Avisos Judiciales 03 09 14

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Cusco, miércoles 3 de setiembre de 2014 Usuarios FE DE ERRATAS Por omisión involuntaria se dejó de publicar el presente Remate Judicial los días 07-08-11-12 de agosto, con esta publicación subsanamos el error. REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA En el expediente N° 171-2012-0-1009-JM-CI-01, seguido por el BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ contra SALVADOR CCOLQUE MENDOZA, DAMIANA JULIA MAMANI APAZA y EMPRESA DE ALIMENTACIÓN INDUSTRIAL MINERIA KATAMARAN EIRL, sobre Ejecución de Garantías, tramitado ante el Primer Juzgado Mixto de Espinar que despacha el Dr. Elmer Manuel Ochoa Galloso, Especialista Legal Dr. Hugo Guevara Flores; se ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA EL PREDIO RUSTICO DENOMINADO PARARANI PATILLANI PAMPA UBICADO EN EL DISTRITO Y PROVINCIA DE ESPINAR EN EL DEPARTAMENTO DEL CUSCO, inscrita en la Partida Electrónica N° 11101009, del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Espinar. TASACIÓN: Trescientos uno mil trescientos cuarenta y ocho con 00/100 dólares americanos (US$ 301,348.00). PRECIO BASE DEL REMATE: DOSCIENTOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO CON 67/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 200,898.67) equivalente a las dos terceras partes de la tasación. CARGAS y GRAVAMENES: 1. HIPOTECA a favor del Banco de Crédito del Perú, hasta por la suma de US$ 210,944.00 dólares americanos, tal como consta en la escritura pública de fecha 19.05.2010 otorgada ante el Notario Orlando Pacheco Mercado. REQUISITOS DEL POSTOR: Para ser postor se deberá depositar (oblar) en efectivo o en cheque de gerencia girado al nombre del postor (SIN SELLO NO NEGOCIABLE) el equivalente al 10% del valor de la tasación, es decir la suma de US$ 30,134.80 dólares americanos, suma que será devuelta a los postores no beneficiados. Asimismo deberán de presentar DNI original y copia; y el arancel judicial por Participación en Remate en original y copia (por SI. 760.00, consignando Juzgado Mixto del Cusco, N° de expediente y N° de D.N.I. del postor). LUGAR, FECHA Y HORA DE LA DILIGENCIA: En el local del Juzgado Mixto de la Provincia de Espinar sito en la Esquina de la Plaza Túpac Amaru con Jr. Colon s/n- Yauri-Espinar en el Departamento del Cusco, el día VEINTIDOS (22) DE AGOSTO DEL 2014 A LAS ONCE HORAS (11:00 am). HONORARIOS DEL MARTILLERO: Los honorarios serán de cargo del adjudicatario, de conformidad con los montos establecidos en el Decreto Supremo N° 008-2005-JUS +IGV. Informes: Cel. 947003175, RPM: #310709, e_mail: wilqabog@hotmail.com. Espinar, 07 de julio del 2014. 6veces-5-6-7-8-11-12-vii b/v 33634 EDICTO JUDICIAL PARA LA NOTIFICACIÓN DE LA SUCESIÓN DE GERMAN CARDEÑA CÁCERES. En el Juzgado Mixto de Calca - Cusco, Exp. No. 51-2014, se ha dispuesto publicar el extracto de la Resolución No. 04 del 11-08- 2014: “ ... ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por NICOLAS ZENON ZAMALLOA BALLESTEROS y LUZ MARINA CARDEÑA VASQUEZ CON LA SUCESIÓN DE GERMAN CARDEÑA CACERES SOBRE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACION DE HACER CONSISTENTE EN EL OTORGAMIENTO DE LA ESCRITURA PUBLICA DE COMPRAVENTA del predio rustico denominado Ichiu con un área de 970.9701 hectáreas ubicado en la jurisdicción del distrito de Challabamba, provincia de Paucartambo y departamento de Cusco, en la vía del proceso SUMARISIMO, en consecuencia, CORRAS E traslado de la demanda interpuesta a la parte demandada para fines de su absolución, bajo apercibimiento de continuarse el proceso en su rebeldía.-” Resolución No. 05 del 26-08-2014:”A LO EXPUESTO.Estando a lo solicitado y considerando que en el presente proceso es contrala sucesión de Germán Cardeña Cáceres, se dispone EMPLAZAR a la sucesión procesal de Germán Cardeña Cáceres con el extracto del auto admisorio y la presente resolución mediante edictos judiciales conforme a ley ya costa de la parte actora, para que dentro del plazo de ley cumplan con apersonarse al proceso, acreditando su calidad de sucesores con el documento publico correspondiente (testamento o sentencia de sucesión intestada), bajo percibimiento de seguirse el proceso con el nombramiento de un curador procesal que los represente, en caso de incumplimiento.”.- Firma y sello de la señora Juez Elvia Barriga y Secretaria C. Delgado. Calca, 28 de agosto de 2014. 3v-1-2-3-ix b/v 34084 EDICTO JUDICIAL Ante el Tercer Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, despachado por el señor Juez John Aleck Alfaro Tupayachi, se tramita el Proceso Civil Nro. 01257·2014·0·1001·JR·CI·03, en la que mediante Resolución Nro. 06, de fecha 19/08/2014, en la que los recurrentes demandan la Prescripción Adquisitiva de dominio sobre el inmueble ubicado en la calle Chaparro Nº 279 del distrito, provincia y departamento de Cusco, por lo que SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE la demanda interpuesta por ANTONIO SÓCRATES VILLAFUERTE SORIA y MARÍA CONCEPCIÓN ESPINOZA HURTADO, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO del inmueble ubicado en la calle Chaparro Nº 279 del distrito, provincia y departamento de Cusco, contra ANTONIETA ALEGRIA VIUDA DE PALIZA, debiendo de tramitarse bajo los mecanismos del proceso ABREVIADO, en consecuencia, córrase traslado de la demanda al demandado por el término de DIEZ DIAS, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía. Téngase por ofrecidos los medios probatorios que indica los cuales serán admitidos y actuados en la oportunidad procesal. Aclarando que el certificado de búsqueda catastral debe ser presentado en el transcurso del proceso. Agréguese a sus antecedentes los anexos adjuntos. Y Conforme a lo establecido por el artículo 505 del Código Procesal Civil, cítese con la demanda a los colindantes Antonio Loaiza Villena, Joel Villafuerte Taiña, Enrique Castillo Puente de la Vega, y a la Municipalidad Provincial del Cuso, asimismo efectúese la publicación de un extracto del presente en el diario judicial de esta ciudad y el diario oficial “El Peruano”, por el término de tres días con intervalo de tres días. H. S. Firmado por el Juez Alfaro Tupayachi.- Secretaria Judicial Córdova Cuellar. Cusco, 25 de agosto de 2014. 3V-27-VIII 02-08-IX B/V 34023 EDICTO JUDICIAL PARA FINES DEL ART. 506 DEL C.P.C. En el proceso Civil Nro. 01193-2014-0-1001-JR-CI-04 seguido por: WILBERT MUELLE GONGORA y MARIA RUTH CASTRO DE MUELLE con: CARMEN ROSA DEL SOLAR RIVERO DE BARRON y LUIS BARRON VILCHEZ sobre: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO bajo la actuación de la Especialista Legal Olga Villanueva Valle, la Juez DEL CUARTO JUZ-

