PEI SAGRADA FAMILIA POTRERILLO

Page 239

INSTITUCION EDUCATIVA SAGRADA FAMILIA POTRERILLO Plantel Oficial Resolución No. 1156 de agosto 21 de 2007 NIT. 815.001.980-4

DANE 276520002419

Art. 95 Ley 115/94 General de Educación. “La matrícula es el acto que formaliza la vinculación del educando al servicio educativo. Se realizará por una sola vez, al ingresar el estudiante a un establecimiento educativo, pudiéndose establecer renovaciones para cada periodo académico”. PERMANENCIA EN EL ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO Art. 96 Ley 115/94 General de Educación. “El reglamento interno de la institución educativa establecerá las condiciones de permanencia del estudiante en el plantel y el procedimiento en caso de exclusión. La reprobación por primera vez de un determinado grado por parte del estudiante, no será causal de exclusión del respectivo establecimiento, cuando no esté asociada a otra causal expresamente contemplada el reglamento institucional o manual de convivencia”

CLASES DE MATRICULA

ORDINARIA: Si se realiza dentro de los plazos y fechas señaladas por la institución educativa en concordancia con la establecidas por las autoridades educativas competentes para el calendario.

EXTEMPORANEA O EXTRAORDINARA: Si se realiza fuera de los plazos y fechas señaladas por la institución educativa o fechas permitidas y autorizadas por la Secretaria de Educación municipal con el visto bueno y las fechas del SIMAT. REQUISITOS DE MATRICULA (estudiantes nuevos)

1. Igual cumplimiento de los requisitos de admisión. REQUISITOS DE MATRICULA (estudiantes antiguos)

1. Actualizar algunos documentos que hayan perdido vigencia 2. Firma de renovación de matricula 3. Para diligenciar la renovación de matrícula, se debe presentar tanto el educando como padre, madre y / o acudiente en la hora y fecha establecida MATRICULA CON COMPROMISO ACADEMICO Y / O DISCIPLINARIO


Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.