Doctrina y ciencia policial 4ta. Parte Benedicto Jimenez

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1 ............................................................................................................. ¡ERROR! MARCADOR NO DEFINIDO. CAPÍTULO 12 3
2 FINALIDAD DE LA DOCTRINA POLICIAL 3 LA CULTURA ORGANIZACIONAL DE LA PNP 5 .............................................................................................................................................................. 5 CUADRO 20.- LA CULTURA ORGANIZACIONAL 5 ................................................................................................................................................................... 9 CAPÍTULO 13 .............................................................................................................................................. 9 METODOLOGÍA DE LA DOGMÁTICA POLICIAL 9 EJEMPLOS DE MÉTODOS EN LA CIENCIA POLICIAL .............................................................................................. 11 El método de investigación científica 11 El método de investigación policial .................................................................................................. 13 El método de investigación criminal o del delito 13 EL método de Investigación Clásico o Tradicional. .................................................................................. 14 Fase redacción: Informe Policial (Art. 332. incisos 1 y 2 CPP-2204)........................................................ 18 El método de investigación criminal acorde con el CPP-2014 19 El método de inteligencia operativa policial 29 El método de la criminalística 34 El método de investigación de accidentes de tránsito 37 El método de la Medicina Legal 40 ................................................................................................................................................................. 42 ................................................................................................................................................................. 43 CAPÍTULO 14 ............................................................................................................................................ 44 LA POLICÍA COMO ORGANIZACIÓN O ESTRUCTURA 44 Niveles jerárquicos de la organización policial ................................................................................. 47

Capítulo 12

Finalidad de la doctrina policial

EL 15 de octubre 2017 se promulgó el Reglamento de la Ley de la Policía Nacional (Decreto Legislativo N° 1267 del 16 de diciembre 2016) mediante Decreto Supremo N° 026-2017- IN y en su artículo 97 se menciona que la Escuela Nacional de Formación Profesional Policial1 es el órgano de apoyo policial de gestión educativa, responsable de organizar, impartir, evaluar y certificar la formación profesional del personal de la Policía Nacional del Perú, contando con autonomía académica, normativa y administrativa; depende de la Dirección General, ahora denominado, Comandancia General de la PNP2

En el inciso 8° del mismo artículo se menciona que entre la funciones de la Escuela Nacional de Formación Profesional está: “Velar por el desarrollo de la Ciencia Policial, así como difundir y consolidar la doctrina que la sustenta como elemento integrador para la pertenencia institucional a la Policía Nacional del Perú, en el marco de la Constitución y las leyes” .

De este artículo (97. 8) del Reglamento de la Ley de la Policía Nacional se desprende, no solo la doctrina y ciencia policial sino también la finalidad de la doctrina policial (elemento integrador para la pertenencia institucional a la Policía Nacional del Perú), lo que también se conoce como “cultura organizacional”, pero no en todo su significado y alcance, porque el mismo Artículo 97.8 del Reglamento de la Ley de la PNP deja entrever que el desarrollo de ciencia policial y la difusión y consolidación de la doctrina que sustenta la ciencia policial debe realizarse y en enmarcarse dentro de la Constitución Política, el respeto de los derechos humanos con la finalidad de alcanzar la eficacia y eficiencia en el servicio policial.

Tomando en cuenta que toda doctrina – la doctrina policial no es la excepciónpersigue una finalidad concreta y aspira un ideal, profundicemos un poco más sobre la finalidad de la doctrina policial peruana.

¿Es solo el elemento integrador para la pertenencia institucional o la cultura organizacional o tiene un mayor ámbito o alcance?

Toda doctrina se sustenta y desarrolla una teoría, pero la más importante es que la teoría debe ser probada en la práctica, su fuente es la experiencia y debe tener fines prácticos y su única justificación es la utilidad

La doctrina requiere de un sistema de conducta mediante el cual el hombre adquiere el dominio de su medio ambiente.

1 Decreto Legislativo N° 1267 del 16/12/2016 - Órganos de administración interna.- Órganos de Apoyo Policial.- Son aquellos que cumplen actividades de apoyo en materia de asuntos internacionales, cooperación policial internacional, aviación policial, criminalística, inteligencia, formación profesional, doctrina y sanidad, para el ejercicio eficiente y oportuno de la función policial.

2 Decreto Supremo N° 011-2019-IN del 31 de mayo 219 que modifica los artículos 7° (Comandante General de la PNP en vez de Director General ) y 208 (micro regiones ) del Reglamento de la Ley de la Policía Nacional.

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Para adquirí ese dominio del medio social en que se desenvuelve la doctrina policial requiere de una ciencia útil y práctica. La ciencia no es sólo para conocer el mundo sino debe tener una utilidad: servir para transformar la realidad; transformarla de acuerdo a sus intereses para convertirla en tecnología Ejemplo, super conductores que generen una mínima resistencia.

La aplicación práctica de la ciencia policial que desarrolla la doctrina policial peruana es la tecnología policial. Por ejemplo, una aplicación de esta tecnología sería el diseño y construcción de patrulleros areneros para utilizarlos en algunas zonas de asentamientos humanos en donde predomina la arena.

Por lo que la ciencia es un modo de conocimiento constituido por un conjunto de enunciados sistemáticamente ordenados, expresados en un lenguaje formalizados y que deben ser verificados por la observación y el experimento.

Cuando el Artículo 97.8 del Reglamento de la Ley de la PNP deja entrever que la finalidad de la doctrina policial es constituirse como elemento integrador para la pertenencia institucional a la Policía Nacional del Perú, se está refiriendo a la cultura organizacional, pero, reitero, no abarca todo el abanico que comprende la finalidad de la doctrina policial por lo que enumeraré una lista de lo que se puede considerar como tal:

1. Consolidar la cultura organizacional (creencias, valores, comportamientos comunes, etc.)

2. Desarrollar y perfeccionar la ciencia y técnica policial

3. Promover el respeto de los derechos humanos.

4. Lograr la eficiencia y eficacia en el servicio policial

5. Descubrir las tendencias que presiden la dinámica del proceso institucional

6. Clarificar la confusión sobre la esencia y naturaleza de la policía tomando en cuenta la realidad cultural e histórica.

7. Construir la propia trama de categorías, conceptos, principios y valores institucionales fundamentales

8. Desarrollar las distintas metodologías que utiliza la policía en el cumplimiento de sus funciones para solucionar su problemática en el uso adecuado de las distintas especialidades y disciplina que integran la ciencia policial.

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La cultura organizacional de la PNP

¿Qué es la cultura organizacional ?

La cultura organizacional se puede entender como la suma de todas las conductas de las personas que forman parte de la organización , es un conjunto de procedimientos, creencias y valores que facilitan la forma correcta de hacer las cosas y cumplir con los propósitos en la misma

Es un conjunto de valores compartidos por todos , las creencias y valores que facilita la forma correcta de percibir , pensar y sentir para un verdadero mejoramiento de la organización

El concepto de cultura organizacional atraviesa todo el sistema organizacional de la PNP y se traduce en el quehacer policial cotidiano , es decir, en las relaciones que establecer los ciudadanos y la policía y los policías entre sí

La situación actual de la cultura organizacional de la Policía Nacional depende en gran parte de la presencia de varios factores culturales, internos, y derivados principalmente del proceso de integración que lleva más de 30 años .

La cultura organizacional es también considerada como un conjunto de valores compartidos por todos los miembros de la organización

La naturaleza actual de las relaciones humanas , tanto en sus fortalezas como en sus debilidades en la PNP y con su entorno, influye en la cultura organizacional y , por ende, en la calidad del servicio policial que se brinda a la sociedad .

Cuadro 20.- La cultura organizacional

Pero de todas estas finalidades, el principal reto que tiene la doctrina policial es coadyuvar para que se consolide la cultura organizacional de la Policía Nacional, creada el 6 de diciembre de 1988 con la promulgación de la Ley N° 24949 que modificó los artículos pertinentes de la Constitución Política, integrando a las tres ex instituciones (ex GC, ex PIP y ex GR), que formaban en esos momentos las fuerzas policiales, en una sola (La Policía Nacional), naciendo desde ese momento una nueva cultura organizacional.

La cultura organizacional es la suma de todas las conductas de las personas que forman parte de la organización, conjunto de procedimientos, creencias y valores que facilitan la forma correcta de hacer las cosas y cumplir con los propósitos en la misma.

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Es un conjunto de valores compartidos por todos, las creencias y valores que facilita la forma correcta de percibir, pensar y sentir para un verdadero mejoramiento de la organización.

Es una proposición acerca de cómo funciona el mundo cognoscitivo conductual de las personas y que es aceptado como verdadero por sus integrantes

El concepto de cultura organizacional atraviesa todo el sistema organizacional de la PNP y se traduce en el quehacer policial cotidiano, es decir, en las relaciones que establecer los ciudadanos y la policía y los policías entre sí.

La situación actual de la cultura organizacional de la Policía Nacional depende en gran parte de la presencia de varios factores culturales, internos, y derivados principalmente del proceso de integración que lleva más de 30 años.

La cultura organizacional es también considerada como un conjunto de valores compartidos por todos los miembros de la organización

La naturaleza actual de las relaciones humanas, tanto en sus fortalezas como en sus debilidades en la PNP y con su entorno, influye en la cultura organizacional y, por ende, en la calidad del servicio policial que se brinda a la sociedad

William Ouchi 3 considera tres niveles en la cultura organizacional: artefactos (comportamientos), creencias (modelos) y los valores (gustos)

Primer nivel - Los artefactos o comportamientos son las conductas observadas por las poblaciones – en nuestro caso los miembros de la PNP- tanto la expresión verbal y no verbal que adoptan los jefes y líderes en el momento de conducir la organización, así como el comportamiento del personal en base a actitudes y conductas

En la policía existe un lenguaje especializado conocido como “metalenguaje”, un lenguaje dentro de un lenguaje y su objetivo es lógico y permite que cada profesión desarrolle un vocabulario propio que permita condensar conceptos de forma eficiente y facilite la transferencia de información.

Segundo nivel: Está formado por las creencias o modelos de los miembros de una institución que provienen de la interacción de las personas con los problemas, por ejemplo, ¿cómo solucionan los problemas?

Casi siempre están basadas en modelos de comportamiento de causa y efecto que aprende la gente en el tiempo. Por ejemplo, se hace cultura organizacional cuando la VII Región Policial logra controlar y reducir las pandillas juveniles en los asentamientos humanos. Esta experiencia es aprendida y hace asumir conductas peculiares Todos aprenden en cada instante sobre ciertas formas de cómo hacer las cosas o solucionar los problemas en una organización.

3 William Ouchi, experto norteamericano en administración, hijo de padres japoneses, escribe en 1981 su libro sobre lo que él llama la Teoría Z: cómo pueden las empresas norteamericanas enfrentar el desafío japonés. Ouchi hizo un estudio comparativo entre la cultura empresarial japonesa y norteamericana. Cuando decimos que una empresa tiene una cultura, nos referimos a que en la misma existe una escala de valores, creencias y actitudes: un comportamiento organizacional. En este sentido, Ouchi estableció que las técnicas japonesas de administración también sirven fuera del Japón.

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Ejemplo de creencia: “salir adelante engañando el sistema y triunfar” o “pensar que todo ascenso de hace contando con un padrino” Indudablemente que estas creencias no son las mejores, pero se presenta en muchas organizaciones, así como otra creencia es la siguiente: “para acabar con la delincuencia se debe acabar a los delincuentes”, que no es recomendable porque se comete abuso de autoridad e incurrir en una conducta delictiva.

Tercer nivel: son los valores. Tiene su origen en el nivel más profundo de una cultura y son muy importantes en toda organización porque contribuye a fortalecer la autoestima, tanto personal como organizacional, y determinan de manera especial las políticas de comportamiento

Los valores vienen a ser una expresión ética de máxima categoría en un medio social, son susceptibles de estructurar una escala axiológica y su práctica es la base del progreso material y espiritual de las personas y de los pueblos en la constante búsqueda del perfeccionamiento y la felicidad.

Al integrarse las antiguas instituciones policial en la nueva estructura de la PNP, no solo significó la reunificación funcional sino una conjunción de valores, creencias, pautas de comportamiento, simbologías, etc. que constituyen la esencia de la espiritualidad y de la identificación y de la nueva cultura organizacional que se supone debe consolidarse cuando se vayan todos los códigos (miembros de las ex instituciones) y los miembros de la PNP se hagan cargo de la institución

La doctrina policial debe consolidar esta nueva cultura organizacional

No obstante que han pasado 32 años desde la “integración policial” (6 de diciembre 1988) aún se aprecia que persiste en la opinión de un porcentaje significativo de miembros de la PNP que no se ha llegado a consolidar la cultura organizacional de la Policía Nacional debido a que la llamada “integración policial “, se realizó con un criterio político, antes que técnico y profesional.

Esto hace imperativo desarrollar una cultura organizacional de excelencia buscando la calidad personal como base de la calidad total Y, que mejor labor que hacerlo a través de la doctrina policial cuando los PNP se hagan cargo de la institución policial con sus propia creencias, costumbres y paradigmas.

