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El eterno cepo
Juan Cruz MIÑONES
Asesor en Comercio Exterior. Linkedin juancruzminones@gmail.com cipexar@gmail.com
En 2023, los argentinos votaron mayoritariamente con la expectativa de una liberación del mercado de cambios, un impulso a las exportaciones, una reducción de impuestos y una mayor libertad para comerciar.
La maraña normativa que se llegó a desarrollar en el país es tan amplia y complicada que es imposible de conocer en su totalidad. Disposiciones tan absurdas como el caso de las sandías, que no se podían exportar sin un envoltorio específico debido a una norma aduanera que databa de 40 años.
Las regulaciones cambiarias, que volvieron a entrar en vigor el 2 de septiembre de 2019, es un tema especialmente preocupante para el comercio exterior argentino.
A diario se observan novedades sobre desregulaciones en el comercio exterior, libre importación de mercaderías y reducción de trabas para las exportaciones; es un avance sin lugar a dudas, pero no es sufieciente dado que importar y exportar son transacciones económicas que implican movimiento internacional de divisas.
Siendo así, si no somos libres de cobrar nuestras exportaciones cuando nos resulte conveniente y a un valor que refleje la realidad del mercado, nos va a resultar complejo salir a competir con el mundo en relativa igualdad de condiciones. Por otra parte, la facilidad y libertad que hay para importar no es completa si no existe la posibilidad de pagar libremente y esto será un impedimento para conseguir vendedores que nos financien. Existen otros mecanismos de pago, pero resultan más costosos. Todos los días escuchamos que el CEPO no se levanta porque no tenemos las reservas suficientes, pero al mismo tiempo se anuncia que las reservas brutas están subiendo. ¿Qué hay detrás del cepo eterno?
¿Cómo será la liberación del cepo?
Primero debemos entender que no todo es lo mismo. Por un lado, tenemos los rubros comerciales que son las exportaciones e importaciones; por otro lado, tenemos el rubro financiero y el de capital, que son los préstamos, los dividendos y la formación de activos externos, básicamente compra de moneda extranjera para ahorrar, etc.
La liberación de las importaciones es urgente, la de las exportaciones es importante, y el resto es necesario para poder encarar un crecimiento serio como país y que ingresen capitales de inversión productiva y no especulativa
En esta etapa, la liberación total del mercado de cambios es inviable. Esto generaría una debacle en la economía, con una inflación que no se pueda controlar, y crisis por falta de divisas. Si bien la liberación del mercado de cambios y la salida del Banco Central de la República Argentina (BCRA) del escenario financiero son supuestos objetivos del actual gobierno, antes es necesario ordenar algunas variables.
Al inicio del gobierno actual, la deuda de las empresas con sus proveedores del exterior era de aproximadamente 40.000 millones de dólares, a lo que se debería sumar los pagos de dividendos a sus accionistas extranjeros. Es inviable una liberación total en forma inmediata y no escalonada.
Exportación de bienes
Pero no todos los rubros del BCRA tienen el mismo impacto en las reservas, veamos los mas importantes y cuáles presentan escollos para la salida del cepo.
Por un lado, tenemos el único rubro de generación genuina de divisas, las exportaciones de bienes y servicios. Las exportaciones son las que van a hacer que las reservas soporten las salidas de dólares por pagos al exterior, pero para eso, necesitamos incrementar las ventas internacionales. Dentro de éstas están las divisas del campo, donde la perspectiva 2025 no es alentadora. Debemos restarle las retenciones al campo, que aún existen y son muy altas a pesar de la mínima reducción implementada hasta junio.
Las exportaciones industriales compiten en condiciones de inferioridad en el mundo, por un esquema de altos impuestos y un tipo de cambio que no le es favorable. Para el exportador el cambio está atrasado, y para el gobierno el cálculo teórico del valor del dólar es correcto.
La obligatoriedad para ingresar divisas en un plazo determinado, especialmente para los grandes rubros, atentan contra el espíritu exportador.
Otro gran ingreso de divisas esperado son las inversiones extranjeras, independientemente a los proyectos presentados bajo el marco del RIGI y las promesas de inversión, es poco probable que una empresa extranjera quiera invertir en un país donde está vigente una norma que no le permite retirar su capital o sus dividendos. El huevo o la gallina, para que ingresen inversiones debo levantar el cepo, para levantar el cepo necesito que ingresen divisas
Cuando me refiero que el único rubro de generación genuina de divisas son las exportaciones, es porque si bien las inversiones de capital son para generar riqueza, trabajo etc, son capitales externos, de alguna manera se deben al exterior.
