Narcotráfico
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contenido de los formularios para el registro y la notificación de las operaciones indicadas en el artículo 20 de esta Ley, a fin de presentar las
recomendaciones
que
apoyen
a
las
instituciones financieras en la detección de patrones
sospechosos
clientes.
Estas
en
pautas
la
conducta
tomarán
en
de
sus
cuenta
técnicas modernas y seguras para el manejo de activos y servirán como elemento educativo para el personal de las instituciones financieras. c)
Cooperar con las autoridades competentes
y brindarles asistencia técnica, en el marco de las investigaciones y los procesos referentes a los delitos tipificados en esta Ley.
Artículo
29.-El
Drogas
los
y
fiscalización
Instituto
órganos y
Costarricense
dotados
de
supervisión
sobre
potestades sobre
de las
instituciones sometidas a esta Ley, con prontitud deberán
poner
en
Público
cualquier
conocimiento información
del
Ministerio
recibida
de
las
file://\\vesa01\operaciones\DOCUMENTOS OPERACIONE... 28/09/2009