El Búho No.96

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C I U D A D U N I V E R S I TA R I A • FA C U LTA D D E D E R E C H O

G A C E TA E L E C T R Ó N I C A D E L A FA C U LTA D D E D E R E C H O octubre - diciembre 2020 • Número 96

El Derecho Penal: Los jóvenes ante la pandemia

Gaceta en línea alojada en el catálogo de publicaciones unam www.journals.unam.mx/index.php/derecho www.derecho.unam.mx Alojada en ISSUU https://issuu.com/derechoded/docs



EN EL NIDO

CONTEN I DO

70 aniversario del Claustro de Doctores

Coloquio de Derecho Procesal Penal y Mercantil

Conductas que realizadas durante la contingencia del COVID-19 se enmarcan en el Derecho Penal El Derecho Penal: Los jóvenes ante la pandemia

búho a nd a r ie g o

Distinciones Exámenes profesionales Obituario

pluma do r a d a


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Aniversario del claustro de doctores

Nuestra Facultad fue la primera institución en impartir y otorgar el grado de Doctor en Derecho”

Por. César Alanís Merchand Foto. Redes sociales

Hace setenta años se aprobó la elaboración del proyecto del Doctorado en Derecho por el Consejo Universitario, siendo el 10 de abril de 1950 cuando se celebró la ceremonia de apertura encabezada por el rector Luis Garrido Díaz. Nuestra facultad fue la primera institución en impartir y otorgar el grado de doctor en Derecho, constituyéndose también como asesora y colaboradora de todas las Facultades de Derecho de las universidades públicas de los estados de la República. En el año de 1960 el Dr. Nabor Carrillo Flores rector de la universidad, realizó la declaratoria solemne de instauración del Claustro de Doctores, siendo este el nacimiento de un cuerpo colegiado que hasta hoy los reúne, no como un grupo cerrado, sino como un órgano institucional abierto y plural. El doctorado en Derecho se imparte en tres instituciones universitarias

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siendo estas: Instituto de Investigaciones Jurídica (IIJ), en las Facultades de Estudios Superiores Acatlán (FESA) y Aragón (FESA) y en nuestra Facultad de Derecho. El evento se realizó el pasado miércoles 18 de noviembre a través de las aulas virtuales universitarias y se transmitió en la cuenta oficial de Facebook de nuestra institución. Para la inauguración de este evento el Dr. Raúl Contreras Bustamante dio un mensaje de bienvenida y señalo que: “nuestro doctorado tiene calidad internacional y no solamente es forjador de investigadores, sino de promotores del futuro, preparados y actualizados para adecuarnos a esta sociedad del conocimiento”. Después intervino la Dra. María Guadalupe Fernández Ruiz, jefa de la División de Estudios de Posgrado (DEP) de nuestra facultad, quien


Se comienzan las gestiones para instituir el Posdoctorado

Dr. Raúl Contreras Bustamante, director de la Facultad de Derecho de la UNAM.

sostuvo que, “durante la gestión del Dr. Raúl Contreras Bustamante, de enero de 2016 hasta el 17 de septiembre de 2020 (fecha del último corte), se han titulado 83 nuevos doctores y doctoras”, promoviendo y fortaleciendo la oferta académica en líneas de investigación que produzcan conocimiento original e innovador. Posteriormente tomó la palabra el Dr. Fernando Flores Trejo, coordinador del Programa de Posgrado en Derecho de la UNAM, quien comentó: “estas siete décadas han permitido expandir y fortalecer las tareas de investigación, contando con un posgrado sólido mediante el esfuerzo y dedicación de todos sus juristas que han pasado por este claustro”.

nez Justo, director de la Facultad de Estudios Superiores Acatlán; el Mtro. Fernando Macedo Chagolla, director de la Facultad de Estudios Superiores Aragón y el Dr. Hugo Ítalo Morales Saldaña, presidente del Claustro de Doctores de nuestra facultad, así como doctoras y doctores que conforman el claustro con más de 450 integrantes.

