Avisos Judiciales 26 11 14

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Cusco, miércoles 26 de noviembre de 2014 Usuarios AVISO LA SUCESION VELASCO ORDONEZ PONE EN CONOCIMIENTO DEL PUBLICO EN GENERAL QUE NO ESTA EN VENTA EL INMUEBLE SIGNADO CON EL: N° 119 DE LA AV. AGUSTIN GAMARRA (TAMBIEN DENOMINADO COMO LOTE B-12 UBICADO EN LA ESQUINA DE LA CALLE HIPOLITO UNANUE y LA AVENIDA MARIANO DE LOS SANTOS). SEÑORES ABSTENERSE DE HACER TRATOS CON QUIENES NO SON PROPIETARIOS YA QUE EXISTE UN PROCESO DE DESALOJO EN TRAMITE CON ORDEN DE LANZAMIENTO. 14VZ.20-21-22-23-24-25-26-27-28-29-30.XI.14 B/. 27637

REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA En el expediente Na 00371-2013-0, seguido por MI BANCO BANCO DE LA MICROEMPRESA SA. contra LUBRIREP COMERCIAL SAC, SIMON LAVILLA QUISPE y MILAGROS TAFUR RENGIFO sobre EJECUCION DE GARANTIAS tramitado ante el SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CUSCO a cargo del Juez el Dr. ELIOT A. ZAMALLOA CORNEJO, interviniendo como Especialista Legal el Dr. SALUSTIO FERNANDEZ VERGARA, ha facultado de conformidad con Ley No 28371 al Martillero Público ELOY OCTAVIO PISFIL FLORES con Reg. 307, para realizar el Remate Público en Primera Convocatoria del bien inmueble ubicado en Jirón Amazonas Mz. 3-J, Sub Lote 9-B, en el Distrito y Provincia de Tambopata, Departamento de Madre de Dios cuyo dominio, área, linderos, medidas perimétricas y demás características se encuentran inscritas en la Partida Electrónica Na11011768, del Registro de Predios de la Zona Registral Na X, Sede Cusco, Oficina Registral Madre de Dios. VALOR DE TASACION: US$. 34,000.00 (TREINTA y CUATRO MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS). PRECIO BASE (POSTURA}: US$. 22, 666.67 (VEINTIDOS MIL SEISCIENTOS SESENTA y SEIS y 67/100 DOLARES AMERICANOS) equivalente a las dos terceras partes de la tasación. GARGAS y GRAVAMENES: 1) HIPOTECA a favor de la entidad ejecutante hasta por la suma de US$. 22,496.08 Dólares Americanos tal como consta registrado en el Asiento DOOO04 de la Partida Electrónica Nº 11011768, del Registro de Predios de la Zona Registral Nº X, Sede Cusco, Oficina Registral Madre de Dios. LUGAR. DIA Y HORA DE LA DILIGENCIA: El día ONCE DE DICIEMBRE del 2014 a horas ONCE DE LA MAÑANA en el Segundo Juzgado Civil ubicado en Av. El Sol 239 Palacio de Justicia. REOUISITOS DEL POSTOR: Para ser postor se deberá depositar (oblar) en efectivo o en cheque de gerencia a nombre del postor (NO consignar el término No Negociable) el equivalente al 10% del valor de la tasación, es decir, la suma de US$. 3, 400.00 Dólares Americanos suma que será devuelta a los postores no beneficiados. Asimismo deberán presentar su DNI y el arancel judicial -Código 07153- por participación en remate, en original y copia (consignando: el nombre del Juzgado, número de expediente, número de documento nacional de identidad del postor). FUNCIONARIO A CARGO DEL REMATE: Martillero Público Eloy Octavio Pisfil Flores. HONORARIOS DEL MARTILLERO: Los Honorarios serán a cargo del adjudicatario, de conformidad con los montos establecidos en el Decreto Supremo Nro. 008-2005-JUS más el IGV, debiendo ser cancelado al finalizar el acto del remate. Cusco, noviembre del 2014. Eloy Octavio Pisfil Flores ABOGADO. SALUSTIO FERNANDEZ VERGARA ESPECIALISTA LEGAL. 06VZ.19.20.21.24.25.26.XI.14 B/. 27721

