PROPUESTA DE ALTA MEDICA REALIZADA POR LA MUTUA La mutua puede realizar una propuesta de alta médica dirigida a la
inspección del servicio público de salud, la cual dispone de un plazo máximo de 5 días para responder. Simultáneamente ha de comunicar al trabajador/a afectado/a el inicio de este procedimiento. Esta propuesta ha de ser motivada y acompañada de los informes y pruebas que se hayan realizado. La inspección médica ha de enviar la propuesta al médico responsable de la emisión de los partes médicos. El médico deberá pronunciarse: Confirmando la baja (con informe sobre tratamiento, causas de discrepancia,…) Dando de alta al trabajador (acepta la propuesta de la mutua) Cuando la inspección médica no recibe respuesta de los facultativos o servicios médicos, o bien discrepa de esta respuesta, puede emitir el alta, efectiva e inmediata. Si la propuesta de la mutua no se resuelve y se notifica en el plazo de 5 días, puede solicitar el alta al INSS, el cual tendrá que contestar en un plazo máximo de 4 días.
Enfermedades profesionales y accidentes de trabajo
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Es importante destacar que ha desaparecido, por la presión ejercida por CCOO, el concepto (presunta alta) que se incluyó en borradores anteriores, y que hacía referencia al alta por silencio administrativo que se producía cuando ni el servicio público de salud ni el INSS respondían en plazo a la propuesta de alta de la mutua También es importante la obligación, que antes no existía, de comunicar por parte de la MUTUA al trabajador/a interesado que se inicia una PROPUESTA DE ALTA en su proceso de IT.
Cómo actuar ante una posible enfermedad profesional o accidente de trabajo no reconocido por la empresa
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