BP-DH_manual_eduacación_financiera_02-05-25/Público

Page 1


Educación Financiera

EDUCACIÓN FINANCIERA

Banco del País da la más cordial bienvenida

Para Banco del País S.A, la educación financiera es una responsabilidad con sus clientes y usuarios financieros en general, por la importancia que tiene el brindar información clara y oportuna referente a los productos y servicios financieros que el banco ofrece; el compromiso de ambas partes al contratarlos y la toma de decisiones efectivas en función de las necesidades y beneficios del cliente.

Por esta razón estás recibiendo en este momento una guía práctica y útil que te permitirá conocer el producto de tarjeta de crédito, sus beneficios y consejos para hacer de este medio de pago tu mejor herramienta financiera.

CONCEPTOS QUE DEBES CONOCER

Tarjeta de Crédito

Es un medio de pago efectivo a través de una tarjeta bancaria que permite disponer de una cantidad de dinero prestada por el banco. Las transacciones realizadas deben cancelarse en la fecha indicada por la institución financiera teniendo la posibilidad de realizar el pago total del valor utilizado o en cuotas mensuales establecidas por el banco.

La tarjeta de crédito es un instrumento que se debe utilizar responsablemente y está creado para ayudarte a manejar tu presupuesto, no para aumentar tus gastos.

Tarjetahabiente

Son personas que poseen una tarjeta de crédito emitida a su nombre y que compran en los diferentes comercios, pagando con su tarjeta de crédito.

Tipos de tarjetahabientes:

Titular: Cuando la línea de crédito otorgada por el emisor está a su nombre.

Adicional: Cuando el titular autoriza al emisor a emitir una tarjeta adicional de su línea de crédito a nombre de otra persona.

Número PIN

Código numérico que identifica a un tarjetahabiente en una solicitud de autorización de cajeros automáticos.

Código CVV2 (Valor de verificación de la tarjeta)

Es un código numérico de tres dígitos impreso sin relieve en el reverso de la tarjeta, el cual es requerido para las compras donde no hay presencia física de la tarjeta.

Tarjetas de marca compartida

Son tarjetas emitidas por un banco en colaboración con un socio de negocios con su propia marca establecida y reconocida, ejemplo: Simán-Banpaís y UTH-Banpaís.

Comercios afiliados

Son los establecimientos comerciales o instituciones públicas o privadas que se afilian para aceptar tarjetas de crédito en sus respectivos negocios.

TRANSACCIONES SEGURAS:

En el mundo digital y financiero actual, realizar transacciones seguras es fundamental para proteger tu dinero y evitar fraudes. Una transacción segura es aquella que se lleva a cabo bajo medidas de seguridad que garantizan la autenticidad del pago, la confidencialidad de la información y la protección contra posibles Fraudes.

TRANSACCIONES SEGURAS:

¿Cómo funciona una transacción segura?

Cada vez que realizas un pago con tu tarjeta de crédito, ya sea en un comercio en físico o en línea, se siguen ciertos protocolos de seguridad:

Autenticación del usuario: Esto puede incluir el uso de un PIN, firma, autenticación biométrica o código de seguridad enviados a tu celular.

Encriptación de datos: La información de la tarjeta es cifrada para que no pueda ser interceptada por terceros.

Procesamiento del pago: La entidad emisora de la tarjeta verifica que hayan fondos suficientes y apruebe la transacción.

Confirmación: Una vez validada la información, la transacción se completa y se genera un comprobante de pago.

Cuidados que debes tener para una transacción segura:

No compartas los datos de tu tarjeta: Nunca reveles tu número de tarjeta, código de seguridad (CVV2) o clave personal.

Habilita alertas y notificaciones: Activa las notificaciones de tu banca en línea o el servicio de BP Móvil para que pueda alertarte de cada transacción realizada.

Revisa tus estados de cuenta: Así podrás identificar cargos sospechosos y reportarlos de inmediato.

No uses redes WiFi públicas para realizar pagos: Estas redes pueden ser vulnerables a ataques que roben tu información.

Bloquea tu tarjeta en caso de pérdida o robo: Contacta inmediatamente a la línea del contact center 2545-1212 si notas una actividad sospechosa o extravías tu tarjeta.

