Revista Justicia para todos No.3

Page 27

JUSTICIA para todos

La ley es un instrumento que no solamente deben conocer los abogados, sino también los ciudadanos

ciudadano común que la Constitución es garantista, podemos decir que esto no es otra cosa que una maximización, u optimización, de un régimen de garantías de un Estado de derecho. Las garantías son refuerzos o protecciones que tienen los derechos para que no queden simplemente como meros enunciados o declaraciones líricas, y así evitar que estos derechos queden en papel y sean una realidad viva y social. El constituyente, no de ahora sino de hace algún tiempo, ha ido especificando un régimen de garantías. Lo que ocurre es que, como nunca antes, en esta Constitución existe una maximización de ese régimen garantista. Por ejemplo, un devenir histórico muy sencillo: en la Constitución de la vuelta a la democracia, que fue la de 1979, solamente había una garantía, nada más, y ni siquiera era de orden judicial, me refiero al hábeas corpus para proteger la libertad individual y que estaba dispuesta para que la pudieran otorgar los alcaldes. Ahora, en este régimen constitucional vigente, tenemos garantías, no solamente judiciales, por ejemplo, la Acción de Protección, anteriormente llamada Acción de Amparo; es decir, no solo tenemos garantías jurisdiccionales que las conocen los jueces sino otro tipo de garantías adicionales, como las administrativas o institucionales a cargo de las administraciones y los poderes públicos; y otro tipo más, las llamadas Garantías Normativas, que son del mismo sistema jurídico casa adentro, que no permite que se generen leyes que sean contradictorias con el contenido de los derechos». En este sentido, la totalidad de los entrevistados concuerdan con que la

26

Constitución del 2008 es una de las más elaboradas a nivel mundial, por ser garantista e incluyente. Miremos la opinión del doctor Antonio Hualpa, (ULEAM), quien nos recibe en una oficina iluminada por la luz del medio día manabita; afuera, el sol reverbera y los estudiantes en las aulas, bajo la sombra, se concentran en la cátedra de los profesores de Derecho, mientras esta entrevista inicia: «Los derechos de la ciudadanía están inmersos en la Constitución, y ese es uno de los ejes transversales para la enseñanza de nuestros estudiantes. Tenemos dos ejes transversales, uno es el tema de la Constitución y el otro la investigación jurídica que en el pasado ha sido una gran falencia de las universidades en el país, incluyendo la nuestra. Hay una serie de causales para esto, primero, los recursos económicos. Hay que formar profesores especialistas en investigación, que se dediquen un 50% a la docencia, y un 50% a la investigación, para que las universidades empiecen a producir obra jurídica. A mi parecer, como administrador de esta Facultad, nos hemos quedado solamente en una educación basada en la docencia nada más, y hemos descuidado la investigación. Nosotros estamos inmersos en la enseñanza desde el punto de vista teórico, cuando debemos dar más énfasis a la enseñanza práctica del Derecho, con estudio de casos. Debemos recordar que un gran porcentaje de jueces en nuestra provincia son egresados de nuestra facultad, y eso nos llena de orgullo.


Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.