Cusco, miércoles 20 de agosto de 2014 Usuarios NOTIFICAC ION POR EDICTOS En el proceso Nro. 169-2013 tramitada por ante el juzgado Paz Letrado del Distrito de San Sebastián, despachado por la Juez Dra. MARIANELLA CARDENAS, bajo la actuación de la secretaria Dra. Antonina Ponce de León se ha dispuesto notificar a Vicente León Pomalica en el diario Oficial el peruano y mayor circulación con la Res. Nro. Trece de dieciséis de mayo 2014 auto de corrección por haberse admitido sobre Ejecución de Acta de Conciliación debe ser correctamente SOBRE EJECUCION DE TRANSACCION EXTRAJUDICIAL seguido por RUFINA CURASI QUISPE Contra VICENTE LEON POMALICA por el plazo establecido por ley bajo apercibimiento. De nombrarse Curador Procesal -H. S.3v-18-19-20-viii-14 b/v 33851 EDICTO Causa 01629-2013, seguido por JHON ALEXANDER PANTIGOSO SICOS, contra MERY ROSALVA IBARRA RONDON, sobre NULIDAD DE PARTIDA DE NACIMIENTO; se ha dictado “Resolución 01.- Cusco, tres de Junio del año dos mil trece.--- VISTA; ( ... ) SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la VIA DE CONOCIMIENTO la demanda interpuesta por JHON ALEXANDER PANTIGOSO SICOS, contra MERY ROSALVA IBARRA RONDON, sobre NULIDAD DE PARTIDA DE NACIMIENTO; con citación del representante del Ministerio Público; en tal virtud, córrase traslado a la demandada por el plazo de TREINTA DIAS para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de DECLARARSELE REBELDE de conformidad con el artículo 458 del Código Procesal Civil; o de designarse CURADOR PROCESAL.- ( ... ) H.S.” Firma sello Sandra Contreras Campana-Juez.- Boris Santos de la Gala -Especialista Legal.Cusco, 15 Agosto 2014. 3v-18-19-20-viii b/v 33867 NOTIFICACIÓN POR EDICTOS Ante el Decimo Quinto Juzgado de Familia de Lima, que despacha el Señor Juez Dr. Walter Brugos Fernández, Especialista Legal Dra. Liliana Bertha Castillo Regalado, Exp. Nº 8646-2011, Doña Edith Consuelo Shahuana lzquierdo, demanda Declaración de Unión de Hecho, en contra de Gustavo Herrera Guevara. Por resolución número uno, de fecha veinticinco de julio del dos mil once, se admite a trámite la demanda, vía proceso de conocimiento. Posteriormente mediante acta de audiencia complementaria, celebrada con fecha veintiséis de junio del dos mil catorce, se dispone se notifique por edictos a CARLOS ALFONSO HERRERA SHAHUANA, con la finalidad que se apersone al proceso y absuelva la demanda dentro del término de ley, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, en caso de incumplimiento, habiéndose señalado fecha de continuación de audiencia, el día VEINTIDOS DE SETIEMBRE DEL DOS MIL CATORCE, a horas once y treinta de la mañana, a llevarse a cabo en el Local del Juzgado; Notificándose por tres días consecutivos en el Diario Oficial El Peruano y otro de mayor circulación. Lima, 07 de julio del 2014. 03VZ.18.19.20.VIII.14 B/. 26929 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Quispicanchi, que despacha la señora Juez Ofelia Paredes Salas, bajo la actuación del especialista legal doctora Celia Jancco Carazas, se tramita el proceso Civil No. 103-2014-CI, en la que se dispuso la notificación del extracto de la resolución uno de fecha (15-07-2014), mediante edictos a publicarse en el diario oficial el Peruano y el diario del Cusco, cuya parte resolutiva es el siguiente: SE RESUELVE: ADMÍTASE la demanda interpuesta por Juan Garcia Cordova apoderado de la Sucesión de CRISOSTOMO GARCIA SANTA CRUZ sobre exclusión de socio, contra los herederos legales del que en vida fue PLACIDO GARCIA SANTA CRUZ; demanda que deberá ser tramitada en la Vía del PROCESO ABREVIADO; dispóngase la notificación mediante edictos bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal.- En consecuencia PUBLÍQUESE el extracto del auto admisorio para la notificación mediante edictos a la parte demandada por el termino de ley, debiendo publicarse en el Diario Oficial “El Peruano” y en el diario de mayor circulación de la ciudad de Cusco, conforme a Ley, para lo cual la parte actora deberá concurrir a Secretaria del Juzgado a recabar los edictos para su publicación.-- DE OFICIO: Sin perjuicio de lo antes mencionado notifíquese a Marleni García Valencia, Cristina García Valencia, Aide García Valencia y Gloria García Valencia, en el domicilio que se indica en la demanda. A los medios probatorios: Téngase por ofrecidos los medios probatorios