Por ahora, el sistema de valores y creencias que proviene de la interacción de los policías para solucionar los problemas de su competencia profesional y que se basan en modelos de comportamiento, se debe difundir en toda la institución, rescatando lo positivo, proporcionando una enorme base de valores compartidos y seguridad personal para todos sus mambos.

Por ejemplo, ¿qué pasaría si en la PNP viviéramos y trabajáramos dentro de culturas con visión compartida y acuerdos responsables donde el principio primero investigar y luego detener fuera un modo de interactuar?

Tendría que revisarse la metodología de la investigación criminal, evaluar los procedimientos, logar la especialización en ramas del conocimiento como la inteligencia operativa policial, la investigación criminal y la criminalística para

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Procedimientos creencias valores que facilitan la forma correcta de hacer las cosas dentro de los propósitos de una organización

Conjunto de condiciones c rcunstancias y perspectivas dentro de cuya d vers dad se desenvue ve la vida de las sociedad humanas

Cultura organizacional

Creencias , usos, costumbres, actitudes , conductas , valores

CULTURA ORGANIZACIONL DE LA PNP

TRES NIVELES (William Ouchi) PUBLICO

REALIDAD SOCIAL

COMPORTAMIENTOS

Actitudes, conductas

Conjunto de valores y creencias compartidas por los miembros de la institución

Conducta observadla procedimientos métodos de trabajo, sistema de carrera, bienestar, seguridad

Cultura organizacional

Ex GC

Creencias , usos, costumbres, actitudes , conductas , valores

Ex PIP

CREENCIAS ( Modelos)

Provienen de la interacción de las personas y de la forma cómo solucionan sus problemas Se basan en modelos de comportamientos de causa/efecto ¿Cómo hacer las cosas en la organización ?

VALORES ( Gustos)

Contribuyen a fortalecer la autoestima, la cohesión, y determinan la política de comportamiento : honestidad, honradez, justicia, lealtad, espíritu de cuerpo

Ex GR

Cultura organizacional

Creencias , usos, costumbres, actitudes , conductas , valores

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recuperar el rol de la policía como titular de la investigación criminal que se ha perdido con la dación del Nuevo Código Procesal Penal.

1 “Orientación del servicio” hacia las necesidades y exigencias del usuario

CONDICIONES BASICAS QUE DEBEN EXISTIR PARA QUE SE DE UNA CULTURA ORGANIZACIONAL DE EXCELENCIA

Comportamientos

ACTITUDES /CONDUCTAS

VISION

2 Creencias o modelos compartidos hacia un propósito común

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· Balance : resultado, capacidad y medios ( R/CM)

CREENCIAS ( Modelos)

Provienen de la interacción de las personas y de la forma cómo solucionan sus problemas Se basan en modelos de comportamientos de causa/efecto ¿Cómo hacer las cosas en la organización ?

VALORES ( Gustos)

Contribuyen a fortalecer la autoestima, la cohesión, y determinan la política de comportamiento : honestidad, honradez, justicia, lealtad, espíritu de cuerpo

Cuadros 21.- niveles y actitudes de la cultura organizacional.

Capítulo 13

Metodología de la dogmática policial

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· Precisión de principios y valores expresados y traducidos en una normatividad o en folletos

· Ampliamente conocidos y suficientemente comprendidos

La metodología es parte de la lógica que estudia los métodos o conjunto de métodos que se sigue en una investigación científica, un estudio o una exposición doctrinal.

La metodología de la investigación es una disciplina de conocimiento encargada de elaborar, definir y sistematizar el conjunto de técnicas, métodos y procedimientos que se deben seguir durante el desarrollo de un proceso de investigación para la producción de conocimiento.

La metodología enseña a adquirir o descubrir nuevos conocimientos.4

La metodología es una de las etapas específicas de un trabajo o proyecto que parte de una posición teórica y conduce una selección de técnicas concretas (o métodos) acerca del procedimiento destinado a la realización de tareas vinculadas a la investigación, el trabajo o el proyecto.

4 Taquechez Madero, Orlando: “Metodología para la crítica del Ballet”.- Universidad de Panamá.Departamento de Expresiones Artísticas.

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La metodología es una disciplina del pensamiento y la expresión que lejos de mecanizar la mene, la estimula y la habitúa para buscar problemas nuevos tratando de ver lo antiguo desde nuevas perspectivas.5

El método6 sólo se convierte en método científico de investigación cuando al plantearlo se observa el principio de interacción entre las inferencias con las interrogantes iniciales y el análisis de las relaciones y significados principales como tesis fundamentales de la teoría científica.

Con otras palabras, las bases de la teoría científica son el mismo tiempo los principios metodológicos de la investigación científica

El método 7es una serie ordenada de los medios con los que el hombre busca la verdad y tiene que estar adoptado a la ciencia que se investiga.

No solo existe un método policial sino varios métodos policiales y los métodos necesarios son aquellos que aparecen como propio de cada una de las disciplinas que integran la ciencia policial, según el momento del conocer y los puntos de mira

Los nuevos desafíos de la criminalidad (criminalidad organizada y bandas criminales) exige el cambio operacional en la investigación del delito rompiendo los moldes tradicionales; más aún que el nuevo modelo procesal penal le encomienda la conducción de la investigación del delito al Ministerio Público por lo cual, en estos momentos la necesidad de mejorar la especialización en la investigación del delito a través de la aplicación de nuevas técnicas y la aplicación de diversas disciplinas en la investigación del delito hacia el objeto.

El Código Procesal Penal – 2004 define a la policía como un órgano de apoyo de la labor investigativa del Ministerio Público (Articulo 67.2 CPP: los policías que realicen funciones de investigación están obligado a apoyar al Ministerio Público para llevar a cabo la investigación preparatoria)

Los actos de investigación con la aplicación del CPP- 2004, exige el cumplimiento de presupuestos para que tengan validez legal por lo que resultan sumamente especializadas en la búsqueda de pruebas como la videovigilancia (Artículo 207 - Presupuestos y ejecución) y la intervención de comunicaciones y telecomunicaciones (Art. 230 y 231 del CPP), la infiltración de agentes

5 Pardinas, Felipe: “Metodología y técnicas de investigación en las ciencias sociales”, La Habana, 1971, Pág. 2

6 Cuatro reglas de la investigación en el Discurso del Método de René Descartes: 1.- No admitir jamás como verdad lo que no aparezca con toda seguridad como tal, evitando así tanto la precipitación como la prevención; 2. Dividir las dificultades en tantas partes como sea posible, a fin de poderlas resolver mejor - 3. Dirigir ordenadamente las indagaciones empezando por los hechos más simples y claros para alcanzar gradualmente los más complejos y oscuros -4. Enumerar los hechos sin artificiosas eliminaciones y no conformarse jamás con soluciones que no los expliquen todos

7 Método según el Diccionario de la Lengua Española: Modo de decir o hacer con orden un cosa o procedimiento que sigue las ciencias para hallar la verdad y enseñarla En la medicina legal son las normas o reglas que se debe seguir para resolver un problema en sus dos fases: la investigación de la verdad científica y su exposición en un documento

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y preparación previa.

Ejemplos de métodos en la ciencia policial

El método de investigación científica

MÉTODO DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA

I. Planteamiento del problema de investigación

Formulación y definición del problema

Plantear el problema es afinar y estructurar más formalmente la idea de la investigación Un problema correctamente planteado está parcialmente resuelto Criterios para el planteamiento de un problema :

· Expresar una relación entre dos o más variables

· Debe formularse sin ambigüedad y como pregunta

· El planteamiento implica la posibilidad de una prueba empírica Los elementos del planteamiento del problema de la investigación son tres : las preguntas de la investigación, lo objetivos que se persigue y la justificación del estudio

Enunciado del problema

La teoría de inteligencia operativa policial fue la clave para capturar a los dirigentes de SL y del MRTA entre los años 1990-1995, pero fue elaborada y aplicada por policías para trabajar en la capital o las ciudades No fue desarrollada , comprobada, aplicada y sometida a prueba en otros contextos , principalmente el campo, donde vienen accionando las organizaciones terroristas Entonces el problema que se presenta es l siguiente : ¿Cómo desarrollar y aplicar la teoría de inteligencia operativa policial en la Dincote tomando en cuenta el nuevo escenario de la lucha antiterrorista para neutralizar el accionar terrorista , coadyuvando de esta manera a consolidar la pacificación nacional en el quinquenio 2020- 2025

Objetivos de la investigación

Los objetivos son las guías del estudio y en todo momento se deben tomar en centa , deben ser congruentes entre sí

- Objetivo General

- Objetivo Específico

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encubiertos, la remesa controlada; técnicas y operaciones cuya aplicación exige experiencia

II Justificación de la investigación

La viabilidad o factibilidad

¿Puede llevarse a cabo la investigación?

¿Cuánto tiempo demandará?

Consecuencias de la investigación

Criterios para evaluar el valor potencial de una investigación : conveniencia, relevancia social , implicaciones prácticas , valor técnico , utilidad metodológica

III. Marco-teórico conceptual

Antecedentes del problema

Bases teóricas

Definición de términos

IV. Formulación de hipótesis de investigación

Hipótesis

Conjetura , suposición, son las guías que nos lleva a la solución del problema de investigación , pueden haber uno o más hipótesis

Son proposiciones tentativas acerca de las relaciones entre dos o más variables y se apoyan en conocimientos organizados y sistematizadas

Son proposiciones sujetas a comprobación empírica y verificación en la realidad

Una variable es una propiedad que puede variar ( adquirir diversos valores) y cuya valoraciones susceptible de medirse

La hipótesis por lo regular surgen de los objetivos de investigación y de la problematización

Pueden ser globales y derivadas

Variables

Primer categoría

Segunda categoría

Tercera categoría

Indicaciones

Para la primera categoría

Para la segunda categoría

Para la tercera categoría

V Recolección análisis y presentación de datos

Seleccionar, aplicar y preparar las mediciones obtenidas ( codificación de datos)de un instrumento de medición

Análisis de los datos

Presentación de resultados

Una vez que se seleccionó el diseño de la investigación apropiada, la muestra de acuerdo a nuestro problema de estudio o hipótesis , viene la recolección de datos que comprende tres actividades relacionadas entre sí

El análisis se hace sobre la matriz de datos utilizando un programa de computadoras

VI. Conclusiones y recomendaciones

Debe comprender recomendaciones específicas para la implementación de la estrategia ( normas , organización y presupuesto )

VII Propuestas de estrategia

Para resolver la problemática analizada

Anexos

Cuadro general de toda la investigación

Bibliografía

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Cuadro 22.- Método de investigación científica

El método de investigación policial

Son las diligencias necesarias para comprobar la existencia del delito y la falta que existen en el medio social donde se desenvuelve la policía

No es igual investigación policial que investigación criminal (delitos).

El primero se genera alrededor de los delitos y las faltas ( todo esto comprende el mundo criminógeno en que se desenvuelve la doctrina policial y es competencia de la función policial)

La investigación policial tiende a identificar individualmente a los delincuentes, infractores y recoge todos los efectos o pruebas del hecho para ponerlos a disposición de la autoridad competente y se genera alrededor del delito cometido que viene a ser el problema a partir del cual se generan las diversas preguntas: ¿Cómo? ¿Dónde? ¿Cuándo? ¿Quién? ¿Por qué? (móvil o motivo8).

El método de investigación criminal espera que la Ciencia Policial lo desarrolle y profundice en su metodología y alcance acorde con el Código Procesal Penal2204.

El método de investigación criminal o del delito9 Como característica general de toda doctrina se ha mencionado que toda doctrina – la doctrina policial no es la excepción – requiere de una metodología u ordenamiento sistemático de métodos o procedimientos que requiere el programa para alcanzar un fin propuesto.

También hemos mencionado que toda ciencia para ser tal requiere tres elementos básicos: sistema (conjunto de reglas y principios sobre la materia e interrelaciones), objeto de estudio (es la policía como institución y estructura, estudiada desde distintos enfoques como la realidad cultural, histórico, jurídico, semántico, finalista y axiológico) y método (conocimientos metódicos o modos de conocer)

Los métodos de la doctrina policial son aquellos que pertenecen a las disciplinas que integran la ciencia policial, según el momento de conocer y los puntos de mira hacia el objeto de policía.

Existe una gama de métodos y cada disciplina tiene su propio método.

8 El móvil es la fuerza motriz, el impulso, la causa psicológica determinante de la acción ¡ Qué causa lo impulsó a cometer tal acción: ¿Qué lo impulsó a actuar de esa manera? El móvil es la causa, consciente o inconsciente, que impulsa a realizar determinada acción. Ejemplo: ferocidad, lucro, odio, venganza. El motivo es la razón que explica el acto, es obviamente consciente: ¿Qué razón tuvo para matarlo? ¿Qué motivo tuvo para cometer dicha acción? El motivo es la causa consciente, el móvil es el impulso que puede ser consciente o no.

