Boletín Legislativo CUCF - Junio 2021 Vol. 2 Nº 2
Investigación: Sharon Numhauser – Bárbara Sepúlveda – Alejandra Retamal Edición de Contenidos: Alejandra Retamal y Carmen Domínguez H.
DIRECTRICES PARA REFORMAR A LA SOCIEDAD CONYUGAL: UNA DISCUSIÓN DE 25 AÑOS. Boletín N° 1707-18 y Boletín N° 5.970-18 (refundido con los boletines N° 7.567-07 y N° 7.727-18). Las profundas transformaciones operadas en el Derecho de Familia han estado motivadas, en general y tal como se ha concluido en otros sistemas, por el afán de asegurar libertad, igualdad y equidad i. En el ámbito de la igualdad, esta se ha materializado en la distribución igualitaria de las obligaciones y derechos entre los cónyuges, desde el punto de vista personal, patrimonial y en las relaciones respecto de sus hijosii. La relación patrimonial entre los cónyuges nace como consecuencia del acto matrimonial, en virtud del cual emerge el proyecto de vida en común: “La existencia de los regímenes matrimoniales es consecuencial al matrimonio, y su regulación se justifica por la obligación que asumen ambos cónyuges de ayudarse entre sí, y de educar y criar a los hijos... En el orden patrimonial, esto se traduce en que el marido y la mujer ponen al servicio de este proyecto, todos sus bienes, los que tienen cuando se casa y los que adquieren después”iii.
En Chile, desde el año 2010, se han celebrado anualmente más de 60.000 matrimonios. De estos, más del 50% son celebrados bajo el régimen de sociedad conyugal. Datos obtenidos: INE – Registro Civil – Solicitud vía transparencia.