Cusco, martes 16 de diciembre de 2014 Usuarios PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO En los seguidos por demandante DISTRIBUIDORA DROGUERIA PHRYMA SAC con número de RUC 20454197209 representado por su apoderada NORMA TORRES GUTIERREZ contra el demandado GONZALO ALBERTO PALIZA MIRANDA sobre la materia de DAR SUMA DE DINERO bajo Expediente: 02346-2011-0-1001-JP-CI-01, del SEGUNDO JUZGADODE PAZ LETRADO SEDE WANCHAQ a cargo de la señora Juez, Dra.: Tania García Quispe y Secretaria Judicial, Dra. Marie Eddie Villarroel Ccaso ha dispuesto sacar a REMATE EN PRIMERA CONVOCATORIA el 7.427% del bien inmueble urbano denominado “Erapata” signado en la calle Chimu -Rau - Rau hoy diego de Almagro del Distrito de San Sebastián, inscrito en la Partida Electrónica N° 02050937 de La Oficina Registral Cusco de la Zona Registral N° 10 , teniendo un área de derechos y acciones equivalente a 7.427%. VALOR DE TASACION del total del inmueble: S/. 767,707.50 (CIENTO NOVENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO Y 001100 NUEVOS SOLES). VALOR DE TASACION PORCENTAJE REMATADO: 7.427% es de 57,017.63 (CINCUENTA Y SIETE MIL DIECISIETE Y 63/100 NUEVOS SOLES siendo la BASE DE REMATE: S/.38,011.00 (TREINTA y OCHO MIL ONCE Y 00/100NUEVOS SOLES) , que son equivalentes a las 2/3 partes de la Tasación. AFECTACIONES: 1. EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION de acciones y derechos en un 7.427% hasta por la suma de S/8500 (ocho mil quinientos y 00/100 nuevos soles): Detallada en el asiento 03 de la Partida N° 02050937 de La Oficina Registral Cusco de la Zona Registral N°10 a favor de la DISTRIBUIDORA DROGUERIA PHRYMA SAC. FECHA y HORA DE REMATE: VIERNES 19 DE DICIEMBRE DEL 2014, A HORAS 08:30 A.M. LUGAR DE REMATE: En el local del SEGUNDO JUZGADO MIXTO DE PAZ LETRADO SEDE WANCHAQ del Departamento de Cusco. Los postores oblarán una cantidad no menor del 10% de la Tasación del inmueble, en efectivo o mediante cheque de gerencia sin sello No Negociable y presentarán el original del pago del arancel judicial respectivo a nombre del Juzgado, consignando el número del Expediente, el número de Documento de Identidad, firma y adjuntando copia simple de todos los documentos. El Adjudicatario cancelará la comisión del Martillero Público al finalizar el acto público, de conformidad con el artículo 18° del D.S. 008-2005-JUS-. Lima, 10 de noviembre de 2014. DRA. KATIA PATRICIA MAJLUF DELAUDE, Abogada. Martillera Pública Con Reg.310. 6v-9-10-11-12-15-16-xii b/v 36006
PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO.En los seguidos por demandante ASOCIACIÓN ARARIWA representado por su apoderada LISBELIA MEDRANO HUARANCA con DNI 40879982 contra el demandado ALFREDO SASARI CCAMA y BIBIANA MAMANI CUSI sobre la materia de Ejecución de Garantías, bajo Expediente: 00213-2012-0-1007-JM-CI-02, del SEGUNDO JUZGADO MIXTO DE CANCHIS SICUANI a cargo de la señora Juez, Dra. Silvia Cecilia Usca Medina, y Secretaria Judicial, Dr. Paul Cesar Idme Umpiri, ha dispuesto sacar a REMATE EN PRIMERA CONVOCATORIA el bien inmueble signada como A.P.V. 4 DE NOVIEMBRE MZ. “A” LOTE 4 DEL DISTRITO DE SICUANI, PROVINCIA DE CANCHIS, DEPARTAMENTO DEL CUZCO, inscrito en la Partida Electrónica Nº 11017074 de La Oficina Registral Sicuani de la Zona Registral N° 10, teniendo un área, de 160 metros cuadrados y un perímetro de 52 metros que consta de una construcción de adobe. VALOR DE TASACIÓN: S/. 198,378.24 (CIENTO NOVENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO Y 24/100 NUEVOS SOLES). BASE DE REMATE; S/. 