Cusco, viernes 5 de setiembre de 2014 Usuarios EDICTO PENAL EXPEDIENTE No. 00136-2011-21-1014- IR-PE-01 JUZGADO MIXTO, LIQUIDADOR Y UNIPERSONAL DE QUISPICANCHI. Especialista Judicial: Cleofe Huamán Materia: Tenencia Ilegal de Arma de Fuego. Se pone en conocimiento que el Reo Ausente VALENTIN QUISPE CONDORI es procesado por la comisión del delito de Tenencia Ilegal a fin de que se ponga a derecho y haga uso de su derecho de defensa en el proceso penal que se le sigue por el presunto delito de Tenencia Ilegal de Arma de Fuego en agravo del Estado Peruano, proceso que se viene tramitando en el Juzgado Mixto, Liquidador y Unipersonal de Quispicanchi. Urcos, 04 de agosto del año 2014. 03VZ. 03.04.05.IX.14. CPJ
EDICTO PENAL EXPEDIENTE No. 0094-2010-5-1014-TR-PE-O1 JUZGADO MIXTO, LIQUIDADOR Y UNIPERSONAL DE QUISPICANCHI. Especialista Judicial : Cleofe Huamán. Materia : Uso de documento falso o falsificado Se pone en conocimiento al Reo Ausente ROLANDO MOSQUEIRA TUMPA y a fin de que se ponga a derecho y haga uso de su derecho de defensa en el procesado que se le siguen en su contra por la presunta comisión del delito de USO DE DOCUMENTO FALSO O FALSIFICADO, en agravio del Wile Quispe, proceso que se viene tramitando en el Juzgado Mixto, Liquidador y Unipersonal de Quispicanchi. Urcos, 01 de agosto del año 2014. 03VZ. 03.04.05.IX.14. CPJ
EDICTO PENAL EXPEDIENTE No. 00099-2010-5-1014-TR-PE-O1 JUZGADO MIXTO, LIQUIDADOR Y UNIPERSONAL DE QUISPICANCHI. Especialista Judicial : Cleofe Huamán. Materia : APROPIACIÓN ILÍCITA. Se pone en conocimiento al Reo Ausente MIJAEL SUCNO BEJAR, para que se ponga a derecho y haga uso de su derecho a la defensa en el proceso que se le siguen por la presunta comisión del delito de APROPIACIÓN ILÍCITA, en agravio de Empresa San Ignacio S.A., proceso que se viene tramitando en el Juzgado Mixto, Liquidador y Unipersonal de Quispicanchi. Urcos, 01 de agosto del año 2014. Firmada: Especialista Judicial. Cleofe Huamán. 03VZ. 03.04.05.IX.14. CPJ
NOTIFICACION POR EDICTOS SOBRE VIOLENCIA FAMILIAR. Expediente: Nro. 2013-639. Ante el Juzgado de Familia de la Provincia de la Convención en la demanda interpuesta por la Representante del Ministerio Público contra JOSUE VILCA CHAMPI por actos de VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de MARTHA VILLEGAS ZEA, se ha dispuesto la notificación de la parte demandada por edictos lo siguiente: Resolución Nro.-04.- Quillabamba, dieciocho de agosto Del año dos mil catorce. -DE OFICIO: No habiendo sido absuelto la demanda, dentro del término previsto por ley; pese al tiempo transcurrido, por lo que en efectividad del apercibimiento decretado en la resolución de folios veintiocho y lo dispuesto por el artículo 458 del Código Procesal Civil; declárese REBELDE al demandado JOSUE VILCA CHAMPI y conforme al estado del proceso; fíjese fecha y hora para la AUDIENCIA UNICA EL DIECISEIS DE OCTUBRE DEL DOS MIL CATORCE A HORAS ONCE Y CUARENTA Y CINCO MINUTOS DE LA MAÑANA previa citación de las partes procesales y el Representante del Ministerio Público, bajo apercibimiento de llevarse a efecto la audiencia con la parte que concurra.- H. S. Lo que se publica para los fines de ley. Firma de la Juez Dra. Mariliana Cornejo Sánchez. Arnaldo Bustamante Gamarra. Secretario Judicial. Quillabamba, 18 de Agosto del 2014. 03VZ. 03.04.05.IX.14. CPJ
