0-1 001-JR-CI-3 seguido por Abellina Alencastre Llabe, contra Tomas Rojo Quispe y otra, sobre Otorgamiento de escritura pública, DEMANDA: Cumplimiento de Obligación de Hacer, consistente en el otorgamiento de Escritura pública de compra venta de inmueble, ubicado en la Mz. “A” lote 6, ahora pje. San Luis Nº 110 de la Urb. Los Sauces de la Pradera del distrito de San Sebastián-Cusco, para que mediante sentencia judicial se ordene el otorgamiento de la correspondiente Escritura Pública.” y se ha dictado la Resolución Nro. 13 de fecha 15 de octubre de 2013 en el que se dispone “”.SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE la demanda interpuesta por ABELINA ALENCASTRE LLABE, demanda Cumplimiento de Obligación de hacer - Otorgamiento de escritura pública de compraventa, contra SUCESIÓN DE JUANA KCANCHI PUMA, debiendo de tramitarse bajo los mecanismos del proceso ABREVIADO, en consecuencia y teniéndose en cuenta que se demanda a persona incierta, notifíquese a través de edictos, los que serán publicados en el diario oficial el Peruano y el diario de este distrito judicial por el término de tres días con intervalo de tres días, para que los sucesores se apersonen al proceso dentro de TREINTA DíAS de notificados, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal. Téngase por ofrecidos los medios probatorios que indica, los cuales serán admitidos y actuados en la oportunidad procesal correspondiente ... “ H. S.” Res. 14 de 21-10-2013, que dispone: “INTEGRAR la resolución trece, del quince de octubre del dos mil trece, que admite a trámite la demanda de Otorgamiento de escritura pública, considerando además como demandado a TOMAS ROJO QUISPE; debiendo quedar inalterable en lo demás que contiene....” Y Res 21 de 11-07-2014 que dispone: “intégrese en calidad de SUCESORES PROCESALES DE TOMAS ROJO QUISPE a sus HEREDEROS LEGALES, debiendo notificárseles a través de edictos para que dentro de treinta días de notificados se apersonen al proceso, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal, debiendo efectuarse la publicación de edictos que contendrán un estracto de la demanda, el auto admisorio y la presente, los que se publicarán en el diario oficial el Peruano y el diario del Cusco, debiendo suspenderse el trámite del proceso hasta que sean notificados válidamente. -, Fdo Juez Alfaro Tupayachi. Cusco, 22 de julio de 2014. 3v-24-25-30-vii b/v 33505