Edicion 167 Agosto/2009

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NOTICIAS NACIONALES

Municipalidad de Asunción insta a la ciudadanía a regularizar situación sobre las licencias comerciales para locales, ya que hay cambios importantes en algunas exigencias

L

a Municipalidad de Asunción, a través de la resolución No 648 del 16 de abril último aprobó el esquema de protección básico con que deberá contar para la obtención de licencias todo comercio u oficina, aislado o situado en edificaciones no sujetas al sistema de prevención contra incendios por la ordenanza No 25097/88 por poseer superficies menores, establecido en el Anexo de la presente. Agrega que los solicitantes de licencia y patente comercial, afectados por lo mencionado, deberán adjuntar a su solicitud el plano del local y planilla, con detalles de equipo y/o dispositivos de protección contra incendios, a ser denominado “Esquema básico de protección contra incendios”. Señala que: “disponer que el Departamento de Prevención contra incendios, apruebe el plano y planilla presentado, conforme al Anexo de esta resolución e inspeccione su debida implementación, al solo efecto del otorgamiento de la licencia. También dice: “establecer excepcionalmente la aplicación del esquema básico de prevención contra incendios a aquellos locales a presentación de planos aprobados cuando estén destinados a comercios y oficinas siempre y cuando ocupen hasta 200 m2 de la superficie total construida de la edificación. O que se hallen ubicados en planta baja, con salida directa a la calle, vía pública, calle interna o salida a espacio abierto, sin comunicación con el resto de la edificación o que estén compartimentados con paredes resistentes al fuego RF60 o en su defecto con aberturas aisladas de igual resistencia”. Dice que “en el caso de contar con depósitos y entrepiso, que la carga humana y de combustibles en el local sean bajo, previo dictamen favorable del Departamento de Prevención contra Incendios”. En

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el considerando, señala que la ordenanza No23 en su artículo 1 preceptúa que se entenderá por licencia la autorización otorgada por la Municipalidad de Asunción para habilitar un local de uso público, utilizar instrumentos o aparatos o ejercer una actividad lícita en su jurisdicción territorial y de acuerdo a las regulaciones municipales vigentes. Se entenderá por patente municipal un documento donde conste el pago del impuesto a la patente comercial, industrias, profesiones u oficios. Se entenderá por informe técnico el conjunto de la información que le sea exigida al solicitante en los formularios oficiales de la municipalidad y que constituirá la referencia para determinar la concesión o denegación de la licencia. La resolución aprueba los requisitos que serán exigidos a los contribuyentes para la presentación de solicitudes de obtención de licencia comercial para el desarrollo de una actividad comercial y el consecuente pago del impuesto de patente comercial. Requisitos genéricos - solicitud en formulario de la institución- declaración jurada - una copia de la inscripción en el Registro único del Contribuyente expedida por la Sub Secretaría de Estado de Tributación, de Hacienda. - Fotocopia autenticada por Secretaría General de la cédula de identidad del responsable de la actividad comercial o de quien tenga uso de firma en las personas jurídicas - Fotocopia autenticada por escribanía de la Constitución de la sociedad y última acta de constitución de las autoridades en caso de SA


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