9 Edmundo Mezger: “el delito es la acción típicamente antijurídica y culpable “. Max Ernesto Mayer: “el delito es un acontecimiento típico, antijurídico e imputable “. Soler: “delito es una acción típicamente antijurídica, culpable o adecuado a una figura legal conforme a las condiciones objetivas de ésta”. Según el Artículo 11 del Código Penal peruano señala que son delitos y faltas las acciones u omisiones dolosas o culposas penadas por ley (concepto formal de delito). En suma, tipicidad, antijuricidad y culpabilidad son las características comunes de todo delito.

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La investigación criminal (conjunto de conocimientos interdisciplinarios integrados para llegar a la verdad relacionada a un fenómeno delictivo)10 tiene su propio método para descubrir la verdad de un hecho criminal.

El plan de investigación criminal debe elaborarse por escrito y se aplican varios procedimientos, observándose en la actualidad dos métodos e investigación criminal: El clásico o tradicional y el moderno acorde con el CPP-2004)

La investigación criminal tiene como características que es continua, organizada, especializada, analítica, metódica y legal.

El objetivo de la investigación criminal (IC)

Consiste en averiguar la circunstancia que rodean la comisión de un hecho (precedentes, concomitantes y posteriores), que sean relevantes para determinar que existe un hecho incriminado, que la conducta incriminada es delictiva y puede ser atribuida a una persona a título de autor o participe (imputación necesaria o concreta) sustentado con indicios concretos o elementos de convicción para que pueda ser denunciada y responda por la comisión de un hecho punible. ¿Qué significa “determinar si la conducta es incriminada”?

Es cuando la conducta o comportamiento humano es delito o reúne los niveles o características del injusto penal (tipicidad y antijuricidad) y culpabilidad)

Según la teoría de la imputación objetiva 11una conducta incriminada es delictuosa o una acción es objetivamente típica, cuando causa un resultado típico (lesión o daño) y jurídicamente se reprocha a una persona como autor o partícipe por la acusación del resultado típico.

EL método de Investigación Clásico o Tradicional.

10 Mayor PNP Luís Alberto Toribio Paulino “Técnicas criminalísticas para la investigación de homicidios” hace mención de López Calvo (Colombia)

11 En los libros titulados DERECHO PENAL -PARTE GENERAL de Helmut Frister11 y MANUAL DEL DERECHO PENAL -Parte General11 de Eugenio Raúl Zaffaroni desarrollan la teoría de la imputación objetiva Este principio de imputación objetiva está relacionado con el Art. VII del Título Preliminar del Código Penal cuando se refiere al principio de responsabilidad penal o culpabilidad 11 (la pena requiere de la responsabilidad o culpabilidad penal del autor), incide en el imperativo de establecer la responsabilidad penal del autor para facilitar la imposición de la pena (Casación N° 311-2012-ICA) queda proscripta toda forma de responsabilidad objetiva) 11 según la antigua máxima del derecho canónico “Versari in re illícita casus imputatus” (si una persona realiza un acto responde por cualquier resultado que devenga de ella ) y el estado interviene solo cundo el miembro de la comunidad actúa culpablemente o se reprocha penalmente su hecho

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FASE DE PLANEAMIENTO Y EJECUCION

INVESTIGACIÓN O AVERIGUACIÓN

Búsqueda u obtención de indicios o elementos probatorios

FORMULACIÓN DE HIPÓTESIS

Suposiciones , conjeturas y probabilidades

DEFINICION DEL PROBLEMA

Afirmación e identificación del hecho cometido , concreción objetiva , existencia de hechos concretos que presentan las características de delito o falta

FASE PRELIMINAR O CONOCIMIENTO DEL HECHO POLICIAL

DILIGENCIAS PRELIMINARES

Art 68 CPP ( vigilar y proteger la escena del crimen , recoger y conservar objetos e instrumentos , identificación física de autores y participantes , recibir declaraciones , toma de fotos , grabaciones en video , etc

COMPROBACIÓN DEL HECHO POLICIAL

CONOCIMIENTO DEL HECHO POLICIAL

Art 67 1 CPP ( por propia iniciativa dando cuenta inmediata al fiscal , realizando diligencias de urgencia e imprescindibles para impedir consecuencias )

1 Buscar datos facticos sobre la existencia del delito

2 Verificar que sean típicos

3 Determinar la procedibilidad de la acción

4 Obtener la individualización e identificación de los autores y partícipes para vincularlos a los hechos ( imputación objetiva

1 Sobre la víctima

2 Sobre los autores y partícipes

3 Sobre las circunstancias delos hechos

4 Sobre el móvil y la finalidad

FASE REDACCION : INFORME POLICIAL Art 332 incisos 1 y 2 CPP ,

Antecedentes que motivaron la intervención , relación de dil gencias efectuadas , análisis de los hechos investigados , absteniéndose de calificarlos jurídicamente y de imputar responsabilidades ( nada de conclusiones ) Se adjunta actas manifestaciones recomendaciones sobre actos de investigación y todo aquello que considere indispensable para el esclarecimiento de la imputación , así como la comprobación del domicil o y los datos personales del imputado

FASE EVALUACIÓN , ANÁLISIS Y SÍNTESIS

Agotada la investigac ón se pasa a la actividad verificadora a través de la evaluación , análisis y síntesis de los elementos probatorios Esta actividad prueba la hipótesis resolviendo sobre la relación sujeto ( s) - objet vo (s ) protagonista del hecho punible

SINTESIS O CONCLUSIONES ( conclusiones imputación policial o criminalística supone un juicio

EVALUACIÓN

Verificación o descarte de las hipótesis

ANALISIS O RAZONAMIENTO

Sobre los indic os y ev dencias del hecho y para determinar la autoría y participación

1 Llegada a la escena del delito

2 Inicio de la investigación

3 Protección de la escena

4 ITC

5 Entrevistas

6 Obtención de indicios y evidencias

7 Cierre y custodia de la escena

Objetivo de la IC

A ver i guar la circunstancias que rodean la comisión de un hecho ( precedentes concomitantes y posteriores ) que sea de importancia para determinar Existe un hecho incriminado , que la conducta incriminada es delictiva y puede ser atribuida a una persona a título de autor o participe ( imputación necesaria o concreta ) sustentado con indicios concretos o elementos de convicción para que pueda ser denunciada y responda por la comisión de un hecho punible

OBJETIVO

1 La afirmación o identificación del hecho objeto de imputación

2 La afirmación de un supuesto penal

3 La afirmación de la conformidad del hecho con un supuesto policial o penal

SUBJETIVO

1 La atribución del hecho a una persona concreta como autor o partícipe

2 La presentación de los indicios concretos o elementos de convicción

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Cuadro 23.- Método clásico de investigación criminal

· Fase preliminar o conocimiento del hecho policial

Esta fase comprende el conocimiento del hecho policial (Art. 67.1 CPP2004) y la comprobación del hecho policial.

La primera puede darse por propia iniciativa dando cuenta inmediata al fiscal, realizando diligencias de urgencia e imprescindibles para impedir consecuencias, mediante llamada telefónica, denuncia, hallazgo de un cadáver, transcripción de otra unidad, flagrancia de delito, etc.

La comprobación del hecho policial

Llegada a la escena del hecho y protección de la misma.

Las diligencias preliminares12

Coordinar con la unidad especializada, ITP, comunicar al MP, ITC, perennización de la escena, acopio de indicios, entrevista a familiares, allegados, entrevista a testigos, cadena de custodia

· Fase de planeación y ejecución

Esta fase comprende:

La definición del problema (airmación e identificación del hecho cometido, concreción objetiva, existencia de hechos concretos que presentan las características de delito o falta)

La formulación de hipótesis (conjeturas y probabilidades sobre la víctima, los autores y partícipes, las circunstancias de los hechos, el móvil13 y la finalidad)

Se empieza la investigación o averiguación para la búsqueda u obtención de indicios o elementos probatorios (buscar datos facticos o indicios o elementos de prueba sobre la existencia del delito)

· Fase de investigación o averiguación

Búsqueda u obtención de indicios o elementos probatorios 14

12 El Art. 68 CPP 2004: vigilar y proteger la escena del crimen, recoger y conservar objetos e instrumentos, identificación física de autores y participantes, recibir declaraciones, toma de fotos, grabaciones en video, etc.

13 El móvil es la fuerza motriz, el impulso, la causa psicológica determinante de la acción ¿Qué causa lo impulsó a realizar la acción? El móvil es la causa, consciente o no, que impulsa al sujeto a realizar determinada acción El indicio de móvil delito se complementa y adquiere con mayor fuerza en elación con la capacidad de delinquir, pues habrá que lograrse tal relación si se establece que no solo el sospecho tenía tal capacidad sino que ha tenido un motivo para perpetrar el hecho delictivo Ejemplo de móvil: lucro, ferocidad que son los móviles del homicidio o asesinato En cambio el motivo es la razón que explica el acto, obviamente consciente En, móvil es la causa que impulsa a actuar, sea consciente o no. ¿Qué razón tuvo para eliminarlo? ¿Qué motivo tuvo para cometer tal acción?

14 Angulo Arana, Pedro.- El Ministerio Público, orígenes, principios, misiones, funciones y facultades, página 209: “Cuando se menciona Principio o Elemento de Prueba se hace referencia a algo concreto y de cierta solidez que obra generando convicción, aunque sin fuerza y solemnidad de la prueba en sí Los principios o elementos de prueba deben ser materiales y más que meros indicios, alude a los que tienen potencia efectiva para probar, aun vez que se ha actuado en la instancia pertinente, es decir, ante el juez y naturalmente, en el juicio oral.

16

Se busca datos fácticos o indicios para acreditar la existencia del delito o para llegar al “cuerpo del delito” 15, verificar que ellos sean típicos, determinar la procedibilidad de la acción, lo que supone la necesidad de establecer cargos determinados y concretos, obtener la identificación y/o individualización de los presuntos autores y partícipes para vincularlos a los hechos determinados indicios16 (imputación objetiva) 17

Se busca datos para acreditar la existencia del delito o el “cuerpo del delito” , verificar que sean típicos, determinar la procedibilidad de la acción, lo que supone la necesidad de establecer cargos determinados y concretos, obtener la individualización e identificación de los autores y partícipes para vincularlos a los hechos (imputación objetiva)

· Fase evaluación, análisis y síntesis

Agotada la investigación se pasa a la actividad verificadora a través de la evaluación, análisis y síntesis de los elementos probatorios

Esta actividad prueba la hipótesis resolviendo sobre la relación sujeto (s)objetivo (s)protagonista del hecho punible.

Comprende:

- Análisis o razonamiento sobre los indicios y evidencias del hecho y para determinar la autoría y participación

- Evaluación, verificación o descarte de las hipótesis.

15 Corpus delicti o in generi -´Está constituido por las cosas sobre las cuales se desarrolló la acción del culpable (la cosa hurtada), el resultado de la conducta criminosa (moneda falsa), la compensación (el dinero recibido por el funcionario sobornado por el sicario), la ganancia dejada por el delito, el producto aún indirecto (dinero obtenido por el ladrón con la venta de la cosa robada), los medios materiales (armas, instrumentos, etc.) destinados para preparar o para cometer el delito. Muchos identifican el cuerpo del delito como el cadáver en un homicidio o con las armas utilizadas para cometer el hecho o con la huella dejada por e autor en el lugar del suceso Esta acepción común tiene algo de verdad, pero no se corresponde con el concepto técnico- jurídico El cuerpo del delito o “corpus delictivo” debe quedar establecido antes de que la culpabilidad del imputado pueda ser demostrado El cuerpo del delito es el “cuerpo del crimen” o la prueba de que efectivamente se ha cometido un delito Es el delito en su aspecto material o en su manifestación externa de los signos o elementos visibles que lo ponen en evidencia. No es el delito en toda su unidad porque el delito contiene elementos internos, espirituales, psicológicos, ni tampoco es el objeto material del delito como sería la víctima del homicidio o el arma con que se cometió el hecho, aunque son elementos del cuerpo del delito que contribuyen a demostrar que se ha cometido un hecho.

16 El indicio es un lógico-crítico por medio del cual, aplicando una regla de la experiencia a un hecho conocido, podemos inferir otro hasta entonces desconocido. Todo hecho conocido que demuestra la existencia de otro desconocido. Los indicios expresan inacabadamente aspectos de la fase subjetiva o fase objetiva de una conducta humana, unidad esencial del delito, en situaciones y circunstancias concretas y singulares de modo, tiempo, lugar, efectos y medios empleados. El indicio debe expresar lo objetivo y lo subjetivo de una conducta humana

17 La teoría de la imputación objetiva se entiende cuando un resultado o hecho típico penalmente relevante se le puede imputar objetivamente a un persona o cuando ha realizado en él, el riesgo jurídicamente no permitido creado por el autor Dicho de otro modo, para la teoría de imputación objetiva, un resultado debe imputarse al autor si se verifica que con sus acción elevó el nivel de riesgo permitido, siendo concretizado dicho riesgo en un resultado que a su vez pertenece al ámbito de protección de la norma penal (CASACION N° 311-2012-ica)

17

- La síntesis o conclusiones. - Imputación policial o criminalística18, supone un juicio sobre lo objetivo (La afirmación o identificación del hecho objeto de imputación, la afirmación de un supuesto penal, la afirmación de la conformidad del hecho con un supuesto policial o penal) y lo subjetivo (La atribución del hecho a una persona concreta como autor o partícipe y la presentación de los indicios concretos o elementos de convicción que sustenten el juicio)

Fase redacción: Informe Policial (Art. 332. incisos 1 y 2 CPP-2204)

El informe policial- otrora denominado atestado- es una mera denuncia y la validez y confianza del informe está en su objetividad y el valor de la investigación efectuada y el material indiciario recopilado

Este documento está muy devaluado, no solo porque tiene el valor de mera denuncia sino que se prohíbe los conclusiones ni siquiera una imputación policial o criminalística, existiendo contradicciones en mismo Código Procesal Penal en donde la policía sí califica jurídicamente el hecho delictivo, como veremos más adelante.

