C. Vinzo Gil
X. Vendranas Ramón
S. de la Orden Montoliu
A. Gonzalez Carrasco
Circular Mensual
Véase
NOVIEMBRE de 2022
Queridoslectores:
QuizásestasealaúltimaCIRCULARdelaño2022.Diciembreseráunmescortoydedicaremostodonuestroesfuerzoen cerrartemasdelpropioejercicio,conlavistapuestayaen2023.
Eneste número presentamosenprimer lugarun trabajosobre deduccionesfiscalesentemas de eficiencia energética y fuentesrenovablesdeenergía.Lohemospreparadoapuntando,incluso,lasrespuestasdadasporlaAdministraciónante dudaspresentadasencuantoasuinterpretaciónnormativa.

Hace pocos díasse publicó la norma de CREAyCRECE que flexibiliza el protocolode constituciónde sociedades.Ahora tenemosalavistalaLeydelasSTARTUPS,quehabráqueseguirdecerca,dadaslasnovedadesyventajasfiscalesymercantilesquerecogerá.Ospresentamosunresumenatítulodeanticipodelanorma.
Estemesdenoviembrehayquepensarsobrelapresentacióndelmodelo232enrelaciónaoperacionesvinculadasentre sociedadysociosdelGrupo,conelpuntodemirapuestoenlasdiferentessancionesestablecidasalefectoydelasqueos hemosinformadohaceunosdíasporCIRCULARindividualacadaunodevosotros.Noobstante,ospresentamosahoraun trabajomáscompletosobreestaobligacióndedeclaracióntributariaporlasdiferentesderivadasquepuedenproducirse.
PorúltimohemosanalizadoloscambiosquelanuevaLeyConcursalhaintroducidoencuantoalosaplazamientosyfraccionamientostributariosyospresentamosunbreveresumen.
ComonopodíaserdeotraformaNOTICIASDEINTERESyCALENDARIOFISCALabrenycierranrespectivamentelaCIRCULAR.
Estamosavuestradisposiciónparacomentaryayudarosentodoloquepreciseisyenespecialenesteperiododecierre delejerciciofiscal.
Unsaludoatodos.
EnriquedelaOrden

Pl. Francesc Macià, 4, 4art. 08021 Barcelona Tel. 93 414 50 14 www.gabinetedelaorden.net gabinete@delaorden.net


ÍNDICE
1. NOTICIASDEINTERÉS.............................................................................................................................................................................................3
1.1.NuevoImpuestosobreelPatrimonio.Estadodelacuestión 3 a)GuerraporelImpuestodePatrimonio:asítributaencadacomunidad 3 b)Haciendaprevéadelantarunañoelpagodelimpuestoalosricosyanticipaunaluddepleitos 3 c)HaciendadesvelaanteBruselassucláusulaparaconvertirenindefinidoelimpuestoalosricos 4 d)Elimpuestoalasgrandesfortunas.Elengendroquecabíaesperar 4 1.2.Porquélanuevaplusvalíamunicipalpodríaserinconstitucional 5
1.3.UnhakeoatravésdelPoderJudicialrobaaHaciendadatosdemediomillóndecontribuyentes 8

1.4.ElBCEcriticaráelimpuestoalabancaquetramitaelGobierno 8
1.5.LaAgenciaTributariainiciaunaoperacióndeámbitonacionalcontraelfraudefiscalenelsectorde lasfranquiciasdemensajeríaypaquetería 9
1.6.GuerradelasComunidadesAutónomasenlareduccióndetiposenelImpuestosobrelaRenta 11 a)LambánestudiaunarebajadeltramoautonómicodelIRPFalasrentasmediasybajas 11 b)YXimoPuig:también 11
1.7.LosinspectoresdeHaciendaquierencomprobardirectamenteapequeñasempresasyautónomos 12
1.8.Haciendaagilizarálasrespuestasdesustribunalesalospleitosconcontribuyentes....................................................12
1.9.Labancaestudiaayudasafamiliascuyahipotecasubaun30%...............................................................................................13
1.10.Píldorasfiscales............................................................................................................................................................................................13
a)PresiónfiscalrécordenIRPF:elGobiernoingresaráun11%másesteaño....................................................................13 b)LatributaciónmínimaenSociedadesreducelosbeneficiosfiscalesun10,8%.............................................................14 c)Lasempresaspagaránun7,7%másporSociedadesen2023................................................................................................14 1.11.Finalosprogramasyaplicacionesinformáticosdegestióndesofwarededobleuso.................................................14
MEDIDASADOPTADASPORLAPROBLEMÁTICAENERGETICA 16 2.1. Impuesto sobre Sociedades. Libertad de amortización en inversiones que utilicen energía procedentedefuentesrenovables...................................................................................................................................................................16
Pl. Francesc Macià, 4, 4art. 08021 Barcelona Tel. 93 414 50 14 www.gabinetedelaorden.net gabinete@delaorden.net

1.- NOTICIAS DE INTERES


1.1. Nuevo Impuesto sobre el Patrimonio. Estado de la cuestión
a) Guerra por el Impuesto de Patrimonio: así tributa en cada comunidad
Variascomunidadesautónomashananunciadorecientementeelaumentodelasbonificacinesdeltributo,loquehaprovocadoqueelGobiernorespondaconlacreacióndeunnuevoimpuestoalasriquezasdemásdetresmillones.
LasúltimasrebajasfiscalesanunciadasporcomunidadesgobernaasporelPPduranteelmesdeseptiembrevolvieronaponerelfocoeneldebatesobrelaconvenienciadepermitirlesregularlostributoso,porelcontrario,armonizarlos.
b) Hacienda prevé adelantar un año el pago del impuesto a los ricos y anticipa un alud de pleitos
Conesteadelanto,deberáempezarapagarseelpróximoabril,conlaCampañadelaRentayPatrimonio,ynoen2024comohabíaanunciadoelFisco,quequiereingresarlos1.500millonesqueprevéya en2023
ElGobiernoprevé acelerar el pago del impuesto a las grandes fortunas un año y que tenga que declararse ya el próximo abril. Asísedesprendedel Plan Presupuestario queharemitidoaBruselasestesábadoyasílohasugeridoelsecretariodeEstadodeHacienda, Jesús Gascón. Unanticipación quetambiénasumela Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF). Estadecisión deHaciendaderecaudaryaelimpuestoen2023anticipaunauténticoaluvióndepleitosporretroactividad,quesesumaríanalosqueyaprevénplantearlaComunidaddeMadrid,Andalucíayotrasregiones,entreotros.
El escenario 2 que plantea el Plan Presupuestario deprórrogadeayudasyaprobacióndenuevas medidas, elmásprobable, incluyeen losingresosde2023los1.500 millonesdeeurosqueHacienda estimaquevaarecaudarelimpuestoagrandesfortunas.Loque el Ministerio ha anunciado hasta la fecha es que el impuesto se aplicará en 2023 sobre el patrimonio de los contribuyentes a 31 de diciembre de 2023, comoelImpuestodePatrimonio,yquesedeclararádesdeabrilde2024juntoa PatrimonioenlaCampañadelaRenta.
SielEstadocuentaconingresarloyaen2023,elpagoseadelantaráala Campaña de la Renta y Patrimonio de 2022, quesecelebrarálapróximaprimavera. El impuesto está por lo tanto en ambos casos vigente en 2023, pero se anticipa un año su devengo.
Esteanticipo no supone además ni un euro de perdida de la recaudación potencial: los1.500millonesqueprovienendelaComunidad deMadrid yAndalucíanosufriránmerma, yaque el anuncio de Andalucía de supresión de Patrimonio tiene efecto desde 2022.
Todoesto se dirimirá en noviembre, segúnhatrasladadoelsecretariodeEstadodeHaciendaensu comparecencia de Presupuestos en el Congreso, una vez que la semana que viene se celebre
Pl. Francesc Macià, 4, 4art. 08021 Barcelona Tel. 93 414 50 14 www.gabinetedelaorden.net gabinete@delaorden.net

Circular Mensual NOVIEMBRE de 2022
el debate sobre la enmienda de sustitución que ha registrado Ciudadanos alaproposicióndeley quecrealosimpuestosabancayenergéticas.
YesqueelFiscohadecididofinalmente introducir el impuesto a grandes fortunas como una enmienda en esta proposición, junto con la subida del Impuesto sobre Sociedades a grupos consolidados. Esta posibilidad no gustaba en los ámbitos más técnicos del Ministerio de Hacienda, ya que consideraban que debería tramitarse como proyecto de ley, lo que sería más garantista al contar con informe del Consejo de Estado yotrosorganismos.
La figura tiene una vigencia de dos años, periodo después del cual el Gobierno deberá decidir si lo mantienedefinitivamente.Tieneunimpactorecaudatoriosde1.500millonesanuales

El impuesto que el Gobierno ha denominado de Solidaridad de las Grandes Fortunas, y que no es otra cosa que la nueva figura ideada para hacer frente a lasrebajasfiscalesdelPPenmateriadePatrimonio, esconde una cláusula para que no sea temporal Hacienda ha establecido este gravamen con una vigenciadedosañospero,almismotiempo,introduce una fórmula para poder convertirlo en permanente. YasíloreconoceydesvelaanteBruselas.
"Seprevéuna vigencia dedosaños, 2023y 2024, si bien se introduce una cláusula de revisión, para efectuarunaevaluacióndesusresultadosalfinaldesuvigenciayvalorarsumantenimientoosupresión",explicaelEjecutivoenelPlanPresupuestarioqueayerremitióalaComisiónEuropea.EstosuponequeelGobiernoquesalgadelasurnasenlaseleccionesquesecelebraránelpróximoañopodrá decidir si lo mantienede maneraindefinida, y en caso deque PedroSánchez consiga mantenerse en Moncloaseantojaprobablequeloprolongue.
d) El impuesto a las grandes fortunas. El engendro que cabía esperar
Trasladifusióndelprimerborradordeltextopropuesto,siguesinestarclarosielimpuestosedevengaráyaenelejercicio2022

Elpanoramanohacemásquemejorar.Empecemospordecirque, alavistadelatrayectoria delGobierno, nopuededescartarseque este impuesto no termine de ver la luz, aunque por el momento parecemásprobablequefinalmentesílohaga.
Continuemospordejarclaroloquedehecho supone esteimpuesto: el Estado cedió, entre otros, el impuesto sobre el patrimonio a lascomunidadesautónomas,asícomociertas atribucionesnormativas sobre el mismo. Y cuando estas han ejercido esas facultades deunaformaquenoesdelgustodelGobierno, ésteseinventaun “nuevoimpuesto” cuyaestructura esesencialmenteidénticaaladelIPyquecontrarrestalanormaautonómica,demaneraquenosolo

Pl. Francesc Macià, 4, 4art. 08021 Barcelona Tel. 93 414 50 14 www.gabinetedelaorden.net gabinete@delaorden.net

Circular Mensual
NOVIEMBRE de 2022
los contribuyentes de esas autonomías van a pagar igualmente el impuesto, sinoque ahora,en lugar de recaudarlo las comunidades, lo recaudará el Estado. El resultado final es que, de alguna forma, el Estadorecuperaelimpuestocedido.
Analizamos y valoramos someramente el mismo: es un impuestodedudosa constitucionalidad, oincluso de indudable inconstitucionalidad según opiniones muy autorizadas. Y no solo por un motivo, sinoporvarios.
ElpasasojuevesconocimoslaprimeraversióndeltextoqueproponenelGrupoParlamentarioSocialistayUnidasPodemos,elcual,comocabíaesperar,esundesatinojurídicoquepuedeprovocarenlas comunidades autónomas afectadas reacciones defensivas tan absurdas y forzadas como aquel. Por otrolado,tieneunmarcadocarácterideológico,ynoesencialmenterecaudatorio,comodebería;ysu solonombrepareceunabromacruel:impuestotemporal“desolidaridad”delasgrandesfortunas.Por loqueserefiereasuvigencia,serádelosdosprimerosejerciciosdesdesuentradaenvigor,esdecir, quesiguesinestarresueltosiafectaráalosejercicios2022y2023o2023y2024,puessedesconoce quéfechadeentradaenvigorestablecerálaleyque,ensucaso,apruebeeltributo.
Silaentradaenvigortuvieralugaren2022,elgradodeinseguridadjurídicaalcanzaríanivelesinéditos,puespodríainutilizarplanificacionesfiscalesperfectamentelegítimasylegalesqueseconcibieron sintenerencuentalaexistenciadeestetributoyquesepodríanverafectadasnosoloporlairrupción deeste, sinoporelefectodellímiteconjuntodelascuotasdelIRPF ydeesteimpuesto. Peroesque, además,latemporalidaddelimpuestodebeponerseencuarentena,porqueeltextopropuestorecoge laposibilidaddeque,traslosdosañosdevigenciaprevistos,seevalúensusresultadosysemantenga eneltiempo.