AVISO LA SUCESION VELASCO ORDONEZ PONE EN CONOCIMIENTO DEL PUBLICO EN GENERAL QUE NO ESTA EN VENTA EL INMUEBLE SIGNADO CON EL: N° 119 DE LA AV. AGUSTIN GAMARRA (TAMBIEN DENOMINADO COMO LOTE B-12 UBICADO EN LA ESQUINA DE LA CALLE HIPOLITO UNANUE y LA AVENIDA MARIANO DE LOS SANTOS). SEÑORES ABSTENERSE DE HACER TRATOS CON QUIENES NO SON PROPIETARIOS YA QUE EXISTE UN PROCESO DE DESALOJO EN TRAMITE CON ORDEN DE LANZAMIENTO. 10VZ.21.22.23.24.25.26.27.28.29.30.XI.14 B/. 27714

EDICTO Señores: Herederos Legales del que en vida fue Don Lucas Oviedo Quispe; En el Proceso Civil Nº 717-2011-0-1018-JM-CI-02, seguido por Edward Rodolfo Yábar Gutiérrez contra Lucas Oviedo Quispe y otros sobre Desalojo, se ha dispuesto la publicación del siguiente edicto: Resolución Nro. 30, Santiago 9 de octubre de 2014. Autos y vistos ( ... ), Por estas consideraciones se resuelve: AGREGUESE al proceso, el Acta de Defunción que corresponde al demandado Lucas Oviedo Quispe; ESTANDO acreditado el fallecimiento del demandado Lucas Oviedo Quispe, con el documento público consistente en

Acta de Defunción: PROCEDASE a la publicación de EDICTOS a costa del actor, en el diario judicial del Cusco y El Peruano, por el plazo de ley, para que los Herederos Legales, dentro del plazo de treinta días hábiles de la última publicación, se apersonen al proceso con los documentos públicos que prevé la ley, bajo apercibimiento de continuar el proceso con la designación de curador procesal de la Sucesión Legal del demandado Lucas Oviedo Quispe; SUSPENDASE el trámite del proceso, por el plazo treinta días hábiles ( ... ). H.S. Santiago 13 de noviembre de 2014 3v-24-25-26-xi b/v 35790

EDICTO CIVIL Sr. JONATAN JOSUE CCORIMANYA HANCCO En el Proceso Nro. 2014- 0299 sobre prestación de alimentos tramitado ante el Juzgado de Paz Letrado de San Sebastián, la Señora Juez Marianella Cárdenas Villanueva, bajo la actuación del secretario Ronald Bornas Guerra, por Resolución No. 02 del 19 de noviembre del 2014, se ha dispuesto se proceda a su emplazamiento mediante edictos del extracto siguiente, : Cusca, San Sebastián, diecinueve de noviembre del año dos mil catorce. Resolución No. 02. ADMITASE a trámite la demanda interpuesta por doña : KATHERINE JUDITH DE LA TORRE VARGAS en representación de su menor hijo Anndry Jair Ccorimanya De la Torre sobre PRESTACION DE ALIMENTOS, en contra de JONATAN JOSUÉ CCORIMANYA HANCCO en la VIA DEL PROCESO UNICO regulada por el Código de los Niños y Adolescentes por su merito al amparo del artículo 168 del citado cuerpo legal córrase traslado a la parte demandada por el plazo legal, bajo expreso apercibimiento de declararse su rebeldía en caso de incurrir en los supuestos que regula el artículo 458 del Código procesal Civil. MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecidos los medios probatorios que se indican, reservando su admisión, y actuación para la audiencia respectiva. AL MAS DIGO.- Téngase en cuenta en su oportunidad. AL PRIMER OTROSI DIGO.- Estando al juramento prestado por la parte recurrente respecto a haber agotado las gestiones, destinadas a conocer el domicilio real del demandado, se dispone se proceda al emplazamiento del demandado mediante edictos a ser publicados en el diario oficial El Peruano y el diario judicial de la localidad. Anexos: A sus antecedentes. H.S. Firma completa de la juez. Ronald Bornas Guerra, Secretario. San Sebastián, 20 de noviembre del 2014 3v-24-25-26-xi b/v 35786

