LOS MAYORES : Autoridades del pueblo Kankuamo
4. ¿En qué Jurisdicción se aplica justicia? La comunidad indígena kankuama ubicada en la vertiente sur oriental de la Sierra Nevada de Santa Marta, posee un territorio ancestral delimitado por la Línea Negra; resolución número 837 de agosto 28 de 1995, expedida por el Ministerio del Interior y de Justicia y la resolución 000002 de 4 de enero de 1973, expedida por el Ministerio de Gobierno donde se demarcan los sitios sagrados y el territorio ancestral. La comunidad ha identificado como propio un territorio reconocido legalmente por el Gobierno Nacional mediante la resolución 012 del 10 de abril de 2003, expedida por el INCORA donde se constituye el Resguardo Indígena Kankuamo. Dicho reconocimiento legal del territorio, establecido en la Constitución Nacional, les permite a las autoridades de los pueblos indígenas, ejercer justicia propia dentro de su ámbito territorial, de acuerdo a sus usos y costumbres. Es por esto, que las autoridades tradicionales del pueblo Kankuamo son competentes para conocer los conflictos que se presentan al interior del territorio. Dichas competencias hacen referencia a delitos considerados como propios por la comunidad y que se entienden como una falta o enfermedad que la persona tiene en su cuerpo, o desequilibrio con la madre naturaleza. Además de existir una jurisdicción territorial indígena reconocida por el Gobierno Nacional; expresada en la figura del resguardo y representada en el Cabildo Mayor, existe al interior del territorio indígena kankuamo una jurisdicción interna reconocida por las autoridades tradicionales, donde los cabildos menores poseen total autonomía para ejercer el control territorial y social en cada una de las 12 comunidades.
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Por ejemplo, cuando un habitante de Río Seco sale de su comunidad y comete una falta en la comunidad de Atánquez con un atanquero, es competente en primera instancia el cabildo de Atánquez para aplicar justicia, por el factor territorial. Otro ejemplo, una pelea entre una persona de Pontón con una de Mojao, en jurisdicción de Pontón quien tiene la competencia de aplicar justicia es el Consejo Local de Mayores y el Cabildo Menor de Pontón. En los dos ejemplos anteriores las