Generalidades Póliza de Gastos Médicos
¿En qué consiste este beneficio?
Este Beneficio es una cobertura económica ante diferentes situaciones derivadas de una
atención médica
Esta cobertura podría ser en accidentes, emergencias, tratamientos hospitalarios y
ambulatorios: chequeo médico, consultas, medicamentos, exámenes de laboratorios, rayos x,
ultrasonidos o resonancias.
Algunos conceptos que es importante que conozcas:
Deducible: suma fija anual que debe asumir el Asegurado previo a recibir los beneficios otorgados por concepto de gastos indemnizables y objeto de reembolso.
Co Pago: monto fijo indicado en las Condiciones Particulares que debe asumir el
Asegurado, antes de recibir los servicios médicos y hospitalarios cubiertos por la póliza.
Co Aseguro: es el porcentaje de los gastos que le corresponde asumir al Asegurado después de haber cubierto el deducible o copago según corresponda, se calcula sobre los gastos indemnizables y de conformidad a lo establecido en las Condiciones Particulares.
Períodos de carencia: es el plazo de tiempo que debe transcurrir desde la fecha en la que se incluye la póliza para poder acceder a la totalidad de los servicios se ofrecen.
Enfermedad Preexistente: toda aquella enfermedad o lesión congénita o no, accidente, discapacidad física, que, con anterioridad a la adquisición de la póliza
Costo razonable y acostumbrado: monto máximo que cubrirá la empresa que asegura, por algunos servicios médicos, el mismo se calcula de acuerdo con el tarifario del colegio de médicos y un promedio de la oferta del mercado.
*No aplica para colaboradores temporales o pasantes.
Inclusión de dependientes en la Póliza
El colaborador podrá incluir uno o más dependientes a su seguro médico, únicamente se podrá incluir como dependientes a cónyuge e hijos menores de 25 años (no aplica otro parentesco). Para los colaboradores que consideren ingresar en su póliza un hijo recién nacido, éste deberá tener un mes y un día de nacido (mes calendario).
Pasos para realizar la inclusión: