Información Básica para las víctimas de accidentes de tráfico www.dgt.es
Información práctica de asistencia a las víctimas de accidentes de tráfico donde han resultado personas heridas o fallecidas, útil y orientada a agilizar y facilitar todos los trámites y acceder a los derechos que correspondan. .¿Cómo actuar en los primeros momentos del accidente? • La asistencia al accidentado durante la primera hora es clave: para ello es necesario contactar inmediatamente con el nº 112 de Emergencias, tanto si el accidente se ha producido en carretera como en ciudad.
¿Qué documentos e informes médicos debo conservar? • Toda víctima que precise asistencia médica u hospitalaria tiene derecho a que le sea facilitado un informe o dictamen médico al recibir el alta hospitalaria o
en el curso del tratamiento médico. Estos informes deberán conservarse para acreditar la entidad de las lesiones sufridas y cuantificar la indemnización que corresponda. • Otros documentos que puedan resultar decisivos para el esclarecimiento de los hechos, así como los datos de las personas presentes en el lugar del hecho y que puedan aportar información sobre el accidente. • Cualquier factura o documento que sirva para acreditar el gasto derivado del accidente. Todo ello, sin perjuicio de las actuaciones judiciales y la información sobre el suceso que conste en el atestado.