Porotraparte,debeesperarseparaconocerlasreaccionesdealgunascomunidadesautónomasque,a priori, apoyaban esteimpuestoporquepensaban quenolesiban aafectarnegativamenteperofinalmentesísevanaverafectadas.Nosreferimosaaquellascomunidadesenlasqueeltipomáximo del impuestodelpatrimonioesinferioraldelnuevotributo(3,5%),puessuscontribuyentespodrántenerquepagar,apartedelIP,unacuotaextraporelnuevo.AsíocurriráencomunidadescomoGalicia (2,5%),Asturias(3%),Murcia(3%)oCataluña(2,75%).
Los contribuyentes están pensando en planificarse para contrarrestar, en lo posible, el inesperado efecto de este impuesto, pero todavía no es aconsejable llevar a cabo acciones concretas porque se desconocecuálpodríaserlaredaccióndefinitivadeltextoyportantoquémedidasdeberíanadoptarse,ytampocosesabesisevaalegislarconalgún“efectoanuncio”quehagainútilcualquiermaniobra parareducirlacargafiscal.Sinembargo,el31dediciembreseacercasinquesepamossientalfecha sevaaproducirelprimerdevengodelimpuesto.
1.2. Por qué la nueva plusvalía municipal podría ser inconstitucional
Hace un añose declaró inconstitucional el sistema de cálculo de la plusvalía municipaly posteriormente se aprobó la nueva normativa (RealDecreto Ley26/2021)que,tratandodesalvardichainconstitucionalidad, regula actualmente el impuesto. Sin embargo, esta nueva normativa,queyaseaplicaaloscontribuyentesquetransmitieronun terreno a partir del 10 de noviembre de 2021, podría ser también inconstitucional.
Pl. Francesc Macià, 4, 4art. 08021 Barcelona Tel. 93 414 50 14 www.gabinetedelaorden.net gabinete@delaorden.net


Circular Mensual NOVIEMBRE de 2022
¿Cómo se calcula la nueva plusvalía municipal?
Desdeelpasado10denoviembrede2021lastransmisionesdeterrenossegravanenelimpuestode plusvalíamunicipalaplicandoyalanuevafórmulaobjetivadecálculodelimpuestotradicional. Pero, permitiendo,además,laopcióndetributarporelincrementodevalorrealmenteobtenido.
Con ello pretende salvarse la inconstitucionalidad del sistema de cálculo del impuesto de plusvalía municipal.Ello,teniendoencuentaqueelTribunalConstitucional,ensusentencia182/2021,declaró talinconstitucionalidad,precisamente,porelhechodequenoseofrecieraalcontribuyenteunaalternativadecálculodelimpuestoreal,quegravaraelincrementodelvalordelterrenorealmenteobtenidoporelcontribuyente,ynoelincrementocalculadodeformaficticia,medianteunafórmulaobjetiva. EstoesloquehaceelnuevoRealDecreto Ley.Pero,elproblemaesque la nueva fórmula de cálculo que se propone como real, al obviar los gastos de adquisición y transmisión del terreno, y no contemplarlaposibilidad deactualizarelvalordeadquisiciónconformealcostedevida, podría ser también inconstitucional.
El recurso presentado por los grupos parlamentarios de Vox y el Partido Popular
Frente al citadoReal Decreto Ley 26/2021se han interpuestodos recursos de inconstitucionalidad porpartedelosgruposparlamentariosdeVoxyelPP.Enellos,secuestionaprincipalmentelautilizacióndelRealDecreto Ley,pararegularlanuevaplusvalíamunicipal. Segúnestosgruposparlamentarios,elusodelafórmuladeldecretoleyseríacontrario alaConstitución.Ello,porque no se dan los motivos de "extraordinaria y urgente necesidad" queestablecela CartaMagnaparaacudiratalfiguralegislativa.Además,consideranqueelimpuestodeplusvalíamunicipalafectaalsistematributarioensuconjunto.Portanto, se estaría utilizando un Real DecretoLey para modificar la plusvalía municipal,conafectacióndeldeberdecontribuir. Nosabemoscuálseráeldevenirdeestosrecursos.Perolaprudencia aconseja recurrir las liquidaciones de plusvalía municipal, o solicitar la rectificación de las autoliquidaciones dictadas al amparodelnuevoRealDecreto Ley.Elloparaque,enelcasodequesedeclaraselainconstitucionalidad delimpuesto, loscontribuyentesnosevieran afectadosporunaposible limitación deefectosde talinconstitucionalidad,deacuerdoconlosúltimosprecedentesenestemismoimpuesto.
La posible afectación del principio de capacidad económica en la nueva plusvalía municipal Además, la nueva regulación del impuesto de plusvalía municipal podría ser contraria al principio de capacidad económica. Yello, teniendoen cuentaquesegravaunincrementodevalorque esficticio,ydiferentealrealmenteobtenidoconmotivodelatransmisióndelinmueble.
Así, la norma no permite la deducciónde gasto alguno soportado en la compra o transmisión del terreno (notaría, registro, gastos de urbanización). Ello podría tener sentido en el método de cálculo objetivodelimpuesto,peronoenelmétododecálculorealque,segúnlaintroduccióndelRealDecreto Ley26/2021,pretende“evitarquelatributaciónporesteimpuestopudieraenalgúncasoresultar contrariaalprincipiodecapacidadeconómica,permitiendo,ainstanciadelsujetopasivo,acomodarla cargatributariaalincrementodevalorefectivamenteobtenido.”
Mal vamos si no se permite al contribuyente descontar los gastos que ha tenido que soportar, y quehanreducidoefectivamente elincrementodevalorexperimentadoporelterrenoconmotivode sutransmisión.
Pl. Francesc Macià, 4, 4art. 08021 Barcelona Tel. 93 414 50 14 www.gabinetedelaorden.net gabinete@delaorden.net


Circular Mensual NOVIEMBRE de 2022
Además, la nueva normativa tampoco permite actualizar, conforme al IPC, el valor de adquisición delterreno.Nuevamente,estopodríatenersentidoenelmarcodeunafórmuladecálculoobjetivadelimpuesto,peronoenunafórmulaquepretendegravarelincrementodevalorrealmenteobtenidoconmotivodelatransmisión.
Porsifuerapoco,setratadeunacuestión(laafectacióndelprincipiodecapacidadeconómicaporno permitirse la aplicaciónde coeficientes de actualización), queya está siendo objeto de revisión en el TribunalConstitucional,enelmarcodelIRPF
Sinduda,unasentenciaquedeclarelainconstitucionalidaddelanormativadelIRPFpornopermitir la aplicación de coeficientes deactualización, afectará también al impuesto de plusvalía municipal. Y esquenotendríasentidoquedichaactualizacióndelvalordeadquisiciónseconsideraranecesariaen el IRPF, y noen unimpuesto como el deplusvalía municipalque, trassu modificación, permite a los contribuyentestributarconformealincrementodevalorrealmenteobtenidoenlatransmisión.
Portanto,elnuevométododecálculorealdelimpuesto,talycomoestáconcebidoenlanuevaredacción de la normativa del impuesto de plusvalía municipal, podría afectar al principio de capacidad económica.
El nuevo impuesto de plusvalía municipal podría resultar confiscatorio
Además,lanuevanormativadelimpuestopodríavulnerarlaprohibicióndeconfiscatoriedad,prevista enelartículo31.1delaConstitución.Yello,enelcasodequelacuotaapagarresulteigualosuperior alincrementodevalorrealmenteobtenido,teniendoencuentalosgastossoportadosporelcontribuyenteenlaadquisiciónotransmisióndelterreno,olaactualizacióndelvalordeadquisiciónconforme alIPC.
Yesque,esposibleque,incluyendolosgastosdeadquisiciónytransmisióndelterreno,olareferida actualización del valor de adquisición, no exista incremento de valor. Por ello, exigir el impuesto en estascircunstanciasresultaríacontrarioalaprohibición deconfiscatoriedad, siendoinconstitucional lanormaquepermitaqueestoocurra.
¿La
solución? El planteamiento de cuestión de inconstitucionalidad
Enestatesituracabeplantearsequépuedenhacerloscontribuyentesqueconsiderenqueelimpuesto esinconstitucionalensucaso,porgravarunincrementodevalorficticio,oporvulnerarselaprohibicióndeconfiscatoriedad.
Pues bien, estos contribuyentes deben recurrir la liquidación que dicte el Ayuntamiento (si es el caso),en elbreveplazodeunmes. Noobstante, ni enelrecursodereposición,ni en laposteriorvía económico administrativa podrán plantear la inconstitucionalidad del impuesto, ya que ni los Ayuntamientos, ni sus Tribunales Económico Administrativos Municipales tienen competencia para plantearunacuestióndeinconstitucionalidad.
Tendránqueesperar,porello,aquesureclamaciónlleguealJuzgado.Yesenesemomentoenelque podránpedirlealJuzgadoqueplanteecuestióndeinconstitucionalidadcontralanuevanormativade laplusvalíamunicipal,porposiblevulneracióndelprincipiodecapacidadeconómicay,ensucaso,de laprohibicióndeconfiscatoriedad.
Similarcaminoprocesaldeberánseguirloscontribuyentesquehanpresentadouna autoliquidación No obstante, en este caso tendrán que solicitar en primer lugar la rectificación presentada (cuentanconunplazodecuatroaños).Y,apartirdeahí,realizarelperegrinajeprocesalporelre-
Pl. Francesc Macià, 4, 4art. 08021 Barcelona Tel. 93 414 50 14 www.gabinetedelaorden.net gabinete@delaorden.net


Mensual
cursodereposición ylavía económico administrativa(cuandoesté prevista), hasta llegaralJuzgado deloContencioso,órganoanteelquepodránsolicitarelplanteamientodecuestióndeinconstitucionalidad.
Estamos, en definitiva, ante una batalla que conviene librar, para que el método de cálculo real del impuestograverealmenteelincrementodevalorrealmenteobtenido,ynounoficticio,máspropiode métodosobjetivosdecálculo.
1.3. Un hakeo a través del Poder Judicial roba a Hacienda datos de medio millón de contribuyentes