EDICTO JUDICIAL SEÑORES: SUCESION DE QVF CESAR FERNANDEZ BACA TAPIA En el 2do Juzgado Mixto de Wanchaq-Cusco. Exp. Nro. 00382-2010-0-1001-JM- CI02, seguido por Herber Augusto Condo Arizabal, contra César Fernández Baca Tapia, la Asociación pro-vivienda San Judas Grande y otros, sobre Indemnización de daños y perjuicios, se ha dispuesto la publicación por edictos del extracto de la resolución Nro. 30 del 08-07-14: “: Y, Considerando: Primero.- Que, de conformidad a lo establecido por el artículo 108º del Código Procesal Civil “Por la Sucesión Procesal un sujeto ocupa el lugar de otro en un proceso, al reemplazarlo como titular activo o pasivo del derecho discutido. Se presenta la sucesión procesal cuándo: 1.- Fallecida una persona que sea parte en el proceso, es reemplazada por su sucesor, salvo disposición legal en contrario....”.- Segundo.- Conforme aparece del Certificado de la Partida de Defunción del QVF César Fernández Baca Tapia dicho codemandado ha fallecido el día 30 de marzo del 2014, quién fue demandado como persona natural y como representante legal de entonces de la Asociación Pro vivienda San Judas Grande, por tanto se DISPONE NOTIFICAR a los Herederos legales de QVF César Fernández Baca Tapia, para los fines pertinentes, mientras tanto SUSPENDASE el trámite del presente proceso, dejándose insubsistente por ahora el señalamiento de fecha para la Audiencia de Pruebas programada en autos, mientras se notifique a los herederos legales del codemandado antes señalado.- H.S.- Firma y sello de la señora Juez Erika Nuñez Orihuela- Ante mí: Evangelina Conza Choque.- Secretaria Judicial.- Lo que se publica para los fines consiguientes.- Wanchaq, 21 de noviembre del 2014.Evangelina Conza Choque.Secretaria Judicial 03VZ.24.25.26.XI.14 B/. 27746

EDICTO Causa 02981-2013, seguido por WILBERT HUMBERTO CRUZ PINARES contra CARLOS VARGAS ARENAS CHARIARSE y MARIA ISELA CARDENAS TRESIERRA, sobre EJECUCION DE OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO; se ha dictado “Resolución 03.- Cusco, catorce de Julio del año dos mil catorce.--- VISTO; ( ... )SE RESUELVE: ADMITIR y tramitar en la vía del proceso UNICO DE EJECUCION la demanda interpuesta por WILBERT HUMBERTO CRUZ PINARES contra CARLOS VARGAS ARENAS CHARIARSE y MARIA ISELA CARDENAS TRESIERRA, sobre EJECUCION DE OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO, en tal virtud notifíquese a los demandados a fin de que dentro del plazo de CINCO días de su notificación cumplan con cancelar la suma puesta a cobro ascendente a CUARENTINUEVE MIL CON 00/100 DOLARES AMERICANOS, mas intereses devengados y por devengar, costas y costos, bajo apercibimiento de procederse al inicio de la ejecución forzada, conforme lo establece el Artículo 690-C del Código Procesal Civil.- NOTIFIQUESE a los demandados, bajo apercibimiento de designárseles CURADOR PROCESAL.- H. S.” Firma sello Sandra


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