En cuanto a los plazos para ingresar divisas, solo se han flexibilizado las condiciones para los Servicios, hoy una persona física puede cobrar en su cuenta en dólares hasta el equivalente a U$D 36.000 anuales, por año calendario. Es importante tener que cuenta, no se liquida a pesos, pero hay que ingresarlas al país a través de un banco.
Por otro lado, las exportaciones de bienes, a través del decreto del Poder Ejecutivo Nacional nro 28/2023, prorrogado a su vencimiento, indica que las exportaciones deberán ingresarse al país en divisas y negociarse en un 80 % a través del Mercado Libre de Cambios (MLC), y por el 20 % restante concertar operaciones de compraventa con valores negociables adquiridos con liquidación en moneda extranjera y vendidos con liquidación en moneda local, más conocido como CCL.
De alguna manera, esta es una forma de reconocer que el dólar hoy conocido como oficial está “pisado” por una conveniencia política, y que no es un valor real, que se acerca más al mencionado CCL.
Respecto a los vencimientos para ingresar divisas, los grandes grupos de plazos de cobro para las exportaciones son los siguientes:
15 días corridos para la exportación de cereales
30 días corridos para hidrocarburos
60 días corridos para empresas vinculadas, modificable a 180 dependiendo el caso
180 días corridos para el resto de los bienes.
Y 365 días corridos para las exportaciones realizadas a través del régimen Exporta Simple.
El portal Exporta Simple está mejorando su operabilidad, incorporando otras empresas y depósitos fiscales, a la oferta de prestadores de servicios postales (PSP), lo que hace más interesante este régimen.
En definitiva, hoy las exportaciones no son el rubro que está ayudando contundentemente al engrosamiento de las reservas, siendo uno de los ítems necesarios para levantar el cepo.
Importaciones anteriores al 13 de diciembre de 2023
Hoy se habla poco del BOPREAL, ese bono que lanzó el gobierno hace un año, con tres series con diferentes vencimientos y características de oferta de mercado.
En junio vence la serie 2 del bono, que implica un desembolso del BCRA de 3.000 millones de dólares que afectan a las reservas.
Al cierre de este artículo, todavía no estaba publicado en qué utilizaría el gobierno los U$D 20.000 millones que acordó con el FMI, parte podría estar destinado a la cancelación de la serie 2. Es decir, esa deuda anterior al 2024 que se estatizó mediante el BOPREAL, suma 10.000 millones de dólares que presionan también sobre las reservas y, en consecuencia, en la salida del cepo.
¿No eran 45.000 millones?
Originalmente las cámaras del rubro sostenían que la deuda con el exterior estaba entre los 45.000 y 75.000 millones de dólares, esa información surgía de las SIMI, pero muchas fueron abandonadas, o abonadas por fuera del mercado, con operaciones de contado con liquidación o con fondos propios en el exterior, declarados o no. Del relevamiento surgió la deuda real, unos 32.000 millones de U$D que 10.000 se colocaron con el BOPREAL, esa es la deuda que compro el estado y tiene que pagar en junio 2025, junio 2026 y octubre 2027. Este bono tiene una opción de rescate anticipado, esa sería una buena opción para levantar el MLC.
Es decir, que el stock de importaciones solo se puede pagar por fuera del MLC o de acuerdo con el cronograma del BOPREAL que la empresa haya adquirido. Si no tiene bonos, la única forma de pagarlo es por transferencia desde una cuenta en el exterior, o a través del contado con liquidación. Hay otros métodos, pero no quedan registrados, y lo desaconsejo para operaciones que están registradas.
Utilidades y dividendos
Este rubro es fundamental al momento de fomentar el ingreso de divisas por inversiones directas, en septiembre del 2019 quedaron prohibidos, tácitamente, los pagos de dividendos al exterior.
Solo se pueden transferir con condicionamientos, los dividendos relacionados a nuevos ingresos de divisas por aportes de capital, aumento certificado del valor de las exportaciones, utilidades relacionadas al “PLAN GAS” y los valores que estén relacionados a las inversiones bajo el régimen RIGI, obviamente para fomentar el ingreso de inversiones. Pero, a mi entender, siendo una excepción a la norma, no es mas que una muestra de voluntad que quedará en firme cuando se levante el cepo en forma definitiva y quede, de alguna forma, blindada la imposibilidad de volver a ese régimen.