• LosserviciosdeInformaciónhablandeunafugadedatossinprecedentesquetambiénincluyeel nombre,DNIodomiciliodecercade50.000miembrosdelCuerpoNacionaldePolicía
• La Audiencia Nacional investiga el ataque al sistema con el que el Poder Judicial pide información a
Hacienda y la Policía
Los responsables del ciberataque al Consejo General del Poder Judicial utilizaronelórganodegobiernodelosjueces como una ventana para acceder a distintos organismos del Estadoyrobarinformacióndecientosdemilesdeespañoles.
Lasconsecuenciasmásgravessevivieronen laAgencia Tributaria, donde los atacantes obtuvieron datos de cerca de medio millón de contribuyentes, han revelado a elDiario.es fuentespróximasalcaso.
La gravedad del ataque ha movilizado a los servicios de Información e Inteligencia y ha motivado la aperturadeunainvestigaciónsecretaenlaAudienciaNacional.Alosresponsablesdelaspesquisasles llamólaatenciónundatodesdeelprincipio:nosetratósolamentedeunaacciónde pesca de arrastre, una fuga de datos masiva, sino que los ciberatacantes realizaron búsquedas de nombres concretos, personasconperfilpúblico,añadenlasmismasfuentes.
ElConsejoGeneraldelPoderJudicialinformóelpasadomartesen unanota deprensaquehabía detectado“unciberataquealasredesdelasAdministracionesPúblicasespañolasenelqueresultóafectadoelPuntoNeutroJudicial(PNJ)”.Conestadenominaciónseconocealareddetelecomunicaciones queconectaalosjuzgadosyotrosórganosjudicialesconelrestodeinstitucionesdelEstado,perocuyagestióndependedelórganodegobiernodelosjueces.
1.4. El BCE criticará el impuesto a la banca que tramita el Gobierno


Alimpuestosobrelabancaqueseestátramitando en el Congreso de los Diputados le esperan tiempos agitados. A los duros ataques que desde el primer minuto le lanzaron los afectados, con avisos de recursos potenciales a la justicia, y a las censuras de la CEOE, se les añadirá en los próximosdíasunacríticadepeso:ladelBancoCentral Europeo. Se sabía que el informe del BCE sobre estatasasepresentaráenlospróximosdíasose-
Pl. Francesc Macià, 4, 4art. 08021 Barcelona Tel. 93 414 50 14 www.gabinetedelaorden.net gabinete@delaorden.net

Circular Mensual
NOVIEMBRE de 2022
manas.LoafirmóesteluneselvicepresidentedelBCE,LuisdeGuindos,cuandoparticipóenunactodel ColegioGeneraldeEconomistas.
PeroloquefuentespróximasalBancoanticipanesqueelcontenidodelinformeserámuycrítico,duro contraunimpuestoquehatensionadoalsector.EsciertoqueelinformedelBCEnoesvinculante,pero no hay duda de que el posicionamiento de la máxima autoridad monetaria en este terreno tendrá un pesoespecíficoenlatramitaciónparlamentariadeesteimpuestoque,juntamenteconeldelgravamen sobre los beneficios extraordinarios de las eléctricas, espera recaudar 7.000 millones de euros en dos años.SesabíaquedeentradaestegravamennoibaagustaralBCE,ylosindiciossonqueserácuestionadoenelinformequesepresentará.
Estejueves,el Financial Times apuntóqueEspañasehabíacolocadoenunchoquepotencialconelBCE poresteimpuesto,informaciónque La Vanguardia hapodidoconfirmar.
ElEjecutivoespañolpretenderecaudar3.000millonesendosaños,enel2022yel2023,conunrecargo temporaldel4,8%sobreelmargendeinteresesysobrelascomisionesnetasobtenidasporlasentidadesfinancierasconingresossuperioresa800millones.DesdelaspatronalesbancariasespañolasesperanversiensutramitaciónenelCongreso“sufrealgunamodificación”.
LaconsejeradelegadadeBankinter,DoloresDancausa,volvióacriticarlodurantelapresentacióndelos resultadosde la entidad financiera, calificándolo de “injusto, confiscatorio y sin justificación racional”. “Noséquétienequeverlabancacon lainflación”, apostilló. Aloque añadióparaeximiraBankinter: “Lasentidadesquenorecibieronayudaseconómicasenlaanteriorcrisisdeberíanquedarfuera”.Dancausanodescartatomarmedidasantelostribunalessisevenmenoscabadoslosinteresesdesusaccionistas.
1.5. La Agencia Tributaria inicia una operación de ámbito nacional contra el fraude fiscal en el sector de las franquicias de mensajería y paquetería
• Más de 270 funcionarios de la Agencia se han personado en 76 locales situados en 14 CCAA tras obtenerindiciosdeactividadnodeclarada,pagosen‘B’atrabajadoresyhandetectadolaexistenciadesoftwaredeocultacióndeventasenalgunoscasos
• Laoperación hasupuestoeliniciodeactuacionesinspectorasen relacióncon77sociedadesy40 personasfísicasvinculadas
• Con esta son 21 las macrooperaciones sectoriales coordinadas desplegadas por la Agencia en la últimadécada,quehastalafechasehantraducidoenlaliquidacióndemásde370millonesdeeurosa1.825contribuyentes
LaAgencia Tributariahapuestoen marchamásdeuncentenardecomprobacionesinspectorasa77 sociedades y 40 personas físicas vinculadas del sector de las franquicias de mensajería y paquetería traslapersonación,eneldíadeayer,demásde270funcionariosdelaAgenciaenuntotalde76localesdeestesectordistribuidosen14ComunidadesAutónomas.
Lasinspecciones,quesedesarrollaránenlospróximosmesesapartirdeestaobtencióndepruebas inicial, analizarán supuestos de actividad no declarada, pagos en ‘B’ a trabajadores de las franquicias y la utilización de programas informáticos de ocultación de ventas para defraudar (softwarede‘dobleuso’queyasehadetectadoenalgunasdelaspersonacionesrealizadasayer).
Pl. Francesc Macià, 4, 4art. 08021 Barcelona Tel. 93 414 50 14 www.gabinetedelaorden.net gabinete@delaorden.net


Circular Mensual
NOVIEMBRE de 2022
Laoperación,denominada‘Columba’,conllevaeliniciodeinspeccionesasociedadesypersonas físicas vinculadas (socios, administradores y personas del entorno familiar), mediante la personacióndefuncionariosdeláreadeInspeccióndelaAgenciaenlocalessituadosenAndalucía(6), Aragón (3), Asturias (1), Canarias (3), Cantabria (3), Castilla La Mancha (1), Castilla y León (5), Cataluña (11), Extremadura (1), Galicia (10), Madrid (9), Murcia (3) La Rioja (2) y Comunidad Valenciana(18).
‘Columba’ ha sido coordinada por el Departamento de Inspección Financiera y Tributaria de la Agencia Tributaria, contando con la participación de más de 260 funcionarios del Área de Inspección, incluyendo personal de las Unidades de Auditoría Informática (UAI), así como con el apoyodeagentespolicialesyde14funcionariosdelServiciodeVigilanciaAduaneradelaAgenciaTributaria.
Software de ‘doble uso’
Lasinspeccionesiniciadasayer, yquesedesarrollaránen lospróximosmeses, tienen suorigen endenunciasprevias,relacionadasconelsectordelamensajeríaypaquetería,queponenenconocimientode la Agencia Tributaria diversos supuestos deocultaciónde actividad económica y depagosen“B”alostrabajadores,vinculadosconfacturaciónenefectivoyconlaayudadesoftwaredeocultacióndeventas,ode‘dobleuso’.Dehecho,yaenlaspersonacionesrealizadasayer sehacorroboradolaexistenciayutilizacióndeestosprogramasporpartedealgunasdelassociedadesinspeccionadas.
Las directrices generales del Plan de Control Tributario de la Agencia para 2022 ponen el foco, entre otros objetivos, en la lucha contra el software de ‘doble uso’, en paralelo a la tramitación delReglamentoqueregulalosrequisitosquedebenadoptar lossistemasinformáticosdefacturación para garantizar la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidaddelosregistrosdefacturación,deacuerdoconlodispuestoenlaLeyGeneralTributaria.
Conlaspersonacionesrealizadasayerenloslocalesseleccionados,laAgenciahalogradoacceder directamente a la documentación e información contable o auxiliar real existente, incluidos los sistemasinformáticosdeprocesamientodelainformación,alobjetodeconfirmarycuantificarel volumendeactividadnodeclaradaporlasempresasy,ensucaso,confirmarlaposibleexistencia deprogramasinformáticosdeocultacióndeventasyesquemasdefacturaciónirregular.
Lasactuacionestambiénsedirigenapersonasdelentornosocietarioyfamiliardelassociedades inspeccionadasquepresentan signos externosde riquezano coherentes con las rentasque vienendeclarando.
DeacuerdoconelinformeanualdelsectorpostaldelaComisiónNacionaldelosMercadosyla Competencia,másdel60%delos2.177operadoresinscritosenelRegistropostaloperanbajoel régimen de franquicia o vinculaciones análogas. Esta tipología de empresas de reparto en régimen de franquicia es a la que se dirige la operación ‘Columba’, en unmomento de fuerte crecimientodelsectordelamensajeríaypaqueteríaporelaugedelcomercioelectrónicoenelmercadoespañol.
Las macrooperaciones sectoriales
Conlaoperación‘Columba’sonya21lasmacrooperacionessectorialescoordinadasdesplegadas porlaAgenciaenlaúltimadécada,quehastalafechasehantraducidoenlaliquidacióndemás
Pl. Francesc Macià, 4, 4art. 08021 Barcelona Tel. 93 414 50 14 www.gabinetedelaorden.net gabinete@delaorden.net


Circular Mensual
NOVIEMBRE de 2022
de370millonesdeeurosa1.825contribuyentes.Estetipodeactuaciones,ademásdefacilitarla detecciónyregularizacióndelfraudefiscal,permitentransmitir unmensajedisuasorioaloscolectivosinvolucradosenestasprácticas,quetienenimpactoenlasarcaspúblicasydistorsionan gravementelacompetenciaenelpropiosectorafectado.
1.6. Guerra de las Comunidades Autónomas en la reducción de tipos en el Impuesto sobre la Renta
a) Lambán estudia una rebaja
del tramo
autonómico del IRPF a las rentas medias y bajas
El presidente ve "razonable" abrir el debate fiscal, pero lo condiciona al consenso con sus socios del cuatripartito.
Los socios del cuatripartito pactaron hace tres años mantener establelapresiónfiscal,peroconlaactualcoyunturaeconómica provocadaporlaescaladadeprecios "parece razonable" abordar el debate de la inflación y de los impuestos. Asílohaexpuesto este martes el presidente aragonés, Javier Lambán, quien ha condicionado "con toda claridad" cualquier cambio fiscal al acuerdo de PSOE, Podemos, CHA y PAR.
Lambányaapuntóensucomparecenciadelpasadojuevesenlas Cortesquenoibaa"rehuir"estedebate,paraloqueelconsejero de Hacienda, Carlos Pérez Anadón, ya está "planificando" la ronda de contactos con todos los partidos. Fuentes de la DGA han indicado a este diario que se está analizando una rebaja del tramo autonómico del IRPF para las rentas medias y bajas, un impuestoenelqueAragónnosalebienparadaencomparaciónconelrestodeautonomías.Elequipo dePérezAnadónestá haciendo números y proyecciones para saber hasta dónde se puede llegar y su impacto, pero aún no ha trasladado una propuesta a los socios.


b) Y Ximo Puig: también
La última autonomía en sumarse a la ola de rebajas fiscales impulsada por el PP en todos los territorios donde gobierna ha sido la valenciana, la primera gestionada por los socialistas. Su presidente,XimoPuig,haanunciadoestemartesunareducciónparalasrentasdehasta60.000euros "frentelasrebajasalosricos"que,asujuicio,impulsanlospopularesporreducirlostributosdePatrimoniooSucesiones.SugirohageneradounprofundomalestarenLaMoncloaalnohabersidoconsensuadayhapedidoun"discursofiscalresponsable"alosgobiernosautonómicos.Deahíelretode mantener un cierto equilibrio con el Gobierno central, posicionado encontra.
A este respecto, Lambán ha manifestado de forma categórica que lo quehaganotrasautonomíasleda"exactamenteigual"yhalamentadoqueenestacuestiónsehayaempezado"lacasaporeltejado".Así, ha defendido que la política fiscal nunca debería ser un fin en sí mismo,sinounmedioalserviciodeunmodelodesociedad.