El informe comprende varias partes:

1. Antecedentes que motivaron la intervención

2. Relación de diligencias efectuadas.

3. Análisis de los hechos investigados.

4. Absteniéndose de calificarlos los hechos, jurídicamente, y de imputar responsabilidades (nada de conclusiones)

5. Se adjunta actas, manifestaciones, recomendaciones sobre actos de investigación y todo aquello que considere indispensable para el esclarecimiento de la imputación, así como la comprobación del domicilio y los datos personales del imputado.

En cuanto a la calificación jurídica del hecho delictivo existe contradicciones ya que la policía sí puede calificar, jurídicamente según se aprecia en lo siguiente:

En todos los casos de detención (en flagrante delito, detención con motivo de una orden de detención preliminar judicial y detención en operativo de revelación del delito) y arresto (policial y ciudadano) la policía (Art. 263 CPP2004) informa al detenido el delito que se le atribuye , comunicando de inmediato el hecho al Ministerio Público , así como advierte al detenido o arrestado los derechos que le asiste previsto en el Artículo 71 del CPP2004, levantando un acta de esta diligencia .

18 La imputación policial o criminalística no supone una usurpación de las funciones del fiscal que es el único que pude calificar jurídicamente un hecho delictivo. No se coloca el artículo donde está comprendido el hecho criminal sin se hace una referencia genérica del hecho como “Asalto y robo a mano armada con muere subsecuente”.

18

¿Acaso, no es una forma de calificación jurídica del hecho cuando se le informa al detenido o arrestado el delito que se le imputa?

Otra contradicción también se observa cuando se menciona que al detenido o arrestado se le deberá informar los derechos que se asiste conforme al Artículo 71 del CPP-2004.

Este artículo menciona que la Policía Nacional, los jueces y los fiscales deben hacer conocer al imputado de manera inmediata y comprensible el cargo penal19 en su contra, en el caso de detención, la causa o motivo de su detención, entregándole la orden de detención girada en su contra

En síntesis, el investigador empieza comprobando la realidad de los hechos denunciados para luego seguir un método elaborando las hipótesis que deben ser objetivas y verosímiles, no especulativas o conjeturales, hasta llegar a comprobar las hipótesis incriminatorias

La investigación criminal no obedece a la espontaneidad e intuición, se debe seguir un riguroso método y plan (plan de investigación criminal ) al hecho o caso específico.

El método de investigación criminal acorde con el CPP-2014

19 El Acuerdo Plenario N° 2-2001/CJ-116, fojas 6-11 menciona que cargo penal es la relación de los hechos o acontecimiento histórico de relevancia penal que se le atribuye al imputado. En resumen, cargo penal es el hecho objeto de imputación más la tipificación específica contra el imputado. ¿Acaso cuando se hace conocer el cargo penal a un detenido en delito flagrante o arrestado por parte de la policía no se está calificando jurídicamente el hecho?

19

Situación del Caso

Cuadro metodológico para el desarrollo del plan de investigación criminal acorde con el CPP -2004

Pautas PLAN DE INVESTIGACION CRIMINAL

FASE PREVIA

DENUNCIA/NOTITIA CRIMINIS

ALLANAMIENTO/ E INCAUTACION

Recurso s -Humanos -Técnicos Logísticos

Programació n y coordinación Plazo

ART 65 4 NCPP

El fiscal decide la estrategia investigativa adecuada al caso Programa y coordina con quienes corresponda sobre el empleo de PAUTAS, TECNICAS Y MEDIOS indispensables para lograr la eficacia La Policía Nacional brinda sus recomendaciones a tal efecto

Lavado de activos con la agravante organización criminal y asociación ilícita para delinquir más la tipificación específica

DETENCIONES

CARGO PENAL

DECLARACIONES

FASE AVERIGUADORA

HIPOTESIS INCRIMINATORIA(HI)

Hecho objeto de imputación y tipicidad específica - Art 71 2 a NCPP - AP N° 42010/CJ-116

Imputado , Testigos, otros

A cargo del Ministerio Público

La EI se encaminan a consolidar las hipótesis incriminatorias ,empieza con la actividad investigativa ( obtención de indicios ) y termina con la interrelación o aproximación de los indicios entre sí ( acusación) que se expresan en la teoría de caso

Incremento patrimonial inusal

El agente conocía o debía presumir que el dinero tenía origen ilícito y participó en la modalidad de encubrimiento para evitar decomiso o incautación

Es coautor o integrante de una OC dedicada a lavar activos, conocía el origen ilicito del dinero y participó en la modalidad de ocultamiento con la finalidad de evitar su identificación , decomiso o incautación

DATOS FACTICOS O INDICIOS

HECHOS OBJETO DE INVESTIGACION (HOI)

ESTRATEGIA INVESTIGATIVA(EI)

ACTIVIDADES INVESTIGATIVAS(AI)

INDICIOS PROBADOS

ELEMENTOS DE CONVICCION (EC)

FASE ANALISTICA E iNTERPRETATIVA

TEORÍA DEL CASO

FASE DE VERIFICACION O INFIRMACION

Se extraen de las HI, son objeto de pruebaArt 156 NCPP -Casación N° 3-2007-Huara

Se trazan para cada HOI

At 65 4 NCPP - El fiscal decide la EI

La investigación par determinar el conocimiento del origen ilicito de los bienes , efectos , dinero o ganancias deben recurrir al uso de la prueba indiciarioa

Probar que no se justifica con sus ingresos el incremento patrimonial

Sirven para acreditar los HOI

A cargo del Ministerio Público(en el momento de la acusación )

Interrelación o aproximación de los indicios en su conjunto ( Juez)

Garantiza el derecho de defensa del imputado y sus demás derechos fundamentales , así como la regularidad de las diligencias correspondientes Cuadro 24.- Método de investigación criminal acorde con el NCPP

20

· Innovaciones en cuanto al rol y funciones del fiscal y de la policía en el CPP-2004

La Policía Nacional con la aplicación del CPP- 2004 ha pasado a ser un órgano de apoyo de la labor investigativa del Ministerio Público, quien conduce la investigación y define la estrategia adecuada y, como tal, la PNP está obligada a cumplir con las órdenes del fiscal en el ámbito de su función de investigación.

Los primeros actos de investigación lo realizan la Policía, pero bajo la dirección del Ministerio Público, incluso, los fiscales pueden prescindir de la policía, si así lo deciden, realizando ellos mismos la investigación desde su despacho; a excepción del delito de terrorismo (Decreto Legislativo N° 2547520).

Al respecto, el Art. 67 del CPP-2004 señala como una de las funciones de investigación de la Policía consiste en recibir la manifestación de los presuntos autores o participes de delitos, con presencia obligatoria de su abogado defensor.

Si éste no se hallare presente, el interrogatorio se limita a constatar la identidad de aquellos.

El derecho del imputado estará salvaguardado, así, de una pronta declaración, algunas veces iniciada y terminada sin la presencia de su abogado defensor e inclusive sin la presencia del representante del Ministerio Público, configurándose de esta manera una doble indefensión, de una parte, por no contar con asistencia letrada y la otra, por cuando también estaba ausente el defensor de la legalidad.

En cuanto al derecho de defensa, el imputado y su defensor podrán tomar conocimiento de las diligencias practicadas por la policía y tendrán acceso a las investigaciones realizadas, aunado a ello, se expedirán copias simples de los actuados, que serán para uso de la defensa de conformidad conforme al Art. 324 inc. 3 del CPP, a fin de que el abogado defensor estructure su defensa en atención a los cargos que se le imputan a su defendido. El plazo de la investigación preliminar será de 120 días.

El CPP-2004 adopta el sistema del Fiscal Instructor y el modelo de investigación preliminar está en manos del Ministerio Público colocando al ex Juez Instructor como un Juez de Control o de Garantía a quien le corresponde dictar, previa audiencia de las partes, las medidas que impliquen restricción de los derechos y libertades reconocidos en la Constitución, convirtiéndolo en un ente pasivo e indiferente al desarrollo del plan de investigación criminal a cargo del fiscal y muchas veces,

20 DL N° 25075.- Artículo 12.- Normas para la investigación. En la investigación de los delitos de terrorismo, la Policía Nacional del Perú observará estrictamente lo preceptuado en las normas legales sobre la materia y, específicamente, las siguientes: Asumir la investigación policial de los delitos de terrorismo a nivel nacional, disponiendo que su personal intervenga sin ninguna restricción que estuviere prevista en sus reglamentos institucionales.

21

solo sirve como mesa de partes para los requerimientos fiscales de medidas coercitivas, reales y personales

El CPP-2004 no precisa o determina con claridad el rol que tiene el Fiscal y la Policía Nacional en cuanto a la conducción o dirección de la investigación del delito (si el fiscal realiza materialmente la investigación o la dirige en el aspecto legal y para el acopio de las pruebas), ahondando más la pugna en quién es el titular de la investigación del delito.

No se precisa que la dirección y el control de la investigación del delito del fiscal desde la etapa policial es para guiar u orientar jurídicamente la investigación de la policía a la obtención de prueba, procesalmente útil, pertinente y licita para que se ajusten al principio de objetividad Pero, en la realidad , la fiscalía, en la mayoría de los casos, realiza la investigación criminal de manera concreta y real.

Algunos jueces de garantías o de control han pasado a ser meros formalizadores o mesas de partes de los fiscales en sus requerimientos de medidas cautelares que implican privación de la libertad y para formalizar la persecución la persecución penal para eventuales futuras medidas o diligencias de investigación.

El nuevo modelo proceso penal, en mucho aspecto, es inconstitucional con relación al tema de la investigación del delito.

Por ejemplo, es inconstitucional entregarle al Ministerio Público la dirección de la etapa de la instrucción ya que éste, al igual que las partes en materia civil, recogería los elementos de prueba sobre los cuales más tarde se funda la pretensión punitiva estatal (acusación) ante el tribunal del juicio oral, en presencia del cual se rendirá la prueba.

Entonces, quien conduce la investigación y define la estrategia adecuada, y como tal, es el Ministerio Público y la Policía está obligado a apoyarlos (Artículo 65.3 del CPP-2004

La función de investigación de la Policía Nacional estará sujeta a la conducción del fiscal.

En el Art. 69.2 del CPP-2004 se menciona que el fiscal conduce desde su inicio la investigación del delito y con tal propósito, la Policía Nacional está obligada a cumplir los mandatos del Ministerio Público en el ámbito de su función

El plan de investigación del delito 21es una herramienta de trabajo para fiscales y policías que permite ejecutar y evaluar la investigación, según una programación preestablecida de objetivos y actividades, lo que asegura la transparencia, eficiencia, responsabilidad y eficacia.22

21 Manual para el desarrollo del Plan de Investigación, aprobado por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1700-29013-MP-FN del 14 de junio 2013 y Resolución Directoral N° 791-2013-DIRGEN/EMG/PNP del 5 setiembre 2013:

22 Yataco, Castillo, Enríquez - Conducción Jurídica versus investigación criminal -Exégesis en el Código Procesal Penal.- Página 61.-Edición abril 2018.

22

Se trata de aplicar una técnica para el análisis de la estructura del tipo penal con el fin de obtener los elementos materiales probatorios, pertinentes, conducentes y, sobre todo, útiles a la investigación del delito. Partiendo de la formulación de la hipótesis, se determinaran los objetivos de la investigación y verificadas que sean, se podrá elaborar la teoría del caso.

· Modelo del Plan de IC acorde con el CPP-2004

La investigación preliminar consiste en reunir los indicios o elementos probatorios de la comisión de un delito de manera urgente e imprescindible, comunicando al fiscal como director de la investigación..

Del Artículo 321, inciso 1 del CPP se extrae la finalidad de la investigación preparatoria: Determinar si la conducta incriminada es delictuosa, las circunstancias o móviles de la perpetración, la identidad del autor o partícipe y de la víctima, así como la existencia del daño causado.

Generalidades

Comprende la situación, pautas del plan (guías o directrices que deben darse antes de poner en ejecución del plan o el programa metodológico para comprobar las hipótesis). En este punto también se ilustra o hace memoria de algunos principios, roles y funciones de los operadores que participan en el plan (fiscalía, la policía, el juez), así como principios orientadores y teorías y doctrinas importantes, todo ello encaminado a respetar los derechos fundamentales de las personas implicadas en la investigación

.Ejemplos de principios como “ primero probar y luego detener” , “legalidad” , “pertinencia, utilidad y conducencia”, “suficiencia y fuerza demostrativa de los indicios materiales”, etc.