En cuanto a reservas, a ciencia cierta no se sabe cuánto debe el país en concepto de dividendos, pero es un importe considerable. Debemos de tener en cuenta que hace casi 6 años que las empresas que tienen accionistas no residentes no pueden transferir por el MLC estos conceptos, es decir que año a año hemos ido acumulando deuda externa privada. No se puede calcular, porque no es un dato que tenga el BCRA y porque no está prohibido el pago del dividendo, lo prohibido es transferir al exterior. Es decir, una empresa puede distribuir y pagar dividendos y regalías en pesos, por ejemplo, a un representante local del no residente, pero este no puede transferirle el equivalente en dólares a través del MLC. Pues las empresas empezaron a transferir por otros medios, hasta que en el gobierno anterior restringieron aún más el acceso al contado con liquidación (CCL) lo que provocó que las empresa sean más creativas, eso es lo que genera la restricción extrema. En definitiva, no se sabe cuanto afectara a las reservas, pero es un ítem que preocupa.

Prestamos
Para entender la filosofía del control de ingreso y egreso de divisas es que, para el Banco Central de la República Argentina (BCRA), todos los exportadores e importadores sean de productos, servicios, capitales etc, son sujetos que van a hacer todo lo posible para sacar un provecho individual a costa de afectar su país, y que las empresas extranjeras tienen una finalidad lucrativa excesiva que lo único que le interesa es explotar y vaciar el país. Bajo este concepto, todo préstamo tomado con el exterior, toda relación con una empresa relacionada del exterior será automáticamente discriminada como si fuese un delincuente y tratada como tal. Esta filosofía sigue presente hoy en la normativa cambiaria.
Pues es así como, la devolución de los prestamos financieros están muy acotados, y obviamente relacionados a un ingreso previo de divisas. Siendo conceptos tan complejos, es recomendable estar bien asesorado al respecto antes de tomar un endeudamiento financiero en el exterior, especialmente pensando en el repago de mismo.
En muchos casos, hay prestamos tomados en el exterior donde los fondos quedaron en cuentas de la empresa local ubicadas en el exterior, con la intención de realizar pagos, para luego ser cancelado desde argentina. Por lo que es un rubro que tampoco se conoce el total de deuda real, y en caso de levantar el cepo cambiario, presionará fuertemente a la salida de reservas y devaluación. El tipo de cambio actual, beneficia este tipo de salidas de divisas.
Importación de Servicios
La importación de Servicios tiene una particularidad, su intangibilidad hace que sea casi imposible verificar la real existencia de tales servicios y en la mayoría a de los casos pasa por una factura emitida por el exterior o un contrato firmado entre partes, de las cuales no se puede verificar fácilmente la veracidad de los documentos y firmantes. Esto hizo que en muchos casos se utilizaran para sacar divisas del país, y luego ingresarlas por otros medios para aprovechar las brechas cambiarias entre el dólar oficial y el paralelo.
Como mencioné en otras oportunidades, la existencia de tanta restricción para evitar la subida del valor de la moneda extranjera es totalmente contraproducente porque lleva a las empresas a buscar formas alternativas para pagar sus deudas comerciales o financieras, esto hace que el medio alternativo sea más caro por saltearse los controles, y es así de simple como sube el valor de la divisa paralela y comienza a ser un bien buscado por su propio valor, y tratar de enviar divisas al exterior al valor oficial para ingresarlo al valor del paralelo. Un círculo vicioso.
El nuevo gobierno diferencia los servicios puros a los relacionados directamente a una operación comercial, siendo estos últimos los que tienen una fecha posible de pago más flexible.
Hay otros conceptos que resultan casi imposible abonarlos porque la norma del BCRA exige que sean Servicios previamente prestados, es decir que se paga una vez recibido la totalidad del servicio. Si se quiere pagar un software por transferencia, se debe tener el soft en uso.
Las restricciones para tener en cuenta:
En el caso de deudas de intereses por importaciones de bienes y servicios, se podrá pagar a partir de la fecha de vencimiento del interés, a menos que sean empresas relacionadas. Este requisito tiene excepciones.
Pagos de servicios que fueron o serán prestados o devengados a partir del 13/12/23 de conceptos relacionados a empresas de servicios, como por ejemplo prestadores de servicios de salud.
Los fletes relacionados a una operación de exportación, en la medida que el Incoterm lo incluya.
Los fletes relacionados a una operación de importación, el plazo está relacionado a la fecha que se puede transferir la importación.
90 días desde la fecha de prestación del servicio, para otros servicios personales, culturales y recreativos.
Si el servicio no es ninguno de los anteriores, 30 días desde la fecha de prestación, si no es empresa vinculada.
Si el servicio no es ninguno de los anteriores, 180 dias desde la fecha de prestación, si es empresa vinculada.
Los servicios se pueden pagar antes de los plazos previstos, si hay ingreso de divisas, si están relacionados a una financiación de importación, se liquidan adelantos de exportaciones, ingresos de divisas por nuevos endeudamientos financieros y otros conceptos más específicos.
