Comentario a la Declaración sobre el Derecho y deber de los individuos, los grupos y las institucion

Page 51

COMENTARIO A LA DECLARACIÓN SOBRE DEFENSORAS Y DEFENSORES DE LOS DERECHOS HUMANOS

debe justificarse con arreglo a uno de los fundamentos establecidos en el párrafo 2 del artículo 22 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos25 (A/64/226, párr. 23). Finalmente, para que haya una asociación, se requiere cierto grado de estructura institucional (A/64/226, párr. 19). Con el fin de cumplir con el artículo 22, no es necesario que las asociaciones tengan personalidad jurídica y las asociaciones de hecho están igualmente protegidas por él. Sin embargo, como se mencionó anteriormente, es necesario algún tipo de estructura institucional, incluso en el caso de las organizaciones de hecho (A/64/226, párr. 21). Ejemplo A menudo los defensores y las defensoras que se ocupan de los derechos sobre la tierra se organizan en forma de movimientos sociales. Por lo general se trata de grandes movimientos a nivel popular que tienen una estructura orgánica más horizontal que, por ejemplo, la mayoría de las ONG. Esos movimientos, las y los defensores que participan activamente en ellos han tenido que hacer frente a varias dificultades concretas. Entre ellas, cabe mencionar las acusaciones de no estar debidamente registrados y, por consiguiente, se los considera ilegales, mientras que la razón de ello es que a menudo los movimientos no disponen de las estructuras orgánicas necesarias para su registro ante las autoridades; por ejemplo, una sede permanente o una secretaría. Otra de las dificultades que siguen enfrentando es que a los defensores y las defensoras que participan en movimientos sociales se les acusa de organizar “bandas de delincuentes” o algo por el estilo. (A/HRC/4/37, párr. 46).

Limitaciones y violaciones comunes con respecto al derecho a la libertad de asociación En un gran número de países, las leyes nacionales que regulan el funcionamiento de las ONG (organizaciones no gubernamentales) imponen fuertes restricciones para su registro, financiación, gestión y funcionamiento. Se han promulgado leyes que, lejos de utilizarse para dar una base jurídica a las ONG y garantizar sus derechos, han servido para mantenerlas bajo un estricto control y se las ha utilizado arbitrariamente para legitimar la adopción de medidas jurídicas contra las ONG que trabajan en defensa de los derechos humanos por realizar actividades que se protegen y fomentan en la Declaración. En otros países, donde la legislación sobre la libertad de asociación parece ajustarse al derecho internacional, los requisitos para el registro se han utilizado de manera arbitraria o restrictiva para negar la protección de la ley a las ONG de derechos humanos que actúan de forma más crítica contra el Gobierno (E/CN.4 / 2006/95, párr. 51).

Dificultades en la constitución y el registro de asociaciones de derechos humanos y las sanciones penales por actividades no registradas Existen esencialmente dos tipos de regímenes que se aplican a las organizaciones de la so25 Derecho a la libertad de asociación – Serie de folletos informativos de los defensores de los derechos humanos, abril de 2009, Servicio Internacional para los Derechos Humanos, parte I.1.

50


Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.