JIMÉNEZ VIVAS, Javier. “La Tutela Procesal Urgente en el nuevo Proceso Contencioso-Administrativo peruano”. Revista Actualidad Jurídica, Gaceta Jurídica, T. 178, Lima, septiembre 2008, pp. 210-215.
LA TUTELA PROCESAL URGENTE EN EL CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO PERUANO
NUEVO
PROCESO
Javier Jiménez Vivas
Sumario: 1. Ideas preliminares; 2. Formas de tutela procesal; 3. Los procesos urgentes y las medidas autosatisfactivas; 4. La tutela procesal urgente en el nuevo Proceso contencioso-administrativo; 5. Ideas finales.
1.
IDEAS PRELIMINARES
Desde el 15 de abril de 2002, rige en el Perú la Ley Nº 27584, Ley del Proceso Contencioso-administrativo, norma que desarrolla la “acción contencioso-administrativa” prevista en el artículo 148º de la Constitución Política, que completó el llamado “Ordenamiento jurídico administrativo” al que hace mención el artículo III del Título Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento administrativo, y que por ello, permite hablar de una final y completa autonomía del Derecho administrativo peruano. La ley mencionada al inicio, sufrió algunas modificaciones cumplidas por las Leyes Nº 27684,1 Nº 27709,2 y Nº 28531,3 que no alteraron el sentido general del proceso regulado por ella. Ello, sin embargo, sí ha ocurrido con la publicación y entrada en vigor del Decreto Legislativo Nº 1067, 4 que modificando 21 artículos y 2 Disposiciones Complementarias, y agregando otros 5 numerales, ha impreso un nuevo sentido al Proceso Contenciosoadministrativo peruano, permitiendo hablar a partir de la publicación del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27584 5 de un nuevo proceso. Lo anterior, se explica a partir de lo sensibles que resultan las variantes normativas practicadas, entre ellas la incorporación de la pretensión resarcitoria de daños, la inclusión del llamado “control difuso administrativo”, la nueva notificación electrónica, la reconfiguración de la producción de precedentes vinculantes, la posibilidad de concluir el proceso
El Autor es Abogado y Magíster en Derecho Civil, Título y Grado conferidos por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Actualmente cursa estudios de Doctorado en la Universidad Nacional Federico Villarreal. 1 Publicada el 16 de marzo de 2002. 2 Publicada el 26 de abril de 2002. 3 Publicada el 26 de mayo de 2005. 4 Publicado el 28 de junio de 2008 y vigente desde el día siguiente, salvo la modificación efectuada al artículo 26º, que rige transcurridos 180 días de dicha publicación. 5 Aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2008-JUS, publicado el 29 de agosto de 2008.
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