Pl. Francesc Macià, 4, 4art. 08021 Barcelona Tel. 93 414 50 14 www.gabinetedelaorden.net gabinete@delaorden.net

1.7.Los inspectores de Hacienda quieren comprobar directamente a pequeñas empresas y autónomos
• Estiman que no son eficaces los controles realizados por el Departamento de Gestión sobre las actividades económicas
• También quieren integrar las bases de datos de la AEAT con la Seguridad Social en una sola Los inspectores de Hacienda consideran urgente integrar en un solo departamento de la Agencia Tributaria(AEAT)lasfacultadesdecontroldelos órganos de Gestión e Inspección (inspección financierayaduanera),algosimilaralaestructura y de la Delegación Central de Grandes Contribuyentes.
AsíseponedemanifiestoenlaPropuestaparala reforma de las Administraciones Tributarias, informe actualizado, presentado por la Asociación deInspectoresdeHacienda(IHE)ensuXXXIICongreso.
Comprobacionesformales
Explica la IHE que elelevado volumen de trabajo del Departamento de Gestión haprovocado que las comprobaciones de los órganos de gestión se hayan limitado a comprobaciones formales, es decir, a laboresdeverificacióndedatosdeclaradosyerroresaritméticos.

Afirmaelinformeque"deestacomplejidadadministrativa,sehan validodeterminadosdespachosde asesores que conocen la debilidad organizativa en los casos de una gran mayoría de contribuyentes, queson demasiadodifícilesparasercomprobadosporgestiónydemasiadopequeñosparaserinvestigadosporInspección". Yañadeque"estaestructura,sibienfuncionaconeficaciasobrecontribuyentes no empresarios y sobre profesionales, quiebra con relación a los procedimientos sobre contribuyentesconactividadeseconómicas".
Pararesolverestosproblemas, IHEplantealaconveniencia dereunir en una sola área el control de todo tipo de contribuyentes. Esa área consideran que debe ser el Departamento de Inspección, dejandoengestióntributariaexclusivamenteelcontroldelapresentacióndedeclaraciones,nosuanálisis,ylaasistenciaalcontribuyente.
1.8. Hacienda agilizará las respuestas de sus tribunales a los pleitos con contribuyentes
LaAgenciaTributariaplaneausarlafiguradelpleitoespejoparaquelasresolucionesenelTEACsean másrápidas
Hacienda quiere liberar de trabajo al Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) para que los procesos de resolución ante las reclamaciones de los contribuyentes sean más rápidos. Para ello, quiere usar la figura del pleito espejo, con la que se aglutinarían procesos similares paradarunarespuestaqueseuseentodoslosdemásprocesos.


Pl. Francesc Macià, 4, 4art. 08021 Barcelona Tel. 93 414 50 14 www.gabinetedelaorden.net gabinete@delaorden.net

1.9. La banca estudia ayudas a familias cuya hipoteca suba un 30%
La banca y el Ministerio de Economía avanzan para lograr un acuerdo que permita aliviarel aumento de las cuotas hipotecarias para las familias vulnerables. Las principales patronales bancarias, AEB y CECA, han planteadoalGobiernoalargarelplazoparapagarlashipotecasalasfamiliascuyosingresosanualesnosuperentres veceselIPREM(loquesupone24.300eurosenestemomentoy25.200apatirdeenerodelpróximoaño)yalas queelpagodelacuotalesaumenteun30%debidoalaaceleradasubidadetipos. Otrodelosrequisitosqueplanteaelsectoresquelacuotadelahipoteca,unavezrevisadaporelrepunte deleuríbor, representeal menos el 40% de los ingresos de la familia, lo que se considera un niveldealtoendeudamiento,superioralrangorecomendadodeentreel30%yel33%.
Banca y Gobierno vienen negociando en las últimas semanas una solución para aliviar el coste que afrontarán lasfamiliasen lahipotecasumadaaladesbocadainflación. Alextenderelplazodelpréstamo,lacargafinancierasereduciría.Enprincipio,estamedidaseaplicaríasobrehipotecasatipovariablefirmadasapartirde2012paralacompradeunaprimeravivienda.
LasentidadesqueseacojanalnuevoCódigodeBuenasPrácticasloharánporunplazodeunañoyse comprometerán a informar adecuadamente en las oficinas y en sus propias webs a los clientes que hayanincumplidoelpagodealgunacuotahipotecariaomanifiestendificultadesenelabonodelpréstamo.
LaideaesqueelGobiernoapruebeeseCódigodeBuenasPrácticasalqueseacogerándemaneravoluntarialasentidadesqueasílodeseen,aunqueposteriormentelosbancospodránaplicarmedidasde ayuda adicioanles, buscando soluciones caso a caso, que es lo que defendían en un principioCECA y AEB.
LasentidadesqueconcedanestasmedidasdealivioinformaránalBancodeEspañadeelloylasescriturasdeformalización delasnovacionesdehipotecasalamparodel realdecretopendientedeaprobaciónquedaránexentasdelpagodelimpuestodeactosjurídicosdocumentados.Losderechosarancelarios, notarialesyregistralesderivadosdelafirmaeinscripcióndeestasmedidasdealiviocorreránacargodelbanco,perosebonificaránenun50%.
1.10. Píldoras fiscales

a) Presión fiscal récord en IRPF: el Gobierno ingresará un 11% más este año
• ElpresupuestodelaAgenciaTributariaaumentaráun15,2%en2023

• IngresosextraenIRPFde10.700millonesyrebajafiscaldesólo1.900 Haciendapresupuestaotrasubidadelosingresosporelimpuestodelarentadel7,7%en2023.
Los Presupuestos Generales del Estado (PGE), presentados enelCongresodelosDiputados, recogen una subida récord de la recaudación por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
Pl. Francesc Macià, 4, 4art. 08021 Barcelona Tel. 93 414 50 14 www.gabinetedelaorden.net gabinete@delaorden.net

Circular Mensual NOVIEMBRE de 2022
b) La tributación mínima en Sociedades reduce los beneficios fiscales un 10,8%
ElproyectodePresupuestosGeneralesdelEstado(PGE)de2023estimaquelaincidenciadelatributaciónmínimaparagrandesempresasygruposenconsolidaciónfiscalrecortarálosbeneficiosfiscales en670millonesdeeuros,un10,8%.
El libro amarillo de los Presupuestos presentado por la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, señala que esta reducción será la principal causa de que la totalidad de los beneficios fiscales en el ImpuestodeSociedadesbajeen163m
c) Las empresas pagarán un 7,7% más por Sociedades en 2023
LosPresupuestosrecogenyaelimpactodeltipomínimoydelalimitaciónenlacompensacióndepérdidasenlosgrupos.
LosPresupuestosGeneralesdelEstado(PGE)establecenunaumentodelosingresosporelImpuesto sobre Sociedades (IS) del 7,7% el año que viene. Según los Presupuestos, presentados, el impuesto ingresará28.519millonesen2023.
1.11. Fin a los programas y aplicaciones informáticos de gestión de sofware de doble uso
MediantelaLey11/2021,de9dejulio,conocidadeformaabreviadacomo"demedidasdeprevención yluchacontraelfraudefiscal",seañadealartículo29.2delaLeyGeneralTributaria(LGT)unanueva letraj),queestablecelaobligación,paralosproductores,comercializadoresyusuarios,dequelossistemasyprogramasinformáticosoelectrónicosquesoportenlosprocesoscontables,defacturacióno degestióndequienesdesarrollenactividadeseconómicas,garanticenlaintegridad,conservación,accesibilidad,legibilidad,trazabilidadeinalterabilidaddelosregistros,sininterpolaciones,omisioneso alteracionesdelasquenoquedeladebidaanotaciónenlossistemasmismos.Además,enconcordancia condicha regulación, seestablece un régimen sancionador específico, en el artículo 201 bisde la citada Ley, derivado dela mera producción de estos sistemas o programas, o la tenencia de los mismossinlaadecuadacertificación.
Lafinalidaddeestepreceptoesmúltiple.Ademásdeevitarlaproducciónytenenciadeprogramasy sistemasinformáticosquepermitanlamanipulacióndelosdatoscontablesydegestión,comosecontemplaenlaexposicióndemotivosdelaLey11/2021,seasocianaellaotrasdemuydiferentenaturaleza, como por ejemplo, el dar un notable impulso a la modernización y digitalización del tejido empresarialespañoly,muyespecialmente,delaspymes,delasmicroempresasydelosautónomos,ala vezquefavorecerelcumplimientotributarioylaluchacontraelfraudey,almismotiempo,asegurar unaconexiónsencilla,barata,segurayeficienteentrelosciudadanosylaAdministraciónenentornos digitalizados.
Lospaísesdenuestroentornohanadoptadosolucionesequivalentesalaquesequiereimplementar en España. Estasiniciativasseencuentranen línea,porotraparte, conlas recomendacionesefectuadasdesdeinstitucionesinternacionalescomolaOCDE. Así, hansidoimplantadasnormativasytécnicasestrictas,quehanidoevolucionadoenparaleloalavancetecnológicodesdehacecercadecuarenta años, buscandodiferentesobjetivosymedidasdecontroly seguridadconelprincipalobjetodedificultarelfraudemediante lautilizacióndemediosinformáticosqueocultenofalsifiqueninformación
Pl. Francesc Macià, 4, 4art. 08021 Barcelona Tel. 93 414 50 14 www.gabinetedelaorden.net gabinete@delaorden.net


Circular Mensual
de las facturas emitidas y facilitar la comprobación de unos datos que, por su naturaleza digital, son volátiles,duplicablesyfácilmentemanipulablesdeformasmuydifícilesdedetectar.
Enelnuevoartículo29.2.j)delaLGTseprevéquereglamentariamentesepodránestablecerlasespecificacionestécnicasquedebanreunirestossistemasinformáticos,asícomolanecesidaddequeestén debidamentecertificadosylautilizacióndeformatosestándarparasulegibilidad.Enestesentido,se encuentra en tramitación un proyecto de real decreto por el que se aprueba el Reglamento que establecelosrequisitosquedebenadoptarlossistemasyprogramasinformáticosoelectrónicosque soportenlosprocesosdefacturacióndeempresariosyprofesionales,ylaestandarizacióndeformatos delosregistrosdefacturación.Eltrámitedeinformaciónpúblicafinalizóelpasado14demarzo.
Pl. Francesc Macià, 4, 4art. 08021 Barcelona Tel. 93 414 50 14 www.gabinetedelaorden.net gabinete@delaorden.net


