Proyecto Educativo C.E.Pr. Virgen de Fátima

Page 16

3. La asignación de los restantes cursos y grupos de alumnos, en caso de no existir acuerdo entre los maestros y maestras que opten a los mismos, la llevará a cabo el/la Director/a del Centro de acuerdo con el siguiente orden de prioridad: a. Miembros del Equipo Directivo que deberán impartir docencia, preferentemente, en el Tercer o Segundo ciclo de la Educación Primaria, con el propósito de evitar la actuación de un excesivo número de maestros y maestras en los grupos de alumnos/as del Primer Ciclo. b. Restantes maestros y maestras que se ordenarán aplicando sucesivamente los siguientes criterios: 4. Los maestros y maestras que impartan las áreas de Educación Física y Música lo harán preferentemente en aquellos cursos y grupos cuyo/a tutor/a ostente un cargo como órgano unipersonal o realice tareas de coordinación docente. Una vez cubierto el horario de estos grupos, se les encomendará la docencia en los restantes, comenzando por los del tercer ciclo de forma descendente. 5. A los maestros y maestras que impartan el área de Idioma se les asignarán cursos y grupos del Segundo y Tercer ciclos. 6. En consonancia con lo previsto en el artículo 4 del Decreto 154/1996, de 30 de abril, por el que se regula el proceso de adscripción de los/las maestros/as a los puestos de trabajo resultantes de la nueva ordenación del sistema educativo (BOJA del 21 de mayo), la adjudicación de un determinado puesto de trabajo no exime de impartir otras enseñanzas o actividades que pudieran corresponderles de acuerdo con la organización pedagógica del Centro. 7. A efectos de adscripción del profesorado se considerarán vacantes aquellas unidades o áreas que no estuvieron ocupadas el curso anterior por propietarios/as definitivos/as. 8. Los/las propietarios/as definitivos/as se podrán mantener en la misma unidad que se encontraban en el curso anterior para garantizar la continuidad con el mismo grupo de alumnos/as. No se considerarán por tanto plazas vacantes las ocupadas por estos/as propietarios/as definitivos/as o en sobredotación en el curso anterior y que deseen seguir en la misma. 9. A los/las profesores/as especialistas de Educación Infantil se les asignará siempre unidades con alumnos y alumnas de Educación Infantil independientemente de que además tengan otros alumnos y alumnas de Primaria. 10. Sin perjuicio de lo expuesto en el punto anterior, si hubiera un número de unidades vacantes con alumnos/as de Primaria e Infantil superior al de especialistas de Infantil, la elección se hará por orden de antigüedad en el Centro sin distinción de especialidad.. 11. Se procurará que las unidades ocupadas por maestros o maestras provisionales o en comisión de servicios se mantengan en la misma unidad que el curso anterior para garantizar la continuidad con el mismo grupo de alumnos/as


Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.