Avisos Judiciales Cusco 170113

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Cusco, jueves 17 de enero de 2013 Usuarios EDICTO JUDICIAL En el proceso numero 2012-64 sobre Divorcio con las causales de injuria Grave y separación de hecho por más de dos años continuos interpuesta por Santiago Gutierrez Huillca apoderado de la señora Elisabeth Gutiérrez Gutiérrez en contra de de Oscar Pablo Alvarez Ylachoque con citación del Ministerio Publico. El Juez del Segundo Juzgado Mixto de Chumbivilcas ha dispuesto la notificación mediante edictos con la resolución numero cuatro de fecha siete de enero del año dos mil trece: La notificación al demandado; y, CONSIDERANDO: Primero.-De conformidad al articulo 458° del CPC, si transcurrido el plazo para contestar la demanda, el demandado ha quien se le ha notificado validamente esta no la hace, es declarado rebelde. Segundo.-De la notificación mediante edictos en los diarios Peruano y Cusco obrante a fajas 26 al 55, desprende que el demandado, ha sido notificado en fecha 17, 18 Y 19 de Octubre de Octubre del año dos mil doce, que corre a fajas 26 al 55. Tercero.-Que, según el Artículo 554 del C.P.C,el demandado tenía cinco días de plazo para absolver la demanda. Sin embargo, en autos no existe escrito de contestación de la demanda; estando al apercibimiento dispuesto. SE RESUELVE: Declarar rebelde al demandado Oscar Pablo Álvarez Ylachoque por no haber absuelto el traslado de la demanda ni dentro ni fuera del plazo legal. H. S Firma del Señor Juez Doctor Víctor Efraín Bedregal Mendoza .Secretaria Abog, Milagros Paz Chuspe. Lo que notifico a usted conforme a ley. Santo Tomas, catorce de enero del año dos mil trece. 3v-17-18-21-i-13 b/v 26706

correctamente como DISTRITO DE SANTIAGO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO. Lo que se hace de conocimiento Público a fin de que las personas que resulten perjudicadas por la rectificación, puedan formular oposición dentro de los 15 días siguientes a la publicación ,conforme al Art,74 del D.S.015-98-PCM ante esta Municipalidad. Lo que se da cumplimiento al Art. 73 del D.S.015-98-PCM, para sus fines. Santiago, 16 de Enero del 2013. Roberto Vilca Mendoza Registrador civil 1v-17-i-13 b/v 26707

EDICTOS En el Primer Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq, que despacha la Juez Dra. Luz Jannet Cárdenas Esteves, bajo la actuación de la Especialista Legal Rebeca Roca Ferro, se viene tramitando el proceso Nro. 3069-2012-0-1001-PJ -CI -01. Seguido por Zana Chara Alfredo, sobre Rectificación de partida de Nacimiento del recurrente, al inscribir se ha adicionado al apellido materno de su progenitora la letra “C”, siendo lo correcto Manuela Chara PAUCAR; así mismo se debe adicionar como segundo nombre de su progenitora “EXALTACIÓN”, del mismo modo, en el apellido paterno de su progenitor se ha consignado en forma errónea con la letra “Z”, siendo lo correcto “SANA”; quedando inalterable en lo demás que contiene.- lo que se publica para los fines de ley. Wanchaq, 15 de enero del 2013. 1v-17-i-13 b/v 26711

EDICTO JUDICIAL

AVISO JUDICIAL

Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Cusco, bajo la dirección del señor Juez Dr. Mario Castilla Huarco y la actuación de la Especialista Legal Nancy Tapia Gonzales, se viene tramitando el proceso 2426-2012-CI seguido por LISBETH AYMITUMA CAMPANA, sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, esta judicatura ha admitido a trámite en la VIA de Proceso no contencioso, habiéndose admitido la solicitud mediante resolución No. 02 de fecha 15 de octubre del año en curso, solicitándola rectificación de su partida de nacimiento, en cuanto se refiere a que se ha omitido consignar en su partida de nacimiento su apellido paterno de AYMITUMA, siendo lo correcto AIMITUMA. Lo que se publica para los fines consiguientes de ley. Cusco, 3 de enero del año 2013. 1v-17-i-13 b/v 26705