presentados en la demanda para ser admitidos en su oportunidad.- A los Anexos: A sus antecedentes los anexos presentados. H.S. Urcos. 12 de agosto del 2014. 03VZ.18.19.20.VIII.14 B/. 26927 NOTIFICACIÓN POR EDICTOS Ante el Décimo Quinto Juzgado de Familia de Lima, que despacha el Señor Juez Dr. Walter Burgos Fernández, Especialista Legal Dra. Liliana Bertha Castillo Regalado, Exp. N° 8646-2011, Doña. Edith Consuelo Shahuana Izquierdo, demanda Declaración de Unión de Hecho, en contra de Gustavo Herrera Guevara. Por resolución número uno, de fecha veinticinco de julio del dos mil once, se admite a trámite la demanda, vía proceso de conocimiento. Posteriormente mediante acta de audiencia complementaria, celebrada con fecha veintiséis de junio del dos mil catorce, se dispone se notifique por edictos a CARLOS ALFONSO HERRERA SHAHUANA, con la finalidad que se apersone al proceso y absuelva la demanda dentro del término de ley, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, en caso de incumplimiento, habiéndose señalado fecha de continuación de audiencia, el día VEINTIDÓS DE SETIEMBRE DEL DOS MIL CATORCE, a horas once y treinta de la mañana, a llevarse a cabo en el Local del Juzgado; Notificándose por tres días consecutivos en el Diario Oficial El Peruano y otro de mayor circulación. Lima, 07 de julio del 2014. 03VZ.19.20.21.VIII.14 B/. 26936 EDICTO JUDICIAL Ante el Tercer Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, despachado por el señor Juez John Aleck Alfaro Tupayachi, se tramita el Proceso Civil Nro. 00795·2014·0·1001·JR·CI·03, en la que mediante Resolución Nro.03, de fecha 03/07/2014, en la que la recurrente demanda la Rectificación de Áreas y linderos, respecto del inmueble inscrito en el asiento Nº 11 de la partida registral Nº 02017500 del registro de Predios de la Zona Registral Nº X, partida registral que corresponde al predio registralmente denominado calle Ahuacpinta número 29, sector cachón nombrado Hahuaccollainiyoc-Cusco, por lo que SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE la demanda interpuesta por NANCY FORTUNATA CUBA GAMARRA por derecho propio y en representación de Augusto Cuba Gamarra, Gloria Elisa Cabezas Cárdenas de Cuba, Carlos Cuba Gamarra, Salustio Cuba Gamarra, Bedsy Cuba Chara, Efraín José Cuba Chara, Elizabeth Magnolia Cuba Chara, Patricia Cuba Chara y Tula Paulina Chara Mendoza, contra LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO, debidamente representado por su Alcalde Luis Arturo Flores García, SALUSTIO CUBA GAMARRA, SALVADOR QUISPITUPA APAZA, FIDEL QUISPITUPA APAZA, WILLY CONTO FLOREZ y JULIO RIMACHI CHIHUANTITO, debiendo de tramitarse bajo los mecanismos del proceso ABREVIADO, en consecuencia, córrase traslado a la parte demandada por el término de DIEZ DíAS, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía. Téngase por ofrecidos los medios probatorios que indica, los cuales serán admitidos y actuados en la oportunidad procesal correspondiente. AL MAS DIGO.· Téngase en cuenta y agréguese a sus antecedentes los anexos que adjunta. Y conforme a lo establecido por el artículo 506 del Código Procesal Civil, efectúese las publicaciones de un extracto de la presente por el término de tres días con intervalo de tres días, en el diario oficial El Peruano y el diario judicial de este distrito judicial. Debiendo así mismo notificarse a los colindantes del inmueble, siendo éstos: la Municipalidad Provincial de Cusco, Salustio Cuba Gamarra, Salvador Quispitupa Apaza, Fidel Quispitupa Apaza, Willy Conto Florez y Julio Rimachi Chihuantito. H.S.· Firmado por el Juez Alfaro Tupayachi.- Secretaria Judicial Córdova Cuellar. H.S.· Cusco, 31 de julio de 2014. 3V-8-14-20-VIII-14 B/V 33688 EDICTO NOTARIAL ANTE LA NOTARIA DEL DR. JORGE OSWALDO BUSTAMANTE ARAGON, UBICADO EN LA CALLE PAMPA DEL CASTILLO N°460 DE ESTA CIUDAD: LOS SEÑORES: FERNANDO DELGADO VILLAVICENCIO y DENICE VELVA GAMARRA CHOQUE, SOLICITAN AL AMPARO DE LO DISPUESTO POR LA LEY N°27157 Y SU REGLAMENTO, LA PRESCRICCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, DEL INMUEBLE UBICADO EN “EL SECTOR MAGISTERIAL 1° ETAPA, AVENIDA COLLASUYO LOTE A - 1”, DEL DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO, CON UN AREA DE 304.39 M2 Y UN PERIMETRO TOTAL DE 80.68 ML, CON HISTORIAL REGISTRAL EN LAS PARTIDA ELECTRÓNICA N° 02018379, TOMO 138, FOJA 383, EN LA ZONA REGISTRAL N° X SEDE CUSCO; CONVOCANDOSE A TODO AQUEL QUE TENGA DERCHOS SOBRE dicha propiedad , para hacer valer sus DERECHOS DE ACUERDO A LEY.