Los pagos de servicios anteriores al 13/12/2023 solo pueden pagarse con consulta previa al BCRA (ya sabemos que esa consulta previa es ilusoria).
En todos los casos, hay que tener en cuenta que aún es requisito la presentación de la información de la Com A 6401.
Importación de Bienes
En lo que respecta a las reservas del BCRA, considero que este es el punto más crítico, no solo por la masa de deuda privada con el exterior acumulada a diciembre 2023, sino porque el tipo de cambio oficial o blend no resulta el conveniente para el exportador. Aún así, estamos registrando superávit comercial. Según la última publicación del Instituto Nacional de Estadística y Censos de la República Argentina (INDEC), en febrero de 2025, Argentina exportó por USD 6.092 millones (10,1% más que un año atrás) e importó por USD 5.864 millones (42,3% más), esta es una tendencia que se viene registrando desde hace un año.
Por otra parte, la información publicada en la Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentina (VUCE), desde el año 2024 el país viene registrando superávit comercial. Pero detrás de la balanza comercial positiva, ¿cuál es el riesgo que hay en el MLC para las reservas? A mi entender, una de las razones de la caída de las importaciones es por la imposibilidad actual de pagar en forma anticipada, ya que el país perdió confiabilidad. Independientemente a las acciones del Gobierno que son positivas en comercio internacional, la deuda privada se puede decir que se defaulteo en 2023 ya que no se pagó nada de lo adeudado, por lo menos no por el canal oficial. Comercialmente hace que se pierda crédito, y que no nos venden si el pago no es anticipado.
Si hoy se liberase el MLC, con un tipo de cambio barato para importar y regulaciones simplificadas, éstas crecerían rápidamente y las reservas se verían muy afectadas. ¿Esto cómo se refleja en las regulaciones de BCRA? Manteniendo las restricciones de acceso al mercado, e ir flexibilizándolo de a pocos, especialmente en las fechas. La tendencia es llevar al importador a planificar sus pagos al exterior por goteo vía MLC e incorporando otros mecanismos que no afecten las reservas como ser el CCL, o mejor aún, que utilicen los fondos propios acumulados por los argentinos en cuentas externas.

Pues entonces, así quedan las regulaciones generales del BCRA par el pago de importaciones:
Conceptos básicos, la operación debe estar declarada en la Com A6401, la operación debe tener una fecha de vto declarada, el valor a transferir no puede ser mayor a lo declarado en la documentación, el beneficiario del exterior sea el proveedor del exterior.
Dentro de las operaciones habilitadas a ingresar al mercado de cambios, no menciona los pagos anticipados, salvo casos excepcionales.
Si son bienes importados a partir del 13/12/2023 se podrá pagar al exterior de acuerdo con el tipo de bien de que se trate, van desde la fecha de oficialización a los 30 días.
Anticipos, solo vía financiación de importación por parte de un banco. Esto es difícil de conseguir porque la demanda de financiación es alta y los bancos tienen líneas de crédito internacionales mas acotadas. Los bancos seleccionan muy bien a quien otorgarle financiación.
Otras excepciones para pagar anticipadamente: liquidación en forma simultánea a un cobro de exportación o prefinanciación, ingreso de divisas por nuevos préstamos financieros del exterior. l Los bienes de capital tienen su tratamiento específico. l Se pueden pagar importaciones en forma anticipada si se usan fondos propios depositados en cuentas locales en U$D.
Estos ítems que regulan el ingreso a la disponibilidad de dólares, se van modificando periódicamente de acuerdo con la posibilidad de flexibilizar el MLC, sin poner en riesgo las reservas.
Larga vida al cepo
El ítem que no incorporamos en este artículo es la normativa relacionada a la formación de activos externos, es decir la compra de billete dólar o compra de divisas para ahorrar en U$D en el exterior. Es lo último que se va a liberar dado que el BCRA no va a disponer divisas para que ahorrar en moneda extranjera, lógicamente es lo último que sucederá. Si se quiere comprar dólares se podrán utilizar otros mecanismos como el dólar MEP, criptoactivos, etc., que no involucren al MLC, y para pagar las deudas comerciales los U$D propios que se tengan.
Como hemos visto, levantar el cepo sin riesgo de default por falta de reservas parece imposible, pero esta visión está fuertemente influenciada por nuestra historia reciente. Confío en que podamos encontrar una alternativa que no dependa exclusivamente de las reservas del BCRA. No deberíamos atar nuestra economía únicamente al tipo de cambio, reduciendo todo a la relación AR$/USD. Y tampoco la dolarización resolvería este dilema. Es nuestro eterno “huevo o la gallina”.