Siguiendo estas precauciones, podrás realizar transacciones de manera segura y proteger tu dinero de posibles fraudes.

CONSULTAS FRECUENTES

¿Cómo funciona la Tarjeta de Crédito?

Puedes utilizar el crédito otorgado por el banco realizando la compra de productos y servicios, solo debes presentar tu tarjeta de crédito y documento de identificación al momento de realizar el pago.

El comercio te entregará un Boucher (comprobante de pago) que debes firmar. Revisa siempre que el monto indicado en el documento sea el correcto, ellos se quedarán con el voucher firmado y te entregarán una copia que te recomendamos guardar para validar posteriormente con los cargos en tu estado de cuenta.

¿Qué opciones tienes para pagar el saldo consumido con tu tarjeta de crédito?

Si realizas el pago de contado dentro de la fecha máxima, el banco no realizará ningún cargo de interés por financiamiento. Si realizas el pago mínimo o más dentro de la fecha máxima, pero no alcanza el pago de contado, el banco cargará los intereses por financiamiento. Si no realizas ni el pago mínimo dentro de la fecha máxima, el banco cargará intereses por financiamiento y además realizará las gestiones de cobro necesarias, reflejándose todo esto en el historial de crédito del tarjetahabiente.

¿Qué es el estado de cuenta?

Es un resumen de todas las transacciones que el tarjetahabiente ha realizado como compras, retiros de efectivo, pagos, etc. Es generado una vez al mes y enviado por el banco al titular de la tarjeta a la dirección registrada y autorizada por el mismo.

¿Qué es el límite de crédito?

Es el monto de la línea de crédito autorizada por el banco al tarjetahabiente.

¿Qué es la tasa de interés?

Precio del uso del dinero para un periodo determinado, expresado en porcentaje para consumos en moneda local o extranjera, ajustable por el emisor.

¿Qué es la fecha de corte?

Es el día en que el banco establece hacer un cierre de las transacciones que se han realizado en un periodo de un mes.

¿Qué es la fecha máxima de pago?

Es el día máximo que el banco establece para que el tarjetahabiente pague el saldo adeudado que fue detallado en el estado de cuenta, sin incurrir en penalidades por pagos tardíos o de intereses en caso de que el tarjetahabiente decida pagar la totalidad de la deuda de contado.

¿Qué es el pago mínimo?

Es el monto mínimo a pagar en el mes por el tarjetahabiente, el cual debe de realizarse dentro de la fecha máxima de pago.

¿Qué es el pago de contado?

Es la deuda total acumulada hasta la fecha de corte y que el tarjetahabiente deberá pagar dentro de su fecha máxima de pago para no pagar intereses.

¿Qué es el saldo vencido?

Es el valor del pago mínimo del estado de cuenta anterior no pagado dentro de la fecha máxima de pago.

¿Qué es el sobregiro?

Es cuando excedes el límite asignado a la línea de crédito de tu tarjeta. El sobregiro estará disponible si tú has aceptado su uso, firmando la sección de cargos y/o servicios en el contrato de tarjeta de crédito al momento de recibir el plástico. Este sobregiro no podrá exceder el 10% de la línea de crédito asignada.

Asegúrate de conocer las condiciones y cargos aplicable según el contrato de tu tarjeta de crédito.

DERECHOS DEL USUARIO

Que se les proporcione información documental, física o electrónica, sobre los términos y condiciones del servicio o producto financiero que pretende adquirir, antes, durante y después de la celebración de un contrato o de cualquier otro documento donde se formalice la prestación de un servicio o producto. Esta información debe ser veraz, íntegra, confiable, periódica, oportuna y de fácil comprensión, de manera que les permita conocer sus derechos y deberes, a fin de tomar decisiones eficientes en función a sus necesidades particulares. Asimismo, tienen derecho a ser asesorados sobre las consecuencias que se deriven del incumplimiento total o parcial de lo pactado, ya sea por motivos imputables al usuario financiero o a la Institución Supervisada, y de las acciones legales que las partes tienen para hacer valer sus derechos.

Recibir un trato diligente y respetuoso por parte de las Instituciones Supervisadas desde el momento en que solicitan información y durante la prestación de los productos o servicios requeridos.