Ante el Juzgado de Paz Letrado de San Sebastián se viene tramitando el Proceso Civil Nro. 2012- 336, por Resolución No. 03 del 03 de enero del año dos mil trece, la señora juez titular Marianella Cárdenas Villanueva, ha dispuesto la publicación del extracto de la solicitud admitida e interpuesta por PILAR SANA CHARA sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE DEFUNCION de quien en vida fue MANUELA EXALTACION CHARA PAUCAR; Proceso que se tramita en la vía del Proceso NO CONTENCIOSO. Lo que se publica por una sola vez, para los fines consiguientes de Ley.- Firma completa del señor juez y media firma del Secretario. San Sebastián, 15 de enero del 2013 1v-17-i-13 b/v 26711

EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Acomayo que Despacha la señorita Juez doctora Melody Contreras Barineza, bajo la actuación de Especialista Judicial, Luis Enrique Alvarez Cáceres, viene tramitándose el proceso Civil Nro. 0036-2012-0-1003-JMCI-01, seguido por MARIA CONCEPCIÓN TAIÑA, sobre cambio ... de nombre se dispuesto la publicación Edictal siguiente: Mediante resolución Nro. 01 de fecha diecisiete de diciembre del dos mil doce; Auto Admisorio de la demanda; Visto ( ... ) y CONSIDERANDO ( ... ) SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la solicitud interpuesta por MARIA CONCEPCION TAIÑA QUISPE, sobre CAMBIO DE NOMBRE consistente en el cambio de nombre de su menor hijo Gricel Condori Taiña con efecto de que judicialmente se emita resolución final disponiendo el cambio de nombre de pila en el certificado de nacimiento del menor en referencia de GRICEL por JULBER, en la vía del proceso ABREVIADO, con citación del representante del Ministerio Público; en consecuencia, publíquese el extracto de la presente resolución mediante edictos en el Diario Judicial del Cusco, así como en el Diario Oficial El Peruano por el término de ley.Acomayo, 11 de enero del 2013. 1v-17-i-13 b/v 26703

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO AVISO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVA DE PARTIDA DE NACIMIENTO En la oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Santiago - Cusco Con Expediente 511 de fecha 16-01-2013 Ha solicitado el(la) ciudadano(a) ERIKA CONZA LUNA la RECTIFICACION ADMINISTRATIVA de la partida N° 2659 del Libro de Nacimiento del año 1985, en el que existe error en el rubro nombre de la progenitora (PRENOMBRE y SEGUNDO APELLIDO), debiendo ser el dato correcto como YSABEL y PUMACCAHUA en lugar de Isabel, Pumacahua, quedando el nombre completo como YSABEL LUNA PUMACCAHUA, así mismo existe omisión del lugar de nacimiento, debiendo consignarse

EDICTO JUDICIAL En el proceso Civil Nro. 03180-2012-0-1001-JR-CI-01, ante el Tercer Juzgado de Paz Letrado del Cusco, que Despacha la Doctora Judit Tacuri Chares; bajo la actuación de la secretaria judicial Gloria Justina Mora Loraton, se ha dispuesto la publicación edictal siguiente: Resolución Nro. 02 de fecha trece de diciembre del año dos mil doce Auto admisorio de la Demanda; VISTO ( ... ) Y, CONSIDERANDO ( ... ) SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por JUANA UBALDINA GONGORA ALVAREZ, sobre SUCESION INTESTADO de la que en vida fue MANUELA ALVAREZ ARRIOLA, debiendo sustanciarse el trámite de la presente demanda en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO. En atención a lo dispuesto por el artículo 828 del Código Procesal Civil, publíquese el extracto de la presente resolución en el Diario Oficial “El peruano” y en “El Diario Judicial del Cusco” ... H.S. Cusco, 15 de enero del año 2013. 1v-17-i-13 b/v 26710

NOTIFICAC ION POR EDICTOS En el proceso Nro. 120-2013 tramitada por ante el Juzgado de Paz Letrado del Distrito de San Sebastián, despachado por la Sra. Juez Dra. Marianella Cárdenas bajo la actuación de la secretaria Dra. Antonina Ponce de León mediante resolución Nro. .07 de dieciocho de julio del año 2012 se ha dispuesto notificar al demandado OLGER ZEBALLOS APARICIO mediante edictos debiendo de realizarse las publicaciones de los edictos en el diario Oficial el peruano y en el de mayor circulación por el plazo de ley. con la demanda y auto admisorio se RESUELVE: por interpuesta la demanda por el Banco de la Nación sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DEDINERO contra OLGER ZEVALLOS APARICIO admítase a tramite la demanda en la vía del proceso único de ejecución de obligación ,traslado de la demanda por el plazo por cinco días bajo apercibimiento de nombrársele Curador procesal por ofrecidos los medios probatorios al que hace referencia .-H.S.-


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