2.- MEDIDAS ADOPTADAS POR LA PROBLEMÁTICA ENERGETICA
2.1. Impuesto sobre Sociedades. Libertad de amortización en inversiones que utilicen energía procedente de fuentes renovables
RealDecreto ley18/2022,de18deoctubre,introduceunaDisposiciónAdicionaldecimoséptimaenla LeydelImpuestosobreSociedadesqueestablecelaLibertaddeamortizacióneninversionesqueutilicenenergíaprocedentedefuentesrenovables:
Resoluciónde3denoviembrede2022,delCongresodelosDiputados,porlaqueseordenala publicacióndelAcuerdodeconvalidacióndelRealDecreto ley18/2022,de18deoctubre,por elqueseapruebanmedidasderefuerzodelaproteccióndelosconsumidoresdeenergíayde contribuciónalareduccióndelconsumodegasnaturalenaplicacióndel"Plan+seguridadparatuenergía(+SE)",asícomomedidasenmateriaderetribucionesdelpersonalalserviciodel sectorpúblicoy deproteccióndelaspersonastrabajadorasagrariaseventualesafectadaspor lasequía.
Inversiones que darán derecho a la aplicación de la libertad de amortización:
➔ Inversiones destinadas al autoconsumo de energía eléctrica que utilicen energía procedente de fuentesrenovables, ensustitución deinstalacionesqueutilicenenergía procedente defuentesno renovablesfósiles.
➔ Inversioneseninstalacionesparausotérmicodeconsumopropioqueutilicenenergíaprocedente de fuentesrenovables,en sustitución deinstalaciones queutilicenenergía procedente de fuentes norenovablesfósiles.
DIRECTIVA(UE)2018/2001DELPARLAMENTOEUROPEOYDELCONSEJO Artículo 2 Definiciones (…)

1) «energía procedente de fuentes renovables» o «energía renovable»: la energía procedente de fuentes renovables no fósiles, es decir, energía eólica, energía solar (solar térmica y solar fotovoltaica) y energía geotérmica, energía ambiente, energía mareomotriz, energía undimotriz y otros tipos de energía oceánica, energía hidráulica y energía procedente de biomasa, gases de vertedero, gases de plantas de depuración, y biogás;
Inversiones que no darán derecho a la aplicación de la libertad de amortización:
➔ Losedificios
➔ LasinstalacionesquetengancarácterobligatorioenvirtuddelanormativadelCódigoTécnico delaEdificación
Requisitos para la aplicación de esta libertad de amortización:
➔ Que sean puestas a disposición del contribuyente a partir del 20.10.2022
➔ Que entren en funcionamiento en 2023
➔ Que,durantelos24mesessiguientesalafechadeiniciodelperíodoimpositivoenqueloselementosadquiridosentrenenfuncionamiento,laplantillamediatotaldelaentidadsemantenga respectodelaplantillamediadelos12mesesanteriores.
Pl. Francesc Macià, 4, 4art. 08021 Barcelona Tel. 93 414 50 14 www.gabinetedelaorden.net gabinete@delaorden.net

Circular Mensual
NOVIEMBRE de 2022
Encasodeincumplimientodelaobligacióndemantenimientodeempleosedeberáingresarla cuotaíntegraquehubierecorrespondidoalacantidaddeducidaenexceso,máslosinteresesde demoracorrespondientes.
El ingreso de la cuota íntegra y de los intereses de demora se realizará conjuntamente con la autoliquidacióncorrespondientealperíodoimpositivoenelquesehayaincumplidolaobligación.
Lasentidadesalasque, deacuerdoconloestablecidoenelartículo101delaLIS, lesseande aplicaciónlosincentivosfiscalesparalasempresasdereducidadimensión,podránoptarentre aplicarelrégimendelibertaddeamortizaciónprevistoenelartículo102laLIS(condicionada al incremento de plantilla y con el límite de 120.000 €) o aplicar el régimen de libertad de amortizaciónreguladoenlaDisposiciónAdicionaldecimoséptimadelaLIS.
➔ Los contribuyentes deberán estar en posesión, según proceda, de la siguiente documentación queacreditequelainversiónutilizaenergíaprocedentedefuentesrenovables:
a) Enelcasodegeneracióndeenergíaeléctrica,laAutorizacióndeExplotacióny,enelcasode lasinstalacionesconexcedentes,laacreditacióndelainscripciónenelRegistroadministrativodeinstalacionesdeproduccióndeenergíaeléctrica(RAIPREE)o,enelcasodeinstalacionesdemenosde100kW,elCertificadodeInstalacionesEléctricas(CIE).
b) En el caso de sistemas de producción de gases renovables (biogás, biometano, hidrógeno renovable), laacreditación deinscripciónenelRegistrodeinstalacionesdeproducciónde gasprocedentedefuentesrenovables.
c) Enelcasodesistemasdegeneracióndeenergíarenovabletérmica(caloryfrío)industrialo deproceso,acreditacióndelainscripciónenregistrooinformedelórganocompetenteenla ComunidadAutónoma.
d) Enelcasodesistemasdegeneracióndeenergíarenovabletérmica(caloryfrío)paraclimatizaciónogeneracióndeaguacalientesanitaria,certificadodeeficienciaenergéticaexpedidoporeltécnicocompetentedespuésdelarealizacióndelasinversiones,queindiquelaincorporacióndeestossistemasrespectodelcertificadoexpedidoantesdeliniciodelasmismas
Ejercicio de aplicación de la libertad de amortización: ➔ En los períodos impositivos que se inicien o concluyan en 2023.
Cuantía máxima de la inversión que puede beneficiarse de la libertad de amortización: 500.000 €
Enlaces de interés para solicitar AYUDAS:
Andalucía:
https://www.agenciaandaluzadelaenergia.es/es/financiacion/incentivos 2017 2020/paquete de medidas para la eficiencia energetica de la industria en andalucia Aragón:
https://www.aragon.es/ /programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energetica en pyme y gran empresa del sector industrial#anchor2
Canarias:
Pl. Francesc Macià, 4, 4art. 08021 Barcelona Tel. 93 414 50 14 www.gabinetedelaorden.net gabinete@delaorden.net


Circular Mensual
https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/tramites/6064
Cantabria: https://dgicc.cantabria.es/detalle/ /journal_content/56_INSTANCE_DETALLE/16626/8691683

NOVIEMBRE de 2022
CastillayLeón: https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/AdministracionElectronica/es/Plantilla100 Detalle/1251181050732/Ayuda012/1284900609369/Propuesta
Catalunya:
https://canalempresa.gencat.cat/ca/integraciodepartamentaltramit/tramit/PerTemes/Subve ncions eficiencia energetica pime i sector industrials 00001?category=9e3f7ac5 af58 11e3 9e75 000c29052e2c
Galicia: https://sede.xunta.gal/detalle procedemento?langId=es_ES&codtram=IN421V
Madrid: https://tramita.comunidad.madrid/ayudas becas subvenciones/ayudas actuaciones eficiencia energetica
ComunidadAutónomaValenciana: https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=20428
2.2. Sobre la “Deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas”
Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.
Disposición adicional quincuagésima. Deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas. Modificación, con efectos de 1 de enero de 2023, por el art. 21 del Real Decreto ley 18/2022,de18deoctubre
1. Obrasrealizadasdesdeel6deoctubrede2021 hasta el 31 de diciembre de 2023 parala reducción de la demanda de calefacción y refrigeración desuviviendahabitualodecualquierotradesu titularidadquetuvieraarrendadaparasuusocomoviviendaenesemomentooenexpectativadealquiler,siemprequeenesteúltimocaso,laviviendasealquileantesde31dediciembrede2024
Obras que dan derecho a deducción: lasquereduzcanlademandadecalefacciónyrefrigeraciónde laviviendaenalmenos un 7%.
Acreditación: Mediante sendos certificados de eficiencia energética expedidos, por el técnico competente,antesydespuésdelarealizacióndelasobras,comparandolosindicadorescontenidosen losmismos.Entodocaso,elcertificadoposteriorasufinalizacióndeberáser expedido antes de 1 de enero de 2024 yelanterioralinicioconunmáximode2añosdeantelación.
Pl. Francesc Macià, 4, 4art. 08021 Barcelona Tel. 93 414 50 14 www.gabinetedelaorden.net gabinete@delaorden.net

Circular Mensual
NOVIEMBRE de 2022
Importe de la deducción: el 20% de las cantidades satisfechasdesde el6 de octubre de 2021hasta el31dediciembrede2023,ambosinclusive,alaspersonasoentidadesquerealicenlasobrasyalas queexpidanloscertificadosdeeficienciaenergética.
La base máxima deladeducciónseráde5.000euros.
INFORMA 143868. Cuandoelcertificadodeeficienciaenergéticaposterioralafinalizacióndelasobrasseexpidaen2022o2023sesumarán,ensucaso,lascantidadessatisfechas en los ejercicios2021, 2022 y 2023entre las fechas señaladas, practicándose la deducciónsoloenelejerciciodesuemisión(2022o2023)ynopudiendosuperarlabasedededucciónenningúncasolos5.000euros.


Se descontarán aquellascuantíasque,ensucaso,hubieransidosubvencionadasatravésdeun programadeayudaspúblicasofueranaserloenvirtudderesolucióndefinitivadelaconcesión detalesayudas.
INFORMA 143869
En 2021 y 2022 se realizan obras de mejora en calefacción y refrigeración de una viviendahabiéndoserealizadounpagode4.000eurosendiciembrede2021,500eurosenenero de2022y1.500eurosenenerode2023.Elcertificadoseexpideendiciembrede2022,¿enqué períodosepracticaladeducción?¿ysielcertificadoseexpideenenerode2023?
• Comoelcertificadodeeficienciaenergéticaposterioralafinalizacióndelasobrasseexpide en 2022sólo puede practicarse la deducciónen elejerciciode su emisión (2022). En el momento de presentación de la declaración de IRPF 2022 ha satisfecho todos los pagos (4.000eurosendiciembrede2021,500eurosenenerode2022y1.500enenerode2023), porloquepracticaráladeducciónsobreunabasedeunabasede5.000yladeducciónserá de1.000.
• Sielcertificadoseexpideen2023,endichoejerciciosepracticaráladeducciónporlasuma delascantidadessatisfechasen2021,2022y2023,sinsuperarlos5.000euros.
2. Obrasrealizadasdesdeel6deoctubrede2021hastael31dediciembrede2023parala mejora en el consumo de energía primaria no renovable de su vivienda habitual o de cualquier otra de su titularidadquetuvieraarrendadaparasuusocomoviviendaenesemomentooenexpectativadealquiler,siemprequeenesteúltimocaso,laviviendasealquileantesde31dediciembrede2024
Obras que dan derecho a deducción: las que reduzcan en al menos un 30% el indicador de consumo de energía primaria no renovable, o bien, consigan una mejora de la calificación energética de la vivienda que permita obtener una clase energética «A» o «B», en la misma escala de calificación.
Acreditación: Mediantesendos certificados de eficiencia energética expedidos,poreltécnicocompetente,antesydespuésdelarealizacióndelasobras,comparandolosindicadorescontenidosenlos mismos. En todo caso, el certificado posterior a su finalización deberá ser expedido antes de 1 de enero de 2024
El importe de la deducciónes el 40% de las cantidades satisfechasdesde el6 de octubre de 2021hasta el31 de diciembrede 2023, ambos inclusive,a las personas o entidades que realicen las obras,asícomoalaspersonasoentidadesqueexpidanloscertificadosdeeficienciaenergética.
Pl. Francesc Macià, 4, 4art. 08021 Barcelona Tel. 93 414 50 14 www.gabinetedelaorden.net gabinete@delaorden.net


