Cusco, miércoles 13 de noviembre de 2013 Usuarios EDICTO SEÑORES: SUCESORES DE QUIEN EN VIDA FUE PETRONILA VARGAS MENDOZA En el proceso signado con el No 01697-2013-0-1001-JR- CI-02-, seguido por la Congregación de Religiosas Franciscanas de la Purísima Concepción de María representado por Omar Karell Baca Moreano, en contra de Petronila Vargas Mendoza y otros sobre Nulidad de Acto Jurídico, tramitado ante el Segundo Juzgado Civil del Cusco, bajo la actuación de la Especialista Legal Saida Chiun Manco, se ha ordenado se publique por edictos a efecto de que se apersonen sus sucesores procesales. “Estando a los considerandos expuestos, SE RESUELVE: ADMITIR en parte la demanda interpuesta por CONGREGACION DE RELIGIOSAS FRANCISCANAS DE LA PURÍSIMA CONCEPCIÓN DE MARÍA representado por OMAR KARELL BACA MOREANO solo con respecto de la pretensión de NULIDAD DE ACTO JURÍDICO del título de propiedad otorgado por el ex PETT ahora COFORPI a nombre de Mariano Pino Rojas y Petronila Vargas Mendoza, así como también la nulidad del expediente administrativo realizado en el proyecto especial de titulación de tierras y catastro rural (EX PETT) por parte de los demandados y por último la Nulidad y Cancelación de la inscripción registral de la partida registral N° 03001244, ficha N° 47674 referido a la prescripción adquisitiva de dominio del inmueble denominado “Manzanayoc” ubicado en el Distrito de Andahuaylillas, provincia Quispicanchi, departamento del Cusco en contra de PETRONILA VARGAS MENDOZA, MARIANO PINO ROJAS, LA OFICINA ZONAL DE COFOPRI representado por su Jefe Zonal Félix Ortiz Castillo y contra LA OFICINA REGISTRAL CUSCO representado por su Intendente Juan Espinoza Espinoza debiendo tramitarse en la vía del PROCESO DE CONOCIMIENTO, córrase traslado de la demanda a los demandados con la finalidad de que cumplan con absolverla dentro del plazo de treinta días, bajo, apercibimiento de decláraseles rebeldes. Siendo así, mediante resolución de fecha seis de setiembre del 2013 se ha dispuesto NOTIFICAR a los Sucesores de quién en vida fue PETRONILA VARGAS MENDOZA para que los sucesores procesales se apersonen al proceso, bajo apercibimiento de nombrar curador procesal ... - Hágase Saber”. -FIRMA: Eliot Zamalloa Cornejo Juez, Saida Chiun Manco, Especialista legal. Cusco, 24 de Octubre del 2013.3v-11-12-13-xi-13 b/v 30565
EDICTO Señora ‘TRINIDAD SIERRA VARGAS. Se le comunica que ante el Primer Juzgado Mixto de Wanchaq se viene tramitando la causa N° 1960-2013- CI, se ha dispuesto publicar un extracto del auto admisorio de la demanda cuya parte pertinente: Resolución W2 de fecha veintinueve de octubre del año dos mil trece SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda formulada por GUPI HONORAT QUISPE MENDOZA sobre DIVORCIO POR CAUSAL contra TRINIDAD SIERRA VARGAS , en la vía del proceso de CONOCIMIENTO por tanto corarse traslado por el lapso de treinta días bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal H,S.- Media Firma y sello del señora Juez Elvia barriga Moron Esp. Legal Crisalta Salazar Yauta. Wanchaq, 8 de noviembre del 2013. 3v-11-12-13-xi-13 b/v 30576
Corte Superior de Justicia de Cusco Sala Civil EDICTOS Señora: ANGELA NOELLA ECHEGARA y HERMOCILLA. En el Proceso Nº 00607-2013-0-1001-SP-CI-01, seguido por Frida Melchora Vargas Alosilla Vda. de Villafuerte apoderada de Florent Daniel Couroux Villafuerte, con citación de Angela Noella Echegaray Hermocilla, sobre reconocimiento de sentencia extranjera de divorcio, tramitado ante la Sala Civil de Cusco, se ha emitido la siguiente resolución: Resolución N° 3.- Cusco, veintinueve de octubre de dos mil trece.- (...).ADMITIERON en la VÍA DEL PROCESO NO CONTENCIOSO, la solicitud presentada por doña FRIDA MELCHORA VARGAS ALOSILLA VIUDA DE VILLAFUERTE, apoderada de Florent Daniel Couroux Villafuerte, sobre RECONOCIMIENTO DE SENTENCIA EXTRANJERA DE DIVORCIO, Sentencia de fecha diecinueve de diciembre de dos mil ocho, expedida por el señor M.D. MERLET, Juez de Asuntos Familiares, asistido por M.A. DEBETS, Secretario Judicial del Tribunal de Instancia Superior de Tours; debiendo emplazarse a doña ANGELA NOELLA ECHEGARA y HERMOCILLA, mediante edictos en razón a la declaración de desconocimiento del domicilio ( ).- H.S.- Suscriben: los señores Jueces Superiores: Barra Pineda, Fernández Echea y Cáceres Cáceres.- Carmen Sansotta Tapia, Secretaria de la Sala Civil de Cusco. Cusco, 05 de noviembre de 2013. 03VZ.09.12.13.XI.13
B/.25104
EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Espinar, que despacha el señora Juez Dra. Yossy Samantha Álvarez Tito, se viene tramitando el Proceso Civil N° 882012; habiéndose resuelto: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por PLACIDO CONDORPUSA CHAUPI, sobre CAMBIO de APELLIDO PATERMO de “PLACIDO CONDORPUSA CHAUPI” a “PLACIDO ACOSTA CHAUPI”, contenido en el Acta de Nacimiento Partida N° 493, de fecha 23 de Octubre del 1979, inscrita en el Registro de Estado Civil del Municipalidad Provincial de Espinar, contra SANTOS CONDORPUSA CCAHUA; el mismo que se tramita en la VíA DEL PROCESO SUMARÍSIMO. Lo que se pública para los fines de ley (En aplicación al Art. 165 del C.P.C., por desconocerse el domicilio del demandado).- Espinar, 02 de agosto de 2012. 2v-12—13-xi-13 b/v 30513
EDICTO JUDICIAL En el Proceso Nro. 00045-2009-0-1011-JM-CI-01, seguido por la Comunidad Campesina de Collana, sobre Desalojo en contra de la Comunidad Campesina de Sahua Sahua, tramitado ante el Juzgado Mixto de Paruro, bajo la actuación del Especialista Judicial Manuel Sánchez Kcana, el Señor Juez Doctor Félix Villegas Cajachagua, ha dispuesto la publicación del extracto de las resoluciones 74, 76 Y 78, emitidas en autos de la forma siguiente: 1) Res. N° 74, veintinueve de Setiembre del dos mil once.- SE RESUEL VE: 1) Disponer que las resoluciones emitidas al interior del presente proceso se diligencien en la persona de Dionicio Timoteo Achahui Hilario, quien a la fecha mantiene vigente la representación de los treinta y ocho demandados poderdantes, miembros de la comunidad de Sahua Sahua, conforme al testimonio de escritura pública glosada en el expediente (de folios 395 al 398); 2) Sin perjuicio de ello REQUIERASE a los apoderados Martín Espinoza Muñoz y Dionicio Timoteo Achahui Hilario, para que dentro del quinto día de notificados con la presente resolución, comparezcan al local del Juzgado a efectos de sustituir la representación que ostentan, en la persona capaz que ellos designen, dado que de la lectura del expediente se tiene, que a la fecha, las indicadas personas, ya no participan activamente en el presente proceso. 3) Notifíquese tanto con la presente resolución, como con las resoluciones sesenta y seis, sesenta y siete, sesenta y ocho, sesenta y nueve, setenta, setenta y uno, setenta y dos y setenta y tres, a los demandados Fredy Quirita Quispe, Antonio Chocatta Batallanos, Santos Montañez Lopinta, ... ; H. S. 2) Res. N° 76, once de Enero del dos mil once.- Se Resuelve: Declarar IMPROCEDENTE la NULIDAD de la resolución número sesenta y ocho de fecha veintinueve de Abril del dos mil once, deducida por Leonidas Choccata Mercado, Presidente de la Junta Directiva de la Comunidad Campesina de Sahua Sahua, deducida mediante su escrito de fecha diez de Agosto del dos mil once, debiendo en consecuencia proseguirse con el trámite regular de la causa de acuerdo a su estado; H. S. Res. N° 78, ocho de Marzo del dos mil doce.- Se Resuelve: Declarar Consentida la resolución número setenta y seis (Auto relevante) del once de Enero del dos mil once en todos sus extremos.-Firma completa del Señor Juez Doctor Félix Villegas Cajachagua.- Abog. Manuel Sánchez Kcana.- Especialista Judicial de Juzgado. Paruro, 06 de Octubre del 2013. 3v-12-13-14-xi-13 b/v 30594
AVISO DE PRIMER REMATE JUDICIAL .- En el Proceso Civil N° 00008-2013-0-1007-JM-CI-02, seguido por Rocío Anabell Mar Espinoza y Mendel Calderón Ballón sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍA en contra de Olger Santos Coa Delgado, a cargo de la señora Juez Karina Veronika Echegaray Vidal, con actuación del Secretario Judicial Paúl César Idme Umpiri, con la intervención del martillero público Oscar Ronald Cornejo Barragán ha dispuesto convocar a PRIMER REMATE PUBLICO la venta en subasta pública del siguiente bien inmueble. 1. CARACTERÍSTICAS Y DESCRIPCIÓN DEL BIEN INMUEBLE DEL REMATE: Inmueble urbano ubicado en el jirón San Roque Nro. 234, barrio Rosaspata, del distrito de Sicuani, provincia de Canchis y departamento de Cusco, de propiedad del demandado Olger Santos Coa Delgado, conforme al testimonio de Escritura Pública de Compraventa de fecha 24 de febrero del año 2012, con un área de 86.50 metros cuadrados, con perímetro de 38.00 metros lineales, que colinda con las propiedades al frente (NORTE) con la calle San Roque, por el fondo (SUR) con la propiedad de Bonifacio Huaraca, por el lado derecho entrando (OESTE) con la calle Emilio Mercado, por el lado izquierdo entrando (ESTE) colinda con la propiedad de Genaro Jara, cuyas dimensiones obran en el testimonio de escritura pública de compra venta a favor de los actores. 2.- AFECTACIONES: La que es materia del presente proceso y no se conocen otras afectaciones. 3. VALOR DE TASACIÓN: El inmueble ha sido valorizado en la suma de setenta y cinco mil con 00/100 nuevos soles. (S/. 75,000.00).- 4. PRECIO BASE DEL PRIMER REMATE: El remate deberá de efectuarse sobre la base de las 2/3 partes del valor