Edición N° 371 - Febrero 12 de 2021
TIPS PARA EL CORRECTO Y OPORTUNO DILIGENCIAMIENTO DE MIPRES Para realizar la prescripción de tecnologías en salud no financiadas con recursos de la UPC o servicios complementarios, que se prescriben a través de la plataforma MIPRES, ten presente los requisitos mínimos establecidos en el artículo 9 de la resolución 1885 de 2018 “Por la cual se establece el procedimiento de acceso, reporte de prescripción, suministro, verificación, control, pago y análisis de la información de tecnologías en salud no financiadas con recursos de la UPC, de servicios complementarios y se dictan otras disposiciones”. Los siguientes son los requisitos: Para la prescripción de medicamentos en la plataforma MIPRES se debe cumplir con las indicaciones exactas que encuentran en la página del INVIMA. Abstenerse de prescribir medicamentos sin indicación INVIMA o sin indicación UNIRS. Debe agotarse o descartar la alternativa POS, en caso de no ser utilizada por: reacciones adversas, falla terapéutica, alergias o que no exista una opción de tratamiento que está cubierta por el POS, esta se debe justificar en el MIPRES y en la Historia Clínica. El diagnóstico principal: siempre debe estar relacionado con la indicación INVIMA de los medicamentos que se van a prescribir. En la justificación del MIPRES y en la historia clínica debe quedar la condición actual clínica del paciente, y porque necesita la tecnología NO POS, con registro de síntomas, resultados de laboratorio si se tiene y/o resultados de pruebas diagnósticas. Las cantidades solicitadas deben ser acorde al tiempo de tratamiento y dosificación de los medicamentos prescritos. Se debe diligenciar de forma completa los datos solicitados en el reporte de la prescripción de tecnologías en salud no financiadas con recursos de la UPC y conforme a la normatividad vigente. El diligenciamiento de los servicios y tecnologías en salud no cubiertas por el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC, en la plataforma MIPRES, es responsabilidad del médico y/o profesional de la salud tratante y por ser normativo es de carácter obligatorio. El correcto diligenciamiento de la prescripción MIPRES de medicamentos y/o servicios NO PBS para las prescripciones hospitalarias deben ser registrados en la plataforma en las primeras 24 horas desde la prescripción en la historia clínica. En caso de que se genere la prescripción después de este tiempo quedara extemporáneo, dando lugar a glosas por parte de la entidad pagadora que conllevan a pérdidas para la institución.
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