Finalmente, con motivo de este aniversario, se anunció que el el nuevo coordinador del Programa de Posgrado en Derecho de la UNAM, aprobó las gestiones para instituir los estudios para el otorgamiento del Posdoctorado, esto a través de la DEP de nuestra facultad. El evento fue cerrado con un goya que retumbó en el aula virtual universitaria que alberga a los inEntre los participantes se encontraban el Dr. tegrantes del Claustro de Doctores de nuestra Pedro Salazar Ugarte, director del Instituto de facultad. Investigaciones Jurídicas; el Dr. Manuel Martí-

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Dra. María Guadalupe Fernández Ruiz, jefa de la División de Estudios de Posgrado (DEP) de nuestra facultad. 8 • E l B Ú H O • En el nido


Dr. Fernando Flores Trejo, coordinador del Programa de Posgrado en Derecho de la UNAM. En el nido • El BÚ HO • 9


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Coloquio de Derecho Procesal Penal y Mercantil: su trascendencia en el ámbito jurídico Por. Eduardo Ramírez Torres Fotografías: Redes sociales

A través de la página oficial de Facebook de nuestra facultad, el día 2 de diciembre del 2020 se llevó a cabo el Coloquio de Derecho Procesal Penal y Mercantil mediante el uso de las aulas virtuales de la UNAM. Evento en el cual participaron destacados académicos de nuestra facultad como el como el Mtro. Alejandro Torres Estrada, el Dr. Albertico Guinto Sierra y el Dr. Carlos Cuenca Dardón. El Mtro. Ricardo Rojas Arévalo, secretario general de nuestra institución, dio un mensaje de bienvenida a los ponentes y a la comunidad universitaria, y señaló que, “la Facultad de Derecho en sus 450 años de vida, se ha comprometido con las causas sociales que nos unen más que nunca a nuestro pueblo mexicano”. Asimismo, recalcó que a pesar de la pandemia, nuestra facultad no ha detenido sus actividades gracias al esfuerzo de sus estudiantes y docentes. El primero de los ponentes en tomar la palabra fue el Mtro. Carlos Mondragón, quien,

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en representación del Dr. Fabián Mondragón Pedrero, habló sobre el ámbito concursal y de como este se relaciona con el ámbito mercantil. Asimismo, con el ánimo de brindar una explicación más didáctica, refirió semejanzas entre el ámbito concursal y las dolencias del cuerpo humano, asegurando que “cuando enfrentamos problemas financieros ansiamos mucho una enfermedad, cuando sin quererlo, es igual a una enfermedad el tener dichos problemas financieros”. En este mismo sentido, señaló que los fenómenos de insolvencia suelen presentarse tanto en trabajadores como en el alto patronato de una empresa, y al igual que en una enfermedad, para salir de esta insolvencia se requieren de herramientas, estudios y estrategias para aliviar dicha situación. Igualmente, apuntó que “los procesos mercantiles son como los procesos médicos para un enfermo, sirven para dar un diagnostico y con ello saber que procedimiento o tratamiento


Los procesos mercantiles son como los procesos médicos para un enfermo...

hay que seguir”. También comentó que en esta época de Covid-19, se están solicitando muchas declaraciones de quiebra o bancarrota, lo cual según el Mtro. Mondragón, es lo equivalente a una eutanasia. Asimismo, agregó que en estos tiempos difíciles le ha tocado reunirse con algunos dueños de empresas, y al ver que la única forma de salir airosos de su situación financiera es mediante la declaratoria de bancarrota, ha podido ver en sus ojos el fracaso y lo difícil que es para ellos tener que lidiar con eso. De igual forma, destacó que por difícil que nos parezca, cada día es más común que ocurran este tipo de situaciones, debido a distintos factores que van desde los propios asuntos internos de las empresas hasta cuestiones ajenas al ámbito mercantil como lo son los efectos provocados por la pandemia de Covid-19.

