Política Energética de Chile 2008

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ANTECEDENTES

A través de la primera reforma se corrigió el mecanismo de pago a los sistemas de transmisión eléctricos, asegurándose las inversiones de expansión de este sector. Por medio de la segunda reforma se establecieron licitaciones abiertas a distribuidoras eléctricas para los requerimientos de suministro para clientes regulados, con precios estabilizados en el largo plazo, que empezarían a operar a partir de 2010. Este nuevo mecanismo permite eliminar la incertidumbre del precio de la energía en el largo plazo, facilitando así el desarrollo de inversiones en este sector. El procedimiento legal de determinación de los precios regulados59 a nivel de generación (de fijación semestral) dispuso originalmente que los precios a fijar no pudieran presentar una diferencia de más de 10% con respecto al precio promedio observado en el segmento no regulado durante el semestre anterior60. Las tarifas que enfrentan los clientes regulados de las distribuidoras se componen de los precios de generación, transmisión y de los valores agregados por costos de distribución. Generación La normativa vigente no exige una concesión ni un permiso especial para la instalación de unidades de generación ni de sus obras anexas. Para la instalación de centrales generadoras se debe cumplir con las autorizaciones a que está sujeta cualquier instalación industrial, incluidos los permisos ambientales correspondientes. A partir de las disposiciones de la Ley 19.94061 se faculta a la autoridad para establecer ciertos requisitos técnicos a las centrales para su interconexión al sistema eléctrico, con el propósito de lograr consistencia con el estándar de seguridad y calidad de servicio que la misma norma exige a la operación del sistema eléctrico.

59

Denominados precios de nudo. Existe un precio de nudo de la energía y un precio de nudo de la potencia de punta. Este porcentaje fue posteriormente reducido a un 5% según las disposiciones de la Ley 19.940. Una modificación adicional, en la Ley 20.018, introdujo un factor de aceleración de dicho porcentaje en la medida que la desviación de precios entre el precio de nudo teórico y el precio medio libre fuese muy grande. Así, en el caso que dicha diferencia supere 80% (positivo o negativo), la banda de precios en la que debe encontrarse el precio de nudo se ajusta en un 30% (positivo o negativo). 61 De marzo de 2004. 60

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