GADO CIVIL DEL CUSCO Dra. F ANNY LUPE PEREZ CARLOS, a dispuesto la publicación edictal siguiente: EXTRACTO DE DEMANDA: WILBERT MUELLE GONGORA y MARIA RUTH CASTRO DE MUELLE han interpuesto demanda sobre: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO del inmueble LOTE B-8 de la ASOCIACIÓN PRO VIVIENDA LUZMILA DEL SOLAR, UBICADO EN EL DISTRITO DE SAN SEBASTIAN, PROVINCIA y DEPARTAMENTO DE CUSCO, con las siguientes COLINDANCIAS: POR EL FRENTE: Con el Pasaje 1 en línea recta con una distancia de 7.50 metros lineales; POR EL FONDO: Con el Pasaje 2 en línea recta con una distancia de 7.50 metros lineales; POR LA DERECHA(entrando): Con el Lote B-7 ubicado en Belempata Añasmocco, Sector Ayamarca Asociación Pro Vivienda Luzmila del Solar del distrito de San Sebastián , provincia y departamento de Cusco, conducido por RUDECINDO SURCO IBARRA; POR LA IZOUIERDA (entrando):Con el Lote B-9 ubicado en ubicado en Belempata Añasmocco, Sector Ayamarca Asociación Pro Vivienda Luzmila del Solar del distrito de San Sebastián, provincia y departamento de Cusco, conducido por LUIS ALBERTO PEREZ LOZANO; y Lote B-10 ubicado en ubicado en Belempata Añasmocco, Sector Ayamarca Asociación Pro Vivienda Luzmila del Solar del distrito de San Sebastián, provincia y departamento de Cusco, conducido por: TOMAS ALFREDO TUMI MIRANDA contra: CARMEN ROSA DEL SOLAR RIVERO DE BARRON y LUIS BARRON VILCHEZ con los siguientes CITADOS: RUDECINDO SURCO IBARRA, LUIS ALBERTO PEREZ LOZANO, TOMAS ALFREDO TUMI MIRANDA, la ASOCIACIÓN de Vivienda Luzmila del solar representada por MARIA ALVAREZ PEÑA y la Municipalidad Distrital de Sana Sebastián, para cuyo efecto deberá NOTIFICARSE al Procurador Público de la referida entidad edil, con la finalidad de que pueda ejercer su defensa jurídica. Resolución Nro. 02.- Cusco, 23 de julio del año 2014 (...), AL PRINCIPAL ( ... ) Y CONSIDERANDO: (...) SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta ( ... ). AL OTRO SI DIGO.-( ... ). PUBLÍQUESE un extracto de la presente resolución por tres veces con intervalo de tres días en la forma prevista por los artículos 167 y 168 ( ... ).- H.S. Firma completa de la Juez Dr. Fanny Lupe Pérez Carlos, ante mi Especialista Legal Olga Villanueva Valle. Cusco, 26 de agosto del año 2014. 3ve-27--viii y 02-03-ix b/v 34029

