Rev Merrcantil

Page 1

Revista Mercantil

Sociedad Anónima y Sociedad de Sociedad Anónima y Sociedad de Sociedad Anónima y Sociedad de

Responsabilidad Limitada. Responsabilidad Limitada. Responsabilidad Limitada.

Titulos Valores. Titulos Valores. Titulos Valores.

Sociedad anónima

Órganos de la S.A.

Titulos valores

Letra de Cambio

Cheque

Pagaré

Pag 2

Pag 3

Pag 4

Pag 6

Pag 8

Pag 10

Índice

Sociedad Anónima

La sociedad anónima es aquella sociedad mercantil cuyos titulares lo pueden ser en virtud de una acción en el capital social a través de títulos o acciones

Conforme nuestro Código de Comercio, en su artículo 90.

Para crear una S.A. se deben contar con 2 socios y que cada uno suscriba al menos una accion al momento de su constitución, pues de reducirse a menos de dos el número de socios, automáticamente entraría en una causal de disolución.

Como se caracteriza la S.A:

a) La existencia bajo una denominación social

b) La existencia de un capital fundacional dividido en acciones

c) La responsabilidad limitada de los socios.

Además de la escritura de constitución que en suma contiene las declaraciones de voluntad contractuales, están LOS ESTATUTOS. Los Estatutos son los lineamientos y normativa por los que se regira la empresa

CLASIFICACIONDELASACCIONES

*PorlaformadeCirculación:

~Nominativas

~AlPortador

*Porlosderechosqueconfiere:

~Ordinarias

~Privilegiadas

Órganos de la Sociedad

La Asamblea de accionistas es el Órgano supremo de la sociedad, la asamblea ordinaria debe reunirse al menos 1 vez al año

Art. 166.- Las Asambleas Generales de Accionistas pueden ser:

Ordinarias

Extraordinarias, pueden reunirse en cualquier tiempo para tratar sobre: modificacion de la escritura social o para otros temas que la ley o la escritura lo exija.

Constitutivas, es aquella que se celebra por los socios fundadores de la sociedad. Especiales, la competencia de la asamblea especial se circunscribe a otorgar el consentimiento o aprobación de las resoluciones de la asamblea general que perjudiquen los derechos de una clase o categoría determinada

QUORUM DE PRESENCIA O INSTALACION

1era.Convocatoria

¿Cuándo se considera una Asamblea Ordinaria legalmente reunida?

Cuando estén representadas, por lo menos, la mitad de las acciones que tengan derecho a votar (Art. 185).

¿Cuándo se considera una Asamblea ExtraOrdinaria legalmente reunida?

Salvo que Escritura Social fije una mayoría mas elevada, deberá por lo menos las ¾ partes de las acciones que tengan derecho a votar.

1. 2. 3. 4.

Los Titulos Valores

es aquel documento necesario para ejercer el derecho literal y autónomo expresado en el mismo título

El tenedor de un título tiene la obligación de exhibirlo para ejercitar el derecho que en él se consigna.

Cuando sea pagado, debe restituirlo Si es pagado solo parcialmente o en lo accesorio, debe hacer mención del pago en el título En los casos de robo, debe hacer mención del pago en el título.

Todo título valor posee como características esenciales: incorporación, legitimación, literalidad y autonomía o abstracción; para el caso en concreto la característica de autonomía o abstracción; consiste en que el derecho que incorpora el título valor es autónomo e independiente de la relación causal que le dio origen

Y de igual manera, cada acto cambiario es independiente de todos los actos que le preceden y de todos los que le sigan.

Es decir, que con base a la abstracción del título valor, por regla general el demandado no puede invocar ninguna excepción basada en la relación fundamental que fue causa de la creación del título valor.

Pagaré

Letra de Cambio Cheque

DISTINCIÓN ENTRE LA RELACIÓN CAUSAL Y LA RELACIÓN CAMBIARIA

"De lo dicho, es importante hacer una distinción entre lo que es una relación causal y una relación cambiaria. Todo título valor se emite por existir una relación jurídica previa a él, que es la relación jurídica causal, porque si ella no existiere el título valor no se hubiera emitido; por otra parte la relación jurídica cambiaria, es la relación jurídica nacida de la emisión del título valor, que en cierto modo sustituye a la relación causal, aunque dicha afirmación tiene excepciones

Cheque de Viajero

Accion

Letra de Cambio

Una letra de cambio es un documento mercantil que garantiza que una persona pagará a otra una cantidad de dinero en una fecha determinada.