NOTIFICACION POR EDICTOS SOBRE VIOLENCIA FAMILIAR. Expediente: Nro. 2013-809 Ante el Juzgado de Familia de la Provincia de la Convención en la demanda interpuesta por la Representante del Ministerio Público contra PERCY FRANCO UÑAPILCO por actos de VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de DIANA JUAREZ CARPIO, se ha dispuesto la notificación de las partes procesales por edictos lo siguiente: Resolución Nro.-04 Quillabamba, dieciocho de agosto Del año dos mil catorce. - - - - DE OFICIO: No habiendo sido absuelto la demanda, dentro del término previsto por ley; pese al tiempo transcurrido, por lo que en efectividad del apercibimiento decretado en la resolución de folios treinta y nueve y lo dispuesto por el artículo 458 del Código Procesal Civil; declárese REBELDE al demandado PERCY FRANCO UÑAPILCO y conforme al estado del proceso; fíjese fecha y hora para la AUDIENCIA UNICA EL DIECISEIS DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE A HORAS DOCE DEL MEDIO DIA previa citación de las partes procesales y el Representante del Ministerio Público, bajo apercibimiento de llevarse a efecto la audiencia con la parte que concurra.- H. S. Lo que se publica para los fines de ley. Firma de la Juez Dra. Mariliana Cornejo Sánchez. Arnaldo Bustamante Gamarra. Secretario Judicial. Quillabamba, 18 de Agosto del 2014. 03VZ. 03.04.05.IX.14. CPJ
NOTIFICACION POR EDICTOS SOBRE VIOLENCIA FAMILIAR. Expediente: Nro. 2014-175. Ante el Juzgado de Familia de la Provincia de la Convención en la demanda interpuesta por la Representante del Ministerio Público contra JUAN VELASQUEZ CHAMPI por actos de VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de ANDREA HUARSAVÁ GUTIERREZ,
se ha dispuesto la notificación de la parte demandada por edictos lo siguiente: Resolución Nro.-07.-Quillabamba, quince de agosto del año dos mil catorce.- DE OFICIO: No habiendo mediado recurso impugnatorio de apelación dentro del término previsto por ley contra la Sentencia de folios veintitrés al veintiséis de fecha diecinueve de mayo del dos mil catorce, mediante la cual se declara fundada la demanda de Violencia Familiar en su modalidad de MALTRATO FISICO y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 123 del Código Procesal Civil: declárese CONSENTIDA dicha Sentencia en todos sus extremos, y en ejecución de sentencia notifíquese al demandado JUAN VELASQUEZ CHAMPI a fin de que en el término de TRES DIAS cumpla con pagar la suma de CIENTO CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES por concepto de daños en favor de la agraviada ANDREA HUARSAYA GUTIERREZ, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución forzada.- H. S. Firma de la Juez Mariliana Cornejo Sánchez. Arnaldo Bustamante Gamarra. Secretario Judicial. Quillabamba, 15 de Agosto del 2014. Firmado. Secretario Judicial. Arnaldo Bustamante Gamarra. 03VZ. 03.04.05.IX.14. CPJ
EDICTO JUDICIAL FALLO DE SENTENCIA QUE DECLARA ABANDONO MORAL Y MATERIAL DE MENOR Por ante este Despacho Judicial del Segundo Juzgado Mixto de Santiago, judicado por el señor Juez doctor Luis Alberto López Trelles y bajo la gestión procesal del Especialista Legal Abog. Alberto Leiva Villavicencio. se viene tramitando el expediente Nro. 1106-2011-0-10 18-JM-FT-02 sobre abandono en el que se emitido sentencia de fecha 26 de junio 2014, que falla; DECLARANDO FUNDADA la demanda de declaración de abandono moral y material del menor JUAN MANUEL CONDORI HUACHACA de 11 años y MILAGROS CRUZ HUACHACA de 06 años, extíngase el ejercicio de la patria potestad del menor indicado, respecto de su madre biológica Norca HUACHACA OVIEDO, y su padre Toribio CRUZ FLORES de la última, una vez que quede consentida o ejecutoriada la presente, y remítase todo lo actuado al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, quedando en su lugar copias debidamente certificadas por el cursor, publíquese mediante edicto extracto de la presente sentencia. T.R Y H, S. Santiago, 18 de Agosto del 2014. Firmado: Secretario Judicial. Alberto Leiva Villavicencio. 03VZ. 03.04.05.IX.14. CPJ
