Declaración sobre los 12 millones de dólares que recibió campaña de Santos

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0 DIRECCIÓN NACIONAL DE FISCALÍAS UNIDAD NACIONAL DE FISCALÍA PARA LA EXTINCIÓN DEL DERECHO DE DOMINIO Y CONTRA EL LAVADO DE ACTIVOS

FISCALÍA CUARENTA Y DOS Bogotá, D.C., (31) Marzo de Dos Mil Catorce (2.014)

I.- ASUNTO A TRATAR JURÍDICAMENTE: Al despacho las diligencias del radicado en la referencia con el objeto de pronunciarse en derecho, respecto de dar inicio o no a la acción de Extinción del Derecho de Dominio, sobre diversos bienes inmuebles de propiedad de JAVIER ANTONIO CALLE SERNA los cuales se encuentran a nombre de terceras personas que prestaron su concurso para que figurasen a su favor; todo ello, conforme a lo previsto en el numeral 1° del artículo 13 de la Ley 793 de 2.002.

II.- ASPECTOS PROCESALES PREVIOS: Mediante resolución No. 0- 3517 del dieciséis (16) de septiembre de 2005 proferida por el despacho del señor Fiscal General de la Nación, se asignan a esta Unidad Nacional las diligencias sometidas a reparto a prevención y radicadas bajo el No. 3106 ED, derivado de la documentación remitida por parte de la Fiscalía Séptima adscrita a esta Unidad mediante oficio No. 10052-F7 L.A. del veintinueve (29) de Agosto de 2.005, con el cual se remite la COMPULSACIÓN DE COPIAS dispuesta dentro del Radicado No. 2428 –LA, con el fin de que se estudie la viabilidad de dar inicio al trámite de extinción de dominio sobre los bienes que se encuentren ubicados en el departamento del Valle, principalmente y aparezcan registrados a nombre del señor LUIS ENRIQUE CALLE SERNA alias “ El combatiente” y /o los miembros de su grupo familiar entre los que incluía al señor JAVIER ANTONIO CALLE

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