Cusco, viernes 1 de agosto de 2014 Usuarios EDICTO JUDICIAL Ante el Primer Juzgado Civil del Cusco, Despachado por la Magistrada Sandra Contreras Campana, se tramita el Proceso Nro. 1030-2014, SE RESUELVE. ADMITIR a trámite en la vía del proceso SUMARISMO la demanda instada por JAIME MAXI CALLE y ELSA SOLORZANO QUISPE, con la pretensión de OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PÚBLICA del predio signado con el número H- 5 de la Asociación Pro Vivienda San Blas, contra la sucesión de AGUSTIN CALLE NOA y PRIMITIVA MAXI CCAMA DE CALLE. CUMPLASE con notificar a los sucesores hereditarios de los demandados quienes en vida fueron AGUSTIN CALLE NOA y PRIMITIVA MAXI CCAMA DE CALLE, mediante edictos con la finalidad de que se apersonen al proceso dentro del plazo de ley, bajo apercibimiento de nombrárseles curadorprocesal. H.S. Firmado por la Señora Jueza - la especialista legal Leidy soto castillo. Cusco, 30 de julio del 2014 3veces-31-vii y 01-04-viii b/v 33578 ASOCIACIÓN MERCADO DEL SUR COMITÉ ELECTORAL SE CITA A ASAMBLEA GENERAL DE ELECCIONES 2014, DE LOS ASOCIADOS HÁBILES DE LA ASOCIACIÓN MERCADO DEL SUR PARA EL DÍA DOMINGO 03 DE AGOSTO DEL 2014 EN EL LOCAL DE LA ASOCIACIÓN DEL MERCADO DEL SUR CITO EN LA PROLONGACIÓN AV. DE LA CULTURAL (VERSALLES) A HORAS 3:00 PM. EN PRIMERA CONVOCATORIA Y 3:30 PM. EN SEGUNDA CONVOCATORIA CON EL NÚMERO DE ASISTENTES Y CON LA SIGUIENTE AGENDA: 1. ELECCIONES DE LOS CONCEJOS DIRECTIVOS Y VIGILANCIA. LA INASISTENCIA SERÁ MULTADA CON 200 NUEVOS SOLES POR ACUERDO DE ASAMBLEA ATENTAMENTE: PRESIDENTE DEL COMITÉ ELECTORAL SERGIO OPORTO TORRES. DNI. Nº 23803344 02VZ.31.VII; 01.VIII.14 B/. 26771 EDICTO JUDICIAL PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO Ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Urubamba, despachado por la Sra. Juez Dra. Agripina Usca Caviedes, en el Exp. N° 124-2014-0-1015-JM-CI-01, bajo la actuación del Secretario Judicial Abg. Abel C. Cruz Quintanilla, se ha emitido la resolución N° 01 de fecha 01 de julio de 2014 que resuelve: ADMITIR: A trámite la demanda interpuesta por FELIPE HUARACHA CCAPA y CELEDONIA COVARRUBIAS DE HUARACHA sobre: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL INMUEBLE URBANO denominado “LA HUERTA” ubicado en el distrito, provincia de Urubamba y región de Cusco de una extensión de 323.76 m2, que limita por el FRENTE limita con la pista asfaltado Cusco-UrubambaOllantaytambo en 11.70ml, Por el fondo, con la propiedad del Sr. Mario Oton Covarrubias Ortiz en 17.26m2, por el lado derecho con un canal de riego, en 24.90ml, por el lado izquierdo con la propiedad del Sr. Mario Oton Covarrubias Ortiz en 16.50 ml. CONTRA: MARIO OTON COVARRUVIAS ORTIZ y YANET VALER TAYÑA.-Debiendo tramitarse en la vía del proceso Abreviado, NOTIFíQUESE: A la municipalidad Provincial de Urubamba.- Pueden apersonarse al proceso las personas que tuviesen derechos de propiedad sobre el predio antes referido.- Se publica el presente para los fines de ley.- Urubamba, 11 de julio de 2014. 3VECES-18-24-VII y 01-VIII B/V 33379
EDICTO JUDICIAL En el Segundo Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de La Convención que Despacha el señor Juez Hugo Hernán Parra Villafuerte, bajo la actuación de la Especialista Legal Norma Palomino Paredes el Proceso Nº 345-2012, seguido por MARCO VASQUEZ VALENZUELA y otra, sobre Devolución de Dinero y otros, contra Rebeca Figueroa Pérez de Pimentel se ha dispuesto NOTIFICAR mediante edictos con la demanda y auto admisorio; a la sucesión intestada de quien en vida fue don Eloy Guillermo Pimentel Miranda, conforme al artículo 165 del Código Procesal Civil, en tal virtud CORRASE TRASLADO a los interesados por el plazo de ley bajo apercibimiento de nombrárseles Curador Procesal.- Lo que se publica para los fines de ley.Quillabamba, 04 de Julio del 2014. 3VECES-18-24-VII Y 01-VIII B/V 33432