132,252.16 (CIENTO TREINTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS 16/100 NUEVOS SOLES), que son equivalentes a las 2/3 partes de la Tasación. AFECTACIONES: 1) HIPOTECA; Detallada en el asiento 002 Partida N° 11017074 de La Oficina Registral Sicuani de la Zona Registral N°10 a favor de la ASOCIACIÓN ARARIWA hasta por la suma de S/.80,000.00 (ochenta mil y 00/100 nuevos soles) en garantía de las Obligaciones señaladas en la Escritura Pública materia de la presente inscripción de fecha 23/06/10 otorgada ante Notario Público Néstor Villanueva Sánchez en la ciudad de Sicuani. FECHA Y HORA DE REMATE; VIERNES 19 DE DICIEMBRE DEL 2014, A HORAS 4:00 P.M. LUGAR DE REMATE: En el local del SEGUNDO JUZGADO MIXTO DE CANCHIS SICUANI del Departamento de Cusco. Los postores oblarán una cantidad no menor del 10% de la Tasación del inmueble, en efectivo o mediante cheque de gerencia sin sello No Negociable y presentarán el original del pago del arancel judicial respectivo a nombre del Juzgado, consignando el número del Expediente, el número de Documento de Identidad, firma y adjuntando copia simple de todos los documentos. El Adjudicatario cancelará la comisión del Martillero Público al finalizar el acto público, de conformidad con el artículo 18° del D.S, 008-2005-JUS-. Lima, 10 de noviembre de 2014, DRA. KATIA PATRICIA MAJLUF DELAUDE, Abogada Martillera Pública con Reg.310.- PAUL CESAR IDME UMPIRI.- Secretario Judicial.- SEGUNDO JUZGADO MIXTO DE CANCHIS – SICUANI.06V 11-12-15-16-17-18 DIC B/V 36044
EDICTO JUDICIAL A: Los que se consideren con derechos hereditarios de Dionicia HuilIcahuaman Nina. En el Exp. Civil N°00021-2014-0-1014-JM-CI-01, ante el Juzgado Mixto de Quispicanchi, Juez Dra. Ofelia Paredes, en los seguidos por Antonio Víctor Quispe Qqueccaño sobre Desalojo por ocupante precario contra Paulino Mendoza Uscachi, Teodocio Villena Huacac, Eufracio Uscachi Ruiz, Marcelino Loayza Huillcahuaman, Vilma Quispe Quispe, Damiana Fernandez Huillcahuaman, Primitiva Taracaya Chavez, Antonia Guerra Curasi y Dionicia HuiIcahuaman Nina, se ha dispuesto la notificación mediante edicto, lo
siguiente: Resolución N° 02 de fecha 14 de mayo del 2014 “ SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por Antonio Victor Quispe Qqueccaño contra Paulino Mendoza Uscachi, Teodocio Villena Huacac, Eufracio Uscachi Ruiz, Marcelino Loayza Huillcahuaman, Vilma Quispe Quispe, Damiana Fernandez Huillcahuaman, Primitiva Taracaya Chávez, Antonia Guerra Curasi y Dionicia HuiIcahuaman Nina sobre DESALOJO POR OCUPANTE PRECARIO, la misma que ha de ser tramitada en la VIA DEL PROCESO SUMARISMO. Debiendo correrse traslado de la demanda a los demandados, por el término de ley, bajo apercibimiento de declarárseles rebeldes.- Al Otro si: Por ofrecidos los medios probatorios de esta parte, reservándose su admisión y actuación para la Audiencia respectiva.- A los anexos: A sus antecedentes los anexos presentados. Y mediante Res. N°06 de fecha 04 de noviembre del 2014 se RESUELVE: Suspender la realización de la audiencia única disponiendo la NOTIFICACIÓN a las personas que se consideren con derechos hereditarios a través de publicación de edictos por el Diario Judicial y el Diario Oficial “EI Peruano”, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal. Mientras tanto suspéndase la tramitación del presente proceso. Urcos, 10 de diciembre de 2014. 3V-12-15-16-XII-14 B/V 36057