Ser atendidos con prontitud, independientemente del tipo de transacción u operación que deban realizar. A este efecto, las Instituciones Supervisadas extremarán esfuerzos y recursos para optimizar los tiempos de atención, tanto en servicio al cliente como en ventanillas o cajas.

Que las Instituciones Supervisadas cuenten con los medios y procedimientos necesarios para proporcionar y difundir información sobre los productos y servicios ofrecidos al público en general, a través de personal debidamente capacitado.

Que la publicidad difundida por las Instituciones Supervisadas sea clara, veraz y precisa; que contemple las condiciones del producto o servicio publicitado, incluyendo, pero no limitado, a las especificaciones relativas a su alcance y sus costos; y que la misma no induzca a engaño, error o confusión a los usuarios. 1 2 4 5 3

Que las condiciones generales incluidas en la publicidad de productos y servicios ofrecidos por las Instituciones Supervisadas, así como en la documentación informativa, sean acordes con las condiciones que se pactan en los respectivos contratos.

Recibir de las Instituciones Supervisadas los documentos que acreditan la celebración y contenido íntegro de los contratos suscritos, acompañados del plan de pagos respectivo, o de cualquier otro documento donde se formalice la prestación de un servicio o producto, en cualquier momento de su vigencia y en forma gratuita. De igual forma, tienen derecho a ser informados sobre las modificaciones que ocurran en las condiciones contractuales pactadas y que se les proporcione copia de los documentos que acrediten dichas modificaciones. La entrega de la información referida en este numeral podrá realizarse de forma impresa o electrónica, según lo indique el usuario financiero.

Obtener oportunamente de las Instituciones Supervisadas el recibo impreso o electrónico correspondiente al pago del servicio o producto pactado, debiendo detallar en el mismo los conceptos a que se hayan aplicado los pagos.

Recibir de las Instituciones Supervisadas información sobre la forma de cálculo de la tasa de interés nominal y efectiva, comisiones u otros conceptos de cualquier servicio o producto pactado, así como el costo anual total (CAT) del crédito.

Tener acceso a información clara y de fácil identificación sobre las tasas de interés, comisiones u otros conceptos de la totalidad de los servicios o productos financieros ofrecidos por medio de la página web de las Instituciones Supervisadas y de forma comparativa en la página web de la CNBS, que facilite a los usuarios financieros la toma de decisiones.

Contratar servicios y productos con plena libertad, sin presión de ninguna naturaleza por parte de las Instituciones Supervisadas.

Recibir explicación y justificación de las Instituciones Supervisadas sobre la negativa en la prestación de servicios o productos solicitados. Dicha justificación no podrá fundamentarse en un tratamiento discriminatorio a los usuarios financieros, entendiéndose como tal aquellas justificaciones relacionadas con el sexo, edad, raza, preferencias políticas, religiosas o sexuales entre otros, a excepción de aquellos casos en que la negativa esté fundamentada en el cumplimiento de requisitos dispuestos en el marco legal que le fuera aplicable. Lo anterior, sin perjuicio del derecho que se reservan las Instituciones Supervisadas de no atender a un usuario financiero por razones de su moral crediticia, pertenecer a un sector de mercado que la institución no está financiando o por no cumplir en su totalidad los requerimientos establecidos en las políticas de crédito o de captaciones que poseen las Instituciones Supervisadas.

Que las cláusulas contenidas en los contratos de adhesión respeten la reciprocidad contractual, conforme a los derechos de los usuarios financieros.

Que las Instituciones Supervisadas elaboren los contratos de adhesión conforme al marco regulatorio correspondiente, debiendo abstenerse de incurrir en conductas que conlleven abusos contractuales que puedan afectar el equilibrio del contrato.

Que se le permita disponer del dinero depositado, por lo que ninguna Institución Supervisada negará el acceso a los recursos depositados por el usuario financiero, a excepción de aquellos depósitos que se encuentren pignorados debido a operaciones crediticias con la Institución Supervisada. El saldo actual de los depósitos no podrá ser inferior al importe efectivamente depositado más los intereses pactados, menos los cargos por servicios, comisiones o penalidades, debidamente establecidos en los contratos, así como cualquier cargo que por Ley se establezca. Para hacer efectivo cualquier cobro correspondiente a cargos por servicios o comisiones, las Instituciones Supervisadas deben establecer lineamientos claros relacionados, como mínimo, con el momento a partir del cual la Institución Supervisada iniciará dichos cobros, su período de aplicación y el monto de estos.