También en generalidades del plan se menciona los recursos (logísticos, humanos, tecnológicos) que se necesita para ejecutar el plan, la coordinación y el plazo del plan (cuánto tiempo durará la fase averiguadora y verificadora )

Fase previa

La fase previa comprende la notitia críminis o la denuncia, el allanamiento o la incautación, detenciones, cargo penal 23 (la tipificación específica o calificación jurídica más el hecho objeto de imputación), toma de declaraciones del imputado24, desarrollo de la a declaración (Art. 88.2 del NCPP), las preguntas (artículo 88.4 NCPP)25, la declaración de testigos.

23 Hecho objeto de imputación y tipicidad específica (Art. 71 inciso 2, literal a) del NCPP y Acuerdo Plenario 4-2010/CJ-116.

24 Antes de empezar la declaración.- De acuerdo al artículo 87 del NCPP, antes de empezar la declaración del imputado se empieza con las instrucciones preliminares que consiste en lo siguiente: comunicarle el hecho objeto de imputación, los elementos de convicción, las pruebas existentes, las disposiciones penales que se consideran aplicables, los cargos ampliatorios o la presencia de nuevos elementos de convicción o de prueba

25 Deben ser claras y precisas, no deben formularse preguntas ambiguas, capciosas o subjetivas, no pueden coactar al imputado, no inducirlo a determinarlo a declarar contra su voluntad, no se le hace cargos ni reconvenciones tendientes a obtener su confesión.

23

Fase averiguadora 26

Empieza con las hipótesis incriminatorias, los hechos objetos de imputación, la estrategia investigativa, las actividades investigativas culminando con los elementos de convicción

Hipótesis incriminatorias (HI)27

No es lo mismo decir hipótesis incriminatorias que hecho objeto de imputación. Los primeros están elaborados en condicional y sirven para orientar la investigación28 .

Las hipótesis incriminatorias son las brújula sobre la cual versará la fase averiguadora y se dice, con justa razón, de que el que no sabe formular hipótesis, no sabe investigar29

Es observación antigua que el hombre está más dispuesto a deformar los hechos para adaptarlos a las teorías o a las hipótesis que a modificar las teorías o las hipótesis para adaptarlas a los hechos. Escribía con claridad Galileo que hay personas que no deducen la conclusión de las premisas, ni la establecen por las razones, sino que acomodan o por mejor decir, desacomodan y resuelven las premisas y las razones a sus ya establecidas y afirmadas conclusiones.

No se debe retorcer los hechos para acomodarlos a las hipótesis sino acomodar las hipótesis a los hechos (Sherlock Holmes).

26 Sobre la base de las hipótesis se proyecta la fase averiguadora ingresando al proceso manifestaciones personales, documentales u reales que acercan al investigador a la existencia o no de un estado de hechos. Esta fase se cumple mediante la construcción, formulación, fundamentación y verificación de las hipótesis que deben resolver las interrogantes: ¿Quién o quiénes son los coautores y/o partícipes de lo investigado? ¿Cuáles son las circunstancias de modo, lugar, tiempo, medios en que se realizó los hechos?

27 Quien no sabe formular hipótesis no sabe buscar la verdad (Giovanni Brichetti.-La evidencia en el Derecho Penal)

27 GORPHE , Francois.- La apreciación judicial de las pruebas, Buenos Aires, Ed. La Ley, 1967: “Las hipótesis incriminatorias se formulan a partir de la tipificación específica y se sustentan en referentes empíricas, jurisprudenciales y doctrinarias. Es una actividad continua e ininterrumpida, fase previa a la verificadora. Un plan de investigación criminal se vuelve tortuoso, teórica y metodológicamente cuando no se sabe plantear hipótesis incriminatorias que sean verosímiles y conformes a datos bien probados”.

27 Manual para el desarrollo del Plan de Investigación, aprobado por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1700-29013-MP-FN del 14 de junio 2013 y Resolución Directoral N° 791-2013-DIRGEN/EMG/PNP del 5 setiembre 2013: “El plan de investigación es una herramienta de trabajo para fiscales y policías que permite ejecutar y evaluar la investigación del delito, según una programación preestablecida de objetivos y actividades. Se trata de aplicar una técnica para el análisis de la estructura del tipo penal con el fin de obtener los elementos materiales probatorios, pertinentes, conducentes y, sobre todo, útiles a la investigación del delito Partiendo de la l formulación de la hipótesis, se determinaran los objetivos de la investigación y verificadas que sean, se podrá elaborar la teoría del caso”

27 Conducción Jurídica versus investigación criminal - Exégesis en el Código Procesal Penal - Yrma Consuelo Yataco Barrón, otros.- Ed. Rivadeneira.- Abril 2018. Pág. 84-85: “La formulación de hipótesis surgen de la información recopilada durante la investigación preliminar Las hipótesis que se formulan buscan subsumir el hecho denunciado dentro del tipo penal previsto para la conducta La formulación de hipótesis debe estar libre de cualquier suposición que tenga origen en prejuicios, sentimientos o intereses personales Esta etapa es importante porque señala el derrotero de la actividad investigativa “.

27 Francois Gorphe

28 Manual para el desarrollo del plan de investigación.-Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 15902011-MP-FN-Lima del 11 de agosto 2011.

29 Giovanni Brichetti.- La evidencia en el derecho penal, 1973.

24

Hechos objeto de imputación (HOI)

Se le conoce también como “objeto procesal “.

Se extraen de las hipótesis incriminatoria y deben ser objeto de prueba conforme se señala en el artículo 156 del CPP

El Acuerdo Plenario N° 6-2010-CJ/116 en donde se señala que los HOI deben tener un mínimo detalle que permita conocer el suceso histórico que se la atribuye y la forma y circunstancia en que tener lugar los hechos Por lo que se debe evitar los datos genéricos, vagos, gaseosos, imprecisos, se requiere una comunicación detallada (Casación N° 3-2007-Huaura)

Estrategia investigativa (EI)30

La estrategia investigativa que se desarrollan dentro de la fase de averiguación, preludio a la fase de verificación o información de las hipótesis, tratan de convertir los datos fácticos en hechos o datos ciertos o probados reuniendo indicios concurrentes Se encaminan a consolidar las hipótesis incriminatorias.

Empieza con la actividad investigativa (obtención de indicios) para sustentar el hecho objeto de imputación y culmina con la interrelación o aproximación de los indicios entre sí (acusación) que se expresan en la teoría de caso. En el Artículo 65.4 del CPP se menciona la estrategia investigativa que no es igual a plan de investigación criminal porque este es más genérico y amplio.

La estrategia investigativa debe estar orientada a reunir indicios concurrentes o elementos de convicción de cargo para demostrar las tesis inculpatorias y se lleva a cabo a través de una serie de actividades investigativas (AI) tendientes a obtener o recopilar indicios que se realiza en la etapa de investigación preparatoria

Por ejemplo, en lavado de activos, la estrategia investigativa se traza para reunir indicios concurrentes 31 que sirve para determinar si el dinero es efecto o ganancia de actividad criminal, si el agente conocía o debía suponer que tenía origen ilícito, que se actuaba con ánimo de lograr una finalidad encubridora (elementos subjetivo especial), precisar el espacio y tiempo del delito fuente o delito previo generador del dinero ilícito (cuándo, dónde) que sea previo al delito de lavado de activos y si el delito previo generó ganancias ilegales (operación criminal exitosa debido a que el delito fuente o precedente no pude ser posterior al hecho) o si se evidencia el rol y la finalidad del lavado del dinero (asegurar la ganancia o mejora patrimonial obtenida por quien requiere sus servicios).

30 La estrategia de investigación parte de cada Hecho Objeto de Imputación y debe ser adecuada al caso que se investiga Por ejemplo, si el caso es homicidio, debe ser para la investigación de homicidio; si el tráfico ilícito de drogas o lavado de activos, debe ser la estrategia para estos casos.

31 Art. 10° (2do. Párrafo, in fine) del DL N° 1106 señala: el origen ilícito que conoce o debía presumir el agente del delito podrá inferirse de los indicios concurrentes en cada caso”.

25

Actividades investigativas (AI)32

Con las actividades investigativas empieza a diseñarse la estrategia investigativa y tiene como resultado los elementos de convicción Es la recopilación de indicios o hechos indicadores (hechos ciertos o probados).

Los hechos bases o indicios deben ser probados, no meras sospechas sin sustento alguno.

Los datos indiciarios que se reúnen se utilizan como actos de convicción para sustentar en la etapa intermedia su eventual acusación para pasar a la etapa de juzgamiento.

A veces los investigadores tienen a confundir los datos fácticos o simples datos para investigar con elementos de convicción cuando ni siquiera son indicios porque los elementos de convicción sirven para acreditar los hechos objetos de investigación, para identificar a los autores y cómplices, acreditar el dolo y el elemento subjetivo especial sub según el artículo 65.1 del CPP.

Elementos de convicción (EC)

Se denomina elementos de convicción para reservar el término elementos probatorios a lo que se actúa propiamente en juicio, pero no porque se niegue la necesidad de ser valorados judicialmente de cara a suponer la existencia de un delito en que el procesado habría intervenido 33.

Los elementos de convicción son aquellos datos indiciarios a partir de los cuales el Ministerio Público considera que hay fundadas razones para acreditar en juicio la base fáctica de la imputación penal.

Sirven para acreditar los hechos delictivos, identificar a los autores y partícipes en la comisión (Art. 65.1 NCPP) - El MP en la investigación del delito destinado a ejercitar la acción penal debe obtener los elementos de convicción necesarios para la acreditación de los hechos delictivos, identificar a los autores y partícipes de la comisión. Es lo que se conoce como el fumus comissi delicti y fumus delicti tributi.

¿Es lo mismo elementos de convicción que medio de prueba?

No es lo mismo, el artículo 349 se evidencia la diferencia porque el MP debe presentar elementos de convicción que fundamenten el requerimiento fiscal y los medios de prueba que ofrezca para su actuación en la audiencia (testigos, peritos, otros)

Los medios de prueba sirven para acreditar los hechos objeto de prueba y son objeto de prueba los hechos que se refieren a la imputación. los medios

32 Por ejemplo, en el delito de lavado de activos, se debe recopilar o reunir indicios o hechos bases como el incremento patrimonial inusual (desbalance patrimonial), la conexión indirecta con actividades criminales, operaciones bancarias sospechosas o inusuales, ausencia de actividades lícitas, actividades lícitas económicas insuficientes para generar activos que poseen, la utilización de documentos falsos o confeccionados sobre algunas verdaderos para aparentar transacciones inexistentes.

33 Percy García Cavero, la prueba de indicios en el proceso penal, página 111.

26

de prueba se admiten en la audiencia preliminar por el JIP conforme al Art. 155.5.a) debe consignarse el probable aporte a obtener parra el mejor conocimiento del caso y que sean pertinentes, conducentes y útiles

No basta con hacer una simple enumeración de los datos indiciarios, sino que resulta necesario motivar debidamente cómo se puede llegar a concluir de los indicios que el hecho penalmente relevante se ha realizado. Esta exigencia de motivación se desprende del Art. 349 del NCPP que dispone que la acusación fiscal debe estar debidamente motivada.34

Los elementos de convicción con base indiciaria es la relación necesaria o contingente que se establece entre un hecho base o indicio indicador o datos fáctico o dato para investigar y un hecho resultado o indicado que se quiere probar a través de una inferencia de tal manera que satisface el raciocinio del juez y crea convicción cuando no existen conclusiones o interpretaciones o contraindicios. No se debe confundir con los simples datos de investigación.

Por ejemplo, si tenemos como hecho objeto de imputación (HOI) que tal sujeto conocía o debía suponer que el dinero que se supone introdujo al sistema financiero (conversión) tenía origen ilícito, los elementos de convicción tienen que acreditar este hecho objeto de imputación y los elementos de convicción deben ser suficientes y necesarios, no simples datos fácticos que sirven para empezar la investigación.

Fase analítica e interpretativa

A cargo del Ministerio Público (en el momento de la acusación)

Esta etapa consiste en el examen analítico del significado de cada uno de los indicios en su relación con el hecho investigado.

Si bien esta labor empieza de alguna manera a realizarse durante la investigación previa al juicio (investigación preparatoria) el momento propiamente dicho para expresar la interpretación de cada uno de los indicios obtenidos es al formular la acusación penal (etapa intermedia).

En la medida que la investigación preparatoria y la formulación de la acusación le está encargado al fiscal, la interpretación del indicio (de cargo) será una labor que desarrolla el MP.

Para ello se requiere cualidades para llevar a cabo la tarea de interpretación de los indicios: analista, cualidades intelectivas y suficiente experiencia para encontrar las relaciones de necesidad entre los datos obtenidos y el hecho investigado.

Lo ideal es trabajar con indicios técnicos, indicios cuya inferencia se sustenta en conocimientos especializados, resulta ser insumos indispensables para la interpretación del indicio (pericias).