EDICTO JUDICIAL Ante el Tercer Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, despachado por el señor Juez John Aleck Alfaro Tupayachi, se tramita el Proceso Civil Nro. 00988-2014-0-1001-JR-CI-03, en la que mediante Resolución Nro. 02, de fecha 12/06/2014, en la que la actora solicita se le declare propietaria de la sucesión indivisa de su padre, de la sección A-1 con área de 71.19 metros cuadrados, asimismo de la sección A-2 con un área de 97.84 metros cuadrados que son parte integrante del inmueble N° 501 de la calle Ccoricalle del cercado de Cusco., por lo que SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por CECILIA MILUSKA CÁRDENAS CALDERÓN, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO; en contra de JULIA CARBAJAL DE VARGAS y LUIS GAMARRA VARGAS; con citación de los colindantes Máximo Guevara Meza, Asunción Álvarez Viuda de Mojarras, Gladys Chaparro Florez y la Municipalidad Provincial del Cusco; debiendo sustanciarse la misma en la vía del PROCESO DE ABREVIADO, Y por su mérito CÓRRASE traslado a la parte demandada, por el plazo de DIEZ DÍAS. Conforme lo dispuesto por el artículo 506º del Código Procesal Civil efectúese las notificaciones por edicto judicial por tres veces, con intervalo de tres días. Téngase por ofrecidos lo medios probatorios presentados, reservando su admisión y actuación para su oportunidad. AL OTROSI DIGO.- Agréguese a sus antecedentes los anexos que indica. Firmado por el Juez Alfaro Tupayachi.Secretaria Judicial Córdova Cuellar. H.S.Cusco, 25 de junio del 2014. 03 VZ. 18-24-01-VIII-14. B/. 26536
PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA De conformidad con la Ley N° 27333, concordante con el Art. 504º Y siguientes del C.P.C ante mí, G. Abad Olaguibel Olivera, Abogado, Notario de la Provincia de Urubamba, con oficina en el Jr. Palacio N° 515, del distrito y provincia de Urubamba, departamento del Cusco, se presentó la sociedad conyugal conformada por FERNANDO GUEVARA BANDERA Y MAXIMILIANA ACHAHUANCA DE GUEVARA, solicitando Prescripción Adquisitiva de Dominio del predio ubicado en Pascabamba, Pasaje Sin Nombre Lote 2-8, del distrito y provincia de Urubamba, departamento de Cusco, el mismo que cuenta con un área de 152.35 m2. (CIENTO CINCUENTA y DOS PUNTO TREINTA Y CINCO METROS CUADRADOS); y sus linderos y medidas perimétricas son las siguientes: por el Frente, colinda con el Pasaje sin nombre, que da a la Av. 09 de Noviembre, en línea recta, con una longitud de 10.80 m.; por la Derecha entrando, colinda con el Lote 4 de propiedad del señor Godofredo Solorio Cardenas, con una longitud de 15.79 m.; por la Izquierda entrando; colinda con el Lote 2-A de propiedad del señor Mario Farfan Yepez, con una longitud de 16.68 m. y por el Fondo, colinda con el Lote 1 de propiedad del señor Tito Valerio Cabrera, con una longitud de 8.12 m. Haciendo un perímetro de 51.39 m. El predio a prescribir se encuentra sobre parte de otro predio de mayor extensión inscrito en la Partida 02034101 del Registro de Predios de la Zona Registral N° X, Sede Cusco, apareciendo como titular registral Efrain Escobar Alegria, del mismo que se desconoce su domicilio. Por lo que se le emplaza por este medio y a todo aquel que tenga derecho sobre esta predio, para hacerlo valer conforme a Ley. Urubamba. 16 de Abril de 2014. 03VZ.18.24.VII.01.VIII.14 B/. 26730
PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA De conformidad con la Ley N° 27333, concordante con el Art. 504º Y siguientes del C.P.C ante mí, G. Abad Olaguibel Olivera, Abogado, Notario de la Provincia de Urubamba, con oficina en el Jr. Palacio N° 515, del distrito y provincia de Urubamba, departamento del Cusco, se presentó TERESA HUALLPACUNA KUCHO, solicitando Prescripción Adquisitiva de Dominio del predio urbano ubicado en la Av. Rodriguez Lote 4, del distrito y provincia de Urubamba, departamento de Cusco, el mismo que cuenta con un área de 200.00 m2. (DOSCIENTOS PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS); linderos y medidas perimétricas: por el Frente, colinda con la Av. A. Rodriguez, en línea recta, con una longitud de 9.90 m.; por la Derecha entrando, colinda con la propiedad de la señora Eba Ccahuana Marquina, con una longitud de 20.60 m.; por la Izquierda entrando; colinda con la propiedad del señor Julio Pareja Morales, con una longitud de 20.00 m. y por el Fondo, colinda con la propiedad del señor Hipólito Ramos Usca, con una longitud de 9.90 m. Haciendo un perímetro total de 60.40 m. Lo que se publica para los fines de Ley. Urubamba, 12 de Mayo de 2014. 03VZ.18.24.VII.01.VIII.14 B/. 26730