Legislación Laboral CUADRO COMPARATIVO CARACTERÍSTICAS
AUXILIARES E INTERMEDIARIOS DEL COMERCIO
CONTABILIDAD MERCANTIL EN VENEZUELA
SOCIEDADES MERCANTILES
CONTRATOS DE COMPRA –VENTA, FONDO DE COMERCIO
CONCEPTO
Son organismos integrados por particulares, que revisten la forma de personas jurídicas de carácter privado, pero de interés público.
La contabilidad constituye una herramienta de vital importancia para las empresas, sirven de termómetro para medir la gestión administrativa
Es una persona jurídica que tiene como finalidad realizar actos de comercio sujetos al Derecho comercial.
Es un convenio obligatorio entre dos o más personas, relativo a servicio, materia, proceder o cosa.- Es una convención generadora de derecho.
ELEMENTOS QUE LO
Cámara de comercio, Bolsa de Valores, Ferias y Mercados.
Libro Diario, Libro Mayor Libro de inventario, Libros Auxiliares.
De naturaleza Jurídicas
Contratos Mercantiles
Pública y privada
De carácter privado
Pública y privada
FUNCIONES
De carácter Privado, pero de interés público Su función es proteger de la especulación y de los daños y prejuicios a la sociedad como consumidor y adquirente de los bienes y servicios en el mercado.
Su función es dar a conocer con certeza la situación financiera de una empresa, ya que permite llevar los registros de los distintos procesos que se ejecutan.
El fondo de comercio es, en general, el valor que tiene una empresa por encima de su valor contable o por encima del valor contable ajustado.
SIMILITUDES
Darle seguridad legal a los participantes
La función plurilateral de los contratos de sociedad está determinada por la intervención voluntaria de dos o más personas, que crean relaciones patrimoniales y de obligación mediante un trato unitario para la consecuencia de un fin común. Garantiza las inversiones hechas por los socios a través de un contrato o documento legal.
COMPONEN
DE ORIGEN
Asegurar el bienestar a través de un buen proceso contable, evitando así el endeudamiento y desfalco de la empresa o compañía.
Es un documento que da validez y seguridad a los participantes en un contrato de compraventa.