5 minute read

Reflexión sobre la certificación profesional

El cambio es constante, los giros en la construcción del espacio nos dirigen a hablar de movilidad laboral y formativa y nos conducen a analizar las bondades de la certificación de las competencias profesionales. Este artículo reflexiona sobre la certificación profesional y los procesos evaluativos que conduzcan a la certificación de competencias. Dentro de los factores que justifican la certificación profesional podemos destacar la preocupación por la mejora de la calidad, adecuación a la transformación del ámbito profesional y la flexibilidad con base en las exigencias de las economías en constante evolución.

Advertisement

Cuando abordamos el tema de la certificación profesional, encontramos diversidad de términos que se utilizan en torno a la certificación de competencias. Conceptos como reconocimiento, acreditación, validación, certificación y evaluación de competencias profesionales, se utilizan muchas veces indistintamente para aludir a los mismos procesos, los de certificación y acreditación de competencias adquiridas tanto en situaciones formales como no formales o informales. Cuando se habla de los aprendizajes informales y las experiencias, se utiliza mayoritariamente el término de reconocimiento y acreditación de la experiencia.

Bertrand (2000: 11-12) define la certificación como el proceso a través del cual se aseguran las competencias y las habilidades de un individuo en relación con una norma formalizada; trata de la certificación de cualificaciones individuales, de un nivel de conocimientos, de habilidades y probablemente de algunas capacidades de aprendizaje. Para él la certificación se asocia generalmente a un proceso de reconocimiento de las competencias obtenidas a través de un sistema de aprendizaje formalizado, mientras que la validación se refiere al reconocimiento de los logros menos normalizados.

Otra de las ideas, en relación con la certificación, es la que nos plantea Medina (2005: 5). El autor aboga por el uso del término de acreditación para referirse a la evaluación de los aprendizajes que se hayan podido acumular mediante sistemas formales, no formales e informales como la experiencia. Una evaluación que debe constatar que la persona posee las competencias necesarias, definidas previamente para la obtención de un título, dando lugar a la correspondiente certificación.

La certificación, término que vamos a utilizar en el discurso de este artículo, va asociada a un proceso de evaluación de las competencias demostradas en el desempeño del trabajo. Este proceso requiere para desarrollarse de la definición y el establecimiento previo de las competencias y capacidades para cada uno de los perfiles profesionales.

Esta definición es la que nos lleva al establecimiento de las normas de competencias, referentes claves para la evaluación de las mismas y la posterior certificación. En este caso, la certificación tiene un alto significado en su aplicación laboral, ya que explica el acervo de conocimientos, experiencias, capacidades y competencias que el profesionista va adquiriendo a lo largo de su vida.

Otro de los términos referidos en la definición es la consideración del carácter público de la certificación. Se refiere al hecho de que los certificados deberán ser expedidos por organismos públicos, legítimamente constituidos, que garanticen validez y credibilidad. A su vez, la certificación debe convertirse en un proceso transparente, abierto y visible a todos los interesados.

Ahora bien, este proceso de certificación no puede ser definitivo en el tiempo porque cada día en los contextos de trabajo se producen modificaciones y transformaciones que hacen evolucionar las cualificaciones, bien sea por las innovaciones tecnológicas, los cambios en la organización del trabajo o los procesos migratorios. El profesional adquiere nuevas competencias que, como respuesta a estos cambios, deberá certificarlas periódicamente según las normas o los estándares establecidos.

El papel de la certificación es muy significativo. Por un lado permite garantizar la calidad y por otro, expresar el nivel de competencias profesionales alcanzado. En definitiva, queda claro que la certificación, como testigo de las competencias y capacidades de los profesionales, requiere de un proceso transparente, válido, creíble con una alta significación y con la necesaria actualización periódica (Irigoin y Vargas, 2002).

Como antecedentes legales, en el marco normativo de la certificación podemos mencionar el Art. 38, fracción XVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; el Art. 21 de la Ley Reglamentaria del Artículo 5º Constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal; la Ley de Profesiones para el Estado de Chihuahua (1997); y el Reglamento de las Construcciones para el Municipio de Chihuahua, en cuanto a disposiciones municipales como norma de los Directores Responsables de Obra (D.R.O.) y Corresponsables, certifica y recertifica los conocimientos y habilidades de los profesionales en conjunto con el colegio de profesionistas.