Bajo ningún concepto la aplicación de estos cargos o comisiones reducirán a cero el capital depositado por el usuario financiero. A efectos de promover la inclusión financiera y aumentar los niveles de bancarización, las instituciones supervisadas no podrán aplicar el cobro de estos cargos o comisiones sobre depósitos no en cuenta, cuentas de ahorro infantiles y cuentas de ahorro para efectos de pago de planilla.

Que los productos o servicios puedan ser contratados por canales electrónicos, con igual efecto y consecuencias que los contratos celebrados de forma ordinaria, ajustándose a las instrucciones impartidas por las instituciones supervisadas.

Que, al momento de rescindir el contrato por el servicio o producto contratado, las Instituciones Supervisadas no establezcan condiciones o mecanismos más complejos de los que fueron utilizados para su contratación.

Recibir los servicios o productos expresamente solicitados a las Instituciones Supervisadas. Las operaciones producto de una decisión unilateral de la Institución Supervisada no producirán efectos económicos ni financieros, que vayan en contra de los intereses de los usuarios financieros.

Cancelar totalmente de forma anticipada el saldo de las operaciones activas, con la consiguiente aplicación de los intereses que correspondan a la fecha de cancelación. En estos casos, las Instituciones Supervisadas podrán aceptar o no la redención anticipada, a efecto de sujetarse a los límites establecidos en las normas de liquidez emitidas por el Ente Supervisor. Lo anterior, sin perjuicio de la facultad que tendrá la Institución Supervisada de establecer una penalidad por cancelación anticipada, la cual solamente podrá cobrarse sobre los intereses devengados. Dicha penalidad debe ser acordada con el usuario financiero y estar debidamente documentada en los contratos correspondientes, resaltando el valor de esta penalidad en la portada de estos.

Realizar pagos parciales a las operaciones activas, con la libertad de escoger entre una readecuación de las cuotas en el plazo residual o una disminución del plazo de vencimiento del crédito, debiendo en cualquier caso ser obligación de la Institución Supervisada brindar al usuario el nuevo plan de pago correspondiente.

Que los contratos y sus anexos sean escritos con claridad, en caracteres legibles y puestos a disposición del usuario financiero, tanto física como electrónicamente para su lectura, debiendo ser de fácil comprensión para su aceptación.

Que las Instituciones Supervisadas no efectúen cobros por concepto de gastos de cobranza extrajudicial, sin haber sido informado previamente de los mecanismos a emplear y los conceptos sobre los que se cobrarán los mismos y sin haber realizado una actividad concreta en la gestión de cobro. Dichos conceptos deberán estar contenidos en el contrato de la Institución Supervisada y puestos en conocimiento del usuario al momento de la contratación.

Que las gestiones de cobro de las Instituciones Supervisadas se realicen de manera respetuosa ya sea de forma presencial o a través de medios telefónicos o digitales y en horarios adecuados, evitando aquellas conductas o acciones que puedan afectar la intimidad personal y familiar del usuario financiero. Las Instituciones Supervisadas velarán por el cumplimiento de este principio en la tercerización de los servicios de cobranza. Para tales efectos, se considerarán como horarios adecuados para realizar gestiones de cobro, de lunes a sábado de 8:00 a.m. a 8:00 p.m. y los domingos de 9:00 a.m. a 1:00 p.m. No se podrán realizar gestiones de cobro durante los feriados nacionales. Se entenderá como gestión exitosa de cobro, cuando la institución supervisada logre contactar al usuario financiero y este se comprometa a efectuar el pago en fecha determinada, en este caso, no se podrá contactar nuevamente al mismo hasta que haya transcurrido la fecha acordada con el usuario financiero sin que se haya efectuado el respectivo pago. Solo podrán aplicarse cargos por aquellas gestiones de cobro extrajudicial y judicial,

que efectivamente hayan sido realizadas por la Institución Supervisada o los servicios tercerizados por la misma, las cuales deben ser acreditadas. Se prohíbe a las Instituciones Supervisadas realizar gestiones de cobro a partir del momento en que el usuario financiero haga efectivo el pago respectivo.

