Caso tipo. Casanare: Exhumando el genocidio

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Ambiente. CORPORINOQUIA, dentro de las funciones y facultades otorgadas por la ley, debía vigilar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la licencia ambiental, entre las cuales se encuentran las compensaciones ambientales. Carlos H. Vargas había llegado a la conclusión de que alrededor de las compensaciones podría existir un posible caso de corrupción, ya que cada empresa petrolera que estaba obligada a la compensación, formalmente desarrollaba grandes proyectos de reforestación sobre determinada cuenca y, sobre el papel, dichos proyectos de reforestación se habían llevado a cabo. Pero en realidad las reforestaciones eran mucho menores de lo que aparecía en los documentos. En relación con el tema de las reforestaciones y otra vez enlazado con el de las compensaciones, Carlos H. Vargas Suárez consideraba que se había creado un negocio ilegal en virtud del cual algunos funcionarios de la Corporación pudieron recibir dinero a cambio de certificar reforestaciones que nunca se habían realizado e incluso se habrían construido varios viveros y toda una industria alrededor de la reforestación para defraudar a la entidad o para obtener favores económicos de parte de las empresas petroleras. Otro tema que hacía que Carlos H. Vargas temiera por su vida, era el relacionado con la explotación petrolera en el Estero de Lipa, en Arauca, debido a que sobre dicho estero que es un ecosistema bastante frágil, la empresa OCCIDENTAL DE COLOMBIA había desarrollado su explotación petrolera y él se interesó mucho en el análisis de la situación ambiental. Posteriormente, hacia los últimos días de vida de Carlos H. Vargas, la Corporación estaba tramitando la expedición de un acto administrativo a través del cual se multaría a la empresa PERENCO S.A. por el derrame petrolero que se presentó sobre el río Cravo Sur en agosto de 1998, situación ésta que también le había traído inconvenientes. Hacia el medio día del 2 de diciembre del año 1998, después de haber asistido a una reunión en las instalaciones de la compañía PERENCO COLOMBIA S.A. donde había estado discutiendo con los representantes de dicha empresa, aspectos relacionados con el resarcimiento de los daños ocasionados al medio ambiente por el derramamiento de aproximadamente 4000 barriles de crudo sobre el río Cravo Sur, la camioneta en que se transportaba CARLOS HERNANDO VARGAS SUÁREZ fue interceptada por una moto conducida por dos paramilitares, cuando se dirigía a casa de su hermana. Carlos Hernando y el conductor que lo acompañaba fueron víctimas de un ataque con disparos de arma de fuego por parte de los sicarios que se movilizaban en la motocicleta, causándole la muerte.

PRUEBAS

2. Anexo 2. Copia de la Acción Popular instaurada por Maria Ninfa Díaz contra B.P. EXPLORATION COMPANY COLOMBIAN LIMITED por la quema de gas natural dentro del C.P.F. TAURAMENA. 3. Croquis del lugar de los hechos y posible ruta de huida de los homicidas de CARLOS HERNANDO VARGAS SUÁREZ que obra en el proceso ante la Fiscalia General de la Nación - Unidad de Derechos Humanos - Radicado 437. (C1 FL 54).

Cinep • Cospacc

1. Anexo 1. Copia del Acta No. 19 del día 5 de diciembre de 1997, mediante la cual se elige por el Consejo Directivo de CORPORINOQUIA al señor CARLOS HERNANDO VARGAS SUÁREZ como Director General.

4. Copia del Registro de defunción del señor CARLOS HERNANDO VARGAS SUÁREZ. 129


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