El Mtro. Carlos Mondragón concluyó su participación con una breve explicación del proceso concursal, destacando que este es la alternativa que podrá brindarle a las empresas las herramientas necesarias para que puedan restructurarse, proteger a sus acreedores y sobre todo maximizar su valor, independientemente del giro de la empresa que entre a proceso concursal. Después intervino el Mtro. Alejandro Torres Estrada con el tema: “El juicio oral en materia mercantil”. Inicio su presentación con una breve referencia de como la actual crisis sanitaria provocada por el Covid-19 ha afectado el bolsillo de las personas, lo que ha generado una tendencia mundial por comenzar a cobrar deudas pendientes a su favor y que tuvieron olvidadas por mucho tiempo para poder aliviar sus problemas económicos.

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El Mtro. Torres Estrada continuó su participación señalando que “el derecho procesal mercantil brinda las herramientas que pueden concretar el derecho sustantivo”. Igualmente, recordó la creación del proceso oral en enero de 2011 y su modificación en el 2017 que entro en vigor hasta el año 2020. Asimismo, apuntó que todos los asuntos en materia mercantil tienden a ser orales; por lo que realizó la invitación para que nuestra facultad preparé a los futuros nuevos juristas en este nuevo proceso, para que estudien a conciencia y practiquen la oralidad.

sea expresada oralemente. En este mismo sentido, señaló que “debemos tener presente que los documentos son un medio para expresar y conservar el pensamiento humano […], por ello, la oralidad pone en contacto directo al juez con las partes y con los comparecientes, lo que permite captar su estado emocional al pasar a declarar todos los involucrados”. Asimismo, mencionó que la oralidad funciona como un mecanismo que permite conocer cuando una declaración está viciada o resulta intrascendente, de igual forma, recalcó que este es un principio fundamental para el proceso, ya que todo se incorpora a través de la oralidad, lo que permite al juzgador mediante su observación advertir si un testigo está instruido.

En esta misma línea de los procesos orales intervino el Dr. Albertico Guinto Sierra, presidente de la Comisión de Derecho Penal del Ilustre y Nacional Colegio de Abogados, quien habló sobre la importancia de la oralidad en el proceso penal acusatorio. Comenzó su participación recordando a la oralidad como un princiConcluyó su participación mencionando pio, ya que sostiene la necesidad de que la resolución judicial respecto al material probatorio que la retórica y argumentación jurídica son

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herramientas fundamentales para el buen uso de la oralidad en los procesos penales y apuntó que la oralidad es una característica de los países democráticos ya que proyecta mayor transparencia, lo que genera mayor confianza entre la población.

rado al máximo a las últimas generaciones de alumnos, y con ello a los mismos docentes que se han mantenido actualizados para brindar una mejor educación al alumnado de nuestra facultad.

Por otro lado, el Dr. Carlos Cuenca Dardón, presidente del Colegio de Profesores de de Derecho Procesal Penal de nuestra facultad, se dirigió al personal académico afirmando que “estamos preparados, listos y en el mejor momento para recibir éstos y futuros cambios en el derecho procesal”. Asimismo, señaló que “se han revisado los planes de estudio y se han mantenido actualizados en materia procesal penal, civil y mercantil”. Finalmente, para concluir su participación y con eso despedir el coloquio, destacó que la Facultad de Derecho en colaboración con sus seminarios y colegios de profesores han prepa-

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Co n d u c ta s q u e r e a l i z a da s d u r a n t e l a co n t i n g e nc i a d e l COV ID - 1 9 s e e n m a r c a n en el Derecho Penal Por Carlos Augusto Vidal Riveroll

