Cusco, viernes 24 de enero de 2014 Usuarios ACUERDO DE REDUCCION DE CAPITAL DE LA SOCIEDAD AGENCIA DE VIAJES SANTA MONICA S.R.L. DE CONFORMIDAD A LO DISPUESTO POR EL TERCER PÁRRAFO DEL ART. 217 DE LA LEY Nº 26887 - LEY GENERAL DE SOCIEDADES, SE COMUNICA QUE EN JUNTA GENERAL DE FECHA 20/01/2014 LA SOCIEDAD CON LA PRESENCIA DE LOS SOCIOS QUE REPRESENTA EL 100% DE PARTICIPACIONES HA ACORDADO REDUCIR EL CAPITAL SOCIAL Y OTROS DE LA SOCIEDAD BAJO LA MODALIDAD DE ENTREGA AL SOCIO JULIO PANIURA SORIA DEL VALOR NOMINAL AMORTIZADO DEL TOTAL SUS PARTICIPACIONES; INSCRITA EN LA P.E. N° 11028335 DEL REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS DE LA ZONA REGISTRAL Nº X – SEDE CUSCO, OFICINA REGISTRAL DE CUSCO. LA PRESENTE COMUNICACION SE HACE A EFECTOS DE DAR CONOCIMIENTO A LOS ACREEDORES E INTERESADOS, PARA GARANTIZAR SUS DERECHOS Y LOS EFECTOS JURIDICOS DE LA SOCIEDAD REGULADOS EN EL ART. 219 DE LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES. CUSCO, 23 DE ENERO DEL 2014. LA GERENCIA B/V. 31527 1VEZ: 24-I-14
HORA DEL REMATE: La Diligencia se llevara a cabo en el local del Segundo Juzgado Mixto Sede Sicuani, del Distrito de Sicuani, Provincia de Canchis, del Departamento del Cusco, el día VIERNES 31 DE ENERO DEL 2014, a las DOCE HORAS DEL DIA. NOMBRE DEL FUNCIONARIO QUE EFECTUARA EL REMATE: El remate público será efectuado por el Martillero Publico Ingeniero Carlos Hugo Alatrista Saloma Cel. 984909086. PORCENTAJE QUE DEBE DEPOSITARSE PARA PARTICIPAR EN EL REMATE: Solo se admitirá como postor a quienes antes del Remate presente en efectivo o deposito a nombre del juzgado en cheque de gerencia del Banco de la Nación; una cantidad no menor de 10% (diez por ciento) del valor de la tasación del bien, según sea su interés. No esta obligado a este depósito el ejecutante o el Tercero legitimado. Asimismo se deberá adjuntar el arancel judicial original por derecho de participación en remate público. Sicuani, 08 de enero del 2014.- Ing. Carlos Hugo Alatrista Saloma- Martillero Público Registro Sunarp Nro. 300.- PAUL CESAR IDME UMPIRI SECRETARIO JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO MIXTO de Canchis Sicuani.6V 20-21-22-23-24-27 ENE
EDICTO JUDICIAL AVISO PRIMER REMATE PUBLICO
.- En el Proceso Civil N° 00213-2012-0-1007-JM-CI-02. Seguido por la ASOCIACION ARARIWA REPRESENTADO POR SU APODERADO JOSE ANTONIO VALENCIA MENDOZA, contra BIBIANA MAMANI CUSI y OTRO, sobre EJECUCION DE GARANTIA REAL. La Señora Juez del Segundo Juzgado Mixto- Sede Sicuani, Dra. Karina Verónica Echegaray Vidal, bajo la actuación del Especialista Legal Dr. Paul César Idme Umpire, ha dispuesto convocar a PRIMER REMATE PUBLICO del siguiente bien inmueble.- DESCRIPCION Y CARACTERISTICAS DEL BIEN A REMATAR: De acuerdo a la Valorización de agosto del 2012, se indica, que es un Predio Urbano de propiedad del Sr. Alfredo Sasari Ccama y Sra. Bibiana Mamani Cusi, Ubicado en la A.P.V. 04 DE NOVIEMBRE MZ “A” LOTE 04, DEL DISTRITO DE SICUANI PROVINCIA DE CANCHIS, DEPARTAMENTO DEL CUSCO; Inscrito en la Zona Registral N° X. Sede Sicuani de la Oficina Registral Sicuani con la Partida N° 11017074; teniendo un Área de 160.00 M2, y un perímetro de 52.00M; consta de una construcción de adobe. Con los siguientes linderos: ENTRANDO POR LA FRENTERA, colinda con el Jr. 04 de Noviembre con una longitud de 8.00 ml, en línea recta, ENTRANDO POR LA DERECHA, colinda con la Propiedad de la Sra. Emiliana Sasari Quispe con una longitud de 20.00 ml en línea recta. ENTRANDO POR LA IZQUIERDA, colinda con la propiedad del Sr. Felipe Cabrera con una longitud de 20.00 ml en línea recta, ENTRANDO HACIA EL FONDO, colinda con la Propiedad del Sr. Pedro Champi con una longitud de 8.00 ml. en línea recta. AFECTACIONES DEL INMUEBLE: Titulo a nombre del Sr. Alfredo Sasari Ccama y Sra. Bibiana Mamani Cusi con la Partida N° 11017074, de la Zona Registral N° X - Sede Sicuani, Oficina Registral Sicuani; donde se encuentra vigente detallada en el ASIENTO 002: HIPOTECA a favor de la ASOCIACION ARARIWA, hasta por la suma de S/. 