INFORME DE EVALUACIÓN DE LA EXPERIENCIA PILOTO DE PATROCINIO COMUNITARIO AUZOLANA I

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se podría proceder a un proceso de selección de entidades colaboradoras abierto, con unos requisitos exigibles, el requerimiento de planes de trabajo detallados de asentamiento y la información pertinente, y proceder a la selección de las entidades con baremos transparentes de adecuación y pertinencia. Los instrumentos de coordinación han funcionado correctamente, y han pivotado especialmente en la colaboración y diálogo entre la ahora desaparecida Secretaría General de Derechos Humanos, Convivencia y Cooperación del Gobierno Vasco (a quien da continuidad la Dirección de Migración y Asilo) y la Dirección General de Integración y Atención Humanitaria de la Secretaría de Estado de Migraciones del actual Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Cabe mencionar que el Gobierno Vasco también ha mantenido una comunicación fluida y constante de carácter bilateral con las entidades titulares de proyecto, así como con el gobierno central. Esta dinámica de interrelación parece poco probable que pueda garantizarse en un escenario en el que haya más experiencias de patrocinio comunitario en marcha, por lo que se deberían reforzar las unidades administrativas y los circuitos de comunicación en caso de ampliar la experiencia. Si bien no es necesario que las entidades patrocinadoras estén obligadas al seguimiento del Manual de Gestión del Sistema de Acogida General, sí lo es, como se ha hecho en Auzolana II, garantizar que cumplan los mínimos requeridos en el mismo. De este modo, se intenta limitar las desigualdades en el acceso a servicios y prestaciones para las personas atendidas en uno u otro sistema. La elaboración de un manual propio para las entidades patrocinadoras, siguiendo modelos existentes en otros países, puede ser un buen mecanismo para garantizar que, más allá de la experiencia piloto, se mantengan unos niveles comparables de atención, prestaciones y servicios para las personas refugiadas. La experiencia de Auzolana II contempla el apoyo y seguimiento de las familias refugiadas durante un periodo de dos años, hasta alcanzar su plena autonomía. El objetivo es facilitar que las familias refugiadas se conviertan en autónomas lo antes posible, y que no tengan que salir del sistema de patrocinio comunitario para entrar en el de apoyo a familias vulnerables. Por ello, el desarrollo de programas de acompañamiento para la autonomía y la emancipación del patrocinio comunitario deben integrarse paulatinamente en los instrumentos de integración e inclusión, para facilitar su éxito. Por otro lado, también debe contemplarse las complejidades que pueden darse a lo largo de este proceso. Por ello, deben articularse instrumentos de respuesta para afrontar situaciones imprevistas (como la pandemia de la COVID-19) pero también las dificultades que puedan encontrarse las familias. Así, es imprescindible explorar las posibilidades de apoyo continuado de las familias más allá del programa, bien ampliando el mismo a tres años para facilitar su acceso al mecanismo de Renta de Garantía de Ingresos existente en Euskadi, bien facilitando pasarelas a este sistema para este colectivo en caso de necesidad. El papel de las administraciones locales debe incorporarse desde el inicio del proceso de patrocinio comunitario, porque su intervención puede enriquecer el mismo. Los municipios juegan un papel clave tanto como proveedores de determinados servicios especializados (apoyo laboral, igualdad de género, formación lingüística, actividades lúdicas, etc.) como actor clave para favorecer la sensibilización y participación de la ciudadanía en la acogida a las personas refugiadas.

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EXPERIENCIA PILOTO DE PATROCINIO COMUNITARIO AUZOLANA II


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