Al abordar el tema de la influencia que ha tenido la epidemia que nos ha agobiado desde los primeros meses del año de 2020 con el Derecho en general y particularmente con el Penal, nos vemos obligados a ser muy cuidadosos en torno a las manifestaciones de cualquier reflexión al respecto, en virtud de que si algún tema es controvertido, resulta ser éste, por la multiplicidad de señalamientos dispares y contradictorios, quedándonos con el anhelo de la uniformidad de fácil alcance en otros campos del pensamiento. A pesar de lo indicado y ubicándonos en algunas regulaciones legales, haremos algunos señalamientos en relación al eje de nuestro orden jurídico, sin trasladarnos a campos lejanos, por ser suficiente por su amplitud, que nos situemos en la esencia de nuestra Carta Magna y de ahí hacer referencias cuyo apoyo se encuentre en ella.

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La Constitución Política de nuestro país, establece la protección a una multiplicidad de derechos humanos y sin tener preferencia de bienes jurídicos, simplemente pensemos en la tutela y obligación que debe otorgarse por el Estado y los ciudadanos, en algunos fundamentales como la vida, libertad, integridad, salud, seguridad, honradez, legitimidad, lealtad, patrimonio, el libre tránsito, la no discriminación y otros más, que en el ámbito de la legislación relacionado con los comentarios que haremos, corresponden a tipos penales, entre otros, el homicidio, lesiones, contra la salud, privación de la libertad, amenazas, daño a la propiedad y robo. Después de lo aseverado, cualquiera se preguntaría, cuáles son las razones para aceptar la presencia del Derecho Penal, relacionado con el confinamiento prolongado al que nos hemos sometido, cuyo propósito ha sido no contagiarse del mal que nos amenaza y que logremos sobrevivir.


Comentaremos algunos casos en los que de manera objetiva podríamos encontrar la explicación de lo que pretendemos: a) Disyuntiva del personal médico cuando teniendo positivo el covid-19 dos personas, solicitan el internamiento en un hospital, siendo uno de ellos un joven de treinta años de edad y el otro un adulto de ochenta años de edad: Se ha dicho que, en la práctica, la opción ha sido darle atención al de menor edad por el potencial de vida que representa y se ha marginado al otro. Conforme al Derecho Penal se considera que se trata de un estado de necesidad que funciona como causa de licitud por la clara preponderancia de intereses; sin embargo, cabe la opinión que en efecto es un estado de necesidad, pero en bienes del mismo valor al estar en riesgo la vida de ambos, en cuyo caso se trata de la no exigibilidad de otra conducta. En cualquiera de los extremos estaríamos ante una excluyente de responsabilidad y por ende, no se castiga al sujeto que tomó la decisión de brindar atención al joven. En contraste, se ha estimado que la salvación de los dos individuos debe procurarse. b) El delito de peligro de contagio regulado por el artículo 159 del Código Penal para el Distrito Federal, aplicable en la Ciudad de México: La regulación del tipo nos lleva a la certeza de que el imputado debe saber que se encuentra enfermo grave en período infectante y que la víctima no tenga noticia del mal. La descripción típica se refiere a que el medio de contagio sea por una relación sexual, pero describe una enfermedad en general, por lo que estimamos que podría tener cabida que el agente tuviera covid-19, con independencia de estimar que su obrar se apreciaría con gran