En concreto, la letra de cambio se define como un título escrito por el cual una persona, denominada librador, ordena a otra, el denominado librado o deudor, el pago de una suma de dinero en una determinada fecha de vencimiento.

El pago de la letra puede realizarse al propio librador o a un tercero, llamado beneficiario o tomador, a quien el librador ha transmitido (o endosado) la letra de cambio.

Por tanto, en una letra de cambio intervienen las siguientes figuras:

El librador: quien emite la letra de cambio y da la orden de pago.

El librado: quien se compromete a pagar la letra de cambio Para ello deberá firmarla, quedando de este modo obligado al pago.

El beneficiario, tomador, portador o tenedor: la persona que recibe el dinero

¿Quién interviene en una letra de cambio?

En el funcionamiento de la letra de cambio también pueden intervenir las siguientes personas:

El endosante: quien endosa o transmite la letra de cambio a un tercero

El endosatario: aquel en cuyo favor se endosa la letra.

El avalista: quien garantiza el pago de la letra.

Cómo rellenar una letra de cambio

Para rellenar una letra de cambio se deben incluir los siguientes apartados:

El lugar y la fecha de emisión de la letra.

La orden de pagar una suma determinada, con la cantidad indicada en letras y en cifras.

La fecha de vencimiento.

El lugar de pago

El nombre y dirección del librado.

El nombre del beneficiario o tomador.

La firma, nombre y dirección del librador.

El acepto, fecha de aceptación y firma del aceptante

Cheque

Un título-valor que contiene una promesa de pago del librador en favor de una persona determinada o del simple portador del título, que pretende hacer efectiva a través de la orden o mandato de pago que da a su banco en base al contrato previo y a la disponibilidad monetaria que en él mantiene.

Contenido del Cheque:

•La denominación del cheque, inserta en el texto del documento

•El lugar y la fecha en que se expide

•La orden incondicional de pagar una suma determinada de dinero.

•El nombre de la institución de crédito librada

•El lugar de pago

La firma del librador

•Cuando un cheque no se es presentado o exigido en el tiempo y forma que exige el Código de comercio caducarán:

•Las Acciones de regreso del ultimo tenedor contra los endosantes o avalistas.

•Las Acciones de regreso de los endosantes o avalistas entre sí.

•La Acción contra el librador y contra sus avalistas.

•.El librador no puede alegar un pago hecho por el librado por motivo de alteración en la cantidad o falsificación de la firma, si el librado a dado lugar a ellas por su culpa.

El librador sólo podrá objetar el pago cuando se haya hecho en el esqueleto proporcionado, y si la alteración o falsificación fuera notoria, o si ha perdido el esqueleto o talonario y haya notificado al librado.

Pagaré

El pagaré es un título-valor que contiene la promesa pura y simple de pagar una cantidad de dinero a favor o a la orden de persona determinada.

El Código de Comercio señala los siguientes:

•La mención de ser pagare inserta en el documento.

•La Promesa incondicional de pagar una suma determinada de dinero.

•El nombre de la persona a quien deba hacerse el pago

•La época y el lugar de pago.

•La fecha y el lugar donde se suscribe el documento.

La firma del suscriptor

•Si el pagare no menciona la fecha de su vencimiento, se considerará pagadero a la vista;

Si no menciona el lugar de pago, se tendrá como tal el domicilio de que lo suscribe.

Sujetos del Pagaré

El «firmante» o «librado»: persona que emite el pagaré y se obliga a pagar la cantidad consignada en el mismo.

El «beneficiario» (también llamado «tomador» o «tenedor» del pagaré): es aquél que tiene en su poder el pagaré y, por tanto, la persona a la que se le deberá pagar la deuda

Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.
Rev Merrcantil by bert criau - Issuu