EDICTO IUDICIAL El Juzgado Unipersonal de Urubamba, CITA Y EMPLAZA al acusado contumaz RICHAR ORUÉ CHOQUEHUANCA, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos que le atribuye la Primera Fiscalía Provincial Penal de Urubamba, en el cuaderno de debate N° 00218-2012-83-1 015-JR-PE-01 derivado del proceso penal que se le sigue por la presunta comisión del delito de Lesiones agravadas por violencia familiar, en agravio de Casiana Uchupe Lima. 03VZ. 03.04.05.IX.14. CPJ
EDICTO PENAL El Juzgado Unipersonal de Urubamba, CITA Y EMPLAZA al acusado contumaz JUAN ANTONIO MORMONTOY ESPINOZA para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos que le atribuye la Segunda Fiscalía Provincial Penal de Urubamba en el cuaderno de debate N° 00105-2012-46-1015-JR-PE-01 derivado del proceso penal que se le sigue por la comisión del delito de lesiones leves, en agravio de Marco Pacheco Ibarra. 03VZ. 03.04.05.IX.14. CPJ
EDICTO PENAL El Juzgado Unipersonal de Urubamba, CITA y EMPLAZA al acusado contumaz JORE LUIS MARIAN RIVAS para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos que le atribuye la Segunda Fiscalía Provincial Penal de Urubamba en el cuaderno de debate N° 00042-2012-28-1015-JR-PE-01 derivado del proceso penal qué ‘se le sigue por la comisión del delito de Hurto Agravado, en agravio de Gloria Griselda Urquizo Vásquez. Urubamba, 1 i ~ agosto del 2014. 03VZ. 03.04.05.IX.14. CPJ
EDICTO PENAL El juzgado Unipersonal de Urubamba, CITA y EMPLAZA al acusado contumaz JOE MARTIN URIBE ARENAS, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos que le atribuye la Segunda Fiscalía Provincial Penal de Urubamba, en el cuaderno de debate N° 00853-2011-93-1015-JR-PE-01,derivado del proceso que se le sigue por la comisión del delito de Uso de Documento Falso Público, en agravio del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Firmado: Especialista Judicial. Alan Gibaja Ormachea. 03VZ. 03.04.05.IX.14. CPJ
EDICTO JUDICIAL En el Proceso Nro.1154-2012-0-1018-JM-FT-01, seguido a favor de la menor MELANY YAJAIDA ARAPA CHOQUEHUANCA sobre ABANDONO MATERIAL Y OTROS ante el Juzgado Civil y de Familia del distrito de Santiago, con la actuación de la Juez Dra. MARGOT INQUILTUPA CALVO, se ha dictado la siguiente Resolución Nro. 01: Santiago, veinte de agosto del año dos mil doce. SE RESUELVE: PROMOVER INVESTIGACION TUTELAR a favor de la menor MELANY YAJAIRA ARAPA de seis años de edad, por presunto acto de abandono moral y peligro material, continué albergada al menor en la “Casa Hogar San Judas Chico”como medida de protección; realícese pericia pelmatoscopica de la menor, a verificarse por la oficina medico legal del Ministerio Publico, recábese el informe del equipo multidisciplinario del hogar donde se encuentra albergada la niña, el informe de personas desaparecidas a fin de que informe si existe denuncia por desaparición de la menor debiendo remitirse los oficios correspondientes, indáguese sobre los progenitores y/o responsables, Gírese oficio al colegio “Romeritos” a efecto de que informe si la menor Melany Yhajaira Arapa tiene asistencia regular, debiendo realizarse la publicación por el diario judicial, todo con conocimiento del Representante del Ministerio Público. H.S. 03VZ. 03.04.05.IX.14. CPJ
EDICTO JUDICIAL En el Proceso Nro.1034-2012-0-1018-JM-FT-01, seguido a favor de la menor YUDITH CONZA ARTEAGA sobre ABANDONO