perversidad al tener la seguridad del riesgo en que expone al ofendido. c) La reacción incorrecta de los familiares que acuden a un hospital pidiendo información sobre un allegado enfermo de covid-19: Suele ocurrir que algunos parientes de un enfermo que padece la enfermedad de nuestro tema y que se encuentra interno en el nosocomio, ante la demora de la respuesta a su solicitud, no se controlan, amenazan a los encargados de la recepción, allanan el inmueble sin autorización, en ocasiones causándole daños y hasta llegan a lesionar al personal que los atiende. d) El delito de violencia familiar previsto en los artículos 200, 200Bis, 201, 201Bis y 202 del Código Penal para el Distrito Federal: Sin que consideremos que esta hipótesis sólo es dable en una situación de excepción por la epidemia que hemos enfrentado durante varios meses, consideramos importante comentar, que por la indebida actitud de algunos sujetos con su familia al carecer de ecuanimidad después de haber permanecido en su domicilio por el aconsejable confinamiento ante el peligro de contagio del covid-19 y que tal vez los ha afectado económicamente, ejercen violencia física o moral en contra de su cónyuge, de sus descendientes o algún otro familiar, con la reprobación que ese proceder implica, causando adicionalmente lesiones y tal vez daños al inmueble que habitan y que no es suyo e) La injustificada respuesta de algunas personas al coincidir en la vía pública con personal médico: Si pensamos en los buenos principios y formación educativa de los ciudadanos, es explicable que al encontrarse con cualquier persona fuera de su domicilio aún

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sin conocerla, se respetaría su paso, pero lo que es reprobable es que algunos sujetos al identificar en su camino a quienes prestan servicios de salud les han causado lesiones de manera inexplicable e injustificable, como si fueran los causantes de la epidemia que en estos meses enfrentamos, cuando debería ser lo contrario por el sacrificio que hacen en sus labores de riesgo.

mención del mismo, porque la agudeza del delincuente es tan amplia, que ha aprovechado este escenario para comercializar narcóticos con cierta facilidad, argumentando que algunos de ellos tienen efectos medicinales que permiten combatir el mal.

g) La indebida respuesta de los sujetos que transitan en la vía pública, sin atender las recomendaciones de la sana distancia y el uso f) La comisión de delitos contra la salud re- del cubreboca: En el extremo de que alguien gulados de los artículos 193 al 199 del Código no atiende las recomendaciones del caso y si Penal Federal: El narcotráfico es un delito muy un semejante se lo hace notar que bien puede antiguo y de manera permanente se come- ser un policía, en lugar de atender la sugerente en múltiples formas, sin que sea necesario cia de precaución y preventiva, reacciona con enfrentar una epidemia como la que estamos ira y no sólo amenaza a quien se lo dice, sino viviendo en este año de 2020, pero se hace hasta lo ha lesionado.

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h) Restricción económica derivada del confinamiento prolongado: Al observar el rol de vida y la forma como satisfacen sus necesidades múltiples personas, entre otras, los meseros, ciertos músicos, cuidadores de vehículos en la vía pública, vendedores de comida u otros bienes, los entrenadores en los gimnasios, bailarines y otros más, sucede que prácticamente se quedan sin percepciones de dinero que ordinariamente les permite el sustento. Por fortuna en casos de excepción, pero lo cierto es que ha sucedido, hay quienes han cometido robos sin llegar al extremo de ser famélicos, porque de así presentarse, se trataría de un estado de necesidad que funciona como una causa de licitud.

el fin de abatir los riesgos de la epidemia se han impuesto algunas reglas en busca del buen servicio de la salud y ciertos grupos en lugar de acatar las medidas, han violentado los inmuebles causando daños a los mismos y lesionado a sus vigilantes. Las conductas enunciadas, de manera gráfica nos muestran de alguna forma, la presencia del Derecho Penal en la contingencia que estamos enfrentando por el covid-19, con independencia de que pudieran ser más y de que tengan alguna aceptación.

i) La absurda reacción de pobladores en algunos Estados de la República ante las medidas sanitarias seguidas en hospitales propuestas por el Gobierno de cada entidad: Con

*Profesor de Derecho Penal por opisición en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México. Fue servidor público de 1959 a 2019, entre algunas dependencias, en Petróleos Mexicanos, Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, Instituto Nacional de Ciencias Penales, Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal, Secretaría de la Contraloría General de la Federación, Secretaría de la Función Pública, Suprema Corte de Justicia de la Nación y Consejo de la Judicatura Federal.