Circular Mensual
La base máxima deladeducciónseráde7.500euros.
NOVIEMBRE de 2022
INFORMA 143871. Cuando el certificado de eficiencia energéticaposterior a la finalización de las obras se expida en 2022 o 2023se sumarán, en su caso, las cantidades satisfechasenlosejercicios2021,2022y2023entrelasfechasseñaladas,practicándoseladeducciónsoloenelejerciciodesuemisión(2022o2023)ynopudiendosuperarlabase dededucciónenningúncasolos7.500euros.
INFORMA 143872.
En2021y2022serealizan obrasdemejoraenelconsumodeenergíaprimarianorenovabledeunavivienda, habiéndoserealizadounpagode 4.000eurosendiciembrede2021, 3.000 euros en enero de 2022 y 1.000 euros en enerode 2023. El certificado seexpide en diciembre de 2022, ¿en qué período se practica la deducción? ¿y si el certificado se expide en enerode2023?
• Comoelcertificadodeeficienciaenergéticaposterioralafinalizacióndelasobrasseexpide en2022sólo puede practicarse la deducción en elejercicio de su emisión (2022). En el momento de presentación de la declaración de IRPF 2022 ha satisfecho todos los pagos (4.000 euros en diciembre de 2021, 3.000 euros en enero de 2022 y 1.000 en enero de 2023),porloquepracticaráladeducciónsobreunabasedededucciónde7.500yladeducciónseráde3.000.



• Sielcertificadoseexpideen2023,endichoejerciciosepracticaráladeducciónporlasuma delascantidadessatisfechasen2021,2022y2023,sinsuperarlos7.500euros.
3. Obrasde rehabilitación energética de edificios de uso predominante residencial desdeel6de octubrede2021hastael31dediciembrede2024.
Obrasquedanderechoadeducción:lasquereduzcanenalmenos un 30% el indicador de consumo de energía primaria no renovable,obien,consiganunamejoradelacalificaciónenergéticadeledificioquepermitaobteneruna clase energética «A» o «B», enlamismaescaladecalificación.
Acreditación: Mediante sendos certificados de eficiencia energética expedidos, por el técnico competente,antesydespuésdelarealizacióndelasobras,comparandolosindicadorescontenidosen losmismos.Entodocaso,elcertificadoposteriorasufinalizacióndeberáser expedido antes de 1 de enero de 2025.
El importe de la deducciónes el 60% de las cantidades satisfechasdesde el6 de octubre de 2021hasta el31 de diciembrede 2023, ambos inclusive,a las personas o entidades que realicen las obras,asícomoalaspersonasoentidadesqueexpidanloscertificadosdeeficienciaenergética.
La base máxima deladeducciónseráde 5.000 euros anuales.Lascantidadessatisfechasnodeducidas por exceder de la base máxima anual de deducción podrán deducirse, con el mismo límite, en los cuatro ejercicios siguientes, sin que en ningún caso la base acumulada de la deducción pueda exce- derde 15.000 euros.
INFORMA 143874.
Tratándose de obras llevadas a cabo por una comunidad de propietarios la cuantía susceptibledeformarlabasedeladeduccióndecadacontribuyentevendrádeterminadaporel resultado de aplicar a las cantidades satisfechas por la comunidad, el coeficiente de participación quetuvieseenlamisma.
Pl. Francesc Macià, 4, 4art. 08021 Barcelona Tel. 93 414 50 14 www.gabinetedelaorden.net gabinete@delaorden.net


Circular Mensual
NOVIEMBRE de 2022
INFORMA 143875.
Ennoviembrede2021serealizanobrasderehabilitaciónenergéticadeunedificiohabiéndoserealizadounpagode1.000eurosen diciembrede2021,2.000eurosen2022,6.000 eurosen2023y6.000en2024.Elcertificadoseexpideendiciembrede2024,¿enquéperíodo sepracticaladeducción?
El importe de la deducción será el 60 por ciento de las cantidades satisfechas desde el 6 10 2021hastael31 12 2024.Labasemáxima,conellímiteanualde5.000euros,serálasumade lassiguientescantidades:
➔
Cuandosehayaexpedidoelcertificadodeeficienciaenergéticaenelperíodoimpositivo,las satisfechasdesdeel6 10 2021hastalafinalizacióndelperíodoimpositivo.
➔ Cuandoelcertificadosehubieraexpedidoenunperíodoimpositivoanterior,lassatisfechas enelaño.
Las cantidades no deducidas por exceder de la base máxima anual podrán deducirse, con el mismo límite, en los cuatro ejercicios siguientes, sin que la base acumulada de la deducción puedaexcederde15.000euros.Enelsupuestoplanteado:
• En2021,2022y2023nosepracticadeducciónalnohaberseemitidoelcertificado.
• En2024,períodoenqueseexpideelcertificado,lopagadodesdeel6 10 2021son15.000 euros(1.000en 2021, 2.000en 2022,6.000en2023y6.000en2024),peroellímitedela base máxima anual es de 5.000; y el exceso a deducir en los 4 ejercicios siguientes es de 10.000euros(15.000 5.000).
• En2025y2026podrádeducir5.000cadaaño,agotandoellímitedebaseacumuladadela deducciónde15.000.
INFORMA 143876
Ennoviembrede2021serealizanobrasderehabilitaciónenergéticadeunedificiohabiéndoserealizadounpagode1.000eurosen diciembrede2021,1.000eurosen 2022,1.000 eurosen2023,12.000en2024y2.000en2025.Elcertificadoseexpideendiciembrede2024. Además, se recibe en 2025 una subvención de 6.000 euros ya concedida en 2024 ¿en qué períodosepracticaladeducción?
Suponiendoquesecumplenlosrequisitosestablecidos,elimportedeladeducciónesel60por cientodelascantidadessatisfechasdesdeel6deoctubrede2021hastael31dediciembrede 2024.


Labasemáximaanualdeladeducciónserálasumadelassiguientescantidades(conellímite anualde5.000euros):
➔ Cuandosehayaexpedidoelcertificadoen elperiodoimpositivo, lassatisfechasdesdeel6 deoctubrede2021hastalafinalizacióndelperiodoimpositivo.
➔ Cuandoelcertificadosehubieraexpedidoenunperiodoimpositivoanterior,lassatisfechas enelaño.
Las cantidades satisfechas no deducidas por exceder de la base máxima anual de deducción podrándeducirse,conelmismolímite,enloscuatroejerciciossiguientes,sinquelabaseacumuladadeladeducciónpuedaexcederde15.000euros.Silashubiera,sedescontaránlascuantíassubvencionadas.
Pl. Francesc Macià, 4, 4art. 08021 Barcelona Tel. 93 414 50 14 www.gabinetedelaorden.net gabinete@delaorden.net


Enelsupuestoplanteado:
Circular Mensual
NOVIEMBRE de 2022
• En2021,2022y2023nosepracticadeducciónalnohaberseemitidoelcertificado.
• En2024,períodoenqueseexpideelcertificado,labasedededucciónesde5.000, quedandounexcesode4.000,resultantedeminorarlospagosde2021,2022,2023y2024queasciendena15.000enlasubvenciónde6.000ylabaseyaaplicadade5.000.
• Yen2025solopodrádeducirpordichoexcesode4.000,dadoquelopagadoen2025 está fueradelplazoquefinalizael31dediciembrede2024.
4. Nodaránderechoapracticarlasdeduccionesprevistasenlosapartados1y2anteriores,cuandola obraserealiceenlaspartesdelasviviendasafectasaunaactividadeconómica,plazasdegaraje,trasteros,jardines,parques,piscinaseinstalacionesdeportivasyotroselementosanálogos.
Enningúncaso, unamismaobrarealizadaen unaviviendadaráderechoalasdeduccionesprevistas en los apartados 1 y 2 anteriores. Tampoco tales deducciones resultarán de aplicación en aquellos casosenlosquelamejoraacreditadaylascuantíassatisfechascorrespondanaactuacionesrealizadas en el conjunto del edificio y proceda la aplicación de la deducción recogida en el apartado 3 de esta disposición.
La base de las deducciones previstas en los apartados 1, 2 y 3 anteriores estará constituida por las cantidadessatisfechas,mediantetarjetadecréditoodébito,transferenciabancaria,chequenominativo o ingreso en cuentas en entidadesde crédito, a laspersonas o entidades que realicen tales obras, asícomoalaspersonasoentidadesqueexpidanloscitadoscertificados,debiendodescontaraquellas cuantíasque,ensucaso,hubieransidosubvencionadasatravésdeunprogramadeayudaspúblicaso fueranaserloenvirtudderesolucióndefinitivadelaconcesióndetalesayudas.Enningúncaso,darán derechoapracticardeducciónlascantidadessatisfechasmedianteentregasdedinerodecursolegal. Aestosefectos,seconsideraráncomocantidadessatisfechasporlasobrasrealizadasaquellasnecesariasparasuejecución,incluyendoloshonorariosprofesionales,costesderedaccióndeproyectostécnicos,direccióndeobras,costedeejecucióndeobrasoinstalaciones,inversiónenequiposymaterialesyotrosgastosnecesariosparasudesarrollo,asícomolaemisióndeloscorrespondientescertificadosdeeficienciaenergética.Entodocaso,noseconsideraránendichascantidadesloscostesrelativos alainstalaciónosustitucióndeequiposqueutilicencombustiblesdeorigenfósil.
Tratándose de obras llevadas a cabo por una comunidad de propietarios la cuantía susceptible de formar la base de la deducción de cada contribuyente a que se refiere el apartado 3 anterior vendrá determinada por el resultado de aplicar a las cantidades satisfechas por la comunidad de propietarios, a las que se refiere el párrafo anterior, el coeficiente de participación que tuviese en la misma.
5. Los certificados de eficiencia energética previstos en los apartados anteriores deberán haber sido expedidosyregistradosconarregloalodispuestoenel RealDecreto390/2021,de1dejunio,porel queseapruebaelprocedimientobásicoparalacertificacióndelaeficienciaenergéticadelosedificios. Alosefectosdeacreditarelcumplimientodelosrequisitosexigidosparalapráctica deestasdeducciones serán válidos los certificados expedidos antes del inicio de las obras siempre que no hubiera transcurrido un plazo de dos años entre la fecha de su expedición y la del inicio de estas
6. El importe de estas deducciones se restará de la cuota íntegra estatal después de las deducciones previstasenlosapartados1,2,3,4,y5delartículo68deestaley.
Pl. Francesc Macià, 4, 4art. 08021 Barcelona Tel. 93 414 50 14 www.gabinetedelaorden.net gabinete@delaorden.net


Circular Mensual NOVIEMBRE de 2022
Los pagos deberán realizarse mediante tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativooingresoencuentasenentidadesdecrédito. En ningún caso darán derecho a la deducción las cantidades satisfechas mediante entregas de dinero de curso legal.
Pl. Francesc Macià, 4, 4art. 08021 Barcelona Tel. 93 414 50 14 www.gabinetedelaorden.net gabinete@delaorden.net