Que la información proporcionada a las Instituciones Supervisadas sea utilizada y administrada exclusivamente en relación con los fines para los cuales se suministró. Salvo cuando dicha información deba proporcionarse en atención a un mandato judicial o en cumplimiento a una disposición contenida en el marco legal aplicable.

Presentar sus reclamos, en primer lugar, ante la Institución Supervisada. De no estar conforme con lo resuelto por la institución, podrá recurrir a la Comisión o a cualquier otra instancia de acuerdo con la legislación aplicable. Los reclamos presentados ante la Institución Supervisada y la Comisión deberán tener una respuesta oportuna, por escrito y sin ningún costo para el usuario financiero. Asimismo, tiene derecho a obtener el reembolso o devolución de importes indebidamente cobrados por las instituciones supervisadas en operaciones activas o pasivas. Dicho reembolso o devolución debe hacerse en la misma especie en la que se efectuaron los cobros indebidos. Asimismo, los usuarios financieros tienen derecho a que las instituciones supervisadas resuelvan diligentemente las consultas y quejas sobre los productos y servicios recibidos.

Que se le permita acceder a la información contenida en los registros que contengan sus datos personales, así como a conocer la entidad informante en la instancia que corresponda y reclamar la inmediata rectificación o, en su caso, la cancelación de aquellos registros que sean producto de omisión, error o requieran ser actualizados.

Recibir el mismo trato, de aquellos que presentaron su reclamo y obtuvieron una compensación o indemnización de parte de las Instituciones Supervisadas, cuando el motivo del reclamo sea una acción que generó una ganancia indebida y que la misma afecta al resto de los usuarios, sin que para ello tenga que presentar un reclamo.

Recibir educación financiera por parte de las Instituciones Supervisadas y de la CNBS, que les permita mejorar su entendimiento sobre servicios y productos financieros, así como desarrollar sus habilidades para tomar decisiones informadas. Dicha educación debe abarcar también a los potenciales usuarios.

Recibir la información y educación financiera en relación con los sistemas y medidas de seguridad digitales y de cualquier otro tipo que las Instituciones Supervisadas vayan implementando, que busquen atenuar o evitar que los usuarios financieros sean víctimas de fraudes, clonaciones u otras transacciones irregulares, o para evitar que se haga uso indebido de la información que sobre los usuarios financieros poseen las instituciones financieras, con las que se apliquen cargos o débitos a los productos financieros otorgados, en perjuicio de los recursos de los usuarios financieros.

Obtener información de forma gratuita sobre los movimientos o transacciones realizadas periódicamente en el uso de sus productos y/o servicios financieros por medios electrónicos.

Que el aval, aval solidario, fiador solidario, garante prendario o hipotecario, o codeudor, sea informado por la Institución Supervisada de forma inmediata y por los medios pertinentes, una vez que el deudor titular, incumpla por primera vez el pago de una cuota, y posteriormente, sobre los atrasos en los demás pagos del deudor, debiendo contar con el registro de las gestiones de cobro realizadas.

Reciban información y asesorías de forma física o digital, la cual debe ser: íntegra, verás y confiable, relacionada con los diferentes productos y servicios financieros ofrecidos por las Instituciones Supervisadas, de manera que cuenten con los suficientes elementos que les permitan tomar decisiones informadas.

DEBERES DE LOS USUARIOS

FINANCIEROS

Conocer los derechos y obligaciones que se derivan del contrato suscrito con las instituciones supervisadas.

Proporcionar a las instituciones supervisadas información completa, veraz, integra y confiable.

Cumplir con lo pactado en la forma, plazos y condiciones establecidas en el contrato suscrito con la institución supervisada.

Brindar un trato respetuoso al personal de las instituciones supervisadas.

PROCESO DE RECLAMACIÓN DE LAS INSTITUCIONES

SUPERVISADAS

El usuario debe presentar ante el Banco y solicitar “Hoja de reclamación” de las Instituciones supervisadas, la cual puede ser de forma presencial en agencia o de forma virtual a través de la Ventana Digital alojada en la página web.

El Banco debe proporcionar la hoja de reclamación (la cual consta de una hoja original y una copia) para que el usuario financiero la complete.

El Banco se quedará con el original para realizar el análisis interno y entregará al usuario financiero la copia debidamente selladas.