27
34 Percy García Cavero, La prueba de indicios en el proceso penal, página 85

Es aconsejable durante el análisis excluir los supuestos de azar o falsificación del indicio (dejar un arma en el lugar de un asesinato para desviar la investigación o culpar a alguien), despojarse de cualquier opinión previa o idea preconcebida, los indicios referidos al tiempo y al lugar del delito constituye el punto de partida de toda investigación indiciaria

Fase de verificación o infirmación

Las hipótesis de comprueban o infirman mediante la interrelación o la aproximación entre sí que viene a ser la operación de síntesis posterior a la interpretación de los indicios que consiste en establecer relaciones entre los diversos indicios reunidos con la finalidad de formar un todo inteligible sobre el hecho penalmente relevante 35

El encargado de llevar a cabo esta fase o el examen conjunto de los indicios es el juez penal de juzgamiento, tal como se desprende de la regla general de la apreciación de las pruebas establecidas en el artículo 393.2 del CPP

Teoría del Caso

Es la comprobación de la hipótesis incriminatoria con suficientes elementos de cargo más allá de toda duda razonable.

Los fenómenos probatorios averiguados, en conjunto o separados, se refieren al estado de hechos en forma acabada, completa o total.

Ejemplo de teoría del caso en el delito de lavado de activos: Se ha demostrado que xx es coautor o integrante de una OC dedicada a lavar activos, conocía el origen ilícito del dinero y participó en la modalidad de ocultamiento con la finalidad de evitar su identificación, decomiso o incautación.

Entre una de las causas de las falencias, omisiones, irregularidades, negligencias, retardo en la investigación preparatoria, vulneración de la presunción de inocencia, legalidad y plazo razonable en las etapas de investigación (preliminar y preparatoria), así como del proceso penal, se debe a que la mayoría de fiscales no saben diseñar una estrategia investigativa, por ende, no cuenta con una programación metodológica o un plan de investigación criminal acorde con el NCPP; plan que sea flexible, dinámico, adaptable al caso, que asegure el éxito de la investigación, con plazos bien marcados para evitar la dilación de las investigaciones debido a la ignorancia o malas prácticas en el método de investigación criminal.

Al no contar con una metodología de investigación adecuada a cada caso, la fiscalía se ve obligada a recoger de manera tendenciosa o maliciosa datos fácticos – que no llegan a ser siquiera indicios probados o elementos de convicción - para incriminar a los investigados, pasando como elementos de convicción simples datos fácticos y con éstos, requieren medidas coercitivas personales o reales (prisión preventiva, incautaciones, decomisos, etc.,).

28
35 Gorphe, Apreciación judicial de las pruebas, página 226.

También, al no contar con un plan de investigación criminal no se puede controlar los plazos de investigación, así como el cumplimiento de las metas de la investigación (medida en tiempo) por lo que la fiscalía se ve obligada a requerir prolongación de prolongación de la investigación preparatoria

En cuanto a los jueces de garantía o de control, como tampoco conocen sobre la metodología de investigación criminal, conceden de manera oficiosa y magnánima la prisión preventiva que requieren los fiscales, convirtiéndose esta medida cautelar en un instrumento para investigar, vulnerándose derechos fundamentales como la presunción de inocencia, el debido proceso y el plazo razonable del proceso

El método de inteligencia operativa policial

INTELIGENCIA CLASICA

INVESTIGACIÓN CRIMINAL

Objetivo Finalidad Método

La teoría y método de inteligencia policial operativa ( TIOPO) es proporcionar a la policía un conjunto de conocimientos sistematizados, técnicos y científicos, con aplicación práctica, para que puedan desarrollar y ejecutar operaciones de inteligencia con éxito, minimizando los riesgos

Desarticular las organizaciones terroristas capturando a sus jefes, cabecillas, dirigentes, etc , aplicando el principio de "vencer sin luchar"(sin costos, reduciendo los riesgos)

Sigue un planeamiento minucioso en dos fases o etapa que empieza desde el planteamiento de la hipótesis y la selección de un objetivo ; luego se desprende de la hipótesis el hecho objeto de imputación, la estrategia investigativa en la primera fase ( inteligencia ), la actividad investigativa hacia la búsqueda de indicio probados para recopilar los elementos de convicción ( de cargo)

Cuadro 25.- Método de la inteligencia operativa policial

29
INTELIGENCIA POLICIAL OPERATIVA ( IPO) M á s
En la activIdad investigativa se aplica técnicas y procedimiento especiales como la Ovise ( observación , vigilancia y seguimiento) que se conoce en el Nuevo Código Procesal (NCPP) como videovigilancia e intercepciones a las comunicaciones si el caso lo amerita

· Origen, objeto y finalidad de la TIOPO

Por su naturaleza y objeto de estudio, la Teoría de Inteligencia Operativa Policial es bastante nueva, así como el mismo término. Esta teoría fue elaborada por policías antiterroristas como guía y sustento de las operaciones de inteligencia que se desarrollaban para combatir el terrorismo capturando a sus jefes, cabecillas y dirigentes.

La idea era apuntar a la cabeza de las organizaciones terroristas y causarle mayor daño en más altos niveles.

En la práctica, esta teoría comprende dos partes o fases: Inteligencia e Investigación. Es por eso que afirmamos que la teoría es un proceso cuya dos fases (inteligencia e investigación) interactúan y se complementan.

El nuevo método consistía en ir hacia la búsqueda del delincuente, hacia su madriguera; luego, seguirlo, olfatearlo, vigilarlo, días tras día, semanas tras semanas, meses tras meses, apuntando cada vez más a niveles más altos de la organización, a los cabecillas, dirigentes, jefe o líder.

Esto constituye el objetivo principal de la Teoría de Inteligencia Operativa Policial: capturar la dirigencia, la cabeza y con ello, se cuenta con mayores probabilidades de desarticular a la organización criminal.

Este método obliga al adversario a reaccionar y esto los puede inducir a cometer errores.

El golpe a la cabeza (jefe, cabecilla, líder, etc.) hace que el cuerpo, por muy grande que sea, empiece a tambalearse y perder el rumbo. Y, como es lógico, la desarticulación es cuestión de tiempo.

El método de TIOPO busca que proporcionar a la policía un conjunto de conocimientos sistematizados, técnicos y científicos, con aplicación práctica, para que puedan desarrollar y ejecutar operaciones de inteligencia con éxito, minimizando los riesgos.

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ETAPA DE INTELIGENCIA OPERATIVA

FASE AVERIGUADORA

Hipótesis de trabajo

Elaboración del plan de inteligencia policial operativa ( misión, pautas , coordinación, apoyo técnico )

Selección del blanco u objetivo

Hechos objeto de imputación(HOI)

Estrategia investigativa (EI)

Recopilación de indicios o hechos indicadores (hechos ciertos o probados)

Actividades estratégicas (AE)

Empleo de técnicas (Ovise, cubiertas , disfraces, plan de reconocimiento del objetivo )

Manejo de informantes y colaboradores

Análisis operativo y estratégico

Toma de decisión( ejecución del plan )

Cuadro 26.- Fase de inteligencia policial

31

LA FASE DE INVESTIGACION CRIMINAL

Plan de ejecución ( día y hora, control de riesgos, oportunidad y sorpresa, secreto del plan)

Allanamiento, detenciones y capturas

Registro Personal, vehicular, domiciliario

Levantamiento de actas y cadena de custodia

Recojo y traslado de las pruebas y evidencias.

Traslado y custodia de detenidos

Comunicación cargo penal

Pericias

Interrogatorio de inteligencia

Toma de declaraciones ( imputado, testigos)

Análisis de hechos, documentación , especies (Principio de imputación necesaria)

Diligencias complementarias.

Calificación criminalística

Informe policial

Cuadro 27.- Fase de investigación criminal

La primera fase (inteligencia policial) proporciona el conocimiento del enemigo, su estructura orgánica, modus vivendi, contactos, lugares de reunión, alojamientos, etc; en resumen, su forma de pensar, sentir y actuar.

La Segunda fase (investigación), que empieza con las detenciones y/o capturas, permite escudriñar dentro de la organización terrorista. Es el complemento de la fase de inteligencia.

Haciendo un símil, la segunda etapa es como la luz que aclara las sombras en que muchas veces navega la inteligencia, que por su misma debe ser reservada y compartimentada .

32

La investigación culmina con el informe, documento que, conjuntamente con los indicios e implicados, son puestos a disposición del representante del Ministerio Público, titular de la acción penal.

La finalidad es desarticular las organizaciones terroristas capturando a sus jefes, cabecillas, dirigentes, etc., aplicando el principio de “vencer sin luchar” (sin costos, reduciendo los riesgos).

El método sigue un planeamiento minucioso en dos fases o etapa que empieza desde el planteamiento de la hipótesis y la selección de un objetivo; luego se desprende de la hipótesis el hecho objeto de imputación, la estrategia investigativa en la primera fase (inteligencia), la actividad investigativa hacia la búsqueda de indicio probados para recopilar los elementos de convicción (de cargo).

En la actividad investigativa se aplica técnicas y procedimiento especiales como la Ovise (observación, vigilancia y seguimiento) que se conoce en el Nuevo Código Procesal (NCPP) como video-vigilancia e intercepciones a las comunicaciones si el caso lo amerita.

La clandestinidad y el secreto con que actúan los terroristas y las organizaciones criminales y las bandas criminales, obligan a renovar métodos de investigación y crear una nueva forma orgánica (GEIN), sustentada en principios extraídos de la Constitución Política del Estado, el Código de conducta para funcionarios encargados de aplicar la ley, los derechos humanos y la Ley Orgánica de la Policía Nacional (Decreto Legislativo N° 1267, 16 de diciembre 2016) y su Reglamento (DS N° 0262017-IN, 15 de octubre 2017)

Este nuevo método de investigar el delito permitió a la policía contar con información oportuna, puntual y aprovechable y transformó al agente de inteligencia en un sabueso, astuto, paciente, tenaz, reflexivo; en síntesis, “un vencedor de imposibles”

· Partes que comprende

Inteligencia

Hipótesis de trabajo

Elaboración del plan de inteligencia policial operativa (misión, pautas, coordinación, apoyo técnico)

Selección del blanco u objetivo

Empleo de técnicas (Ovise, cubiertas, disfraces, plan de reconocimiento del objetivo)

Manejo de informantes y colaboradores

Análisis operativo y estratégico

Toma de decisión (ejecución del plan)

Investigación criminal

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Plan de ejecución (día y hora, control de riesgos, oportunidad y sorpresa, secreto del plan)

Allanamiento, detenciones y capturas

Registro Personal, vehicular, domiciliario

Levantamiento de actas y cadena de custodia

Recojo y traslado de las pruebas y evidencias.

Traslado y custodia de detenidos

Comunicación cargo penal

Pericias.

Interrogatorio de inteligencia

Toma de declaraciones (imputado, testigos)

Análisis de hechos, documentación, especies (Principio de imputación necesaria)

Diligencias complementarias.

Calificación criminalística

Informe policial

El método de la criminalística

1 Acciones preliminares

· Estudio de la escena ( verificar el hecho, el caso y colectar datos y testimonios útiles ) de marinera racional , sistemático y los más completo posible .

· Traslado de las muestras

· Inspección técnico criminalístico

· Cierre de la escena

2.Formulación de la hipótesis

3 Análisis

Metodología

· En el laboratorio . El proceso criminalístico pericial debe convertir los indicios y evidencias acopiados en la escena o aquellos recepcionadas en al fase preliminar investigativa en informes periciales

· Procesamiento de los indicios acopiados

· Identificación de las personas

4 Conclusiones De orientación , probabilidad , certeza, según corresponda

5 Informes documentarios periciales

Cuadro 28.- Método de investigación criminalística

34

La criminalística para llegar a la verdad utiliza el método individuoexperimental (indicios materiales o evidencias 36físicas).

El llamado criminalista o “pesquisa de laboratorio” se ocupa de las cosas u objetos criminales que se denomina “evidencia física”.

La criminalística estudia un hecho sometido a investigación criminal con el objeto a descubrir o comprobar científicamente el delito y el delincuente

La finalidad de la criminalística es convertir los indicios y evidencias estudiadas en pruebas (pruebas periciales).

La acción de la criminalística se convierte en arte, ciencia y técnica en una investigación criminal que requiere el apoyo criminalístico.

La criminalística en la fase preliminar de la investigación criminal y cumple un significativo apoyo debido a que contribuye en la investigación criminal y cuanto a la verificación y comprobación de un hecho criminan al contribuir a verificar y comprobar el hecho acoplando indicios y evidencias en la escena del hecho o la escena del delito.

Al analizar los indicios acopiados y procesarlos, convierte los indicios y evidencias en pruebas periciales, que sumadas a otros elementos como las testimoniales, documentales, el reconocimiento de las personas, la inspección de materiales útiles para la reconstrucción conceptual del hecho, la revisión de huellas, entre oros efectos materiales, dejados en la escena del delito, personas indiciarias, servirán para la determinación del ilícito penal, contribuyendo la criminalística a conclusiones más sustentadas en la investigación criminal.

La criminalística se vale de otras ciencias como la química, la física y la biología.

