Avisos Judiciales24 09 14

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Cusco, miércoles 24 de setiembre de 2014 Usuarios EDICTO JUDICIAL POR ANTE EL SEGUNDO JUZGADO MIXTO DE LA PROVINCIA DE CANCHIS SICUANI, A CARGO DE LA SEÑORITA MAGISTRADA SILVIA CECILIA USCA MEDINA CON LA ACTUACIÓN DEL SECRETARIO JUDICIAL PAÚL CÉSAR IDME UMPIRI EN EL EXPEDIENTE N° 00181-2014-0-1007-JMCI-02, FRANCISCO SURCO MERMA INTERPONE DEMANDA SOBRE DIVISIÓN, PARTICIÓN Y PAGO DE FRUTOS CIVILES: EL JUZGADO, HA EMITIDO LA RESOLUCIÓN N° 01. CUYO EXTRACTO DE LA PARTE RESOLUTIVA ES EL SIGUIENTE: “SE RESUELVE: 1) ADMITIR a trámite la demanda de DIVISIÓN y PARTICIÓN como pretensión objetiva originaria principal y PAGO DE FRUTOS CIVILES DEJADOS DE PERCIBIR, interpuesta por FRANCISCO SURCO MERMA, en contra de la sucesión hereditaria de quien en vida fue LORENZA SURCO MERMA Y la sucesión hereditaria de quien en vida fue MARIANO HERMINIO SURCO MERMA, c ompuesta por GREGORIO, AMBROSIA, GUILLERMO, ROMUALDA, BONIFACIA y MARIO SURCO MAMANI. 2) TRAMITASE en la vía del proceso ABREVIADO de conformidad con lo establecido en el último párrafo del artículo 486 y siguientes del Código Procesal Civil. 3) Confiérase TRASLADO de la demanda a los demandados, por el plazo de DIEZ DIAS para que la contesten, bajo apercibimiento de ser declarados rebeldes. 4) Notifíquese a la sucesión hereditaria de LORENZA SURCO MERMA mediante edictos judiciales con el extracto de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano” y el Diario del Cusco por el término de ley para que se apersonen al proceso y absuelvan la demanda, BAJO APERCIBIMIENTO de nombrarse curador procesal”. LO QUE SE PUBLICA PARA LOS FINES DE LEY. SICUANI,15 DE SETIEMBRE DE 2014. 3V-22-23-24-IX-14 B/V 34337 EDICTO JUDICIAL En el Segundo Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de La Convención que despacha el señor Juez Hugo Hernán Parra Villafuerte, bajo la actuación de la Especialista Legal Norma Palomino Paredes se viene tramitando el Proceso N° 28-2010, tramitado ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de la Convención, se ha resuelto mediante Resolución N° 41 de fecha ocho de setiembre del arlo dos mil catorce: “Notificar a los herederos de los demandados Juana Vivanco Figueroa, Aparicio Vivanco Figueroa, Sabina Vivanco La Torre y Favian Vivanco Figueroa (fallecidos) con la demanda, anexos y auto admisorio, de la demanda interpuesta por ELIZABETH NOBLEGA VIVANCO, sobre PAGO DE SALARIOS INSOLUTOS en forma solidaria y otros; en tal virtud, córrase traslado de la demanda a los demandados a fin de que la absuelvan dentro del plazo de CINCO DIAS, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal. Lo que se publica para los fines de ley. Quillabamba, 17 de Setiembre del 2014. 3v-22-23-24-ix-14 b/ v 34350 EDICTO JUDICIAL SEÑORES: Herederos legales del que en vida fue: THIAGO MAURICIO TUPAYACHI LUNA. Que ante el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Echarati, despachado por el Señor Juez Sever Saire Honor y bajo la actuación de la Secretaria Judicial Shirley Ñahui Ccorimanya, se viene tramitando el proceso civil N° 56-2014, en el cual se ha dispuesto la publicación del edicto judicial, el cual es como sigue, SE RESUELVE: Admitir a trámite la solicitud interpuesta por David Tupayachi Aguilar y Yeni Luna Aramburu sobre DECLARACION JUDICIAL DE SUCESION INTESTADA, de quien en vida Thiago Mauricio Tupayachi Luna, fallecido el 13 de febrero del año 2014 en el Distrito de Echarati, proceso que se deberá tramitar en la vía No Contenciosa, lo que se publica para fines de Ley. Echarati, 16 de Setiembre del año 2014. 3veces-22-23-24-ix

b/v 34354 EDICTO CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL DE ASOCIACIÓN PROVIVIENDA BELLAVIST A SAN BLAS En el Proceso Civil Nro. 1299-2013-0-1001-JR-CI-04, seguida por MARIA ELENA RODRIGUEZ YAÑEZ y MEREIDA PUMA SORIA, con ALEJANDRO JORGE VERA YUCRA en su condición de Presidente de la ASOCIACIÓN PRO VIVIENDA BELLAVISTA SAN BLAS sobre CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL DE LA DENOMINADA ASOCIACIÓN PRO VIVIENDA BELLAVIST A SAN BLAS, bajo la actuación del Especialista Legal JUAN SANTIAGO CALLAÑAUPA SORIA, la señora JUEZ DEL CUARTO JUZGADO CIVIL Dra. FANNY LUPE PEREZ CARLOS, ha dispuesto la publicación edictal siguiente EXTRACTO DE LA SENTENCIA.- Resolución Nro. 31.- Cusco, 29 de agosto de 2014. VISTO ( ... ) CONSIDERANDO: (...) Por lo que impartiendo justicia a nombre de la Nación SE RESUELVE:1. DECLARAR FUNDADA la pretensión de Convocatoria Judicial a Asamblea General, interpuesta por Mereida Puma Soria y otros. 2. Consiguientemente se dispone CONVOCAR JUDICIALMENTE A ASAMBLEA GENERAL DE LA PERSONA JURIDICA ASOCIACION PRO VIVIENDA BELLA VISTA SAN BLAS del distrito, provincia y departamento del Cusco, con el siguiente orden del día : Ratificar la revocatoria del mandato del Presidente del Consejo directivo Alejandro Vera Yucra ; ii) Ratificar de la renuncia de la Tesorera Juana Currasco Quispe. iii) Ratificar la recomposición del Consejo Directivo iv) Entrega de Libro de actas v) Rendición de cuentas de la Tesorera renunciante. La que se llevara adelante el día VEINTISIETE DE SETIEMBRE DEL AÑO EN CURSO A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA EN LOS TERRENOS DE LA ASOCIACION (LUGAR DE COSTUMBRE) bajo la presidencia de la asociada María Elena Rodríguez Yañez con la intervención de Notario Público del distrito de Cusco debidamente acreditado ante éste Despacho judicial; debiendo publicarse la convocatoria mediante edicto por tres días consecutivos en el diario judicial sin perjuicio de publicarse en lugares visibles de los terrenos de la Asociación así como otros mecanismos previstos en los Estatutos de la persona juridica aludida.(...). T.R. y H.S. firma completa de la Juez Fanny Lupe Pérez Carlos, ante mi Juan Santiago Callañaupa Soria, Especialista Legal. Cusco 19 de setiembre del año 2014. 3V-22-23-24-ix B/V 34357 EDICTO JUDICIAL Señores: Sucesión de MARÍA ANTONIETA CALLO TISOC.Ante el Tercer Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, despachado por el señor Juez John Aleck Alfaro Tupayachi, se tramita el Proceso Civil Nro. 02293-2006-0-1001-JR-CI-03, en el que mediante resolución Nro. 123 de fecha 04-09-2013, SE RESUELVE: 1. NOTIFICAR mediante EDICTOS con la presente resolución a los sucesores de quien en vida fue la demandada MARIA ANTONIETA CALLO TISOC, para que comparezcan al proceso en el estado en el que se encuentra, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal, mientras tanto SUPÉNDASE el proceso. 2. REQUERIR a la demandante a efecto de que concurra ante este Juzgado dentro del TERCER DÍA de notificada con la presente resolución con la finalidad de recabar los edictos ordenados. 3. Declarar NULAS las resoluciones número ciento veintiuno de fecha veintiuno de agosto del año dos mil trece y la resolución número ciento veintidós de fecha veintinueve de


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