Circular Mensual
3.- PROYECTO DE LEY DE STARUPS.
El Pleno aprueba el Proyecto de Ley de regulación para el fomento del ecosistema de las empresas emergentesyloenvíaalSenado
¿Cuándo entrará en vigor?
EstaLeyprobablementeentraráenvigorenenerode2023:
¿Qué regula esta Ley?
EstaLeytienecomoobjetoestablecerunmarconormativoespecíficoparaapoyarlacreaciónycrecimientodeempresasemergentesenEspaña.
¿Qué empresas pueden acogerse a este régimen especial?
Empresas emergentes o start up:
Son empresas emergentes laspersonasjurídicas,incluidaslasempresasdebasetecnológicas creadasalamparodelaLey14/2011quereúnanlassiguientescondiciones:
Ser de nueva creación o de un máximo de cinco años desde su constitución y de siete años en el casodel sector de biotecnología, energía, industrial u otrossegún avance el estadodelatecnología), no haber surgido de una operación de fusión, escisión o transformación de empresas quenotenganconsideracióndeempresasemergentes tenersedesocialoestablecimientopermanenteenEspaña, asícomounporcentajedel65%delaplantillaconcontratoenEspaña, sucarácterinnovador, nosercotizada nihaberdistribuidodividendosy noalcanzarunvolumendenegociosuperioralosdiezmillonesdeeuros. No podrán acogerse a los beneficios deestaLeyaquellasempresasemergentes: fundadasodirigidasporsíoporpersonainterpuesta, quenoestéalcorrientedelasobligacionestributariasyconlaSeguridadSocial, hayasidocondenadaporsentenciafirmeporundelitodeadministracióndesleal,insolvencia punible,delitossocietarios,delitosdeblanqueodecapitales,financiacióndelterrorismo, por delitos contra la Hacienda pública y la Seguridad Social, por delitos de prevaricación, cohecho, tráfico de influencias, malversación de caudales públicos, fraudesyexaccionesilegalesopordelitosurbanísticos,asícomoalapenadepérdidadela posibilidaddeobtenersubvencionesoayudaspúblicas,Asimismo, quieneshayanperdidolaposibilidaddecontratarconlaAdministración
Las empresas emergentes deberán solicitar a ENISA un certificado del emprendimiento innovador.
Pl. Francesc Macià, 4, 4art. 08021 Barcelona Tel. 93 414 50 14 www.gabinetedelaorden.net gabinete@delaorden.net


¿Cuáles son los Incentivos fiscales para estas empresas?
IS e IRNR
SereduceeltipodelISdelactual25%al 15 %,duranteunmáximode cuatro años,siempreque laempresamantengalacondicióndeempresaemergente.
APLAZAMIENTO
Se extiende a todas ellas el aplazamiento del pago de las deudas tributarias durante los dos primerosañosdeactividad.
STOCK OPTIONS
Con la finalidad de atraer el talento y dotar de una política retributiva adecuada a la situación y necesidadesdeestetipodeempresas, se mejora la fiscalidad de las fórmulas retributivas basadas en la entrega de acciones o participaciones alosempleadosdelasmismas,denominadas porelvocabloinglésstockoptions.
Así,seelevaelimportedelaexencióndelos 12.000 a los 50.000 euros anuales enelcasodeentregadeaccionesoparticipacionesalos empleadosdeempresasemergentes, exención aplicable igualmente cuando dicha entrega sea consecuencia del ejercicio de opciones de compra previamenteconcedidasaaquellos.
Adicionalmente,paralapartedelrendimientodel trabajo en especie queexcedadedichacuantía se establece una regla especial de imputación temporal,quepermitediferirsuimputación hasta el periodo impositivo en el quese produzcan determinadas circunstancias, y en todo caso, enelplazodediezañosacontardesdelaentregadelasaccionesoparticipaciones.
Porúltimo,seintroduceunareglaespecialdevaloracióndelosrendimientosdeltrabajoenespecieconlafinalidaddeaclararelvalorquecorrespondealasaccionesoparticipacionesconcedidas alostrabajadoresdeempresasemergentes.
Conelfindefacilitarlaarticulacióndeestaformaderemuneración,enelartículo10sepermitea estasempresaslaemisióndeaccionesparaautocartera.
DEDUCCIÓN POR INVERSIÓN EN EMPRESAS DE NUEVA O RECIENTE CREACIÓN:
Seaumentaladeducciónporinversiónenempresadenuevaorecientecreación,incrementando eltipodededuccióndel30al 50 por ciento yaumentandolabasemáximade60.000a 100.000 euros
Asimismo,seeleva,concaráctergeneral,detresa cinco años elplazoparasuscribirlasacciones oparticipaciones,acontardesdelaconstitucióndelaentidad,yhastasieteparadeterminadascategorías de empresas emergentes. Además, para los socios fundadores de empresas emergentes sepermitelaaplicacióndeestadeducciónconindependenciadesuporcentajedeparticipaciónen elcapitalsocialdelaentidad.
RÉGIMEN FISCAL ESPECIAL APLICABLE A LOS DESPLAZADOS:
Semejoraelaccesoalrégimenfiscalespecialaplicablealaspersonastrabajadorasdesplazadasa territorio español con el objetivo de atraer el talento extranjero. En particular, se disminuye el número de periodos impositivos anteriores al desplazamiento a territorio español durante
Pl. Francesc Macià, 4, 4art. 08021 Barcelona Tel. 93 414 50 14 www.gabinetedelaorden.net gabinete@delaorden.net


Circular Mensual NOVIEMBRE de 2022
los cuales el contribuyente no puede haber sido residente fiscal en España,quepasadediez a cinco años,conloquesehacemássencilloelaccesoalrégimen.
Además, se extiendeelámbito subjetivo de aplicación del régimen alos trabajadores por cuenta ajena,alpermitirsuaplicaciónatrabajadoresque,seaonoordenadoporelempleador,sedesplacenaterritorioespañolparatrabajaradistanciautilizandoexclusivamentemediosysistemasinformáticos,telemáticosydetelecomunicación,asícomoaadministradoresdeempresasemergentesconindependenciadesuporcentajedeparticipaciónenelcapitalsocialdelaentidad.Además, seestablecelaposibilidaddeacogersealrégimenespecial,estoes,deoptarporlatributaciónpor el Impuesto de la Renta de no Residentes, a los hijos del contribuyente menores de veinticinco años(ocualquieraquesea suedad encasodediscapacidad)yasu cónyugeo, enelsupuestode inexistenciadevínculomatrimonial, elprogenitordeloshijos, siempreque cumplan unasdeterminadascondiciones.
GESTIÓN DE FONDOS VINCULADOS AL EMPRENDIMIENTO:
Seregulalacalificaciónfiscaldelaretribuciónobtenidaporlagestiónexitosadeentidadesdecapital riesgo(conocidacomocarriedinterest),altiempoqueseestableceuntratamientofiscalespecíficoparatalesretribuciones,enlíneaconlaregulacióndelospaísesdenuestroentorno,que fomente el desarrollo del capital riesgo como elemento canalizador de financiación empresarial deespecialrelevancia,todoelloconlafinalidaddeimpulsarelemprendimiento,lainnovaciónyla actividadeconómica.
IRNR:
SemodificalaLeydelImpuestosobrelaRentadenoResidentesconlafinalidaddeaclararqueestaránexentosendichoimpuestolosrendimientosdeltrabajoenespeciequeesténexentosenel ImpuestosobrelaRentadelasPersonasFísicas ¿Qué otras novedades? Inversiones extranjeras: Paraquelainversióncrezca,laLeyactúaenprimerlugarenelterrenofiscal.Enparticular,enloque afectaalaspersonasfísicasqueinviertanenempresasdenuevaorecientecreación. Encuantoalainversiónextranjera,sereducenlosrequisitosburocráticosparalosinversoresqueno vayan a residiren España, queno estarán obligados a obtener elnúmero de identidad de extranjero (NIE), facilitando la solicitud electrónica del número de identificación fiscal (NIF), requisito imprescindibleparamaterializarydocumentarlainversión.Estasimplificaciónconsisteenquesisetratade unapersonafísicaextranjerasepermitirálaidentificaciónconlaobtenciónúnicamentedelNIFyenel casodetratarsedeunaentidad extranjera, siemprequelanuevaentidad secree atravésdelCentro de Información y Red de Creación de Empresa (CIRCE), mediante Documento Único Electrónico (DUE),reguladoenladisposiciónadicionalterceradelRealDecretoLegislativo1/2010,de2dejulio, por el que se aprueba el texto refundido de laLey de Sociedades de Capital, se permite la obtención delNIFparalaentidadinversoraextranjeraporestemismosistema.
Además,seofrecendosvíaselectrónicasalternativasparaquelosinversoresextranjeros,sinresidencia en España, obtengan el número de identificación fiscal que la Ley exige para realizar actos con trascendencia tributaria sin necesidad depersonarse en una oficina administrativapara solicitarlo o recogerlo,alineándoseasíconlospaísesmásavanzados.
Pl. Francesc Macià, 4, 4art. 08021 Barcelona Tel. 93 414 50 14 www.gabinetedelaorden.net gabinete@delaorden.net


Circular Mensual NOVIEMBRE de 2022
Asimismo,sefavorecelaequivalenciadelosdocumentosemitidosenotrospaíses.Ennumerosasocasiones, los inversores extranjeros actúan a través de un representante. Este representante ostentará unpoderderepresentación,quepodráconstarenundocumentonotarialoenuncontratodemandato con representación en el que conste expresamente la aceptación de la representación fiscal. Si el documento notarial se ha emitido en el extranjero por parte de un notario extranjero, no se exigirá adecuar su contenido al ordenamientojurídico español. Es evidente, que el término 'notario' en esta Leyserefiereúnicamentealosnotariosdecarreraynoaloscónsulesoencargadosdeasuntosconsularesqueejerzanlafepúblicaenelextranjero
Requisitos mercantiles:
Enestesentido,lapresenteLeyprevélacreacióndeempresasemergentesenunsolopaso,mediante elotorgamientodeunnúmerodeidentificaciónfiscal,demaneraquelaempresapuedacompletarlos trámites para su constitución con posterioridad. Se elimina el doble trámite registral y notarial y se prevéunprocedimientoíntegramenteelectrónico.
Ademásdelasdisposicionesespecíficassobrelageneracióndeautocartera,laLeyexcluyealasstartups, durante los primeros tres años desde su constitución, de las exigencias relativas al equilibrio patrimonialalosefectosdelascausasdedisolución.Deestamanera,sereflejalaespecificidaddeestasempresasemergentesentérminosdeactivoypasivodurantelafaseinicialdelaempresa,hastala consolidacióndesumodelodenegocio.
Startup de estudiantes
Lastartupdeestudiantessereconocecomoherramientapedagógica.Lastartupdeestudiantestendrá unaduraciónlimitadaauncursoescolarprorrogableaunmáximodedoscursosescolares.Lastartup deestudiantesestarácubiertaporunseguroderesponsabilidadciviluotragarantíaequivalentesuscritoporlaorganizaciónpromotora
Ventanilla única.
ConelobjetivodefacilitarlosprocedimientosdetramitacióndevisadosypermisosderesidenciareguladosenlaSecciónIIdelCapítuloIVdelTítuloVdelaLey14/2013,de27deseptiembre,deapoyo alosemprendedoresysuinternacionalización,losórganoscompetentesenlatramitacióndelosmismossecomprometeránafavorecermodelosbasadosenunaventanillaúnica. Bonificación de cuotas en favor de trabajadores autónomos de empresas emergentes en situación de pluriactividad:
A los trabajadores incluidos en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por CuentaPropiaoAutónomosporposeerelcontrolefectivo,directooindirecto,deunaempresaemergente reguladaenlaLeyXX,defomento delecosistemadelasempresasemergentesyque,deforma simultánea,trabajenporcuentaajenaparaotroempleador, les resultará de aplicación una bonificación del cien por cien de la cuota correspondientealabasemínimaestablecidaconcaráctergeneral,encadamomento,enelcitadorégimenespecialdurantelostresprimerosaños.
Permisos de residencia:
AquellosextranjerosquesolicitenentrarenEspaña oquesiendotitularesdeunaautorizacióndeestancia o residencia o visado pretendan iniciar, desarrollar o dirigir una actividad económica como emprendedor,podránserprovistosdeunaautorizaciónderesidenciaparaactividadempresarial,que tendrávalidezentodoelterritorionacionaly una vigencia de 3 años.Unavezcumplidodichoplazo,
Pl. Francesc Macià, 4, 4art. 08021 Barcelona Tel. 93 414 50 14 www.gabinetedelaorden.net gabinete@delaorden.net