De la biología aplica sus técnicas de reacción de los sueros precipitantes, reacción de la desviación del complemento y reacción de Pfeitffer (anafilaxis) como parte del estudio de manchas de sangre, semen y salva, así como aplica los conocimientos histológicos en el estudio de pelos, sangre y semen

La química la utiliza para identificar drogas, pinturas, polvos, pólvoras, sangre, semen, tintas, etc.

El método físico-químico (cromatográficos en papel, capa fina y de gases) para la identificación de drogas.

De la física utiliza los principios de la medicina para resolver los estudios técnicos de los hechos de tránsito, los principios de la óptica, base de la microscopia y la fotografía, los principios del espacio electromagnético

36 García Cavero, Percy.- La prueba por indicios.- Hace mención a Mixán Mass, Indicio, Pág.19.- En el sector de los criminalística está extendido el término “evidencia” en la labor de investigación criminal, destacando en esta denominación la fuerza de convicción del dato percibido (indicio) sobre la comprobación por inferencia del hecho penalmente relevante. La prueba por indicios no se reduce al dato percibido o interpretado, sino que abarca la inferencia lógica y al hecho deducido. Prueba por evidencias tiene en la doctrina procesal penal una significación particular que resulta distinta a la prueba indiciaria.

35

ultravioleta o infrarrojo), los principios de la física anatómica, fundamento del espectrógrafo de masa (análisis del micro material sensible) y los principios de la física nuclear para el examen del material sensible, por ejemplo, cuál fue la mano que hizo el disparo con arma de fuego Comprende las siguientes fases::

· Acciones preliminares

Estudio de la escena (verificar el hecho, el caso y colectar datos y testimonios útiles) de marinera racional, sistemático y los más completo posible.

Traslado de las muestras.

Inspección técnico criminalístico.

Cierre de la escena.

· Formulación de la hipótesis

Análisis .

En el laboratorio. El proceso criminalístico pericial debe convertir los indicios y evidencias acopiados en la escena o aquellos recepcionadas en la fase preliminar investigatoria en informes periciales.

Procesamiento de los indicios acopiados.

Identificación de las personas.

· Conclusiones

De orientación, probabilidad, certeza, según corresponda

· Informes documentarios periciales

¿Cuáles son las diferencias entre la criminalística y la investigación criminal ?

La criminalística es una ciencia

La investigación criminal es una función de la policía

La criminalística identifica y compara los objetos, cosas que se llaman evidencia física

El investigador criminal se ocupa mayormente de las personas y utilizar a la criminalística como una ciencia auxiliar

Cuadro 29.- Diferencias entre la criminalística y la investigación criminal

36

Criminalística y la investigación criminal

Aspectos teóricos de la Criminalística

Individuo -experimental

Busca la individualización de le evidencia física o indicio material

Método

Importancia

Denominación del que aplica la criminalística

Realiza experimentos en el laboratorio criminalístico

Método científico experimental , se vale de la comprobación, sistematización y objetividad

Le confiere el criterio técnico científico criminal en búsqueda de la verdad concreta

Criminalística o pesquisa del laboratorio

El investigador se ocupa de las personas , la criminalística de las cosas

Las cosas u objetos criminales se llaman evidencia física

La ciencia criminalística no puede actuar de manera independiente necesita del ente directriz , del pesquisa y en su conjunción irrenunciable serán como la ciencia y la tecnología .

La criminalística estudia un hecho sometido a investigación criminal con el objeto de descubrir o comprobar científicamente el delito y el delincuente

La criminalística es la fase preliminar de la investigación criminal que cumple significativo rol de apoyo al contribuir a verificar y comprobar el hecho acoplando indicios y evidencia en la escena del hecho

Al analizar lo acopiado y procesarlo, convierte los indicios y evidencias en pruebas periciales que sumadas a otros medios de pruebas como las testimoniales , las documentales, el reconocimiento de las personas, la inspección de materiales , útiles para la reconstrucción conceptual del hecho, la revisión de huellas y los otros efectos materiales dejados e las personas indiciarias , servirán para la mejor determinación del ilícito penal, contribuido la criminalística a conclusiones más sustentadas en la investigación criminal

Cuadro 30.- Aspectos teóricos de la criminalística

El método de investigación de accidentes de tránsito 37

Los métodos de investigación de accidentes explican por qué ocurren los accidentes (también llamados teorías de investigación de accidentes) ofrecen una conceptualización de las características de los accidentes, la que muestra la relación entre causas y efectos y son utilizados para la evaluación y análisis de riesgos.

37 La OMS ha dicho que los accidentes de tránsito constituyen un problema de salud pública, tal es así que 1.2 millones de personas pierden la vida cada año en todo el mundo en casos de accidentes de tránsito en la vía pública.

37

· Métodos de manera general

De manera general existen tres métodos relevantes, tanto por su importancia e impacto en las organizaciones actuales: secuencial, epidemiológico y secuencial.

Método secuencial

Obedece a la observación de que existe una sucesión de causas que se desencadenan unas a otras dando lugar a los accidentes y se clasifican en el modelo secuencial de causa única (o prevalente), el modelo de evolución del siniestro vial y el modelo de causalidad de las pérdidas accidentales de Frank Bird.

El también una investigación- acción (secuencial), una visión técnico cualitativo en un conjunto de decisiones en espiral, los cuales se basan en ciclos repetidos de análisis para conceptualizar y redefinir el problema una y otra vez integrado a un trabajo en fases secuenciales de acción: planificación, identificación de hechos, análisis, implementación y evaluación

Son los métodos utilizados para la investigación de accidentes tránsito por su sencillez y facilidad de aplicación; además, responden perfectamente a la forma en la que ocurren la mayoría de accidentes38.

No obstante, hay otros métodos de investigación que responden a eventos intrincadamente encadenados, o se fijan en aspectos concretos de la sucesión de eventos.

Entre las características del método secuencial están las siguientes:

- Pertenecen a la clase de los modelos basados en eventos, en que los incidentes están vinculados entre sí por una relación de causa y efecto.

- Son también llamados de cadena porque describen el accidente como el resultado final de una secuencia de hechos producidos en un orden específico.

- Se centran a nivel de operación, es decir en los actos, errores o fallas cercanas, vale decir, en los hechos acontecidos antes o durante el siniestro.

- Tienen como objetivo principal identificar la llamada causa raíz, que es el hecho o acto que dispara la secuencia que termina en el daño.

Aunque no todos los técnicos se enfrentarán a investigaciones complejas durante su carrera, conocer otros métodos de investigación puede ser útil para complementar, matizar o mejorar el enfoque de las investigaciones de tipo secuencial para optimizar su resultado.

El método epidemiológico

38https://blogs.imf-formacion.com/blog/prevencion-riesgos-laborales/sin-categoria/metodos-investigacionaccidentes/#Metodos_complejos_de_investigacion_de_accidentes

38

Llamado también organizacionales y de salud pública, una extensión de los modelos secuenciales.

En éste método, la evolución del incidente todavía es considerada en forma lineal, aunque de manera más amplia: trata de ir más allá de los factores inmediatos, buscando aquello que a su vez da origen a estos últimos.

Para este enfoque los accidentes aparecen de forma análoga a como se disemina una enfermedad, tal como sucede en una infección y propagación de una epidemia.

Por ello, considera que los accidentes son causados principalmente por las fallas latentes, que se ocultan en todo, y la prevención debería centrarse en establecer defensas o barreras que puedan prevenir las fallas latentes, cuya naturaleza puede ser material, personal o de procesos.

Fallas activas: son las proximales, las que ocurren inmediatamente antes del siniestro.

Fallas latentes: son las que existen antes de la verificación del hecho adverso.

Dentro del enfoque epidemiológico se encuentran el modelo clínico matricial ( (W. Haddon) y el modelo de fallas simultánea (J. Reason39).

El método sistémico

Los modelos revisados anteriormente (secuencial y epidemiológico) conciben el incidente/accidente como un fenómeno lineal de sucesos vinculados de causa a efecto, dejando de manifiesto su insuficiencia para comprender sistemas socio-técnicos más complejos.

Lo anterior trajo un cambio de mirada, que sin oponerse al enfoque causallineal, puso énfasis en la globalidad del fenómeno desde una perspectiva holística.

El método sistémico 40surge como un enfoque que considera a las organizaciones como un todo, y que los accidentes ocurren cuando varios factores causales (humanos, técnicos y ambientales) coexisten en un tiempo

39 El método de Reason (enfoque epidemiológico) investiga accidentes de alta complejidad. Trata los sistemas como una serie de capas “agujereadas” por culpa de ciertos fallos, que no provocan accidentes porque no lo permite la combinación de dichos fallos, o huecos, en las capas siguientes. Estos fallos pueden ser latentes si no se pueden detectar fácilmente, como una corrosión microscópica en una soldadura o una tuerca suelta, o activos, es decir, visibles, como falta de mantenimiento, instrucciones deficientes, etc. Este método indica que se produce un accidente cuando existe una combinación concreta de fallos latentes y activos. Este razonamiento es útil para dilucidar, por ejemplo, accidentes en industrias de manufactura con mucha maquinaria, en líneas de producción complejas. 40 El modelo Stamp trabaja bajo la óptica de la mecánica de sistemas complejos. Concretamente, el Stamp se basa en las pequeñas desviaciones que sufren las variables en el sistema, que se suman las unas a las otras, generalmente anulándose entre ellas. Pero en algunas ocasiones, la suma provoca un efecto de resonancia que conlleva un resultado inesperado. Este tipo de investigación puede ser requerido en algunos accidentes de empresas químicas, con procesos productivos complejos y con muchas variables, debido a la naturaleza intrínseca de las reacciones químicas.

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y espacio específico. Algunas características del método sistémico para la investigación del delito son los siguientes:

- Tiene sus raíces en la teoría de sistemas, por lo que se aplica también a otras disciplinas, no solo en materia de seguridad.

- Surge a consecuencia de la necesidad de mirar a las organizaciones como un todo, como una red compleja e interconectada de eventos y relaciones.

- Considera a las empresas como sistemas socio-técnicos complejos, cuya dinámica se observa en una circularidad producida por las interacciones entre personas, máquinas, estructuras, diseño, normas y condiciones ambientales.

- En un accidente busca encontrar el porqué y no el cómo, es decir, le interesa conocer las razones que llevaron a la personas a un evento, más que identificar qué regla o proceso se violó.

· Métodos específicos

Existen método específicos o diseñados para centrarse en aspectos concretos de la investigación como los que estudian la influencia del comportamiento humano y la investigación de fallos de barreras.

Los métodos que estudian la influencia del comportamiento humano

Son útiles para investigar cómo ocurren los accidentes en entornos con un nivel elevado de exigencia y con estrés elevado, como los hospitales.

Estas investigaciones se centran en los errores individuales, en la falta de liderazgo de la cadena de mando, o en aspectos psicológicos más complejos como el síndrome de normalización.

Los métodos de investigación de fallo de barreras

Son valiosos para accidentes que implican equipos de trabajo, cuya seguridad generalmente se basa en la superposición de mecanismos de seguridad.

Los métodos de investigación de aspectos concretos son muy útiles si vemos que nuestras investigaciones corrientes no nos ofrecen resultados satisfactorios, para realizar algún trabajo de investigación más concreto.

De todas formas, sean más o menos útiles para la investigación de accidentes, el gran valor de estos métodos radica en que se convierten en herramientas útiles para la prevención de riesgos, únicamente variando ligeramente su enfoque.

El método de la Medicina Legal

¿Qué método utiliza la medicina legal en cuento a ciencia auxiliar de la ciencia policial o la ciencia jurídica?

En la Medicina Legal el método que utiliza son las normas o reglas que se debe seguir para resolver un problema en sus dos fases:

40

- La investigación de la verdad científica.

- Su exposición en un documento o informe.

La medicina legal tiene su manifestación en la peritación 41 que debe inspirarse en normas y principios fundamentales, útiles para la justicia

Existe tres elementos al estudiar el método médico legal:

- El perito (especiales conocimientos en una actividad humana de naturaleza científica, técnica, artística o experiencia calificada)

- La investigación de la verdad pericial.

- La elaboración de sus resultados o peritación propiamente dicha (Art. 178 NCPP)

A su vez, la investigación de la verdad pericial tiene dos métodos:

- El método de la observación (conocimiento perfecto de la técnica de observar y Paciencia, pronta, directa e inmediata, imparcial (no mero coleccionador de hechos)

- El método experimental (4 etapas sucesivas) comprende: Recoger los datos que otorga la observación, la hipótesis de trabajo, la experimentación y conclusiones

El que aplica este método (perito en medicina legal) debe tener ciertas cualidades42

41 Código Procesal Penal -2004.- Capítulo III.- La pericia (Artículo 172 -181 se refiere a este tema)Art. 178 NCPP.- Contenido del informe pericial

42 Masson Gisbert.- Medicina legal y toxicología.- Página 131

41

¿Qué método utiliza la medicina legal en cuento a ciencia auxiliar de la ciencia policial o la ciencia jurídica ?