El Banco deberá analizar y resolver los reclamos dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha de la recepción del reclamo.

El plazo podrá ser ampliado hasta (10) diez días hábiles, debiendo informar por escrito al usuario financiero las razones de la extensión del plazo. Cuando se trate de reclamos cuya solución o análisis dependan de instituciones del extranjero, el plazo máximo para resolverlo será de 30 (treinta) días hábiles.

Seguidamente deberá brindar al usuario financiero una respuesta escrita la cual deberá ser: Oportuna (cumpliendo los plazos) Integra (considerando todos los aspectos observados en el reclamo) Comprensible (de manera que el usuario entienda la respuesta proporcionada).

Si con la respuesta brindada por el Banco el cliente continúa en desacuerdo, puede entonces presentarse ante La Comisión Nacional de Bancas y Seguros a través de la Dirección de Protección al Usuario financiero para que sea objeto de análisis.

PASOS PARA PRESENTAR UN RECLAMO ANTE LA CNBS

Si transcurridos los (10) días hábiles en que se presentó un reclamo ante la institución supervisada, no respondió por escrito a su reclamo o la respuesta obtenida no le es satisfactoria, puede presentar su denuncia ante la Dirección de Protección al Usuario Financiero, con una copia de la documentación siguiente:

Hoja de reclamación

Respuesta de la institución supervisada

Documentación que soporte el reclamo

Tarjeta de identidad

CONTRATOS DE ADHESIÓN

¿Qué información y formalidades deben cumplir los contratos de adhesión?

El objeto del contrato.

Estar descritos en idioma español en lenguaje sencillo y claro.

Deberá ser legible.

Identificar las partes que se obligan y firman el contrato.

Tasas de interés.

El tiempo o plazo de vigencia.

Derechos y obligaciones de las partes.

1

CONTENIDO MÍNIMO DE LOS CONTRATOS

La descripción del producto o servicio financiero contratado: las Instituciones Financieras podrán documentar, en un mismo contrato, productos financieros que involucren la prestación de dos o más operaciones o servicios.

Los sujetos: identificación y domicilios de las partes.

La vigencia, condiciones y procedimientos para realizar modificaciones en los términos y condiciones pactados, incluyendo la cancelación anticipada del contrato.

Con relación a las comisiones y tasas de interés:

Monto de las comisiones indicando el concepto, la base y metodología de cálculo, y la periodicidad de estas, desagregando esta información por tipo de canal, cuando aplique.

Para las operaciones activas, el CAT y la tasa de interés moratoria en caso de incumplimiento de pago, especificando a partir de en qué momento es aplicable, y que la misma operará sobre saldo de capital vencido.

Para las operaciones pasivas, la tasa de interés nominal anual y tasa de interés efectiva anual.

En el caso de aplicar una tasa de interés variable, debe especificarse el factor variable, la forma de determinación, la periodicidad de cambio y la tasa equivalente a aplicarse, si la tasa de referencia establecida dejase de publicarse. Mecanismos de cobro o pago admitidos.

Incorporar una carátula que contenga de manera clara y sencilla un resumen de las principales características y condiciones del contrato. La misma no reemplaza el contrato si no que lo complementa.

La carátula debe indicar monto del crédito, CAT, cantidad de cuotas, monto de las cuotas, plazo, la tasa de interés moratoria para el caso de incumplimiento. Asimismo, contendrá “leyendas de advertencia” respecto a situaciones que han demostrado ser conflictivas o determinantes de un mal manejo de los productos y servicios financieros, tales como:

Si es un crédito de tasa variable: “Al ser el crédito de tasa variable, los intereses (y las cuotas) pueden aumentar”.

Las consecuencias de no cumplir en tiempo y forma con sus pagos: “Incumplir sus obligaciones le genera mayores costos y deteriora su historial crediticio contenido en las Centrales de Riesgo Privadas o en la Central de Información Crediticia”.

La advertencia respecto del aval: “Frente al incumplimiento, el aval responderá como obligado principal ante la institución financiera”.

