Decir lo Indecible

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En este sentido, los defensores de este tipo de programas consideran que, en la actualidad, ningún país del planeta está en condiciones de garantizar de manera plena y universal el derecho a la salud. Entendiendo por esto: financiar a todos, todo lo que la medicina y la tecnología pueden ofrecer a las personas en materia de técnicas de diagnósticos y tratamientos. A partir de esta afirmación, los Estados se ven en la disyuntiva de introducir restricciones implícitas (listas de espera, cupos, tecnología no disponible o falta de recursos humanos) o explícitas (canastas básicas de servicios con protección financiera). Por supuesto, se considera que son las segundas las que introducen racionalidad a la relación entre Estado y ciudadanos en materia de garantía del derecho a la salud12. La presencia de un seguro para cada ciudadano permitirá nominalizar la cobertura y garantizar el acceso a un cuasi-mercado de efectores, públicos o privados, que actuando de manera integrada y cooperativa evitarán superposiciones y despilfarros. Es evidente que la propuesta esconde un fuerte presupuesto: aquello que no pudo ser ordenado por las regulaciones estatales y el financiamiento de la oferta, lo será por una nueva modalidad de financiamiento que subsidia la demanda y la creación de un cuasi-mercado de instituciones prestadoras que compiten por los

diferentes grupos asegurados. Se avanzaría, así, a una modalidad de financiamiento en el sistema de salud que vincula recursos con resultados en lugar del clásico modelo de financiamiento hospitalario por presupuesto histórico. Aseguramiento universal y libertad de elección de los ciudadanos serían los pilares que garanticen eficiencia y calidad de las instituciones prestadoras. Llegados a este punto, se hace necesario preguntarnos si este novedoso diseño institucional estaría no solo en condiciones de resolver los problemas que nuestro sistema sanitario arrastra desde hace década, sino, también, de cumplir con los estándares internacionales en materia de garantía del derecho a la salud. Es decir, un rediseño de las reglas de juego sectoriales de estas características ¿estará en condiciones de mejorar los resultados de nuestro sistema sanitario? Un sistema que financia la demanda en lugar de la oferta, ¿posibilitará la conformación de un sistema más igualitario o convalidará y acentuará las desigualdades ya existentes? Un cuasi mercado de instituciones prestadoras ¿permitirá el fortalecimiento del hospital público o facilitará su actual vaciamiento o, hasta, su desaparición? El aseguramiento y la competencia ¿garantizarán eficiencia y calidad en las prestaciones o sólo serán mecanismos útiles para transferir recursos públicos a los sectores más mercantilizados de la salud? La CUS ¿posibilitará un acceso integral, continuo, equitativo y universal a los servicios de salud o profundizará las segmentaciones, diferenciaciones e inequidades? El Estado ¿seguirá siendo el garante universal e integral del derecho a la salud de todos los ciudadanos o limitará su responsabilidad al financiamiento de seguros para pobres y desocupados que permitirán sólo el acceso a una medicina “de segunda”?

Salud Mental y Derechos Humanos

El Enfoque de Derechos Humanos en Salud La adopción de un enfoque de derechos humanos tiene como idea esencial que las políticas e instituciones, cuya finalidad es impulsar estrategias de salud, se deben basar explícitamente en las normas y principios establecidos en el derecho internacional sobre derechos humanos13. Esta perspectiva genera obligaciones y responsabilidades para los Estados, que tienen que incluir en su marco jurídico y normativo la obligación de respetar, proteger, promover, facilitar y proveer el acceso universal a la salud, así como garantizar que las personas, sin COLEGIO

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