En atención a las necesidades de certificación, en los últimos años se han creado en México algunas instancias certificadoras del ejercicio profesional, como ejemplo podemos mencionar que a través del Sistema Nacional de Competencias el Consejo Nacional de Normalización y Certificación de Competencias Laborales (CONOCER) integra Comités Sectoriales de Gestión por Competencias con líderes de los ámbitos empresarial, laboral, educativo, social y de gobierno; con la finalidad de que trabajadores y empleadores desarrollen estándares de competencia y soluciones de capacitación, evaluación y certificación, que impacten en las actividades prioritarias de los sectores productivos, social, educativo o de gobierno.

Otro ente certificador es el Centro Nacional de Evaluación para la Educación Superior (CENEVAL), asociación civil sin fines de lucro cuya actividad principal es el diseño y aplicación de instrumentos de evaluación de los conocimientos, habilidades y competencias.

Por otra parte la Secretaría de Educación Pública, por conducto de la Dirección General de Profesiones, diseña la iniciativa de un esquema para regular los procesos de certificación mediante el otorgamiento de la “idoneidad” a organismos certificadores, invitando a los colegios de profesionistas como auxiliares en la vigilancia del ejercicio profesional. Los colegios de ingenieros civiles que actualmente cuentan con la “idoneidad” vigente para la certificación del ingeniero civil son el Colegio de Ingenieros Civiles de México, A.C., el Colegio de Ingenieros Civiles de Xalapa, A.C., y el Colegio de Ingenieros Civiles del Estado de Querétaro, A.C. Se espera que en los próximos años, con el apoyo de los organismos anteriormente mencionados vaya en incremento el interés por la certificación de nuestra profesión.

Haciendo un análisis estadístico del ejercicio de la ingeniería civil conforme a la Encuesta Nacional de Empleo (ENOE) 2019, encontramos que solo el 17 % de los profesionistas del ramo cuentan con su cédula profesional. Un indicador muy bajo en relación al global.

* Conforme a los resultados de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE), correspondiente al 2019

** Respecto a su ocupación, se tiene que 53.3 % trabajan como profesionistas

*** Conforme a la base de datos proporcionada por la Dirección General de Profesiones de noviembre del 2022.

En la gráfica también podemos observar que de las personas que cursaron la licenciatura solo el 53.3 % ejercen como profesionistas. Y según datos de la Federación Mexicana de Colegios de Ingenieros Civiles (FEMCIC) actualmente contamos con 50 000 (cincuenta mil) miembros colegiados a nivel nacional, lo cual representaría un 13 % aproximadamente de los profesionistas que egresaron del área. Ese 13 % es el que deberá, de alguna manera, cumplir a corto plazo con la normativa en el tema de certificación e ir incidiendo en el resto del gremio.

Para nosotros los ingenieros civiles, como en otras profesiones, es necesario que, para avanzar en el tema de la certificación profesional, se atiendan las funciones propias en la academia, los gremios y el gobierno, desarrollando y operando mecanismos flexibles y efectivos que cumplan con las necesidades nacionales y los compromisos internacionales como lo son los Tratados de Libre Comercio y acuerdos con otros países en lo relativo al comercio de servicios, que acuerda dentro de sus compromisos homologar, evaluar y acreditar la educación superior con normas equivalentes en esos países, así como certificar el ejercicio profesional de algunas carreras, trayendo entre sus beneficios una mayor competitividad.

Referencias:

Ruiz Bueno, C. «La Certificación Profesional: Algunas Reflexiones y Cuestiones a Debate». Educar, n.º 38, julio de 2007, pp. 133-150, https://raco.cat/index.php/ Educar/article/view/72352.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos [México], 5 Febrero 1917, disponible en esta dirección: https://www.refworld.org.es/docid/57f795a52b.html

[Accesado el 9 Marzo 2023]

Gobierno del Estado de Chihuahua. (1997, Diciembre 27) Ley de Profesiones para el Estado de Chihuahua. Periódico Oficial del Estado No. 104. Última Reforma POE 2018.05.12/No.38 Fe de Erratas 2018.05.30/No.

INEGI (2020, Junio 29) Estadísticas a propósito de las personas formadas como ingenieros civiles y de la construcción en México. Datos Nacionales. Comunicado de prensa Un. 288/20 Inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/apropósito/2020/EAPINGCIVIL20.pdf

ANFEI https://www.anfei.mx/public/files/CNI/XXXII/ toluca5.pdf

This article is from: