Lectura complementaria Los animales silvestres de circos regresan a sus hábitats tras experiencias traumáticas Recuperado de: http://www.eltelegrafo.com.ec/noticias/sociedad/4/los-animales-silvestres-de-circos-regresan-a-sushabitats-tras-experiencias-traumaticas?tmpl=component&print=1. Martes, 10 Mayo 2016 00:00 Sociedad
En Ecuador existen leyes para proteger en forma integral a las especies de fauna nativas y silvestres que se encuentran en peligro de extinción. Actualmente el Gobierno estudia el proyecto LOBA. La opinión pública sobre la utilización de animales en circos y espectáculos evolucionó en las últimas décadas. La percepción de un show en el que se admiraban las destrezas y la simpatía de estas especies cambió por la de un método antiguo y agresivo. A eso contribuyó la difusión de los castigos que recibían de sus entrenadores al no cumplir con los actos de entretenimiento. Al menos 28 países prohíben animales en espectáculos y, aunque en Ecuador aún no existe un código, desde 2014 el Estado estudia la propuesta de Ley Orgánica de Bienestar Animal (LOBA). Se trata de una normativa para evitar el maltrato. Hace una década, los circos con animales eran permitidos como actividad cultural y de entretenimiento. Sin embargo, estos espectáculos contravienen dos artículos de la Declaración Universal de los Derechos del Animal (1978). Este código fue proclamado por la Liga Internacional y fue aprobada por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco, por sus siglas en inglés), y posteriormente por la ONU. El artículo 4 de ese tratado estipula: “a) Todo animal perteneciente a una especie salvaje tiene derecho a vivir libre en su propio ambiente natural, terrestre, aéreo o acuático y a reproducirse; y b) Toda privación de libertad, incluso aquella que tenga fines educativos, es contraria a este derecho”. El cautiverio también contraviene el artículo 10: “a) Ningún animal debe ser explotado para esparcimiento del hombre; y b) Las exhibiciones de animales y los espectáculos que se sirvan de animales son incompatibles con la dignidad del animal”. A pesar de este gran fallo, todos los países, en menor o mayor medida, establecen directrices legales para regular la actividad circense y las especies protegidas que actúan en ella. Allí se regula las condiciones en que se encuentran y tratan los animales. Juan Manuel Carrión, director de la Fundación Zoológica de Ecuador y director del Zoológico de Quito, explica que actualmente en el país está prohibido que los circos usen animales salvajes en sus actos. En Ecuador existen leyes para proteger en forma integral a las especies de fauna nativa y silvestre que se encuentran en peligro de extinción, pero señala el especialista las considera muy general. El único punto que ha tenido tipificación por la Comisión de Biodiversidad de la Asamblea Nacional es la Ley de Protección del Cóndor Andino y otras especies amenazadas.