El saldo total de la deuda asumida y el esquema de amortización. Asimismo, debe incluirse un anexo con el cronograma de pagos detallado del crédito, el que contendrá la cantidad de cuotas programadas, la apertura de las mismas en principal, intereses, comisiones, e impuestos aplicables; el total de cada una calculado como la suma lineal de todos los conceptos antes mencionados, y la sumatoria de la totalidad de las cuotas a abonar, bajo la premisa de que se cumplen las condiciones contractuales.

Mecanismos de cobro extrajudicial a implementar en caso de entrar en mora el deudor, indicando las comisiones, cargos u honorarios aplicables y su base de cálculo. Acciones jurídicas que podrá interponer la Institución Financiera en contra del usuario financiero o del aval, en el evento de que incumpla con las condiciones de pago de la deuda, previstas en el contrato.

Acciones jurídicas que podrá interponer la Institución Financiera en contra del usuario financiero a del aval, en el evento de que incumpla con las condiciones de pago de la deuda, prevista en el contrato.

Adicionalmente, para las operaciones pasivas, se debe indicar las condiciones y alcance del seguro de depósitos.

PRÁCTICAS ABUSIVAS

Iniciar o renovar la prestación de un producto o servicio financiero sin contar con la autorización previa expresa del usuario financiero o aval.

Solicitar, obligar o permitir al usuario financiero firmar en blanco, en todo o en parte, cualquier documento, contrato o título valor que constituya obligación para este.

Divulgar información o cualquier otra acción que desprestigie al usuario financiero a causa de las acciones que realice en ejercicio de sus derechos.

Sumar los intereses moratorios al monto principal de la deuda con la finalidad de capitalizarlos.

Compensar deudas con depósitos u otros activos del usuario financiero en la Institución Financiera, cuando dicha operatoria no haya sido convenida contractualmente.

Realizar gestiones de cobro fuera de los horarios establecidos y adecuados, así como aquellos dirigidos a personas que no sean deudor o aval, aval solidario, garante prendario o hipotecario, fiador solidario o codeudor.

Utilizar las garantías proporcionadas por el usuario financiero para una cuenta o contrato diferente al pactado o convenido previamente, en especial cuando se trate de garantías hipotecarias.

Impedir o negar al usuario financiero la realización de pagos o abonos a la deuda u obligación que tenga con la Institución Financiera.

Cobrar al usuario financiero bajo el concepto de comisiones u otros, un sobreprecio (monto mayor a su costo real) sobre gastos de servicios asociados que la Institución Financiera ha contratado en nombre del usuario, como las primas por seguros asociados a operaciones activas, avalúos de bienes, honorarios legales, entre otros.

CLÁUSULAS ABUSIVAS

Restrinjan los derechos del usuario financiero o amplíen los derechos de la institución financiera.

Contengan cualquier disposición que imponga la inversión de la carga de la prueba en perjuicio del usuario financiero.

Otorguen a la institución financiera la facultad de modificar unilateralmente el contrato.

Impongan al usuario financiero un representante o apoderado para que lo sustituya en el ejercicio de sus derechos que emanen del contrato.

Impongan al usuario financiero un determinado proveedor de bienes o servicios.

Apliquen intereses o recargos a los pagos cuyos vencimientos operasen en día inhábil.

¿QUÉ ES LA CENTRAL DE RIESGOS (CENTRAL DE INFORMACIÓN CREDITICIA)?

La Central de Riesgos (Central de Información Crediticia), es el sistema administrado por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, mediante el cual se consolida la información proporcionada por las instituciones supervisadas de todas las personas naturales y jurídicas que adquieren compromisos u obligaciones crediticias con ellas, de su calidad de deudores, codeudores, avales o fiadores.

Este sistema permite a las Instituciones Financieras Supervisadas obtener la información de carácter crediticio de cada persona, que autoriza a la institución financiera consultar la misma para efecto de sus análisis de crédito.

¿QUÉ INFORMACIÓN SE ENCUENTRA DISPONIBLE EN LA CENTRAL DE RIESGOS (CR) DE LA CNBS?

La CR, brinda información en detalle sobre los saldos, situación o estatus de la deuda (vigente, morosa, vencida, ejecución judicial y castigada), reflejando el historial sobre comportamiento de pago de las obligaciones, que permite a las instituciones financieras evaluar el riesgo crediticio de los deudores para sus decisiones en el otorgamiento de créditos.

