SISTEMAS ADMINISTRATIVOS Sistema Nacional de Gestión de Recursos Humanos
EL ARBITRAJE COMO SOLUCIÓN A LA PROHIBICIÓN LEGAL DE NEGOCIAR INCREMENTOS REMUNERATIVOS EN EL SECTOR PÚBLICO Análisis de las sentencias de apelación de impugnación de laudos arbitrales económicos en la Corte Suprema José María PACORI CARI Catedrático de Derecho en la Universidad José Carlos Mariátegui en el Perú. Miembro de la Asociación Argentina de Derecho Administrativo. Socio de la Asociación Española de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Columnista en el Suplemento La Gaceta Jurídica en Bolivia.
I.
INTRODUCCIÓN
Si bien el Tribunal Constitucional indica que la prohibición de la negociación colectiva por incrementos remunerativos a los servidores públicos es inconstitucional, al suspender los efectos de su decisión trae como consecuencia que la Autoridad Nacional del Servicio Civil sujete este tipo de negociaciones a la emisión de una ley sobre negociaciones colectivas en el sector público, la cual –a la fecha de elaboración de esta artículo– se encuentra en Dictamen de la Comisión de Trabajo del Congreso, esto ha hecho que los servidores públicos afectados busquen otras formas de lograr incrementos remunerativos firmes, por lo que en la actualidad se obtienen a través del arbitraje como mecanismo legal de solución de conflictos laborales. Pese a la utilización del arbitraje como forma de lograr incrementos remunerativos, las entidades públicas sustentadas en las leyes de presupuesto anuales y los
RESUMEN
E
n el presente artículo, el autor analiza la constitucionalidad de los incrementos remunerativos en el sector público a partir de los pronunciamientos emitidos por la Corte Suprema en los procesos de impugnación de laudos económicos concluyendo en la existencia de un método real, efectivo y eficaz para lograr este tipo de incrementos en la actualidad.
Informes del SERVIR recurren a procesos laborales de impugnación de laudos económicos que, en apelación de sentencia, culminan en la Corte Suprema, la cual sin cuestionar el fondo de los laudos arbitrales que otorgan incrementos remunerativos, los aceptan y confirman. En el presente artículo veremos la posición de la Corte Suprema respecto de los incrementos remunerativos contenidos en laudos arbitrales. II. LOS CONFLICTOS SUSCITADOS EN MATERIA LABORAL
Las relaciones entre trabajadores por naturaleza son conflictivas,
pues el empleador siempre buscará obtener un mayor beneficio económico reduciendo costos de producción y de mano de obra (remuneraciones), mientras que los trabajadores pretenden aumentar sus ingresos para mejorar su nivel de vida y el de su familia(1). De esta manera, los conflictos laborales pueden ser clasificados en: conflictos jurídicos o de derecho y conflictos económicos o de intereses(2). En los conflictos de carácter jurídico o de puro derecho la controversia versa sobre el incumplimiento o la interpretación de la norma que debe ser aplicada a una situación concreta y, por consiguiente, la solución de la misma residirá en que la autoridad
(1) Apelación NLPT Nº 4968-2017 Lima. (2) Apelación NLPT Nº 4968-2017 Lima; Apelación Nº 18796-2017 Lima.
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA & CONTROL Nº 58 / OCTUBRE 2018
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