Superservicios
Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios
Manual de Comités de Desarrollo y Control Social
Serie participación ciudadana y control social a los servicios públicos
Requisitos para conformar el Comité de Desarrollo y Control Social Los ciudadanos que estén interesados en conformar el Comité de Desarrollo y Control Social deben convocar a una asamblea con el fin de constituirlo. ¿Qué se debe hacer para realizar la Asamblea Constitutiva? Invitar a la ciudadanía La convocatoria a la Asamblea Constitutiva debe hacerse por lo menos diez días hábiles antes de la reunión, indicando claramente fecha, hora y lugar (ver anexos). Es fundamental efectuar la convocatoria a través de medios que sean de amplia difusión en el municipio, de tal manera que la invitación sea conocida por todos, para así garantizar una amplia participación. La Asamblea debe reunirse estrictamente en la fecha, hora y lugar determinados en la convocatoria. Puede hacer comunicación:
uso
de
los
siguientes
medios
de
• Emisoras comunitarias. • Prensa local. • Perifoneo. • Organismos de participación u organizaciones no gubernamentales –ONG que existan en el municipio–. • Volantes informativos.
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