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El Derecho penal: Los jóvenes ante la pandemia

Por María Guadalupe Villegas Reyes

rus mortal que nos acecha. Las autoridades sanitarias recomendaron mantener una distancia entre las personas, pues se comprobó que el virus solo podía ser transmitido de persona a persona. Se recomendó proteger a los adultos mayores Las personas del mundo y enfermos crónicos, pues son entero fuimos obligadas a per- las víctimas más vulnerables manecer en nuestros hogares de este terrible virus que se para “protegernos” de este vi- esparce por todo el mundo coMéxico y el mundo entero enfrentamos una crisis sanitaria sin precedentes a causa del SARS-COV-2 conocido como coronavirus. Crisis de salud, económica, social y sobre todo de carácter emocional.

brando miles de vidas. Al principio, el aislamiento representó una gran oportunidad para un sin número de personas inmersas en la rutina del día a día, ayudó a reencontrarse con sus familias, que a consecuancia de la vida laboral, educativa o social, tenían como segundo plano.

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Con el transcurso de los días las cosas comienzan a tornarse más estresantes para todos, enfrentar el aislamiento social, la crisis económica, el miedo a algo desconocido y la incertidumbre, no ha sido fácil para nadie. Un cuestionamiento importante, son nuestros jóvenes, ¿Qué pasa con los estudiantes que también

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tienen miedo?, que corren el mismo riesgo de ser víctimas del virus, pues se ha comprobado que no discrimina edad, género, religión, clase social, raza, ni ningún tipo de diferencia. Ellos están obligados a estar bien, porque son jóvenes, porque son fuertes, porque están sanos y con un futuro por delante. No tienen derecho de

tener miedo ni asustarse, aún y cuando tengan el virus estarán bien, afirmando esto cuando ni la ciencia tiene certeza de ello. En estos días una de mis vecinas con tan solo 28 años de edad, se privó de la vida lanzándose por la ventana de un octavo piso, no tenemos


certeza lo que ocurrió, lo que pudo pasar por su cabeza para tomar esa decisión, lo cierto es que no es la única joven que atraviesa por un momento difícil, debemos ser empáticos, y humanos. Hoy estoy aquí para decirles que está bien no estar bien, está bien estar asustado, sentir miedo, estar triste, ansioso, frágil, justo esos sentimientos son los que nos hacen humanos, esos sentimientos nos hacen recargar la energía que requerimos para poder estar bien. Decimos todo el tiempo que los jóvenes son el futuro del mundo, que son la esperanza de lograr un mundo mejor, pero nos aferramos a educarlos bajo ideas arcaicas, estándares generalizados que los hace débiles e incapaces cuando es lo mejor para el sistema, para la sociedad, pero los obliga a ser fuertes cuando no se sabe que más hacer. Eduquemos a los jóvenes a ser seres humanos, reales, apasionados, entregados, con valores, emociones y debilidades; enseñémosles cuáles son sus obligaciones, pero también sus derechos, ayudemos para que sean respetados y formar-

los para que sean capaces de solucionar grandes conflictos y a la vez sean humildes para reconocer cuando requieran ayuda sin estar avergonzados por ello.

nuestro país y el mundo entero necesita. Nuestros jóvenes nos necesitan, pensemos en ellos y apoyémoslos.

Para todos los jóvenes del Enseñémosles y recordémosles que no estar bien mundo y en especial para mis siempre, es normal, es parte de alumnos con amor. la vida. Nadie tiene certeza de que ocurrirá, todos tendremos que adaptarnos a una nueva realidad y no es humillante ni vergonzoso tener miedo, estar Profesora asustado, por el contrario, rede la Facultad conocerse débiles, reconocerse de Derecho de la humanos les ayudará a reforUNAM. zar sus energías, ese miedo y Consejera Judicial esa incertidumbre serán las Ciudadana y pilas que recarguen su vida y abogada que les ayudará a forjar el capostulante. mino que quieren recorrer, ser mujeres y hombres de bien, con valores, empáticos con el sufrimiento humano, capaces de crear, de mejorar; seres humanos capaces de transformar y mejorar las veces que sean necesarias; y que pase lo que pase, por muy hondo que este el hoyo, siempre habrá alguien que se sentará para llorar y al mismo tiempo te extenderá la mano para salir y volver a levantarte. Esos son los jóvenes que

