Política Nacional de Recurso Adulto

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Refrendar mediante su firma las decisiones adoptadas por la Dirección Nacional de Recursos Adultos. Refrendar mediante su firma el nombramiento y designación de los Directores de los Procesos de Formación, los equipos de los mismos y el visto bueno para el nombramiento de un Comisionado Regional de Recursos Adultos. Refrendar mediante su firma el nombramiento y designación de los integrantes del Equipo Nacional de Recurso Adultos y del Equipo Nacional de Apoyo a Recursos Adultos. Promover, coordinar y dirigir la planeación y ejecución de la Política Nacional de Recursos Adultos. Las demás que le sean asignadas por los reglamentos y por el Jefe Scout Nacional. 4.2. DIRECCIÓN NACIONAL DE RECURSOS ADULTOS [DNRA] 4.2.1. Composición El Jefe Scout Nacional. El Director Nacional de Recursos Adultos. Tres [3] o cinco [5] Directores en Formación [D.F.] integrantes del Equipo Nacional de Recursos Adultos de los cuales uno de ellos ejerce la Secretaría de la Dirección. Tanto la definición del número así como la selección y designación de los Directores en Formación, es hecha de común acuerdo entre el Jefe Scout Nacional y el Director Nacional de Recursos Adultos, por períodos de un [1] año respectivamente. No obstante, a juicio del Jefe Scout Nacional y el Director Nacional de Recursos Adultos podrán ser removidos de sus funciones antes del vencimiento de este término. 4.2.2. Funciones Coordinar, dirigir y supervisar la planeación y ejecución de la Política Nacional de Recursos Adultos. Coordinar y dirigir la planeación y ejecución de los Procesos de Formación de Adultos. Solicitar a los Coordinadores Regionales la designación o cambio de los Comisionados Regionales de Recursos Adultos y otorgar el visto bueno para su nombramiento, previo el cumplimiento de los requisitos establecidos. Designar los miembros del Equipo Nacional de Recursos Adultos. Designar los miembros del Equipo Nacional de Apoyo de Recursos Adultos. Designar a los Directores de todos los Procesos formativos de adultos, autorizar los integrantes de sus equipos y supervisar su gestión. Remover a los Directores de Procesos de Formación y/o a integrantes de sus equipos cuando a su juicio no están cumpliendo cabalmente con el desarrollo de sus funciones. Suspender temporal o definitivamente los Procesos de Formación que se encuentren en curso cuando a su juicio las circunstancias lo ameriten. Organizar, coordinar, dirigir y supervisar el trabajo de los miembros del Equipo Nacional de Recursos Adultos. Atender las indicaciones del Director Nacional de Programa de Jóvenes en la determinación y ajuste de los contenidos de los Procesos de Formación. Elaborar el informe anual de la Dirección Nacional de Recursos Adultos con las realizaciones del período y las necesidades y propuestas para el siguiente.

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