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO JUZGADO MIXTO DE URUBAMBA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO Ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Urubamba, despachado por la Sra. Juez Dra. Agripina Usca Caviedes, en· el Exp. N° 168-2014-0-1015-JM-CI-01, bajo la actuación del Secretario Judicial Abg. Abel C. Cruz Quintanilla, se ha emitido la resolución N° 01 de fecha 21 de agosto de 2014 que resuelve: ADMITIR: A trámite la demanda interpuesta por CAROL ANN CUMES representada. por ANTONIA JANCCO MEJIA, contra: La sociedad conyugal conformada por BELISARIO ALEJOS GUZMAN Y MARIA JESUS ORELLANA ESTRADA DE ALEJOS sobre: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO E INSCRIPCION DEL INMUEBLE RUSTICO, DENOMINADO LUCMAYOC, UBICADO EN EL SECTOR RUMICHACA, DEL DISTRITO Y PROVINCIA DE URUBAMBA Y DEPARTAMENTO DE CUSCO, DE UN ÁREA DE 0.6010 HECTÁREAS Y UN PERÍMETRO DE 450. 64 ML.I. E INSCRIPCIÓN DEL MANDATO DECLARATIVO EN EL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL N° X SEDE CUSCO.-Debiendo tramitarse en la vía del proceso Abreviado. Córrase traslado a los demandados por el plazo de 10 días.- Pueden apersonarse al proceso las personas que tuviesen derechos de propiedad sobre el predio antes referido.- Se publica el presente para los fines de ley.Urubamba, 27 de agosto de 2014 Abel. C. Cruz Quintanilla Secretario judicial 03VZ.03.09.15.IX.14 B/. 27045

DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN Mediante acta de decisión de fecha 29 de agosto 2014. La Sra. Carmen Eliana Manga Velarde como titular de la empresa ha tomado la decisión de disolver de conformidad con las disposiciones y procedimientos regulados por el Decreto Ley Nro. 21621-Ley de la EIRL, la empresa EURO VIAJES DE TURISMO EIRL con Nro. RUC 20527956561, nombrando como liquidador a la Sra. Carmen Eliana Manga Velarde con DNI 10304188 domiciliada en la Urb. Huancaro Av. Industrial D-12 del distrito de Santiago. Cusco, 29 de agosto 2014. 03VZ. 02.03.04.IX.14. B/. 27047

NOTIFICACIÓN VIA EDICTO JUDICIAL PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA Ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Urubamba, despachado por la Sra. Juez Agripina Usca Caviedes, en el Expediente Civil Nro. 00215-2010-0-1015JM-CI-01, bajo la actuación del Secretario Judicial Abel C. Cruz Quintanilla, mediante el acta de fecha 20 de marzo de 2014 se ha dispuesto la notificación mediante edictos a la Sucesión de QVF TERESA MARQUINA DE ÁLVAREZ, para los fines de Ley; en el proceso antes señalado se ha emitido la resolución N° 01 en fecha 27 de diciembre de 2010, mediante la que SE ADMITE la demanda interpuesta por SANTIAGO ALVAREZ TORRES Y TERESA MARQUINA DE AL VAREZ sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO del predio S/N de 305.06 m2 del predio matriz N° 307 de la calle Mariscal Castillo del distrito, provincia de Urubamba Región de Cusco, en contra de la sucesión de QVF WILFREDO ALEJANDRO GAMARRA CALLER. La que se sustancia en la vía


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