Mensual
podrán solicitar la renovación de la autorización de residencia por dos años, pudiendo obtener la residencia permanente a los cinco años.
Teletrabajo:
Para regular la residencia de este perfil de profesionales itinerantes y de otros muchos que puedan elegirEspañacomounlugardeteletrabajomásestable, se crea una nueva categoría de visado y de autorización de residencia.Elvisadoparaelteletrabajode carácter internacional,permiteentrar yresidirenEspañaduranteunmáximodeunañomientrasquesustitularestrabajanparasímismos oparaempleadoresencualquierlugardelmundo.Además,laautorizaciónderesidencia. ParaelteletrabajointernacionalpermitealosextranjerosqueyasehallandeformaregularenEspaña, por ejemplo, aquellos que están estudiando en España o los quesiendo titulares de unvisado de teletrabajovayanaagotardichoañoderesidenciayquierencontinuarenEspaña,solicitarunaautorizaciónporunperiodomáximodetresaños,renovableporunperiododedosaños,pudiendoobtener laresidenciapermanentealoscincoaños.
Pl. Francesc Macià, 4, 4art. 08021 Barcelona Tel. 93 414 50 14 www.gabinetedelaorden.net gabinete@delaorden.net


4.- DECLARACION INFORMATIVA DE OPERACIONES VINCULADAS
➔ La obligación de informar es una obligación distinta e independiente de la obligación de documentación.
➔ La presentación del modelo 232 se realiza en el mes siguiente a los diez meses posteriores a la conclusión del período impositivo al que se refiera la información a suministrar


Operaciones vinculadas que deben informarse:
El artículo 13.4. del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades (en adelante RIS) no establece ninguna restricción en cuanto a la obligación de informar, siempre que se trate de operaciones con personas o entidades vinculadas, por ello, en la Orden HFP/816/2017, de 28 de agosto, se establece la obligación de informar sobre operaciones realizadas con personas o entidades vinculadas no sólo a las que deben documentarse:
a) Operacionesrealizadasconlamismapersonaoentidad vinculada, siemprequeelimporte de la contraprestación del conjunto de operaciones supere los 250.000 euros, de acuerdo conelvalordemercado.
EnlasInstruccionesdelModelo232elumbralde250.000eurosdeoperacionesrealizadas con la mismapersona o entidad vinculada se calcula teniendoen cuenta únicamentelasoperacionesnoespecíficas.
b) Operaciones específicas, siempre que el conjunto de cada una de este tipo de operaciones enelperíodoimpositivosuperelos100.000euros,conindependenciadequesehayanrealizadoconunaovariaspersonasvinculadas,elmétododevaloraciónutilizadoy,setratede IngresosoPagos.


(Art16.5.RIS)Tienenconsideracióndeoperacionesespecíficas
• Las realizadas por contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, eneldesarrollodeunaactividadeconómica,alaqueresultedeaplicaciónelmétodode estimación objetiva con entidades en las que aquellos o sus cónyuges, ascendientes o descendientes, de forma individual o conjuntamente entre todos ellos, tengan un porcentajeigualosuperioral25%delcapitalsocialodelosfondospropios.
• Lasoperacionesdetransmisióndenegocios.
• Lasoperacionesdetransmisióndevaloresoparticipacionesrepresentativosdelaparticipación en los fondos propios de cualquier tipo de entidades no admitidas a negociaciónen algunodelosmercadosreguladosdevalores, oqueestén admitidosanegociación en mercados regulados situados en países o territorios calificados como paraísos fiscales.
• Lasoperacionesdetransmisióndeinmuebles.

Pl. Francesc Macià, 4, 4art. 08021 Barcelona Tel. 93 414 50 14 www.gabinetedelaorden.net gabinete@delaorden.net

Circular Mensual
• Lasoperacionessobreactivosintangibles.
NOVIEMBRE de 2022
c) Conindependenciadelimportedelacontraprestacióndelconjuntodeoperacionesrealizadas con la misma persona o entidad vinculada, deberán informarse aquellas operaciones delmismotipoqueasuvezutilicenelmismométododevaloración,siemprequeelimporte delconjuntodedichasoperacionesenelperíodoimpositivoseasuperioral50%delacifra denegociosdelaentidad.
Normas específicas para la cumplimentación del modelo 232:
➔ Deberá cumplimentarse separando las operaciones de ingreso y de pago, sin que puedan efectuarsecompensaciones,aunquecorrespondanaunmismoconcepto.
➔ Sedebendeclararlasoperacionesporpersonaoentidad: agrupandoundeterminadotipodeoperación,siemprequesehayautilizadounmismo métododevaloración; desglosandolasoperacionesdelmismodeterminadotipodeoperacióncuandosehayan utilizadodistintosmétodosdevaloración.
Contenido del modelo 232 de Declaración informativa de operaciones vinculadas

a) b) c) d) e) f) g) h) i)
Paracadaoperacióndeingresoopagoseconsignarálasiguienteinformación:
a) Elnúmerodeidentificaciónfiscaldelapersonaoentidadvinculada.
b) Silapersonaoentidadvinculadatienelacondicióndepersonafísica,jurídicauotra. c) Losapellidosynombreolarazónsocialdelapersonaoentidadvinculada.
d) El tipo de vinculación de acuerdo conel artículo 18 de laLeydel Impuesto sobre Sociedades.

Pl. Francesc Macià, 4, 4art. 08021 Barcelona Tel. 93 414 50 14 www.gabinetedelaorden.net gabinete@delaorden.net

Circular Mensual
NOVIEMBRE de 2022
e) Elcódigoprovinciacuandolapersonaoentidadvinculadasearesidenteenterritorioespañolyelpaísderesidenciadelapersonaoentidadvinculadacuandonosearesidente.
f) Eltipodeoperación.Enestecaso,sedebeconsignareldígitoidentificativodeltipodeoperaciónquecorrespondadeacuerdoconlarelaciónsiguiente.Enellatodoslosconceptosse refierenaoperacionesdeingresoopagoindistintamente.
Clave 1: Adquisición/Transmisión de bienes tangibles (existencias, inmovilizados materiales,etc.)
Clave 2: Adquisición/Transmisión/Cesión de uso de intangibles: cánones y otros ingresos/pagosporutilizacióndetecnología,patentes,marcas,know how,etc.
Clave 3: Adquisición/Transmisión de activos financieros representativos de fondos propios.
Clave4:Adquisición/Transmisióndederechosdecréditoyactivosfinancierosrepresentativosdedeuda(excluidasoperacionestipo5).
Clave5:Operacionesfinancierasdedeuda:constitución/amortizacióndecréditosopréstamos,emisión/amortizacióndeobligacionesybonos,etc.(excluidosintereses).
Clave 6: Servicios entre personas o entidades vinculadas (artículo 18.5 LIS) (incluidos rendimientosdeactividadesprofesionales,artísticas,deportivas,etc.).
Clave7:Acuerdosderepartodecostesdebienesoservicios(artículo18.7LIS).
Clave8:Alquileresyotrosrendimientosporcesióndeusodeinmuebles.Noincluyerendimientosderivadosdetransmisiones/adquisiciones(plusvalíasominusvalías).
Clave9: Interesesdecréditos, préstamosydemásactivosfinancierosrepresentativosde deuda (obligaciones, bonos, etc.). No incluye rendimientos derivados de transmisiones/adquisicionesdeestosactivosfinancieros(plusvalíasominusvalías).
Clave 10: Rendimientos del trabajo, pensiones y aportaciones a fondos de pensiones y a otros sistemas de capitalización o retribución diferida, entrega de acciones u opciones sobrelasmismas,etc.
Clave11:Otrasoperaciones.

g) SedeberáconsignarIngresooPagosegúneltipodeoperación.
h) Elmétododevaloracióndeloscontempladosenelartículo18.4delaLeydelImpuestosobreSociedades.
i) ElimportedelaoperaciónsinincluirelImpuestosobreelValorAñadido.
Régimen sancionador por no presentación en plazo
A la no presentación en plazo de las declaraciones informativas le es de aplicación el artículo 198.1.delaLGT:
• Lainfracciónprevistaenesteapartadoseráleve.
• Lasanciónconsistiráenmultapecuniariafijade200euros.
• Sisetratadedeclaracionesexigidasconcaráctergeneralencumplimientodelaobligaciónde suministrodeinformaciónrecogidaenlosartículos93y94deestaley,lasanciónconsistiráen
Pl. Francesc Macià, 4, 4art. 08021 Barcelona Tel. 93 414 50 14 www.gabinetedelaorden.net gabinete@delaorden.net

Circular Mensual NOVIEMBRE de 2022
multapecuniariafijade20eurosporcadadatooconjuntodedatosreferidosaunamismapersonaoentidadquehubieradebidoincluirseenladeclaraciónconunmínimode300eurosyun máximode20.000euros.
No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, si las autoliquidaciones o declaraciones sepresentanfueradeplazosinrequerimientopreviodelaAdministracióntributaria,lasanciónyloslímitesmínimoymáximoseránlamitaddelosprevistosenelapartadoanterior.
Porcadaoperación/“línea”nodeclarada,dependiendodesiexisteonorequerimientoprevio,el importedelasanciónserá:
Aplicaciones de interés
Dadalaimportanciadeltemaydeladificultadparaaislar,reconocerycontrolarlasoperaciones vinculadas qaue se van generando en el día adía de laempresa, os ponemosa disposición una Base de Datos con formulario de entrada de datos para adaptarla a las necesidadesdeinformacióndecadaempresa.
Hemospreparadounahojadecálculoconunformulariodeentradadedatosyunatabla/base dedatosgeneradaconunamacromuysencillaenelprogramaExcel.

Hemospensadoqueospodría serdeutilidadlautilizacióndeesta hoja/herramientaparagenerarvuestraspropiasbasesdedatos,y,quepodríaisadaptarlaalasnecesidadesdeinformacióndecadaempresa.
Conestepropósitoosadjuntamos:

• La hoja de cálculo (sinproteger,paraquepodáisintroducirlasmodificacionesnecesarias) [accederalahojadecálculo]
• Un pdf con los pasos de cómo definimos el formulario y la simplicidad de la macro para la generacióndelatabla/basededatos [accederalPDFexplicativo]

Pl. Francesc Macià, 4, 4art. 08021 Barcelona Tel. 93 414 50 14 www.gabinetedelaorden.net gabinete@delaorden.net
