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EDITORIAL
PEDAGOGÍA JURÍDICA
¿Cómo explicar que ni el futbolista ni el político condenados a 18 meses de prisión van a pisar la cárcel pero que otra persona condenada por robar una prenda de ropa de diez euros sí irá a prisión? ¿Y, en la misma línea, cómo explicar que alguien condenado a decenas de años de cárcel cumplirá efectivamente muchos menos? ¿Cómo justificar que determinadas personas, en razón del cargo que ocupan o la función que desempeñan, no sean juzgadas por los mismos juzgados o tribunales que el resto? Vayamos, incluso, más allá: ¿merece la pena entrar a puntualizar que no es lo mismo demandar que denunciar? ¿Cómo hacer entender a nuestro cliente que su caso, lamentablemente, no puede llevarse hasta el
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Tribunal Supremo —ni tampoco “a Europa”—, o que es altamente improbable que a su cuñado al que le pasó “exactamente lo mismo” le ocurriese verdaderamente lo mismo? O, más difícil todavía: que tampoco necesariamente dos casos exactamente iguales serán resueltos de manera idéntica por dos jueces distintos, dado que la justicia no es infalible y quienes crean las leyes y quienes las aplican son, obviamente, humanos.
Ahora que parece estar tan de moda eso de la “responsabilidad social del abogado”, quizá ha llegado el momento de que los abogados y abogadas ejerzamos esta responsabilidad en la escala más inmediata, dedicando tiempo y esfuerzo a explicar a nuestros amigos y conocidos qué hay detrás de esos titulares engañosos, qué hay de verdad y de mentira en esas disquisiciones pretendidamente jurídicas a las que asistimos cada día en las tertulias más vistas, en las que el ‘opinólogo’ de turno (por supuesto, no licenciado en Derecho) compara lo que no es comparable y tergiversa en diez segundos folios y folios en los que un juez ha resuelto (equivocadamente o no, pero, salvo caso excepcional, sí de forma motivada) la cuestión que se le planteaba.
Puede incluso que haya llegado el momento de que nosotros mismos vayamos un paso más allá y nos obliguemos a profundizar en nuestra propia materia para poder explicar a qué puede deberse una determinada decisión judicial o qué circunstancias históricas y sociales llevaron a tal o cual regulación, formándonos una opinión realmente fundada y obligándonos a mirar con lupa el cambio legislativo que se propone (casi siempre, como sabemos, ‘en caliente’). Tal vez haya llegado el momento de que hagamos el esfuerzo de leernos, de principio a fin, las sentencias de los casos más mediáticos, para poder ofrecer a quienes nos rodean una mirada crítica que nos distancie de los tertulianos. El reto ha de permitirnos, además, interrogarnos sobre nuestros propios conocimientos y cuestionarnos lo que creíamos saber y aquello que dábamos por cierto e inmutable, porque ocurre con frecuencia que cuando alguien no experto pregunta algo, descubrimos que no era tan contundente nuestra argumentación ni tan claro el asunto.
Y quizá deberíamos —¿por qué no?— tratar de ser creativos y buscar otras fórmulas que, como abogados y abogadas, nos permitan dignificar nuestra profesión desmintiendo lo que comúnmente conocemos como ‘leyendas urbanas’. Puede que un día se enseñen en los colegios e institutos unas mínimas nociones de conocimiento jurídico, pero, entretanto, ¿deberíamos tal vez convocar unas Pint of Law (‘pintas de Derecho’) a imagen y semejanza de las Pint of Science (‘pintas de Ciencia’) que cada mes de mayo llevan a ingenieros, biólogos y otra gente de ciencias a los bares de todo el mundo para explicar, con rigor pero de una forma amena para los legos en la materia, cuestiones de su ámbito de conocimiento? ¿No sería interesante encontrar fórmulas de divulgación del Derecho que lo acerquen a quienes no son expertos?
Tenemos la responsabilidad de explicar con detenimiento y rigor aquello que sabemos, del mismo modo que lo hacen otros profesionales como, por ejemplo, quienes se dedican a las ciencias de la salud —ya sea en consulta, ya sea fuera de ella—, interpretando esas analíticas imposibles, traduciendo a términos comprensibles pa
labras desconocidas o exponiéndonos con paciencia los pros y contras de determinado tratamiento. ¿Por qué no explicar a nuestra gente más cercana los aspectos jurídicos de lo cotidiano con la misma en trega y rigor con que se lo explicamos a nuestros clientes más exigentes? Se impone demostrar que los abogados y abogadas no “damos consejos”, sino que aplicamos nuestros conocimientos. Y nuestros conocimientos, obviamente, no provienen de la ciencia infusa sino que son fruto del estudio y la formación continua. Si no lo hacemos, probablemente habremos de lamentarnos de que cualquiera parezca experto en Derecho y de que, en consecuencia, se minusvalore nuestra profesión. El desafío está servido.