Manual de Convivencia 2010 - Colegio Carlos Albán Holguín I.E.D.

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◊ No registra inasistencias, y aún teniéndolas, presenta excusas justificadas sin que su proceso de aprendizaje se vea mermado. ◊ No presenta dificultades en su comportamiento y en el aspecto relacional con todas las personas de la comunidad educativa, dentro y fuera de la institución. ◊ Manifiesta sentido de pertenencia institucional. ◊ Participa en las actividades curriculares y extracurriculares. ◊ Valora y promueve autónoma mente su propio desarrollo. SOBRESALIENTE (S): Se considera sobresaliente al estudiante que: ◊ Alcanza todos los logros sin dificultad. ◊ Tiene faltas de asistencia justificadas. ◊ Reconoce y supera sus dificultades de comportamiento.

las comisiones de Evaluación y Promoción para cada grado integradas por sus directores de curso, un representante de padres de familia y el rector o su delegado (coordinador académico), quién las convoca y las preside. La función de estas comisiones es analizar casos de estudiantes con desempeño insuficiente o deficiente, al finalizar cada período escolar, recomendar actividades de refuerzo y superación, así como determinar la promoción de los educandos. Estudia los casos de estudiantes con desempeños excepcionales, para su posible promoción anticipada. Cada comisión consigna en actas sus recomendaciones y decisiones, las cuales constituyen evidencia para definir la promoción al final del año lectivo. Al finalizar el año escolar las Comisiones de Evaluación y Promoción estudian y definen los casos de los estudiantes considerados candidatos para la repetición de un grado.

◊ Manifiesta sentido de pertenencia con la Institución.

Deberán reiniciar su grado los estudiantes que:

ACEPTABLE (A): Se considera aceptable al estudiante que:

◊ Hayan obtenido una valoración final de insuficiente (I) o deficiente (D) en tres o más áreas.

◊ Alcanza los logros propuestos con actividades complementarias, requiere seguimiento permanente y mayor compromiso personal y familiar. ◊ Presenta faltas de asistencia, justificadas e injustificadas. ◊ Presenta dificultades de comportamiento. ◊ Manifiesta sentido de pertenencia con la Institución. INSUFICIENTE ( I ): Para caracterizar a un estudiante en este criterio se tendrá en cuenta que: ◊ No alcanza los logros propuestos a pesar de haber realizado actividades de refuerzo y superación. ◊ Presenta faltas de asistencia injustificadas. ◊ Presenta dificultades de comportamiento. ◊ No desarrolló el minimo de actividades curriculares requeridas. ◊ No manifiesta Institucional.

un

sentido

de

pertenencia

DEFICIENTE (D): Cuando el estudiante presenta falta total de interés por su desarrollo personal, de responsabilidad, cumplimiento y puntualidad en sus compromisos académicos, cuando sus desempeños y competencias en procesos de interpretación, argumentación y proposición denotan despreocupación total. No manifiesta un sentido de pertenencia institucional.

18.6. INFORME El informe contiene los logros propuestos para cada período, en cada una de las áreas, indicando aquellos en los que el estudiante presenta debilidad y los que constituyen una fortaleza. Además un concepto emitido por el docente sobre su desempeño y la recomendación respectiva de acuerdo con sus debilidades, acompañados de una evaluación en escala de Excelente (E), Sobresaliente (S), Aceptable (A), Insuficiente (1) y Deficiente (O), según lo indicado anteriormente.

18.7. COMISIONES

DE

EVALUACIÓN

Y

PROMOCIÓN

De acuerdo con el Articulo 8 del Decreto 230 febrero de 2002, el Consejo Académico de la Institución conforme

◊ Hayan obtenido una valoración final de Insuficiente (I) o Deficiente (D) en Español y Matemáticas durante dos grados consecutivos en la educación básica . ◊ Hayan dejado de asistir de manera justificada o injustificada del 25% de las actividades académicas del año escolar. En caso de justificación por incapacidad médica o calamidad familiar comprobadas, la comisión de evaluación analizará el caso de manera particular y revisará la aplicación de este criterio para definir promoción. Las respectivas Comisiones de Evaluación y Promoción una vez analizados los casos, deciden la promoción de los estudiantes. Garantizando un mínimo del 95% del total de los educandos que finalizan el año escolar en la institución educativa Artículo 9 del Decreto 230 de febrero 2002. El estudiante que no finalice el año escolar deberá reiniciar el curso y no se contará dentro del 5% institucional de reprobación A nivel institucional: La comisión de Evaluación y Promoción considera los siguientes criterios: 1. Aclarar a padres y a estudiantes los mecanismos establecidos para la promoción de un grado a otro de acuerdo con el decreto 230 Febrero 2002. 2. La valoración se dará por áreas, previo concepto y acuerdo de los docentes sobre el desempeño del estudiante en las asignaturas que la conforman. 3. En caso de inasistencia por cita médica, incapacidad médica o calamidad familiar comprobada el padre de familia y/o acudiente debe enviar con el estudiante el respectivo soporte a coordinación, con el fin de no contabilizar la inasistencia dentro del 25% considerado en el decreto 230 de 2002. 4. En caso de inasistencia reiterada e injustificada y por evasión a clases y cuando no se oficial iza el retiro se acordó realizar el siguiente proceso: ◊ El profesor de la asignatura informa al director de curso.

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