JUNTA UNIVERSAL DE SOCIOS EN LA CIUDAD DEL CUSCO EN EL DOMICILIO DE LA SOCIEDAD, SIENDO LAS 07:00 PM DEL DIA 09 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014, SE REALIZA LA JUNTA UNIVERSAL DE SOCIOS PARTICIPACIONISTAS, A LA CUAL ASISTIERON LOS SIGUIENTES SOCIOS: MELBER CCOSCCO GARRAFA, TITULAR DE 13, 450 PARTICIPACIONES ANGELA MAGALY DELGADO HURTADO, TITULAR DE 23,000 PARTICIPACIONES ASISTIENDO 36,540 PARTICIPACIONES, EQUIVALENTES A LA TOTALIDAD DEL CAPITAL SOCIAL. ACTUA COMO PRESIDENTE DE LA JUNTA EL GERENTE GENERAL SRA. ANGELA MAGALY DELGADO HURTADO Y COMO SECRETARIO SR. MELBER CCOSCCO GARRAFA LA PRESIDENTA DE LA SESION PROPONE COMO TEMA DE AGENDA: 1.- TRANSFERENCIA DE PARTICIPACIONES. LOS SOCIOS ASISTENTES POR UNANIMIDAD ACEPTAN EL TEMA DE AGENDA PROPUETO POR LA PRESIDENTA DE LA SESION. DESARROLLO DE LA AGENDA: PUNTO UNICO: LA PRESIDENTA DE LA SESION SEDE LA PALABRA AL SOCIO MELBER CCOSCCO GARRAFA, QUIEN SEÑALA SU INTERES POR TRANSFERIR LA TOTALIDAD DE SUS PARTICIPACIONES DE LAS QUE EL ES PROPIETARIO, A FAVOR DE LA SOCIA ANGELA MAGALY DELGADO HURTADO, PIDIENDO PARA ELLO LA APROBACION DE LA JUNTA; TOMANDO EL USO DE LA PALABRA LA PRESIDENTA DE LA SESION, PONE A DISCUSION DE LA JUNTA LA INQUIETUD QUE TIENE EL SOCIO; QUIENES DESPUES DE UN CORTO DEBATE ACUERDAN POR UNANIMIDAD: ACEPTAR LA TRASNFERENCIA DE LA TOTALIDAD DE PARTICIPACIONES QUE LE CORRESPONDE AL SOCIO MELBER CCOSCCO GARRAFA, A FAVOR DE LA SOCIA ANGELA MAGALY DELGADO HURTADO. LA SOCIA ANGELA MAGALY DELGADO HURTADO SIENDO PROPIETARIA DE TODAS LAS PARTICIPACIONES DECIDE TRANSFORMAR LA SOCIEDAD EN UNA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. SIN MAS QUE DESARROLLAR LA SESION TERMINO A HORAS 8:30 PM. DEL MISMO DIA. 03VZ.12.15.16.XII.14. B/. 27897
EDICTO DIVISIÓN y PARTICIÓN DE BIENES El 2DO Juzgado Civil de Cusco, que despacha el Juez Dr. Eliot Zamalloa Cornejo, bajo la actuación del Esp. Legal Salustio Fernández Vergara, ha dispuesto la publicación del extracto del auto admisorio de la demanda en el Exp. N° 01745-2014-0-1001-JR-CI-02 seguido por NOHEMI MERCEDES GUTIERREZ ARGANDOÑA como pretensión principal sobre DIVISIÓN y PARTICIÓN de bien inmueble ubicado en el parque de la madre Nro. 144-A del distrito de Cusco, entrega física del área de terreno y construcción que le corresponde contra PAULINA CORDOVA FARFAN VIUDA DE CARDENAS, JOSE CARLOS CARDENAS CORDOVA, LUIS ENRIQUE CARDENAS CORDOVA, JUAN CARLOS CARDENAS CORDOVA, YULLIANA CARDENAS CORDOVA y JESUS MANUEL CARDENAS CORDOVA, y como pretensión accesoria el COBRO DE FRUTOS consistente en la suma de importe de ciento trece mil setecientos nuevos soles; consecuentemente, córrase traslado de la demanda a los demandados por el plazo de DIEZ DÍAS, bajo apercibimiento de declarar su rebeldía. Téngase por reservado el derecho de ampliar la demanda. Asimismo se notifica con un extracto de las resoluciones Nros. 05 y 06. Resolución Nro. 05 Cusco, veintiocho de noviembre Del dos mil catorce.Por lo Expuesto.- La recurrente Nohemí Mercedes Gutiérrez Ardandaña solicita la notificación por edictos y manifiesta bajo juramento haber agotado las gestiones destinadas a conocer el domicilio de la demandada Yuliana Cárdenas Córdova; y estando a lo manifestado por la actora estando a lo dispuesto por el artículo 165 del Código Procesal Civil, NOTIFQUESE vía edictos a la demandada Yuliana Cárdenas Córdova con la demanda anexos y auto admisorio.Resolución Nro. 06 Cusco, nueve de diciembre Del dos mil catorce.POR LO EXPUESTO.- Estando a lo expuesto por la recurrente y habiendo manifestado bajo juramento que ha agotado las gestiones destinadas a conocer el domicilio de los demandados, en