80,000.00 (OCHENTA MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES), en garantía de las obligaciones señaladas en la Escritura Pública materia de la presente inscripción como consta en la Escritura Publica de fecha 23.06.2010.- VALOR DE LA TASACION: El inmueble ha sido tasado en la suma de S/. 114,286.94.(CIENTO CATORCE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON 94/100 NUEVOS SOLES), como se detallada en la Valorización de Agosto del 2012.- PRECIO BASE DEL REMATE: El precio base de la postura para el Primer Remate Publico son las dos terceras partes del valor de tasación, siendo el monto de S/. 76,191.29 (SETENTA Y SETS. MIL CIENTO OCHENTA Y UNO CON 29/100 NUEVOS SOLES). LUGAR, DIA Y
Ante el Primer Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, despachado por la señora jueza Sandra Contreras Campana, se tramita el Proceso Civil Nro. 2013- 3140-0-1001-JR-CI-1, SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por HILDA ANTONIETA VIZCARRA DE CARDEÑOSO por derecho propio y en representación de Mario Baltazar Vizcarra Casas, Mateo Edilberto Vizcarra Valdivia, Pedro Raúl Vizcarra Valdivia, Bertha Alcira Vizcarra Valdivia, Nelly Marina Vizcarra Valdivia, Norma Doris Vizcarra Valdivia, Juan Fredy Vizcarra Medina, María Elena Vizcarra Medina, William Fernando Vizcarra Medina y de la interdicta Rene Amparo Vizcarra Valdivia , contra la ASOCIACION PRO VIVIENDA -VILLA LAS PALMERAS antes A.P.V KENYI FUJIMORI, representada por LUIS CACIANO SURCO, EDWIN VIZCARRA CCAPATINTA Y PEDRO AGUIRRE URBIOLA, sobre DELIMITACION DE AREAS y LINDEROS, (terrenos de la asociación Villa Las Palmeras antes -Kenyi Fujimori ), debiendo sustanciarse la misma en la vía del PROCESO DE ABREVIADO, CÓRRASE traslado a la parte demandada, por el plazo de DIEZ DÍAS. Conforme lo dispuesto por el artículo 506º del Código Procesal Civil efectúese las notificaciones por edicto judicial. H.S.- Firmado por la Señora Jueza Doctora Sandra Contreras Campana.- Especialista Legal Leidy soto castillo. Cusco, 20 de enero del 2014. 03VZ.22.23.24.I.14 B/. 25557
PROCESO CONTENCIOSO EXP. No. 2013-097, Señores SUCESORES DEL QUE EN VIDA FUE REMIGIO AL VIS OVALLE, hago saber a Uds., que en los seguidos por LUISA LEANDRA CÁRDENAS ALTAMIRANO, sobre DECLARACIÓN JUDICIAL DE CONVIVENCIA O DE UNION DE HECHO, ante el Juzgado. Mixto y Unipersonal del Distrito de Echarate, se ha resuelto lo siguiente: Echarate, nueve de diciembre del año dos mil trece.- Visto....SE RESUELVE: ADMITIR a trámite, en la VÍA DEL PROCESO UNICO, la demanda interpuesta por LUISA LEANDRA CÁRDENAS ALTAMIRANO, contra la SUCESIÓN DEL QUE EN VIDA FUE REMIGIO ALVIS OVALLE, sobre DECLARACIÓN JUDICIAL DE CONVIVENCIA O DE UN ION DE HECHO; en tal virtud de conformidad a lo dispuesto por el Articulo 165°, concordante con el Artículo 168° del Código Procesal Civil, publíquese el extracto de la solicitud, en el diario oficial El Peruano, además en el diario judicial del Cusco, por tres días consecutivos, sin perjuicio... H. S.- Firma Sr. Juez Dr. C. Huañac.- Secretario F. Puma