¿CUÁNTO TIEMPO PERMANECE LA INFORMACIÓN EN LA CENTRAL DE INFORMACIÓN CREDITICIA?

Mientras la deuda se encuentre vigente, una vez que el deudor o su aval cancelen la deuda, el historial permanecerá por 12 meses más a partir de su pago. En los casos de las deudas que no fueron pagadas por sus deudores, permanecerán por cinco (5) años.

En los casos de las deudas no canceladas por saldos iguales o mayores a quince mil dólares americanos (US$ 15,000) o su equivalente en lempiras, permanecerán por tiempo indefinido.

BUROS DE CRÉDITO PRIVADOS

Se encuentran en el buró de crédito las personas que tienen actualmente o han tenido algún crédito o préstamo, se puede decir que; el buró es la recopilación de la información crediticia y mide el registro de los créditos que tiene o ha tenido una persona y sus comportamientos de pago, a continuación, se presentan las instituciones privadas que ofrece los servicios de información crediticia.

TRANSUNION

Es una empresa de información crediticia que ofrece servicios de reportes a bancos y empresas del sector comercial. El reporte de crédito incluye los principales datos de afiliación de una persona o empresa, nombres completos, cédula o cédula jurídica, y el estado de los créditos que tenga ante entidades bancarias o comerciales.

Ubicación: Edificio Corporativo Guijarro, segundo nivel, calle Viena. Col. Lomas del Guijarro, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras, C.A. Tel (504)2202-7730, Fax: (504)2232-2927

EQUIFAX

Pone a tu disposición una amplia gama de reportes crediticios los cuales contienen la información más completa para analizar el riesgo de los solicitantes de crédito, todo de acuerdo a tus necesidades de información y presupuesto.

Ubicación: Edificio Plaza Azul, nivel 6, local 69, colonia Lomas del Guijarro Sur, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras, C.A. PBX: (504)2232-9400, Ext. 3108 y 3111.

DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN

AL USUARIO FINANCIERO

Comisión Nacional de Bancos y Seguros

(Gerencia de Protección al Usuario Financiero)

Tegucigalpa: Tel. 2290-4500 Ext. 4060

Correo para realizar sus consultas consultasgpurf@cnbs.gob.hn

Link para presentar un Reclamo de acuerdo a Procedimiento

Administrativos: https://box.cnbs.gob.hn/

Horario de atención: 9:00 a.m. a 5:00 p.m.

COMO CUIDAR TU

“HISTORIAL DE CRÉDITO”

Pagar siempre en tiempo y forma. Es decir tal y como nos comprometimos con quien confió para prestarnos su dinero.

Mantén tus deudas bajo control; las instituciones de crédito necesitan saber que eres capaz de vivir dentro de tus posibilidades y que no estás sobre endeudado.

Es bueno tener tarjetas de crédito y préstamos para mostrar que sabes gestionar tu crédito, pero en el caso de estas últimas, trata de no tener más de tres.

Tener una historia crediticia larga muestra que llevas tiempo gestionando tus finanzas.

Tener poco o bajo crédito no hace nada por mejorar tu calificación.

Paga tus compras de contado, si no puedes realizar tu pago de contado, realiza al menos el pago mínimo requerido en la fecha establecida para que evites caer en mora y de esta forma cuidas tu crédito. Si haces compras en lempiras y dólares, debes pagar tu deuda en ambas monedas.

Si tienes dudas con la información de tu estado de cuenta, visita el banco para que el personal de servicio al cliente pueda ayudarte.

Si pagas puntualmente, tu récord crediticio será positivo.

Recuerda que si gastas más de lo que puedes pagar, tendrás que pagar intereses y acumularás deudas para el siguiente mes.

Firma tu tarjeta de crédito inmediatamente en el reverso.

No expongas tu tarjeta de crédito y guárdala siempre en un lugar seguro, en caso de robo o extravío repórtalo inmediatamente.

Cuida tu récord crediticio.

La tarjeta de crédito no es una extensión de tu sueldo, es un medio de pago.

No le digas tu número PIN a nadie, guárdalo en un lugar seguro.

El mantener un saludable récord de pago, te facilita que puedas optar a créditos en instituciones supervisadas.

Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.
BP-DH_manual_eduacación_financiera_02-05-25/Público by Corporación BI - Issuu