PROCEDIMIENTOS PARA AUTORIZAR EL APROVECHAMIENTO Y CORTA DE MADERA Norma:
Status:
Acuerdo Ministerial # 139
Vigente
Publicado:
Fecha:
Registro Oficial Suplemento # 164
5-4-2010
Marcela Aguiñaga Vallejo MINISTRA DEL AMBIENTE Considerando: Que el artículo 14 de la Constitución de la República reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado que garantice la sostenibilidad, y el sumak kawsay; Que de conformidad al artículo 43 de la Codificación de la Ley Forestal y de Conservación de Areas Naturales y Vida Silvestre, el Ministerio del Ambiente supervigilará todas las etapas primarias de producción, tenencia, aprovechamiento y comercialización de materias primas forestales; Que de conformidad al artículo 97 del Libro III del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente, se ha establecido criterios generales sobre los cuales se deberá planificar y ejecutar la gestión integral del manejo forestal sustentable en el país, estos son: la sostenibilidad de la producción, el mantenimiento de la cobertura boscosa, la conservación de la biodiversidad, la corresponsabilidad en el manejo y la reducción de impactos ambientales y sociales negativos; Que en el marco de estas regulaciones es necesario establecer un procedimiento técnico administrativo que deberá ser aplicado y observado por el Ministerio del Ambiente en calidad de Autoridad Nacional Ambiental así como por los usuarios del bosque, en estricta aplicación del Régimen Forestal vigente; Que mediante Acuerdo Ministerial No. 037 de 4 de junio del