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MPSS Hernández Dalmán Jennifer Joseline

Percepción subjetiva de dificultad para conciliar o mantener el sueño o un sueño poco reparador

Diabetes Consumo inadecuado de sustancias

Evento estresante Depresión, Ansiedad

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Hipertiroidismo Menopausia

-Despertar en la noche por >30 min

-Despertar al menos 30 min antes de lo desado

-Dificultad para conciliar el sueño >30 min

-Disfunción diurna (al menos una de las siguientes) :

-Fatiga -Poca concentración -Disfunción social /educativa -Alteración del ánimo -Somnolencia diurna - Energía reducida -Problemas de comportamiento -Preocupación constante por los problemas del sueño

Bonnet, M. and Arand, D., 2019. Evaluation and diagnosis of insomnia in adults. In: UpToDate.

30 • E l B Ú H O • Búho Andariego ¡PARA CUALQUIER DUDA O ASESORÍA ESCRIBENOS! SERVICIO MÉDICO Y DE ENFERMERÍA FACULTAD DE DERECHO

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Disti ncion es DESIGNACIÓN Mtra. Amada Gaytán Arredondo

Celebramos la designación como nueva Secretaria de Vinculación y Asuntos Jurídicos de la Facultad de Derecho.

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Universidad Nacional Autónoma de México Rector Dr. Enrique Luis Graue Wiechers Secretario General Dr. Leonardo Lomelí Vanegas Facultad de Derecho Director Dr. Raúl Juan Contreras Bustamante Secretario General Mtro. Ricardo Rojas Arévalo Responsable de Producción y Difusión Educativa Multimedia Lic. César Gabriel Alanís Merchand Fotografía Archivo El Búho gaceta electrónica de la Facultad de derecho Facebook oficial de la Facultad de Derecho Diseño gráfico Lic. Guadalupe Jimena Reyes Gutiérrez Colaboradores de este número Eduardo Ramírez Torres César Alanís Merchand María Guadalupe Villegas Reyes Carlos Augusto Vidal Riveroll

El Búho. Gaceta Electrónica de la Facultad de Derecho (UNAM), núm. 96, octubre-diciembre de 2020, es una publicación mensual, editada por la Universidad Nacional Autónoma de México,con domicilio en Ciudad Universitaria s/n, Delegación Coyoacán C.P.04510, México D.F., por conducto de la División de Educación a Distancia (DED) de la Facultad de Derecho. Av. Universidad núm. 2219, colonia Copilco, delegación Coyoacán, CP 04510, CDMX, teléfono (01-5) 5622 2411. Certificado de reserva de derechos al uso exclusivo número 04-2014050711162500-203, expedido por el Instituto Nacional del Derecho de Autor. ISSN en trámite. Editor en jefe: Mtro. Ricardo Rojas Arévalo. Actualización electrónica a cargo del Lic. César Gabriel Alanís Merchand, responsable del Área de Producción y Difusión Educativa Multimedia Av. Universidad núm. 2219, colonia Copilco, delegación Coyoacán, CP 04510, México DF, teléfono (01-5) 5622 2416. Distribución electrónica gratuita. La responsabilidad de los artículos publicados en El Búho. Gaceta Electrónica de la Facultad de Derecho recae de manera exclusiva en sus autores, no necesariamente refleja el criterio del editor o la institución. Se autoriza el uso de los contenidos con la condición de citar la fuente y se respeten los derechos de autor; no así la reproducción de las imágenes, audios y videos, sin que conste previa autorización por escrito, otorgada por la UNAM. Aviso privaci dad

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