La medicina legal tiene su manifestación en la PERITACION que debe inspirarse en normas y principios fundamentales , útiles para la justicia

3 elementos al estudiar el método médico legal :

(Método-Diccionario de la Lengua Española): Modo de decir o hacer con orden un cosa o procedimiento que sigue las ciencias para hallar la verdad y enseñarla En la medicina legal son las normas o reglas que se debe seguir para resolver un problema en sus dos fases : la investigación de la verdad científica y su exposición en un documento

El Capítulo III.- La pericia (Artículo 172181 se refiere a este tema)

Art 178 NCPP - Contenido del informe pericial

1 El perito ( especiales conocimientos en una actividad humana de naturaleza científica, técnica, artística o experiencia calificada

2 La investigación de la verdad pericial

3 La elaboración de sus resultados o peritación propiamente dicha ( Art 178 NCPP)

El método de la observación

1 Conocimiento perfecto de la técnica de observar

La investigación de la verdad pericial

2 métodos

2 Paciencia , pronta, directa e inmediata , imparcial ( mero coleccionador de hechos)

El método experimental ( 4 etapas sucesivas)

1 Recoger los datos que otorga la observación

2. La hipótesis de trabajo

3 La experimentación

4 Conclusiones

Sacar conclusiones después de observar los hechos, sugestionados por su aparente lógica sin la rigurosa comprobación experimental

Concluir o elevarse a la generalización sin haber recogido suficiente número de hechos , una vez comprobados experimentalmente unos o pocos datos de observación

Concluir o elevarse a la generalización mediante interpretaciones inadecuadas o forzadas

Cuadro 31.- El método de la medicina legal

42

Cualidades del perito en medicina legal

Masson Gisbert.- Medicina legal y toxicología . - Página 131

Posesión de condiciones naturales: vocación, objetividad, reflexión, sentido común, juicio , prudencia , imparcialidad y veracidad

Objetividad - Para la interpretación de las pruebas materiales

Reflexión y sentido común.- Los límites impuestos del informe son impuestos por al ciencia, la conciencia y el sentido común.

Juicio . - Para jerarquizar los hechos, subordinar lo secundario a lo principal y correlacionarlos entre sí

Contrapartida de las cualidades:

1 El orgullo que ciega

2. La ignorancia que hace no dudar de nada

3 La deshonestidad que envilece y degrada

Prudencia - En la elaboración de los dictámenes y en la formulación de las conclusiones (debe saber dudar, no creer en la infalibilidad de la técnica , dosis moderada de escepticismo, sentido crítico

Imparcialidad derivada de su formación científica que debe traducirse en el contenido de sus informes No es perito de las partes sino de la verdad , no es el portavoz de la acusación o de la defensa Expresará su opinión con tacto , prescindiendo de los epítetos y de los adverbios que dan a su pensamiento carácter pasional

Veracidad, colofón de lo anterior.- Debe constar el margen de error que conlleva el método aunque ello puede representar una duda que beneficie al acusado

Formación básica médica, teórica y práctica , y de las demás ciencias biológicas .

Conocimientos jurídicos - Para captar el sentido de la misión confiada y el alcance de sus conclusiones que aporta en las conclusiones de su informe

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Cuadro 32.- Cualidades del perito en medicina legal CAPÍTULO 14

La policía como organización o estructura

Partiendo de que la Ciencia Policial tiene por objeto de estudio a la policía como institución y como estructura, son pocos los estudios que existen acerca a la dimensión organizacional o estructural de la Policía Nacional y de la composición de los policías en categorías, jerarquía y grados, debido que la mayoría de las veces el estudio se ha centrado solo en las dimensiones jurídicas, ética y disciplinaria.

La dificultad estriba en la carencia de marcos interpretativos adecuados para esta labor

Desde la dimensión organizacional o estructural, la policía puede definirse como un cuerpo organizado o una estructura orgánica del Estado, dotada de poder coercitivo conformado por funcionarios uniformados y de civil, cuya actividad se encuentra dirigida al mantenimiento del orden púbico en un determinado territorio.

Como estructura u organización la policía puede ser entendida como unidad o entidad social y como función administrativa o parte del proceso administrativo. Como organización o entidad social, la policía es un conjunto de personas que interactúan entre sí para alcanza determinadas objetivos específicos que están se clasifican tomando en cuenta su formación, procedencia y función, así como su categoría, jerarquía y grados.

Como función administrativa, es parte del proceso administrativo, como la planeación y la dirección

La palabra organización denota también cualquier iniciativa humana intencional emprendida para alcanzar determinados objetivos, por ejemplo, las empresas.

La organización se estudia desde dos perspectivas: Formal (división del trabajo racional mediante la diferenciación e integración de los participantes)e informal (que emerge de manera espontánea y naturalmente entre las personas que ocupan posiciones en la organización formal a partir de las relaciones entre sí como ocupantes de los cargos)

Ciertas posiciones en la organización formal genera ciertas interacciones y relaciones sociales entre las personas.

En ese sentido, la unidad o entidad social, significa el acto de organizar, estructurar, integrar los recursos y los órganos responsables de la administración.

Toda organización tiene una misión, objetivos, funciones, estructura orgánica y relaciones de procedimientos de trabajo de los elementos humanos y materiales de este organismo.

El enfoque organizativo de la policía debe empezar con el estudio de las comisarías o delegaciones policiales como unidad de estudio.

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Las comisarías constituye los últimos peldaños de la jerarquía policial y la puerta de acceso de la comunidad a ella, convirtiéndose así en un espacio de tensión entre una lógica de la disciplina y un lógica del servicio. Diagnóstico de la PNP en cuanto a estructura organizacional 43:

1. Desde los inicios de la Policía Nacional cuando se integraron las tres ex instituciones (Ex GC, Ex PIP y Ex GR) se ha procurado acondicionar la organización a modelos militares , incluso , hoy el Director General de la PNP se le denomina Comandante General de la PNP; denominación que si bien es útil e indispensable en las FFAA, tiene relativa importancia en la PNP y no incide para nada en mejorar el servicio institucional cuya razón de ser es servir a la ciudadanía con un trato directo y permanente ya que antes de la militarización de las unidades policiales se debe buscar que consolidar la cultura organizacional de la PNP y afirmarse la identidad profesional del policía.

2. Existen serios problemas de coordinación entre las unidades administrativas y operativas que repercute negativamente en el cumplimiento de la misión.

3. La estructura orgánica de la PNP no responde al actual marco normativo, la administración moderna, los adelantos científicos y tecnológicos, así como los requerimientos de la sociedad en su conjunto.

4. La PNP ha sido objeto de reorganizaciones y reestructuraciones en varios gobiernos de turno, habiéndose registrado más de 12 reformas policiales, pero la mayoría fueron se realizaron sin criterio profesional, técnico, sin intervención de comisiones especiales conformadas por los mismos policías y siempre para satisfacer intereses particulares de los ministros del Interior de turno.

5. No se ha realizado las reformas o reestructuraciones con criterios de gestión moderna, proactiva, orientada al servicio de la ciudadanía y que participe con diversos organismos públicos y privados a fin de contribuir activamente con los objetivos del gobierno

6. La estructura orgánica de la PNP es muy compleja y no permite el alcance de control y la unidad de comando, presentándose duplicidad de funciones, excesiva burocracia, inadecuada coordinación y obstáculos que impiden materializar estándares satisfactorios de previsión y calidad del servicio en seguridad ciudadana.

7. La estructura organizacional está burocratizada: no es rápida, adaptable, flexible, innovativa y vinculada a los nuevos cambios que presenta la administración estratégica.

8. Organización con demasiadas macro o micro regiones44, direcciones y dependencias que demandan un mayor número de generales y efectivos que burocratizan la labor, en desmedro de la labor operativa 45.

43 En el 2’002 el autor participó en uno de estos diagnósticos dentro del proceso de reestructuración de la PNP

45

9. .Demasiada burocratización en su funcionamiento que se observa en los trámites documentarios y formulación de los mismos

10.La estructura no está diseñada para responder o satisfacer las necesidades de servicio de la ciudadanía, no responde a las necesidad de garantizar, mantener y restablecer el orden público y la seguridad ciudadana

11.Estructura vertical y jerarquizada que produce una desinformación en los diferentes canales del comando, notándose falta de control.

12.La organización interna de los órganos es idiosincrática como resultado de muchas decisiones de dicha organización y de circunstancias históricas.

13.Estructura diseñada de manera tradicional: las funciones y personas realizan tareas similares, observándose esto más en el área de inteligencia No se piensa en función a procesos sino en funciones. Esto dificulta realizar reingenierías en la institución debido a que primero se debe identificar los principales procesos que se desarrolla en la PNP.

14.Existen actividades que no generan valores agregados, por lo tanto, son improductivas y dispendiosas de los recursos humanos y logísticos

15.No existe coordinación adecuado y permanente entre los órganos de administración interna, órganos de asesoramiento, órganos de apoyo administrativo, órganos de apoyo policial, órganos de línea (Dirección Nacional de Investigación Criminal y Dirección Nacional de Prevención, Orden y Seguridad) y órganos desconcentrados.

16.La estructura tradicional no se ha desarrollado acorde con los intereses necesidades de la institución, de los usuarios del servicio y de los objetivos trascendentes del país.

17.La Sub Comandancia General de la Policía Nacional del Perú controla más de 15 macro regiones policiales dificultándose el alcance de control que se entiende como una actividad de inspección o supervisión y no de producción, de las bondades del servicio, la satisfacción del cliente o usuario que permita poner en práctica de la reingeniería necesaria en función de los objetivos y los cambios que se confronta contra la criminalidad organizada.

44 Con DS N° 011-2019-IN del 15 de mayo 2019 se modificó los artículos 7 (la dirección de la PNP pasó a denominarse comandancia general) y 108 del Reglamento de la Ley de la Policía Nacional (DS N° 0262017-IN), creando 15 macro regiones policiales como órganos desconcentrados de control técnico y operativo que cumplen funciones específicas en una o más regiones policiales y70 frentes policiales contando con una secretaria y una división macro regional de inteligencia 45 Por ejemplo, cuando fue ministro del Interior, José Luís Pérez Guadalupe, la Región Policial la dividió en cuatro zonas operativas: Lima Norte, Lima Este, Lima Centro y Lima Sur, cada una comandada por un general, burocratizando esta región policial. La Zona Operativa Policial Lima Norte tendría en su jurisdicción 27 comisarías, la Zona Operativa Policial Lima Este, conformada por 23 comisarías, , la Zona Operativa Policial Lima Centro, compuesta por 39 comisarías, la Zona Operativa Policial Lima Sur, conformada por 20 comisarías. Algunos cuestionaron este composición en el sentido de que se estaban creando cuatro regiones policiales.

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18.Líneas de comando rígidas que impide el trabajo coordinado, creando duplicidad de funciones, actividades y perdiéndose horas – hombres.

19.Composición macrocéfala de la actual estructura orgánica Entre las principales características de la Policía Nacional como organización o estructura están las siguientes:

Estructura centralizada. Jerarquizada.

Modelo unificado.

Competencia y jurisdicción en todo el territorio nacional 46. Organización formal e informal, tipo línea staff (conviven órganos de línea, responsables de alcanzar los objetivos y que producen resultados para la organización con los órganos de staff47 o de apoyo (asesoramiento a los órganos de línea), profesional, técnica, disciplinada y subordinada al poder constitucional.

La Policía Nacional como estructura orgánica48 está comprendida dentro del Ministerio del Interior, a su vez cuenta con organizaciones informales.

Tiene niveles jerárquicos con competencia nacional que vienen a ser los diversos escalones o posiciones que ocupan en la estructura orgánica, las unidades o elementos que conforman un organismo y que tiene suficiente autoridad y responsabilidad para dirigir y controlar las acciones

Niveles jerárquicos de la organización policial

La jerarquización es el proceso mediante el cual se establecen los diversos escalones o posiciones que ocupan en la estructura orgánica las unidades y/ o elementos que la integran, a los cuales se les confiere la suficiente autoridad, para asumir la dirección y control, sobre uno o más elementos

46 Decreto Legislativo 1267 (Ley de la PNP) Artículo II.- Naturaleza.- La Policía Nacional del Perú … con competencia administrativa y operativa para el ejercicio de la función policial en todo el territorio nacional,

47 Los órganos de staff tienen como principales funciones: servicios, consultorías o asesoría, planeación y control

48 La estructura orgánica es un conjunto de órganos escalonados e interrelacionados racionalmente entre sí para cumplir funciones preestablecidas que permitan el logro de su misión asignada, determinando y adjudicando grados de autoridad y responsabilidad.

47

Reglamento de la Ley de la PNP (DS N° 026-2017 del 13/10/2017)

Órgano de control institucional

Secretaría

Órganos de control

Inspectoría General

COMANDANCIA GENERAL DE LA PNP

Órganos consultivos

Consejo de alta dirección Consejo de calificación

Consejo de investigación Comisiones consultivas

Órganos de asesoramiento

Órganos de Asesoramiento

Primer Nivel

Segundo Nivel

SUB COMANDACIA GENERAL DE LA PNP

Órganos de apoyo Policial

Dirección de Asuntos Internacionale s

Dirección de Aviación Policial

Escuela Nacional de Formación Policial

Dirección Sanidad

Cuadro 33.- Cuadros del primer, segundo y tercer nivel jerárquico

Tercer Nivel

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